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	<title>Comentarios en: Corte y confección en las convocatorias de oposiciones: requisitos de titulación</title>
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	<description>El Blog de Derecho Público de Sevach</description>
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	<item>
		<title>Por: Alvaro Garcia gonzalez</title>
		<link>http://contencioso.es/2010/02/02/corte-y-confeccion-en-las-convocatorias-de-oposiciones-requisitos-de-titulacion/comment-page-1/#comment-5335</link>
		<dc:creator>Alvaro Garcia gonzalez</dc:creator>
		<pubDate>Thu, 15 Apr 2010 21:12:46 +0000</pubDate>
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		<description>Sevach, llevo un tiempo preparando oposiciones para la Administracion. Y por casualidades de la vida acabo de leer tu post, que viene como anillo al dedo para mi caso.
Soy licenciado en Economicas y en mi ciudad han anunciado que van a sacar una plaza de Tecnico Tributario, pero como tu bien dices, esta querran hacerla a medida de alguien, y quieren limitarla solo para Licenciado en Derecho. Excusandose que se trata de una plaza de Administracion especial, subescala especial.
Estoy pensando recurrirlo, que te parece?
Como podria plantearlo?

Un saludo muchas gracias</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Sevach, llevo un tiempo preparando oposiciones para la Administracion. Y por casualidades de la vida acabo de leer tu post, que viene como anillo al dedo para mi caso.<br />
Soy licenciado en Economicas y en mi ciudad han anunciado que van a sacar una plaza de Tecnico Tributario, pero como tu bien dices, esta querran hacerla a medida de alguien, y quieren limitarla solo para Licenciado en Derecho. Excusandose que se trata de una plaza de Administracion especial, subescala especial.<br />
Estoy pensando recurrirlo, que te parece?<br />
Como podria plantearlo?</p>
<p>Un saludo muchas gracias
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		<title>Por: policia local</title>
		<link>http://contencioso.es/2010/02/02/corte-y-confeccion-en-las-convocatorias-de-oposiciones-requisitos-de-titulacion/comment-page-1/#comment-4661</link>
		<dc:creator>policia local</dc:creator>
		<pubDate>Sun, 07 Feb 2010 11:56:53 +0000</pubDate>
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		<description>Insistiré hasta resultar pesado; el Nepotismo se extiende por las administraciones públicas como una plaga y,como es lógico, el Gobierno no piensa pagar ni un duro para vacunarnos contra la epidemia (nadie tira piedras contra su propio tejado).</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Insistiré hasta resultar pesado; el Nepotismo se extiende por las administraciones públicas como una plaga y,como es lógico, el Gobierno no piensa pagar ni un duro para vacunarnos contra la epidemia (nadie tira piedras contra su propio tejado).
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	<item>
		<title>Por: JotaF</title>
		<link>http://contencioso.es/2010/02/02/corte-y-confeccion-en-las-convocatorias-de-oposiciones-requisitos-de-titulacion/comment-page-1/#comment-4660</link>
		<dc:creator>JotaF</dc:creator>
		<pubDate>Fri, 05 Feb 2010 17:16:35 +0000</pubDate>
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		<description>Javier, comparas cosas que no son comparables. Sería deseable tener el gobierno de los mejores, de los más prepardos, de los más competentes, y los títulos académicos son una presunción de que se tiene, por lo menos, alguna de esas cualidades. Ahora bien, siendo funcionario y licenciado, te digo que huyo de la titulitis como de la peste. Vayamos al ejemplo que pones, Pepiño Blanco. Pues bien, con no ser licenciado, el señor Blanco es, dentro de lo malo, mucho mejor Ministro que su antecesora, Magdalena Álvarez, que es Inspectora de Hacienda, y no era capaz de articular una sola frase con carácter coherente e inteligible. Por otro lado, un Ministro no es un técnico, es un político, y su trabajo no consiste en saber más que todos los funcionarios de su Departamento, su labor es de carácter directivo y político.</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Javier, comparas cosas que no son comparables. Sería deseable tener el gobierno de los mejores, de los más prepardos, de los más competentes, y los títulos académicos son una presunción de que se tiene, por lo menos, alguna de esas cualidades. Ahora bien, siendo funcionario y licenciado, te digo que huyo de la titulitis como de la peste. Vayamos al ejemplo que pones, Pepiño Blanco. Pues bien, con no ser licenciado, el señor Blanco es, dentro de lo malo, mucho mejor Ministro que su antecesora, Magdalena Álvarez, que es Inspectora de Hacienda, y no era capaz de articular una sola frase con carácter coherente e inteligible. Por otro lado, un Ministro no es un técnico, es un político, y su trabajo no consiste en saber más que todos los funcionarios de su Departamento, su labor es de carácter directivo y político.
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	<item>
		<title>Por: javier</title>
		<link>http://contencioso.es/2010/02/02/corte-y-confeccion-en-las-convocatorias-de-oposiciones-requisitos-de-titulacion/comment-page-1/#comment-4659</link>
		<dc:creator>javier</dc:creator>
		<pubDate>Fri, 05 Feb 2010 11:20:12 +0000</pubDate>
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		<description>Apunte.

