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	<title>Comentarios en: Cuatro leyes buscadas por el autor frente a las descargas ilegales: Modelo para armar</title>
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	<description>El Blog de Derecho Público de Sevach</description>
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		<title>Por: Plinio</title>
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		<dc:creator>Plinio</dc:creator>
		<pubDate>Mon, 11 Jan 2010 15:36:25 +0000</pubDate>
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		<description>Se me ocurre que en España ya tenemos un organismo que cierra páginas web sin autorización judicial: la Agencia de Protección de Datos. Basta con que existan datos personales de alguien y este lo solicite. ¿No podría la AEPD cerrar una página web que contuviera canciones de &quot;Fulanito&quot; si éste lo solicitara (siempre que acredite que no se haya dado cumplimiento a su derecho de cancelación?

En fin, no voy a dar ideas...</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Se me ocurre que en España ya tenemos un organismo que cierra páginas web sin autorización judicial: la Agencia de Protección de Datos. Basta con que existan datos personales de alguien y este lo solicite. ¿No podría la AEPD cerrar una página web que contuviera canciones de &#8220;Fulanito&#8221; si éste lo solicitara (siempre que acredite que no se haya dado cumplimiento a su derecho de cancelación?</p>
<p>En fin, no voy a dar ideas&#8230;
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		<title>Por: peterlove</title>
		<link>http://contencioso.es/2010/01/09/cuatro-leyes-buscadas-por-el-autor-frente-a-las-descargas-ilegales-modelo-para-armar/comment-page-1/#comment-4486</link>
		<dc:creator>peterlove</dc:creator>
		<pubDate>Mon, 11 Jan 2010 14:34:22 +0000</pubDate>
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		<description>Por falta de tiempo mi comentario es escueto. Considero que, por mucho que las grandes mentes demuestren que esto que se pretende es un engendro, al gobierno le dará igual, porque busca meterse a los artistas pseudoizquierdistas en el bolsillo (baste ver los millones que los &quot;comunistas&quot; Ana Belén y Víctor Manuel tiene como patrimonio). Por lo tanto, la Administración tendrá como próximo objetivo prostituirse y servir de consolador administrativo de la SGAE (y demás parecidas). Negro panorama el nuestro!!!! Y si vienen &quot;los otros&quot; seguro que hacen lo mismo y peor!!! Que paren España, que me bajo!!!!</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Por falta de tiempo mi comentario es escueto. Considero que, por mucho que las grandes mentes demuestren que esto que se pretende es un engendro, al gobierno le dará igual, porque busca meterse a los artistas pseudoizquierdistas en el bolsillo (baste ver los millones que los &#8220;comunistas&#8221; Ana Belén y Víctor Manuel tiene como patrimonio). Por lo tanto, la Administración tendrá como próximo objetivo prostituirse y servir de consolador administrativo de la SGAE (y demás parecidas). Negro panorama el nuestro!!!! Y si vienen &#8220;los otros&#8221; seguro que hacen lo mismo y peor!!! Que paren España, que me bajo!!!!
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	<item>
		<title>Por: Blog Interiuris &#8211; Andy Ramos &#187; Blog Archive &#187; Propiedad Intelectual, Administración Pública, Audiencia Nacional, Páginas de enlaces y otros esperpentos</title>
		<link>http://contencioso.es/2010/01/09/cuatro-leyes-buscadas-por-el-autor-frente-a-las-descargas-ilegales-modelo-para-armar/comment-page-1/#comment-4485</link>
		<dc:creator>Blog Interiuris &#8211; Andy Ramos &#187; Blog Archive &#187; Propiedad Intelectual, Administración Pública, Audiencia Nacional, Páginas de enlaces y otros esperpentos</dc:creator>
		<pubDate>Sun, 10 Jan 2010 23:18:04 +0000</pubDate>
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		<description>[...] compañeros como Paloma Llaneza, Sevach (de forma magistral) o David Maeztu, y medios como El País, ya han descrito por dónde parece que irá esta nueva [...]</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>[...] compañeros como Paloma Llaneza, Sevach (de forma magistral) o David Maeztu, y medios como El País, ya han descrito por dónde parece que irá esta nueva [...]
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	<item>
		<title>Por: Nostradamus</title>
		<link>http://contencioso.es/2010/01/09/cuatro-leyes-buscadas-por-el-autor-frente-a-las-descargas-ilegales-modelo-para-armar/comment-page-1/#comment-4484</link>
		<dc:creator>Nostradamus</dc:creator>
		<pubDate>Sun, 10 Jan 2010 16:30:55 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">http://www.contencioso.es/?p=4014#comment-4484</guid>
		<description>El Gobierno nos pretende colar de rondón este nuevo “monstruo administrativo-judicial”, con la única finalidad de privilegiar a los titulares de la propiedad intelectual.
A nadie se le escapa que lo único que se esconde tras esta medida es “pagar” los apoyos recibidos en épocas electorales por parte de los amigos de la ceja.
¡¡Menudo guiño nos han hecho al resto!!.

