19may2013

Silencio administrativo y crisis: una combinación explosiva

silencio No hace falta ser un Euclides para percatarse de que si la Administración cuenta con menos medios personales y menos incentivos ( amortizaciones de plazas, oposiciones congeladas, productividad y otros complementos en regresión) y aplica austeridad a los medios materiales ( equipos obsoletos y suministros ralentizados), los tiempos de respuesta de la Administración serán mas largos y los expedientes se acumularán como Lázaro, esperando que el funcionario les diga aquello de “levántate, y anda”.

Por otra parte, el instituto del silencio administrativo positivo en la última década se ha ido expandiendo cuyo último hito es la reforma operada por Ley 25/2009 en la Ley 30/1992, de 26 de Noviembre, de Administraciones Públicas, tras la Directiva de Servicios. Básicamente, y me refiero a los procedimientos que comportan derechos económicos para el particular, solo por Ley formal apreciando “imperioso interés general” podrá atribuirse sentido negativo al silencio, y solo por norma de idéntico rango podrá fijarse un plazo superior a los seis meses.

El resultado de ambos factores (mas procedimientos “resueltos” por silencio – divertido oximorón- y mas procedimientos “estimados”- otro tropo) puede ser un torpedo contra la línea de flotación de la austeridad presupuestaria, lo que ha espoleado el ingenio de las autoridades para frenar la vía de agua abierta. Aunque en ocasiones, no todo lo políticamente hilvanado sale con éxito como nos muestra la recientísima STC 86/2013 que comentaré a renglón seguido. Leer Más »

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16may2013

Los libros de Derecho Administrativo menos leídos en España

libros    Sobre Derecho Público se escribe mucho pero se lee poco. El aluvión de normas y su corta vida de vigencia, unido a la incesante jurisprudencia, y la saturada agenda del hombre actual, dificulta poder hablar de algún Leonardo Da Vinci de esta disciplina ( el desaparecido fénix Villar Palasí o la viva leyenda de García de Enterría, por ejemplo). Curiosamente, me atrevo a decir que en la pinacoteca jurídica del Derecho Administrativo (poblada de profesores, abogados y jueces) abundan los  impresionistas (manejan los conceptos básicos como pez en el agua… pero no descienden a aguas profundas)  junto a los especialistas (saben mil y una lecturas de un precepto reglamentario pero ignoran el contexto y los institutos básicos); los hay que tocan de oído, y quienes demuestran erudición por goteo; y por supuesto no faltan quienes cosechan ideas y datos gracias al parasitismo de becarios o pasantes.

    Pero lo de leer artículos y Libros sobre Derecho Administrativo de forma espontánea, por curiosidad intelectual, me temo que no abunda. Diríase que la “formación preventiva” ha  dejado paso a la  “formación reactiva”, que se forja cuando hay que resolver un caso concreto acudiendo a google o a las bases de datos jurisprudenciales y bibliográficas. Aquéllos tiempos en que se leía doctrina, en que los manuales eran subrayados por abogados y jueces, en que se devoraban artículos y se debatían contenidos, aquellos tiempos, como las golondrinas de Bécquer…no volverán.

  Tras esta agridulce reflexión y para alegrar el semblante de los lectores aludiré a los Libros de Derecho Administrativo que considero menos leídos en España  porque están en blanco o porque son tan fantásticos que nadie se asoma a las páginas de un libro enteramente inverosímil. Veamos los veinticuatro  títulos de esta imaginaria biblioteca borgiana (o Sevachiana), de Libros de Derecho Administrativo inéditos pero que paradójicamente todos conocen su contenido. Leer Más »

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11may2013

Síntesis y texto del Anteproyecto de Ley de eficiencia contencioso-administrativa (2013)

justicia Cuando escucho al poder público la palabra eficiencia ( “eficacia al mínimo coste”) se me dispara la alerta por si ocultase una argucia política para rebajar derechos ciudadanos. Sin embargo, en el caso del recientísimo Anteproyecto de Ley de Eficiencia de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa datado en Marzo de 2013, creo que hay que franquearle el paso con una sonrisa esperanzadora. Veamos su alcance.