Durante 4 años estuve desempeñando las funciones del Nivel 24 en el Administración, lo que supone que estaba preparado para hacerlo.

Cuando la plaza salió a concurso no pude presentarme por no ser del Grupo B o A.

Y a dichos grupos no puedo acceder por no tener la correspondiente titulación.

Sin embargo el señor Pepe Blanco, puede ser perfectamente ministro con la misma titulación que yo.

Curiosidades de la Administración Pública</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Apunte.</p>
<p>Durante 4 años estuve desempeñando las funciones del Nivel 24 en el Administración, lo que supone que estaba preparado para hacerlo.</p>
<p>Cuando la plaza salió a concurso no pude presentarme por no ser del Grupo B o A.</p>
<p>Y a dichos grupos no puedo acceder por no tener la correspondiente titulación.</p>
<p>Sin embargo el señor Pepe Blanco, puede ser perfectamente ministro con la misma titulación que yo.</p>
<p>Curiosidades de la Administración Pública
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	<item>
		<title>Por: JotaF</title>
		<link>http://contencioso.es/2010/02/02/corte-y-confeccion-en-las-convocatorias-de-oposiciones-requisitos-de-titulacion/comment-page-1/#comment-4658</link>
		<dc:creator>JotaF</dc:creator>
		<pubDate>Thu, 04 Feb 2010 20:37:36 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">http://www.contencioso.es/?p=4189#comment-4658</guid>
		<description>Perla, coincido contigo en lo que dices en relación con el Consejo Consultivo de Madrid. Ahora bien, me parece que la solución adoptada para el reclutamiento de los letrados de ese órgano consultivo es bastante pragmática y certera. En Asturias, por poner el ejemplo que más conozco, la ley de creación del órgano consultivo de la Conunidad Autónoma, que data de 2004, dispuso la creación de un cuerpo de letrados, al que eventualmente podría accederse por concurso oposición, y que, al día de la fecha, ha visto como las plazas de letrados están cubiertas por funcionarios del Cuerpo Superior de Administradores del Principado, que es un cuerpo de Administración General, totalmente distinto de un cuerpo deletrados, y lo que es peor, por funcionarios interinos que han pasado un proceso selectivo consistente en la resolución de supuestos prácticos. Yo me pregunto, ¿ merece la pena gastarse varios millones de euros en cambiar los dictámenes del Consejo de Estado por los de un Consejo Consultivo de una calidad técnica manifiestamente inferior al órgano consultivo de la Administración estatal?. Si no me equivoco, todas las CCAA salvo Cantabria han tropezado en la misma piedra: todas a copiar las instituciones estatales a escala autonómica. Un despropósito. Volviendo al principio: puestos a copiar, mejor reclutar los letrados de cuerpos de prestigio reconocido, aunque no sean todos los que están en la ley, que hacer experimentos. Otra pega al sistema madrileño es que los letrados son designados por libre designación, lo cual es netamente contrario a la excepcionalidad de esa forma de provisión.