Coincido plenamente con Enrique Dans cuando afirma que el Gobierno no sólo persiste en su error, sino que además se enroca en él.
Los derechos de propiedad intelectual se encontraban ya perfectamente protegidos en los Tribunales antes de la presente reforma y el procedimiento que existía funcionaba correctamente.
Cuestión muy distinta era el problema con el que se estaban encontrando los lobbies de la propiedad intelectual (SGAE, Sociedad de Creadores ,….), cuando tras al acudir a los Tribunales obtenían resoluciones judiciales que les quitaban una  otra vez la razón. Basta darse una vuelta por el blog del abogado David Bravo para percatarnos de que ello es así.
Como afirma el presidente de la Asociación de Usuarios de Internet, Miguel Pérez-Subías esta nueva situación jurídica podría llevar a &quot;casos extremos&quot; de cierre de buscadores como Google. Puesto que los buscadores tienen millones de enlaces con sitios a páginas webs de descargas no autorizadas. Con idéntico pretexto, y en épocas pasadas podríamos haber visto como el Gobierno de turno nos cerraba páginas o webs que les resultaban molestas tales como “No a la Guerra”, “Nunca Mais” o similares.
Finalmente indicar que conpruebo con total desagrado como la maquinaria mediática del Gobierno se ha puesto a funcionar y está sometiendo a un gran engaño al conjunto de la opinión pública.
Estimo que es el momento de que les demos una respuesta unida y contundente que les demuestre que no se puede jugar con los Internautas, y muchos menos con otros derechos que sí son fundamentales -no como el de la propiedad intelectual- como la libertad de expresión.
Por último felicitarte Sevach por los tres post sobre la materia que has puesto sencillamente extraordinarios. Sólo espero que ello no provoque que tu página o blog pase a engrosar la ya famosa “lista de Sinde”.</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>El Gobierno nos pretende colar de rondón este nuevo “monstruo administrativo-judicial”, con la única finalidad de privilegiar a los titulares de la propiedad intelectual.<br />
A nadie se le escapa que lo único que se esconde tras esta medida es “pagar” los apoyos recibidos en épocas electorales por parte de los amigos de la ceja.<br />
¡¡Menudo guiño nos han hecho al resto!!.</p>
<p>Coincido plenamente con Enrique Dans cuando afirma que el Gobierno no sólo persiste en su error, sino que además se enroca en él.<br />
Los derechos de propiedad intelectual se encontraban ya perfectamente protegidos en los Tribunales antes de la presente reforma y el procedimiento que existía funcionaba correctamente.<br />
Cuestión muy distinta era el problema con el que se estaban encontrando los lobbies de la propiedad intelectual (SGAE, Sociedad de Creadores ,….), cuando tras al acudir a los Tribunales obtenían resoluciones judiciales que les quitaban una  otra vez la razón. Basta darse una vuelta por el blog del abogado David Bravo para percatarnos de que ello es así.<br />
Como afirma el presidente de la Asociación de Usuarios de Internet, Miguel Pérez-Subías esta nueva situación jurídica podría llevar a &#8220;casos extremos&#8221; de cierre de buscadores como Google. Puesto que los buscadores tienen millones de enlaces con sitios a páginas webs de descargas no autorizadas. Con idéntico pretexto, y en épocas pasadas podríamos haber visto como el Gobierno de turno nos cerraba páginas o webs que les resultaban molestas tales como “No a la Guerra”, “Nunca Mais” o similares.<br />
Finalmente indicar que conpruebo con total desagrado como la maquinaria mediática del Gobierno se ha puesto a funcionar y está sometiendo a un gran engaño al conjunto de la opinión pública.<br />
Estimo que es el momento de que les demos una respuesta unida y contundente que les demuestre que no se puede jugar con los Internautas, y muchos menos con otros derechos que sí son fundamentales -no como el de la propiedad intelectual- como la libertad de expresión.<br />
Por último felicitarte Sevach por los tres post sobre la materia que has puesto sencillamente extraordinarios. Sólo espero que ello no provoque que tu página o blog pase a engrosar la ya famosa “lista de Sinde”.
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	<item>
		<title>Por: Sevach</title>
		<link>http://contencioso.es/2010/01/09/cuatro-leyes-buscadas-por-el-autor-frente-a-las-descargas-ilegales-modelo-para-armar/comment-page-1/#comment-4483</link>
		<dc:creator>Sevach</dc:creator>
		<pubDate>Sun, 10 Jan 2010 08:44:58 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">http://www.contencioso.es/?p=4014#comment-4483</guid>
		<description>Lo de &quot;buscadas por el autor&quot; es una licencia expresiva con los ecos de la conocida obra de Pirandello &quot; Seis personajes en busca de autor&quot;. En cuanto a la expresión &quot;descargas ilegales&quot; la utilizo en este y los post conexos para referirme a que tanto el reglamento como la Ley persiguen ese fin contra las &quot;descargas ilegales&quot;, cuando el problema real, es que con las medidas adoptadas y la fragilidad de garantías, posiblemente &quot;pagarán justos por pecadores&quot;. Saludos</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Lo de &#8220;buscadas por el autor&#8221; es una licencia expresiva con los ecos de la conocida obra de Pirandello &#8221; Seis personajes en busca de autor&#8221;. En cuanto a la expresión &#8220;descargas ilegales&#8221; la utilizo en este y los post conexos para referirme a que tanto el reglamento como la Ley persiguen ese fin contra las &#8220;descargas ilegales&#8221;, cuando el problema real, es que con las medidas adoptadas y la fragilidad de garantías, posiblemente &#8220;pagarán justos por pecadores&#8221;. Saludos
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	<item>
		<title>Por: Jorge</title>
		<link>http://contencioso.es/2010/01/09/cuatro-leyes-buscadas-por-el-autor-frente-a-las-descargas-ilegales-modelo-para-armar/comment-page-1/#comment-4482</link>
		<dc:creator>Jorge</dc:creator>
		<pubDate>Sun, 10 Jan 2010 06:43:17 +0000</pubDate>