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06may2013

Órdago jurisprudencial: responsabilidad subsidiaria del expropiante por insolvencia del beneficiario

viejo juez El pago de los justiprecios siempre ha sido fuente de litigios en cuanto a la determinación de su cuantía, pero con la actual crisis económica un nuevo fenómeno comienza a penetrar en los Tribunales. Es el caso de las empresas concesionarias de autopistas, que fueron en su día beneficiarias de la potestad expropiatoria y que estando obligadas al pago del justiprecio al infortunado particular privado de sus bienes, se encuentran en situación de concurso de acreedores. El atribulado propietario se cansa de reclamar a la empresa concesionaria y parafraseando al Tenorio diría aquello de “clamé al concesionario y no me oyó, y ya que sus puertas me cierra, de mis reclamaciones en la tierra, responda el Estado, que no yo”.  Ahora, recientísimos pronunciamientos de las Salas Contencioso-Administrativas de los Tribunales Superiores de Justicia de Castilla-La Mancha así como de Madrid, con una soltura y sentido común admirable declaran la responsabilidad subsidiaria del Estado ante el impago por el concesionario insolvente del justiprecio al expropiado. Como dijo el astronauta: “un pequeño paso para el beneficiario pero un gran paso para la justicia administrativa”. Veámoslo con detalle. Leer Más »

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05may2013

Triplete de eventos sobre Internet y Derecho

blogosfera No deja de ser paradójico que quienes comunican sus inquietudes de forma virtual  afronten un encuentro pionero en España para verse las caras y abrir un foro directo y de viva voz sobre el nuevo planeta de la blogosfera jurídica.

 La ocasión la brindará el foro “ El Derecho en La Red” promovido por el Colegio de Abogados de Madrid que, con la colaboración del whisky The Glenlivet, tendrá lugar el próximo viernes, día 10 de Mayo en el Salón de actos del Colegio.

  He tenido la fortuna de ser invitado a participar en dicho evento, junto a mi colega de sangre virtual, Antonio Arias ( www.fiscalizacion.es),  con el aliciente añadido de compartir mesa “rectangular”, entre otros, con figuras de la talla de Carlos Guerrero (www.carlosguerrero.es), Andy Ramos (www.interiuris.com), Jorge Campanillas (www.iurismatica.com) y Paloma Llaneza (www.palomallaneza.com).

    Manipulando la leyenda del frontispicio del Manicomio de Zaragoza, podría decirse de este grupo de embajadores de la blogosfera jurídica, que “no están todos los que son, pero todos los que están, lo son”. Ya lo creo. Un lujo contar con estos “caballeros de la mesa rectangular”, juristas envueltos en liderazgo y grandes comunicadores tras las bambalinas de sus blogs.

    Especialmente me ilusionará poder pulsar el estado de opinión y percepción por los profesionales de la abogacía de los blogs jurídicos. Diríase que el fenómeno de los blogs, como los viajantes pertinaces, metió el pie en la puerta del Derecho de rancio pergamino e introdujo un soplo de frescor que, se fue convirtiendo en vendaval y me atrevo a decir que en viento monzón, irregular e impredecible en sus efectos.

  La información jurídica a través de los blogs ha cobrado vida propia, se enriquece y retroalimenta con los comentarios y contribuye a la difusión no solo de leyes y jurisprudencia (lege data) sino a la generación de opiniones y líneas de cambio (lege ferenda). Un fenómeno único y poliédrico que tendrá su primera aproximación multilateral y crítica en el Colegio de Abogados de Madrid.

Al final del evento la entidad colaboradora, The Glenlivet, a través de su National Brand Ambassador ofrecerá  a los asistentes una cata sensorial. No está de más recordar en este blog, como nos informa un célebre enólogo, que aquélla destilería se fundó en Escocia en 1824 por George Smith, quien obtuvo la primera licencia legal para producirlo y comercializarlo, lo que provocó amenazas y pendencias por parte de los propietarios de las restantes destilerías ilegales y los contrabandistas, de manera que el empresario portaba ( y usaba) para defender su destilería las dos pistolas que le regaló Alexander Gordon, el cuarto “Duke of Gordon” (el que fuere Guardían del Gran Sello de Escocia, que simbolizar la aprobación regia de los documentos importantes del Estado). Glenlivet derechoFue tan popular que los competidores trataron de imitar su nombre, hasta que gubernativamente se reconoció su derecho de uso exclusivo de tal nombre, por lo que tal destilería es  llamada como “the” Glenlivet, haciendo referencia a la única, primera y genuina.