</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Perla, coincido contigo en lo que dices en relación con el Consejo Consultivo de Madrid. Ahora bien, me parece que la solución adoptada para el reclutamiento de los letrados de ese órgano consultivo es bastante pragmática y certera. En Asturias, por poner el ejemplo que más conozco, la ley de creación del órgano consultivo de la Conunidad Autónoma, que data de 2004, dispuso la creación de un cuerpo de letrados, al que eventualmente podría accederse por concurso oposición, y que, al día de la fecha, ha visto como las plazas de letrados están cubiertas por funcionarios del Cuerpo Superior de Administradores del Principado, que es un cuerpo de Administración General, totalmente distinto de un cuerpo deletrados, y lo que es peor, por funcionarios interinos que han pasado un proceso selectivo consistente en la resolución de supuestos prácticos. Yo me pregunto, ¿ merece la pena gastarse varios millones de euros en cambiar los dictámenes del Consejo de Estado por los de un Consejo Consultivo de una calidad técnica manifiestamente inferior al órgano consultivo de la Administración estatal?. Si no me equivoco, todas las CCAA salvo Cantabria han tropezado en la misma piedra: todas a copiar las instituciones estatales a escala autonómica. Un despropósito. Volviendo al principio: puestos a copiar, mejor reclutar los letrados de cuerpos de prestigio reconocido, aunque no sean todos los que están en la ley, que hacer experimentos. Otra pega al sistema madrileño es que los letrados son designados por libre designación, lo cual es netamente contrario a la excepcionalidad de esa forma de provisión.
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	<item>
		<title>Por: rosacobos</title>
		<link>http://contencioso.es/2010/02/02/corte-y-confeccion-en-las-convocatorias-de-oposiciones-requisitos-de-titulacion/comment-page-1/#comment-4657</link>
		<dc:creator>rosacobos</dc:creator>
		<pubDate>Wed, 03 Feb 2010 20:28:03 +0000</pubDate>
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		<description>Llega un momento en que una se cansa de tanta autoorganización, discrecionalidad y otro sinfín de &quot;tonterías&quot; (con perdón) que permiten que la Administración sea todopoderosa.

Personalmente, estoy llegando a un punto en el que lo único que me interesa es cobrar a fin de mes (sí, sí, eso por lo que tanto nos critican algunos). Y es que con el panorama que tenemos por delante es mejor hacerse un ovillo y sobrevivir, a secas.
Otro artículo más de nuestro querido Sevach que levanta pasiones.</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Llega un momento en que una se cansa de tanta autoorganización, discrecionalidad y otro sinfín de &#8220;tonterías&#8221; (con perdón) que permiten que la Administración sea todopoderosa.</p>
<p>Personalmente, estoy llegando a un punto en el que lo único que me interesa es cobrar a fin de mes (sí, sí, eso por lo que tanto nos critican algunos). Y es que con el panorama que tenemos por delante es mejor hacerse un ovillo y sobrevivir, a secas.<br />
Otro artículo más de nuestro querido Sevach que levanta pasiones.
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	</item>
	<item>
		<title>Por: ENTELEQUIA</title>
		<link>http://contencioso.es/2010/02/02/corte-y-confeccion-en-las-convocatorias-de-oposiciones-requisitos-de-titulacion/comment-page-1/#comment-4656</link>
		<dc:creator>ENTELEQUIA</dc:creator>
		<pubDate>Wed, 03 Feb 2010 17:15:08 +0000</pubDate>
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		<description>Buenas tardes Sevach,

aprovechando tu post sobre la concocatoria de las oposiciones, quería felicitarte por tu artículo publicado hoy en la Nueva España.
Como fiel opositora que soy desde hace años,me he sentido muy identificada con todo lo expuesto y agradezco que en estos momentos tan duros alguien sepa reflejar con tanta brillantez y claridad lo que muchos sentimos y vivimos diariamente.Para quien no lo haya leído,aquí os dejo el enlace,merece la pena.