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		<description>Creo que no se está teniendo en cuenta un art. importante de la Constitución.
El art. 38 instaura como derecho fundamental la libertad de empresa, tan protegible como la libertad de expresión o la de la propiedad intelectual.
¿Como va a poder un juez estimar que puede cerrar la página web de una empresa sin analizar si la actividad es ilegitima?</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Creo que no se está teniendo en cuenta un art. importante de la Constitución.<br />
El art. 38 instaura como derecho fundamental la libertad de empresa, tan protegible como la libertad de expresión o la de la propiedad intelectual.<br />
¿Como va a poder un juez estimar que puede cerrar la página web de una empresa sin analizar si la actividad es ilegitima?
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	</item>
	<item>
		<title>Por: Comisión Propiedad Intelectual &#8211; Quintus Innova</title>
		<link>http://contencioso.es/2010/01/09/cuatro-leyes-buscadas-por-el-autor-frente-a-las-descargas-ilegales-modelo-para-armar/comment-page-1/#comment-4481</link>
		<dc:creator>Comisión Propiedad Intelectual &#8211; Quintus Innova</dc:creator>
		<pubDate>Sat, 09 Jan 2010 21:47:08 +0000</pubDate>
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		<description>[...] pertinentes y necesarias todas y cada una de las reflexiones e interrogantes jurídicas planteadas por José Ramón Chaves a propósito del procedimiento en el que se concretarán las medidas de salvaguarda de los derechos [...]</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>[...] pertinentes y necesarias todas y cada una de las reflexiones e interrogantes jurídicas planteadas por José Ramón Chaves a propósito del procedimiento en el que se concretarán las medidas de salvaguarda de los derechos [...]
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	<item>
		<title>Por: sinde-scargas</title>
		<link>http://contencioso.es/2010/01/09/cuatro-leyes-buscadas-por-el-autor-frente-a-las-descargas-ilegales-modelo-para-armar/comment-page-1/#comment-4480</link>
		<dc:creator>sinde-scargas</dc:creator>
		<pubDate>Sat, 09 Jan 2010 13:24:06 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">http://www.contencioso.es/?p=4014#comment-4480</guid>
		<description>RECLAMEMOS TODOS LA DEVOLUCION DEL CANON DIGITAL QUE NOS COBRAN INJUSTAMENTE, TENEMOS DERECHO A ELLO SEGUN REITERADA JURISPRUDENCIA Y ES UN PROCESO FACIL Y RAPIDO, SIN NECESIDAD DE ABOGADOS NI PROCURADOR. NO VOTEMOS AL PSOE, QUE NO USEN TU VOTO Y TU DINERO PARA FAVORECER SUS &quot;INTERESES&quot;.
POR UN SABER Y UNA CULTURA LIBRES Y AL ALCANCE DE TODOS</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>RECLAMEMOS TODOS LA DEVOLUCION DEL CANON DIGITAL QUE NOS COBRAN INJUSTAMENTE, TENEMOS DERECHO A ELLO SEGUN REITERADA JURISPRUDENCIA Y ES UN PROCESO FACIL Y RAPIDO, SIN NECESIDAD DE ABOGADOS NI PROCURADOR. NO VOTEMOS AL PSOE, QUE NO USEN TU VOTO Y TU DINERO PARA FAVORECER SUS &#8220;INTERESES&#8221;.<br />
POR UN SABER Y UNA CULTURA LIBRES Y AL ALCANCE DE TODOS
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	</item>
	<item>
		<title>Por: Internautas y activistas preparan su respuesta al plan &#8216;antipiratería&#8217; del Gobierno &#171; Blog Curso CFI</title>
		<link>http://contencioso.es/2010/01/09/cuatro-leyes-buscadas-por-el-autor-frente-a-las-descargas-ilegales-modelo-para-armar/comment-page-1/#comment-4479</link>
		<dc:creator>Internautas y activistas preparan su respuesta al plan &#8216;antipiratería&#8217; del Gobierno &#171; Blog Curso CFI</dc:creator>
		<pubDate>Sat, 09 Jan 2010 12:49:40 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">http://www.contencioso.es/?p=4014#comment-4479</guid>
		<description>[...] Otro jurista experto, José Ramón Chaves, fue uno de los primeros en analizar las nuevas medidas en su blog, y concluía que &#8220;no se han reforzado las garantías de los derechos de los internautas, sino todo lo contrario&#8221;, y se plantea una larga serie de interrogantes. [...]</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>[...] Otro jurista experto, José Ramón Chaves, fue uno de los primeros en analizar las nuevas medidas en su blog, y concluía que &#8220;no se han reforzado las garantías de los derechos de los internautas, sino todo lo contrario&#8221;, y se plantea una larga serie de interrogantes. [...]
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	</item>
	<item>
		<title>Por: Reposicion</title>
		<link>http://contencioso.es/2010/01/09/cuatro-leyes-buscadas-por-el-autor-frente-a-las-descargas-ilegales-modelo-para-armar/comment-page-1/#comment-4478</link>
		<dc:creator>Reposicion</dc:creator>
		<pubDate>Sat, 09 Jan 2010 12:32:56 +0000</pubDate>
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		<description>Cuanto más se avanza en el posible diseño del periodísticamente calificado como híbrido procedimental más y más problemas e interrogantes surgen, como Sevach sintetiza con el rigor al que nos tiene acostumbrados. Al parecer, según he leido en la edición digital de El Correo, serán los Juzgados unipersonales los que se pronuncien sobre &quot;el tema&quot;, de modo que al menos cabrá apelación contra sus decisiones -peor hubiera sido por la Sala de la AN en única instancia-. Sin entrar en si es correcto que la CPI, con su naturaleza, pueda pronunciarse sobre estas cuestiones, el problema de la Comisión es cómo ejecutar sus actos ya que no cuentan con medio de ejecución forzosa para que la declaración de que determinado prestador está infringiendo derechos de propiedad intelectual sea 100% efectiva. Claro que podrían aplicarse las sanciones LSSI, incluso la sanción coercitiva que contempla, pero su problema real es la actividad que se considera ilícita y que sigue activa. De ahí sale éste tinglado, posibilitando que sea una Administración pública! la que recabe la tutela judicial para ejecutar lo que de otro modo no sería más que una platónica declaración de ilegalidad con orden de cese pero sin mayor consecuencia en caso de incumplimiento --dejando al margen eventuales sanciones-.