  En fin, que ya os contaré como discurre el evento del encuentro de bloggers jurídicos y lo que sin duda, aprenderemos del coloquio,  que tendrá lugar el viernes 10 de Mayo, de 11,00 a 13,00 horas al Salón de Actos del Ilustre Colegio de Abogados de Madrid – C/ Serrano, 9 .

La asistencia a este evento el libre para todos los colegiados del ICAM hasta completar el aforo; por ello la organización ruega la confirmación de asistencia en abogados.theglenlivet@gmail.com

Rosa  Por otra parte, la semana pasada se hicieron públicos los ganadores de la III Edición del premio Derecho En Red al mejor blog, post y perfil en twitter jurídico 2012. Los ganadores, fueron los siguientes:

+ Mejor blog jurídico 2012: D. Jesús Alfaro (www.derechomercantilespana.blogspot.com.es)

+ Mejor post jurídico 2012: D. Pablo F. Burgueño (www.pabloburgueno.com/2012/04/como-cumplir-la-ley-de-cookies)

+ Mejor perfil jurídico en twitter 2012: D. Francisco Pérez Bes @pacoperezbes

  Vayan para todos ellos mis felicitaciones por su  fecunda aportación a un mundo jurídico y tecnológico mas transparente e informado. Asimismo para los generosos organizadores: Asociación Derecho en RedEventosJurídicos y AbogadosTic.com).

Derecho  Y si miramos hacia atrás en el tiempo y el espacio para ver a quien podemos agradecer este fenómeno, aunque internet es una obra global, es innegable que tenemos que aprovechar para celebrar a toro pasado el pistoletazo de salida hacia la globalización de internet que hace poco más de 20 años los creadores de la World Wide Web,  y singularmente Tim Berners-Lee permitieron su uso de forma libre y gratuita, lo que cambió la forma de comunicarse, de trabajar, de innovar y de vivir. Nuestro agradecimiento en este aniversario. Nada mejor como homenaje que esta divertida viñeta:

evento derecho e internet

 

  

 

 

 

 

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30abr2013

Efectos de la inconstitucionalidad de la ley cántabra de derribos

demolicion Las sentencias firmes de demolición de edificaciones ilegales recibieron un respiro con la ingeniosa Ley de Cantabria 2/2011, de 4 de Abril, que paralizaba el derribo hasta que la Administración Pública resolviera quién debía pagar las indemnizaciones y hasta que dichas indemnizaciones no se hubieran pagado a los propietarios de las viviendas a derribar. Era la respuesta legal a la desesperación de las víctimas de los errores municipales al conceder licencias ilegales (agotados todos los recursos judiciales posibles),  que veían como su vivienda sería pasto de los escombros, con el flaco alivio de que algún lejano e incierto día le indemnizaría la Administración autora del desaguisado.

Sin embargo, en un Estado de Derecho, las sentencias están para cumplirlas y no para sortearlas o desactivarlas como los explosivos acudiendo a leyes ad hoc, como la Ley cántabra 2/2011. El Tribunal Superior de Justicia de Cantabria puso en duda que dicha norma fuera constitucional ( en línea con las cuestiones que planteé en un post anterior). La Sentencia del Tribunal Constitucional de 22 de Abril de 2013 ha declarado inconstitucional el siguiente párrafo de la Ley cántabra:“Solo se podrá proceder a la demolición cuando haya finalizado el procedimiento de determinación de la responsabilidad patrimonial, se haya establecido en su caso el importe de indemnización y se haya puesto éste a disposición del perjudicado”. Básicamente considera el Tribunal Constitucional que Cantabria se ha extralimitado en sus competencias ya que la potestad jurisdiccional de ejecución es monopolio del legislador estatal.

De este modo, si se me permite un gráfico trabalenguas, la Sentencia 22/2013 acomete la demolicion de la ley que a su vez intentó demoler las sentencias que a su vez ordenaban demoler edificaciones ilegales.

Veamos a juicio de Sevach, los siete efectos de la sentencia y tres reflexiones telegráficas que el caso merece. Leer Más »

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