http://www.lne.es/opinion/2010/02/03/malos-tiempos-liricabr/868194.html

Gracias de nuevo y felicidades.</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Buenas tardes Sevach,</p>
<p>aprovechando tu post sobre la concocatoria de las oposiciones, quería felicitarte por tu artículo publicado hoy en la Nueva España.<br />
Como fiel opositora que soy desde hace años,me he sentido muy identificada con todo lo expuesto y agradezco que en estos momentos tan duros alguien sepa reflejar con tanta brillantez y claridad lo que muchos sentimos y vivimos diariamente.Para quien no lo haya leído,aquí os dejo el enlace,merece la pena.</p>
<p><a href="http://www.lne.es/opinion/2010/02/03/malos-tiempos-liricabr/868194.html" rel="nofollow">http://www.lne.es/opinion/2010/02/03/malos-tiempos-liricabr/868194.html</a></p>
<p>Gracias de nuevo y felicidades.
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	</item>
	<item>
		<title>Por: Vicki</title>
		<link>http://contencioso.es/2010/02/02/corte-y-confeccion-en-las-convocatorias-de-oposiciones-requisitos-de-titulacion/comment-page-1/#comment-4655</link>
		<dc:creator>Vicki</dc:creator>
		<pubDate>Wed, 03 Feb 2010 11:40:29 +0000</pubDate>
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		<description>Gracias Sevach,por tu aclaración.

Dudé y creí que no había entendido nada hasta ese momento(en ocasiones las interpretaciones vienen de altas instancias y cuesta creer que no sean acertadas).

Saludos cordiales,</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Gracias Sevach,por tu aclaración.</p>
<p>Dudé y creí que no había entendido nada hasta ese momento(en ocasiones las interpretaciones vienen de altas instancias y cuesta creer que no sean acertadas).</p>
<p>Saludos cordiales,
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	<item>
		<title>Por: Vicki</title>
		<link>http://contencioso.es/2010/02/02/corte-y-confeccion-en-las-convocatorias-de-oposiciones-requisitos-de-titulacion/comment-page-1/#comment-4654</link>
		<dc:creator>Vicki</dc:creator>
		<pubDate>Wed, 03 Feb 2010 11:39:42 +0000</pubDate>
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		<description>Gracias Sevach,por tu aclaración.

Dudé y creí que no había entendido nada hasta ese momento(en ocasiones las interpretaciones vienen de altas instancias que cuesta creer que no sean acertadas).