Sigo apostando -técnicamente- por el modelo de la acción de cesación con medidas cautelares ante la Jurisdicción ordinaria como el menos problemático, y por resultar 100% jurisdiccional, mediante el ajuste de las previsiones de los arts. 30 y 31 LSSI -similar al de la Ley General de Publicidad-, incluyendo a la AGE Mº de Cultura, como parte legitimada activamente.</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Cuanto más se avanza en el posible diseño del periodísticamente calificado como híbrido procedimental más y más problemas e interrogantes surgen, como Sevach sintetiza con el rigor al que nos tiene acostumbrados. Al parecer, según he leido en la edición digital de El Correo, serán los Juzgados unipersonales los que se pronuncien sobre &#8220;el tema&#8221;, de modo que al menos cabrá apelación contra sus decisiones -peor hubiera sido por la Sala de la AN en única instancia-. Sin entrar en si es correcto que la CPI, con su naturaleza, pueda pronunciarse sobre estas cuestiones, el problema de la Comisión es cómo ejecutar sus actos ya que no cuentan con medio de ejecución forzosa para que la declaración de que determinado prestador está infringiendo derechos de propiedad intelectual sea 100% efectiva. Claro que podrían aplicarse las sanciones LSSI, incluso la sanción coercitiva que contempla, pero su problema real es la actividad que se considera ilícita y que sigue activa. De ahí sale éste tinglado, posibilitando que sea una Administración pública! la que recabe la tutela judicial para ejecutar lo que de otro modo no sería más que una platónica declaración de ilegalidad con orden de cese pero sin mayor consecuencia en caso de incumplimiento &#8211;dejando al margen eventuales sanciones-.</p>
<p>Sigo apostando -técnicamente- por el modelo de la acción de cesación con medidas cautelares ante la Jurisdicción ordinaria como el menos problemático, y por resultar 100% jurisdiccional, mediante el ajuste de las previsiones de los arts. 30 y 31 LSSI -similar al de la Ley General de Publicidad-, incluyendo a la AGE Mº de Cultura, como parte legitimada activamente.
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	</item>
	<item>
		<title>Por: Filos. El Antropólogo Inocente</title>
		<link>http://contencioso.es/2010/01/09/cuatro-leyes-buscadas-por-el-autor-frente-a-las-descargas-ilegales-modelo-para-armar/comment-page-1/#comment-4477</link>
		<dc:creator>Filos. El Antropólogo Inocente</dc:creator>
		<pubDate>Sat, 09 Jan 2010 11:57:50 +0000</pubDate>
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		<description>Resulta que me encargan un trabajo sobre &quot;cultura interna&quot; y ello conlleva la entrega de 850 CD`s. Pues bien,la empresa que los graba me tiene &quot;obligatoriamente&quot; que cobrar el impuesto ¡PERO OIGA, SI SOY YO EL AUTOR! Da igual

