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	<title>Comentarios en: RELAMPAGO JURISPRUDENCIAL: El Tribunal Supremo pone en su sitio a la Administración Tributaria</title>
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	<description>El Blog de Derecho Público de Sevach</description>
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		<title>Por: Maximilien Robespierre</title>
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		<dc:creator>Maximilien Robespierre</dc:creator>
		<pubDate>Mon, 20 Oct 2008 06:12:19 +0000</pubDate>
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		<description>Efectivamente, la exigencia de culpabilidad en términos aproximados a como se exige en Derecho Penal se va abriendo lentamente camino en el  ámbito del derecho sancionador.
Así mismo la exigencia de pruebas cada vez mas, incumbe a la propia Administración, vale ya de presumir todo lo que ella dice o hace, y que desplace la carga de la prueba al administrado.
No estaría de más que esa extensión se efectuará a otros ámbitos donde entre en juego un gravamen contra el ciudadano - administrado.</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Efectivamente, la exigencia de culpabilidad en términos aproximados a como se exige en Derecho Penal se va abriendo lentamente camino en el  ámbito del derecho sancionador.<br />
Así mismo la exigencia de pruebas cada vez mas, incumbe a la propia Administración, vale ya de presumir todo lo que ella dice o hace, y que desplace la carga de la prueba al administrado.<br />
No estaría de más que esa extensión se efectuará a otros ámbitos donde entre en juego un gravamen contra el ciudadano &#8211; administrado.
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		<title>Por: Sevach</title>
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		<dc:creator>Sevach</dc:creator>
		<pubDate>Sat, 18 Oct 2008 21:53:06 +0000</pubDate>
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		<description>¡Muy bueno el comentario! En efecto, analizando el tempus de los litigios nos damos cuenta de que la Justicia se administra con calma. Sin embargo, hay que verlo en positivo, y es que numerosos pleitos &quot;vivos&quot; (pese a referirse a ejercicios económicos vetustos) están todavía &quot;sub iudice&quot; con lo que la novedosa doctrina podrá serles aplicable. En fin, que lo cierto es que en materia tributaria, la Administración como al ajedrez juega con &quot;blancas&quot;.... y da mate en dos...o cuando le da la gana.</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>¡Muy bueno el comentario! En efecto, analizando el tempus de los litigios nos damos cuenta de que la Justicia se administra con calma. Sin embargo, hay que verlo en positivo, y es que numerosos pleitos &#8220;vivos&#8221; (pese a referirse a ejercicios económicos vetustos) están todavía &#8220;sub iudice&#8221; con lo que la novedosa doctrina podrá serles aplicable. En fin, que lo cierto es que en materia tributaria, la Administración como al ajedrez juega con &#8220;blancas&#8221;&#8230;. y da mate en dos&#8230;o cuando le da la gana.
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		<title>Por: garrapata</title>
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		<dc:creator>garrapata</dc:creator>
		<pubDate>Sat, 18 Oct 2008 20:01:33 +0000</pubDate>
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		<description>Qué bien, se trata de la declaración del año 92, en 2001 resolvió el TEAC y en 2008 st del TS.

Si en lugar de CEPSA el recurrente hubiera sido un particular me  imagino al recurrente poniéndose la dentadura postiza y sonriendo se habría levantado con ayuda del bastón y le habrá dicho a la encargada del asilo, que qué bien, que después de sólo 16 años ya no se acordaba de que tenía puesto el pleito aquél, pero bueno, le han dado la razón, qué guay... ahora ya podría descansar en paz... viva la Justicia ....</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Qué bien, se trata de la declaración del año 92, en 2001 resolvió el TEAC y en 2008 st del TS.</p>
<p>Si en lugar de CEPSA el recurrente hubiera sido un particular me  imagino al recurrente poniéndose la dentadura postiza y sonriendo se habría levantado con ayuda del bastón y le habrá dicho a la encargada del asilo, que qué bien, que después de sólo 16 años ya no se acordaba de que tenía puesto el pleito aquél, pero bueno, le han dado la razón, qué guay&#8230; ahora ya podría descansar en paz&#8230; viva la Justicia &#8230;.
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