Saludos cordiales,</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Gracias Sevach,por tu aclaración.</p>
<p>Dudé y creí que no había entendido nada hasta ese momento(en ocasiones las interpretaciones vienen de altas instancias que cuesta creer que no sean acertadas).</p>
<p>Saludos cordiales,
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	</item>
	<item>
		<title>Por: AlfonsoPC</title>
		<link>http://contencioso.es/2010/02/02/corte-y-confeccion-en-las-convocatorias-de-oposiciones-requisitos-de-titulacion/comment-page-1/#comment-4653</link>
		<dc:creator>AlfonsoPC</dc:creator>
		<pubDate>Wed, 03 Feb 2010 11:09:35 +0000</pubDate>
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		<description>Tengo serias dudas de que los letrados del CGPJ sean un cuerpo de &quot;reconocido prestigio&quot;. En realidad, no constituyen un cuerpo de funcionarios, sino un grupo de procedencia heterogénea, unidos por el elemento común de haber sido designados a dedo.</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Tengo serias dudas de que los letrados del CGPJ sean un cuerpo de &#8220;reconocido prestigio&#8221;. En realidad, no constituyen un cuerpo de funcionarios, sino un grupo de procedencia heterogénea, unidos por el elemento común de haber sido designados a dedo.
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	</item>
	<item>
		<title>Por: AlfonsoPC</title>
		<link>http://contencioso.es/2010/02/02/corte-y-confeccion-en-las-convocatorias-de-oposiciones-requisitos-de-titulacion/comment-page-1/#comment-4652</link>
		<dc:creator>AlfonsoPC</dc:creator>
		<pubDate>Wed, 03 Feb 2010 11:06:09 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">http://www.contencioso.es/?p=4189#comment-4652</guid>
		<description>No es un dato muy conocido, pero lo cierto es que para ser letrado del Consejo de Estado nunca se ha exigido ser licenciado en Derecho, hasta la modificación del art. 15 de su Ley Orgánica (3/1980, de 22 de abril) mediante L.O. 3/2004, de 28 de diciembre. Antes de esa reforma, bastaba con cualquier licenciatura universitaria.</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>No es un dato muy conocido, pero lo cierto es que para ser letrado del Consejo de Estado nunca se ha exigido ser licenciado en Derecho, hasta la modificación del art. 15 de su Ley Orgánica (3/1980, de 22 de abril) mediante L.O. 3/2004, de 28 de diciembre. Antes de esa reforma, bastaba con cualquier licenciatura universitaria.
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	</item>
	<item>
		<title>Por: Perla:Cuerpos de Juristas incluídos y excluídos como Letrados del Consultivo Madrileño</title>
		<link>http://contencioso.es/2010/02/02/corte-y-confeccion-en-las-convocatorias-de-oposiciones-requisitos-de-titulacion/comment-page-1/#comment-4651</link>
		<dc:creator>Perla:Cuerpos de Juristas incluídos y excluídos como Letrados del Consultivo Madrileño</dc:creator>
		<pubDate>Wed, 03 Feb 2010 01:51:44 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">http://www.contencioso.es/?p=4189#comment-4651</guid>
		<description>La Ley 6/2007, de 21 de diciembre, Reguladora del Consejo Consultivo de la Comunidad de Madrid excluye a varios cuerpos de juristas de los llamados &quot;de reconocido prestigio&quot;  como los de Catedraticos, Docentes, Notarios, Registradores, Juridicos Militares, TAC, Letrados de TSS,
Letrados de otros Consejos Consultivos, Letrados del TC, TS, CGPJ,del TCU....según consta en su art.18, ratificado en el art.26 de su   Reglamento Orgánico, que textualmente dicen:

&quot;Artículo 18. Letrados del Consejo Consultivo.
1. Con el fin de auxiliar a los miembros del Consejo Consultivo, se adscribirán al Consejo los Letrados que se consideren necesarios, con la denominación de Letrados del Consejo Consultivo de la Comunidad de Madrid.
2. Los Letrados del Consejo Consultivo serán designados entre los miembros de alguno de los siguientes cuerpos: Letrados de la Comunidad de Madrid, Letrados del Consejo de Estado, Abogados del Estado, Letrados de la Asamblea de Madrid, Letrados de Cortes Generales y miembros de las carreras judicial y fiscal.
El Reglamento Orgánico regulará la forma de acceso
, de entre las previstas en la legislación en materia de personal al servicio de las Administraciones públicas, y el Estatuto jurídico de los Letrados del Consejo Consultivo. Los Letrados estarán sometidos al régimen general de incompatibilidades del personal al servicio de la Administración.&quot;

http://www.iustel.com/v2/diario_del_derecho/noticia.asp?ref_iustel=1028413

&quot;DECRETO 26/2008, DE 10 DE ABRIL, DEL CONSEJO DE GOBIERNO, POR EL QUE SE APRUEBA EL REGLAMENTO ORGÁNICO DEL CONSEJO CONSULTIVO DE LA COMUNIDAD DE MADRID.Artículo 26.Nombramiento
1. Los Letrados del Consejo Consultivo serán designados entre los miembros de alguno de los siguientes Cuerpos: Letrados de la Comunidad de Madrid, Letrados del Consejo de Estado, Abogados del Estado, Letrados de la Asamblea de Madrid, Letrados de las Cortes Generales y miembros de la Carrera Judicial y Fiscal.&quot;