http://valladolidmemata.blogspot.com/2009/11/sgae-ramoncin-barden-y-sumadre.html</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Resulta que me encargan un trabajo sobre &#8220;cultura interna&#8221; y ello conlleva la entrega de 850 CD`s. Pues bien,la empresa que los graba me tiene &#8220;obligatoriamente&#8221; que cobrar el impuesto ¡PERO OIGA, SI SOY YO EL AUTOR! Da igual</p>
<p><a href="http://valladolidmemata.blogspot.com/2009/11/sgae-ramoncin-barden-y-sumadre.html" rel="nofollow">http://valladolidmemata.blogspot.com/2009/11/sgae-ramoncin-barden-y-sumadre.html</a>
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	</item>
	<item>
		<title>Por: David</title>
		<link>http://contencioso.es/2010/01/09/cuatro-leyes-buscadas-por-el-autor-frente-a-las-descargas-ilegales-modelo-para-armar/comment-page-1/#comment-4476</link>
		<dc:creator>David</dc:creator>
		<pubDate>Sat, 09 Jan 2010 11:13:50 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">http://www.contencioso.es/?p=4014#comment-4476</guid>
		<description>Genial aportación una vez más, sevahc y muy interesante el comentario Carlos, bien apuntado.

Creo que se ha producido una sintonía en el análisis jurídico de la medida, a falta de ver el texto propuesto, en la blogosfera sin precedentes, lo que por sí mismo debería servir a quienes tienen que tomar decisiones para meditar.

Al menos uno pierde el miedo a pensar que no sabe nada de derecho al parecerle esto un despropósito y ver que hay un consenso tan amplio.

Un saludo.</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Genial aportación una vez más, sevahc y muy interesante el comentario Carlos, bien apuntado.</p>
<p>Creo que se ha producido una sintonía en el análisis jurídico de la medida, a falta de ver el texto propuesto, en la blogosfera sin precedentes, lo que por sí mismo debería servir a quienes tienen que tomar decisiones para meditar.</p>
<p>Al menos uno pierde el miedo a pensar que no sabe nada de derecho al parecerle esto un despropósito y ver que hay un consenso tan amplio.</p>
<p>Un saludo.
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	</item>
	<item>
		<title>Por: Carlos de Miguel</title>
		<link>http://contencioso.es/2010/01/09/cuatro-leyes-buscadas-por-el-autor-frente-a-las-descargas-ilegales-modelo-para-armar/comment-page-1/#comment-4475</link>
		<dc:creator>Carlos de Miguel</dc:creator>
		<pubDate>Sat, 09 Jan 2010 10:51:41 +0000</pubDate>
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		<description>Sevach,

Interesantes, pertinentes y necesarias todas y cada una de las reflexiones e interrogantes jurídicas que planteas a propósito del procedimiento en el que se concretan las medidas de salvaguarda de los derechos de autor incluidas por el Gobierno en el anteproyecto de la Ley Economía Sostenible.

Desde un plano jurídico parece prima facie que la encomienda de la salvaguarda de derechos e intereses privados - por muy legítimos que sean - a un órgano administrativo tiene difícil acomodo legal y constitucional.

Baste recordar que los privilegios y potestades que el Ordenamiento Jurídico reconoce a los sujetos jurídico públicos tienen su fundamento y justificación en el hecho de que las Administraciones Públicas actúan, no sólo sujetas al principio de legalidad, sino en defensa de los intereses GENERALES.En nuestro ordenamiento jurídico, la defensa de los intereses privados queda atribuida a su titular mediante las vías procesales oportunas en cada caso.
No es un mera opinión personal sino que lo establece así el artículo 103 de nuestra Constitución:

&quot;La Administración Pública sirve con objetividad los intereses generales y actúa de acuerdo con los principios de eficacia, jerarquía, descentralización, desconcentración y coordinación, con sometimiento pleno a la Ley y al Derecho&quot;.

Esta, y no otra, es la razón que justifica la especial configuración – carácter revisor de la actividad administrativa - de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Por tanto, si no hay un interés general presente, no hay justificación posible para que actúen los sujetos jurídicos públicos porque desaparece la razón de ser del reconocimiento de los privilegios - en más – administrativos que configuran las denominadas potestades administrativas (declaración y ejecución del Derecho), imponiendo la carga al ciudadano de acudir a la Jurisdicción Contencioso-Administrativo para que el juez revise si la actuación administrativa – juez y parte - se ajustó o no a la legalidad – de ahí su carácter revisor.

Establecido esto, no parece difícil concluir que la encomienda de la salvaguarda de intereses particulares a un órgano administrativo supone una conculcación de los derechos de la parte afectada por la intervención administrativa y la vulneración de varios artículos de la Constitución incluido el artículo 24 al poder llegar a apreciarse en última instancia indefensión por vulneración del principio de igualdad de armas y medios de defensa de la partes cuyos intereses se dirimen en el conflicto jurídico planteado.

En fin, parece que avanzamos a hacía el abismo…</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Sevach,</p>
<p>Interesantes, pertinentes y necesarias todas y cada una de las reflexiones e interrogantes jurídicas que planteas a propósito del procedimiento en el que se concretan las medidas de salvaguarda de los derechos de autor incluidas por el Gobierno en el anteproyecto de la Ley Economía Sostenible.</p>
<p>Desde un plano jurídico parece prima facie que la encomienda de la salvaguarda de derechos e intereses privados &#8211; por muy legítimos que sean &#8211; a un órgano administrativo tiene difícil acomodo legal y constitucional.</p>
<p>Baste recordar que los privilegios y potestades que el Ordenamiento Jurídico reconoce a los sujetos jurídico públicos tienen su fundamento y justificación en el hecho de que las Administraciones Públicas actúan, no sólo sujetas al principio de legalidad, sino en defensa de los intereses GENERALES.En nuestro ordenamiento jurídico, la defensa de los intereses privados queda atribuida a su titular mediante las vías procesales oportunas en cada caso.<br />
No es un mera opinión personal sino que lo establece así el artículo 103 de nuestra Constitución:</p>
<p>&#8220;La Administración Pública sirve con objetividad los intereses generales y actúa de acuerdo con los principios de eficacia, jerarquía, descentralización, desconcentración y coordinación, con sometimiento pleno a la Ley y al Derecho&#8221;.</p>
<p>Esta, y no otra, es la razón que justifica la especial configuración – carácter revisor de la actividad administrativa &#8211; de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.</p>
<p>Por tanto, si no hay un interés general presente, no hay justificación posible para que actúen los sujetos jurídicos públicos porque desaparece la razón de ser del reconocimiento de los privilegios &#8211; en más – administrativos que configuran las denominadas potestades administrativas (declaración y ejecución del Derecho), imponiendo la carga al ciudadano de acudir a la Jurisdicción Contencioso-Administrativo para que el juez revise si la actuación administrativa – juez y parte &#8211; se ajustó o no a la legalidad – de ahí su carácter revisor.</p>
<p>Establecido esto, no parece difícil concluir que la encomienda de la salvaguarda de intereses particulares a un órgano administrativo supone una conculcación de los derechos de la parte afectada por la intervención administrativa y la vulneración de varios artículos de la Constitución incluido el artículo 24 al poder llegar a apreciarse en última instancia indefensión por vulneración del principio de igualdad de armas y medios de defensa de la partes cuyos intereses se dirimen en el conflicto jurídico planteado.</p>
<p>En fin, parece que avanzamos a hacía el abismo…
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<div class="rw-ui-container rw-class-comment rw-urid-44761"></div>
</div>
]]></content:encoded>
	</item>
	<item>
		<title>Por: Guillermo Díaz</title>
		<link>http://contencioso.es/2010/01/09/cuatro-leyes-buscadas-por-el-autor-frente-a-las-descargas-ilegales-modelo-para-armar/comment-page-1/#comment-4474</link>
		<dc:creator>Guillermo Díaz</dc:creator>
		<pubDate>Sat, 09 Jan 2010 10:35:26 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">http://www.contencioso.es/?p=4014#comment-4474</guid>
		<description>Estupendas reflexiones. te felicito</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Estupendas reflexiones. te felicito
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<div class="rw-ui-container rw-class-comment rw-urid-44751"></div>
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]]></content:encoded>
	</item>
	<item>
		<title>Por: JP</title>
		<link>http://contencioso.es/2010/01/09/cuatro-leyes-buscadas-por-el-autor-frente-a-las-descargas-ilegales-modelo-para-armar/comment-page-1/#comment-4473</link>
		<dc:creator>JP</dc:creator>
		<pubDate>Sat, 09 Jan 2010 10:34:16 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">http://www.contencioso.es/?p=4014#comment-4473</guid>
		<description>Cuatro leyes buscadas por el autor: ¿qué quieres decir con la expresión &quot;buscadas por el autor&quot;?