Recordemos que todos esos Cuerpos de Juristas  incluídos y excluídos como Letrados del CCM son de reconocido prestigio profesional, y todos ellos, salvo jueces, fiscales y Letrados de Cortes, por art.303 LOPJ,44 EOMF y 35 Estatuto de Personal de Cortes,resultan incompatibles consigo mismo y entre sí por estar o no estar sometidos   y juramentados en el art.56 EBEP 7/2007 y antecedente art.30.1.e DL 315/1964 FCE de lealtad
a los Principios Inamovibles del Movimiento Nacional y a su regimen disciplinario, de &quot;no haber sido separado de servicio ni despedido ni hallarse inhabilitado jamás por nadie desde los 16 años&quot;,requisito-perla de todas las oposiciones y concursos a empleos públicos estatales, autonómicos, locales e institucionales en cuestión por carecer todo el EBEP de Dictamen de Consejo de Estado y haber sido anómalamente sustituído por mera Orden por un Borrador de la llamada&quot;Comisión de Expertos del EBEP&quot; formada por Catedráticos de Derecho Administrativo,
Laboral,Constitucional,TAC,..que omiten todo comentario al respecto en sus deliciosos libros colectivos sobre el EBEP.

En ningún otro Consejo Consultivo se excluye a tantos Cuerpos de Juristas de &quot;reconocido prestigio&quot; pese a que pueden acceder a Magistrados
del TC, TS, TCU.....</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>La Ley 6/2007, de 21 de diciembre, Reguladora del Consejo Consultivo de la Comunidad de Madrid excluye a varios cuerpos de juristas de los llamados &#8220;de reconocido prestigio&#8221;  como los de Catedraticos, Docentes, Notarios, Registradores, Juridicos Militares, TAC, Letrados de TSS,<br />
Letrados de otros Consejos Consultivos, Letrados del TC, TS, CGPJ,del TCU&#8230;.según consta en su art.18, ratificado en el art.26 de su   Reglamento Orgánico, que textualmente dicen:</p>
<p>&#8220;Artículo 18. Letrados del Consejo Consultivo.<br />
1. Con el fin de auxiliar a los miembros del Consejo Consultivo, se adscribirán al Consejo los Letrados que se consideren necesarios, con la denominación de Letrados del Consejo Consultivo de la Comunidad de Madrid.<br />
2. Los Letrados del Consejo Consultivo serán designados entre los miembros de alguno de los siguientes cuerpos: Letrados de la Comunidad de Madrid, Letrados del Consejo de Estado, Abogados del Estado, Letrados de la Asamblea de Madrid, Letrados de Cortes Generales y miembros de las carreras judicial y fiscal.<br />
El Reglamento Orgánico regulará la forma de acceso<br />
, de entre las previstas en la legislación en materia de personal al servicio de las Administraciones públicas, y el Estatuto jurídico de los Letrados del Consejo Consultivo. Los Letrados estarán sometidos al régimen general de incompatibilidades del personal al servicio de la Administración.&#8221;</p>
<p><a href="http://www.iustel.com/v2/diario_del_derecho/noticia.asp?ref_iustel=1028413" rel="nofollow">http://www.iustel.com/v2/diario_del_derecho/noticia.asp?ref_iustel=1028413</a></p>
<p>&#8220;DECRETO 26/2008, DE 10 DE ABRIL, DEL CONSEJO DE GOBIERNO, POR EL QUE SE APRUEBA EL REGLAMENTO ORGÁNICO DEL CONSEJO CONSULTIVO DE LA COMUNIDAD DE MADRID.Artículo 26.Nombramiento<br />
1. Los Letrados del Consejo Consultivo serán designados entre los miembros de alguno de los siguientes Cuerpos: Letrados de la Comunidad de Madrid, Letrados del Consejo de Estado, Abogados del Estado, Letrados de la Asamblea de Madrid, Letrados de las Cortes Generales y miembros de la Carrera Judicial y Fiscal.&#8221;</p>
<p>Recordemos que todos esos Cuerpos de Juristas  incluídos y excluídos como Letrados del CCM son de reconocido prestigio profesional, y todos ellos, salvo jueces, fiscales y Letrados de Cortes, por art.303 LOPJ,44 EOMF y 35 Estatuto de Personal de Cortes,resultan incompatibles consigo mismo y entre sí por estar o no estar sometidos   y juramentados en el art.56 EBEP 7/2007 y antecedente art.30.1.e DL 315/1964 FCE de lealtad<br />
a los Principios Inamovibles del Movimiento Nacional y a su regimen disciplinario, de &#8220;no haber sido separado de servicio ni despedido ni hallarse inhabilitado jamás por nadie desde los 16 años&#8221;,requisito-perla de todas las oposiciones y concursos a empleos públicos estatales, autonómicos, locales e institucionales en cuestión por carecer todo el EBEP de Dictamen de Consejo de Estado y haber sido anómalamente sustituído por mera Orden por un Borrador de la llamada&#8221;Comisión de Expertos del EBEP&#8221; formada por Catedráticos de Derecho Administrativo,<br />
Laboral,Constitucional,TAC,..que omiten todo comentario al respecto en sus deliciosos libros colectivos sobre el EBEP.</p>
<p>En ningún otro Consejo Consultivo se excluye a tantos Cuerpos de Juristas de &#8220;reconocido prestigio&#8221; pese a que pueden acceder a Magistrados<br />
del TC, TS, TCU&#8230;..
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		<title>Por: javier grandio</title>
		<link>http://contencioso.es/2010/02/02/corte-y-confeccion-en-las-convocatorias-de-oposiciones-requisitos-de-titulacion/comment-page-1/#comment-4650</link>
		<dc:creator>javier grandio</dc:creator>
		<pubDate>Tue, 02 Feb 2010 18:17:16 +0000</pubDate>
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		<description>Como de costumbre, magnífica entrada, Sevach.

... Y/o &quot;administrativo jurídico&quot; o &quot;Técnico Económico&quot;, digo.</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Como de costumbre, magnífica entrada, Sevach.</p>
<p>&#8230; Y/o &#8220;administrativo jurídico&#8221; o &#8220;Técnico Económico&#8221;, digo.
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		<title>Por: Maximilien Robespierre</title>
		<link>http://contencioso.es/2010/02/02/corte-y-confeccion-en-las-convocatorias-de-oposiciones-requisitos-de-titulacion/comment-page-1/#comment-4649</link>
		<dc:creator>Maximilien Robespierre</dc:creator>
		<pubDate>Tue, 02 Feb 2010 17:17:50 +0000</pubDate>
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		<description>Y yo me pregunto a cuento de la &quot;titulitis&quot;; existe gente, sobre todo digamos de las nuevas tecnologias - informatica fundamentalmente - que son capaces de burlar todas la medidas de seguridad informaticas. Son autenticos genios formados a si mismo en la mayoria de los casos con un solo titulo de Formación profesional. Entran el la Casa Blanca o en las bases de datos de la CIA ¿ No tienen derechos estos sujetos a participar en plano de igualdad con cualquier ingeniero informatico ? Si lo hace la empresa privada, ¿ por que no la Administración Publica?</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Y yo me pregunto a cuento de la &#8220;titulitis&#8221;; existe gente, sobre todo digamos de las nuevas tecnologias &#8211; informatica fundamentalmente &#8211; que son capaces de burlar todas la medidas de seguridad informaticas. Son autenticos genios formados a si mismo en la mayoria de los casos con un solo titulo de Formación profesional. Entran el la Casa Blanca o en las bases de datos de la CIA ¿ No tienen derechos estos sujetos a participar en plano de igualdad con cualquier ingeniero informatico ? Si lo hace la empresa privada, ¿ por que no la Administración Publica?
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		<title>Por: Sevach</title>
		<link>http://contencioso.es/2010/02/02/corte-y-confeccion-en-las-convocatorias-de-oposiciones-requisitos-de-titulacion/comment-page-1/#comment-4648</link>
		<dc:creator>Sevach</dc:creator>
		<pubDate>Tue, 02 Feb 2010 14:08:19 +0000</pubDate>
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		<description>Vicky: Hablando en general, y no referido a un Ayuntamiento en particular, para acceder a &quot;Escalas de Administración General&quot;, sean Técnicos, Gestión,Admtvo. o auxiliar, no puede ni debe exigirse titulación específica alguna. Una vez se acceda al cuerpo o escala (o mas bien subescala, según el art.167.2 del R.D.Leg.781/86) podrá valorarse como mérito la orientación para la provisión de un puesto, pero jamás a la hora del acceso. Y es que no hay profesión alguna de &quot;administrativo económico&quot; o &quot;Técnico Jurídico&quot;.</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Vicky: Hablando en general, y no referido a un Ayuntamiento en particular, para acceder a &#8220;Escalas de Administración General&#8221;, sean Técnicos, Gestión,Admtvo. o auxiliar, no puede ni debe exigirse titulación específica alguna. Una vez se acceda al cuerpo o escala (o mas bien subescala, según el art.167.2 del R.D.Leg.781/86) podrá valorarse como mérito la orientación para la provisión de un puesto, pero jamás a la hora del acceso. Y es que no hay profesión alguna de &#8220;administrativo económico&#8221; o &#8220;Técnico Jurídico&#8221;.
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		<title>Por: Vicki</title>
		<link>http://contencioso.es/2010/02/02/corte-y-confeccion-en-las-convocatorias-de-oposiciones-requisitos-de-titulacion/comment-page-1/#comment-4647</link>
		<dc:creator>Vicki</dc:creator>
		<pubDate>Tue, 02 Feb 2010 13:05:16 +0000</pubDate>
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		<description>Tu artículo viene caído del cielo .