Escribes &quot;descargas ilegales&quot;: ¿consieras, pues, que son ilegales las descargas mediante p2p de material protegido por la propiedad intelectual?

Haya salud.</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Cuatro leyes buscadas por el autor: ¿qué quieres decir con la expresión &#8220;buscadas por el autor&#8221;?</p>
<p>Escribes &#8220;descargas ilegales&#8221;: ¿consieras, pues, que son ilegales las descargas mediante p2p de material protegido por la propiedad intelectual?</p>
<p>Haya salud.
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<div class="rw-ui-container rw-class-comment rw-urid-44741"></div>
</div>
]]></content:encoded>
	</item>
	<item>
		<title>Por: juzgado666</title>
		<link>http://contencioso.es/2010/01/09/cuatro-leyes-buscadas-por-el-autor-frente-a-las-descargas-ilegales-modelo-para-armar/comment-page-1/#comment-4472</link>
		<dc:creator>juzgado666</dc:creator>
		<pubDate>Sat, 09 Jan 2010 10:13:56 +0000</pubDate>
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		<description>Esta ley no es que esté mal hecha sino mal planteada, es decir vale que se cierren webs pero como que una comisión del ministerio de cultura decide si la denuncia es apta o no???. No es de extrañar que luego tarde más en cerrarse una web de pornografia infantil que una de piratería, esta ley debería recoger por una parte que se debería actuar contra webs sobre terrorismo, lógicamente que sea grave, intercambio de informaciones delictivas, o lugares donde se intercambien videos de bulling. Y luego ya, con mucha menos prioridad si acaso que se pudiera usar para cerrar webs de piratería.

Por otro lado no se como ira el proceso pero solo pueden juzgar a webs que estén en un servidor español ya que según donde esté este estará sometido a una normativa u a otra. Aparte hay 40 países donde no existe el copyright y alomejor no sería ilegal pasar archivos con copyright en esos servidores.

Por otra parte a que denominamos violación de la propiedad intelectual?? Tenemos que estar registrados en la SGAE o alguna de esas pateticas asociaciones?? Ya que el copyright existe nada más haber creado una obra, y a no ser que especifiques lo contrario esa obra tiene copyright. Es decir hay cientos de webs de diseño gráfico, de hacer fondos de pantalla para ordenador e imágenes retocadas, en el caso de que uno denuncie que su imagen ha sido robada y la están usando libremente sin su permiso, ¿Le harían algún caso? Ya que aunque no esté registrado podría demostrar que es suya mediante archivos de edición por lo tanto  ¿Esta comisión tendrá en cuenta estos casos? ¿Tendrá en cuenta plagios entre blogs? ¿Ira contra autores que roban a autores con copyleft (Que seguro que hay muchos casos? ¿Ira contra aquellos que roben los códigos de un troyano y luego digan que son suyos por tener una web más prestigiosa?