Respecto al tercer requisito de acceso al cuerpo o escala “podrá una convocatoria incorporar dicho requisito siempre y cuando resulte acreditada la necesidad de formación específica propia y privativa de una profesión”, recientemente en una Administración Local cuyo nombre no diré nos expusieron que significa lo siguiente:

Que para las convocatorias de cuerpos de administración general que vayan destinadas a Intervención, Servicios económicos o Asesoría Jurídica se las pida titulaciones relacionadas o en el caso de las escalas inferiores solo se admitan como méritos los cursos y/ o titulaciones relacionadas con el área.

¿Es una interpretación acertada?. ¿No se está uniendo en uno dos procedimientos :el acceso a la función pública y la provisión de los puestos libres?.


Saludos cordiales,</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Tu artículo viene caído del cielo .</p>
<p>Respecto al tercer requisito de acceso al cuerpo o escala “podrá una convocatoria incorporar dicho requisito siempre y cuando resulte acreditada la necesidad de formación específica propia y privativa de una profesión”, recientemente en una Administración Local cuyo nombre no diré nos expusieron que significa lo siguiente:</p>
<p>Que para las convocatorias de cuerpos de administración general que vayan destinadas a Intervención, Servicios económicos o Asesoría Jurídica se las pida titulaciones relacionadas o en el caso de las escalas inferiores solo se admitan como méritos los cursos y/ o titulaciones relacionadas con el área.</p>
<p>¿Es una interpretación acertada?. ¿No se está uniendo en uno dos procedimientos :el acceso a la función pública y la provisión de los puestos libres?.</p>
<p>Saludos cordiales,
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