Creo que la respuesta está más que clara, no harán ni **** caso a todo aquel que se queje de esto, pero si a los autores de música que sean famosos, claro tienen una caro y luego les apoyan en las elecciones, apoyaran a directores de cine, y a algún pardillo más.</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Esta ley no es que esté mal hecha sino mal planteada, es decir vale que se cierren webs pero como que una comisión del ministerio de cultura decide si la denuncia es apta o no???. No es de extrañar que luego tarde más en cerrarse una web de pornografia infantil que una de piratería, esta ley debería recoger por una parte que se debería actuar contra webs sobre terrorismo, lógicamente que sea grave, intercambio de informaciones delictivas, o lugares donde se intercambien videos de bulling. Y luego ya, con mucha menos prioridad si acaso que se pudiera usar para cerrar webs de piratería.</p>
<p>Por otro lado no se como ira el proceso pero solo pueden juzgar a webs que estén en un servidor español ya que según donde esté este estará sometido a una normativa u a otra. Aparte hay 40 países donde no existe el copyright y alomejor no sería ilegal pasar archivos con copyright en esos servidores.</p>
<p>Por otra parte a que denominamos violación de la propiedad intelectual?? Tenemos que estar registrados en la SGAE o alguna de esas pateticas asociaciones?? Ya que el copyright existe nada más haber creado una obra, y a no ser que especifiques lo contrario esa obra tiene copyright. Es decir hay cientos de webs de diseño gráfico, de hacer fondos de pantalla para ordenador e imágenes retocadas, en el caso de que uno denuncie que su imagen ha sido robada y la están usando libremente sin su permiso, ¿Le harían algún caso? Ya que aunque no esté registrado podría demostrar que es suya mediante archivos de edición por lo tanto  ¿Esta comisión tendrá en cuenta estos casos? ¿Tendrá en cuenta plagios entre blogs? ¿Ira contra autores que roban a autores con copyleft (Que seguro que hay muchos casos? ¿Ira contra aquellos que roben los códigos de un troyano y luego digan que son suyos por tener una web más prestigiosa?</p>
<p>Creo que la respuesta está más que clara, no harán ni **** caso a todo aquel que se queje de esto, pero si a los autores de música que sean famosos, claro tienen una caro y luego les apoyan en las elecciones, apoyaran a directores de cine, y a algún pardillo más.
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	</item>
	<item>
		<title>Por: Año nuevo, leyes contra la libertad nuevas (#manifiesto) &#124; Mario HPR Blog</title>
		<link>http://contencioso.es/2010/01/09/cuatro-leyes-buscadas-por-el-autor-frente-a-las-descargas-ilegales-modelo-para-armar/comment-page-1/#comment-4471</link>
		<dc:creator>Año nuevo, leyes contra la libertad nuevas (#manifiesto) &#124; Mario HPR Blog</dc:creator>
		<pubDate>Sat, 09 Jan 2010 09:56:29 +0000</pubDate>
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		<description>[...] ilegales: se incluirá con rango legal la intervención de la Audiencia Nacional&#8221; y &#8220;Cuatro leyes buscadas por el autor frente a las descargas ilegales: Modelo para armar&#8221; (ambas muy recomendables y aclaratorias) en el blog www.contencioso.es de José Ramón [...]</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>[...] ilegales: se incluirá con rango legal la intervención de la Audiencia Nacional&#8221; y &#8220;Cuatro leyes buscadas por el autor frente a las descargas ilegales: Modelo para armar&#8221; (ambas muy recomendables y aclaratorias) en el blog <a href="http://www.contencioso.es" rel="nofollow">http://www.contencioso.es</a> de José Ramón [...]
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	</item>
	<item>
		<title>Por: Un regalo envenenado contra las descargas ilegales: se incluirá con rango legal la intervención de la Audiencia Nacional &#124; El Blog de Derecho Público de Sevach.</title>
		<link>http://contencioso.es/2010/01/09/cuatro-leyes-buscadas-por-el-autor-frente-a-las-descargas-ilegales-modelo-para-armar/comment-page-1/#comment-4470</link>
		<dc:creator>Un regalo envenenado contra las descargas ilegales: se incluirá con rango legal la intervención de la Audiencia Nacional &#124; El Blog de Derecho Público de Sevach.</dc:creator>
		<pubDate>Sat, 09 Jan 2010 00:08:17 +0000</pubDate>
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		<description>[...] alcance de la información disponible sobre las intenciones gubernamentales, me he permitido hacer otro post, exponiendo los grandes interrogantes jurídicos que se abren sobre esta cuestión.   var [...]</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>[...] alcance de la información disponible sobre las intenciones gubernamentales, me he permitido hacer otro post, exponiendo los grandes interrogantes jurídicos que se abren sobre esta cuestión.   var [...]
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