Sostiene Sevach que el maltrato es execrable y el de género resulta mas reprochable por ejercerse desde la posición prevalente masculina sobre la posición de la mujer. Ahora bien, la reciente crucifixión por asociaciones y medios de comunicación de un juez de Valladolid por el pecado de restar verosimilitud a una denuncia por maltrato de un cónyuge por considerar factor relevante a valorar el elevado nivel cultural de la mujer debunciante, resulta una variante de maltrato no estudiada: el “maltrato mediático” que padecen quienes, precisamente por su función judicial tienen limitada la libertad de expresión, y no pueden o no quieren defenderse de grupos que persiguen sus intereses al margen de las reglas de Derecho.
En primer lugar, porque se critica una supuesta sentencia “de oídas”, sin haberla leído, y lo que es peor alzándose sobre verdades a medias o de segunda mano (en realidad parece tratarse de un Auto judicial que se limita a decretar el sobreseimiento provisional en unas diligencias previas de orden penal).
En segundo lugar, porque en los casos de maltrato ha de estarse a una estricta casuística y descartando el cómodo prejuicio de que toda denuncia de maltrato se prueba a sí misma si la denuncia es formulada por una mujer.
Y en tercer lugar, porque sostiene Sevach que, cuando hay maltrato físico, usualmente estamos ante bárbaros que abusan de la mayor corpulencia y basto carácter, pero cuando hay maltrato psicológico o ejercitado desde una posición emocionalmente dominante, nos encontramos con que el maltrato puede presentar doble dirección y que tanto puede ejercerlo un hombre sobre una mujer, como viceversa, pero en estos casos lo decisivo es efectuar un juicio de ponderación entre la real aptitud y voluntad de infligir el mal trato al otro, y la aptitud y voluntad para oponerse o eludirlo de quien supuestamente lo padece, teniendo muy presente el contexto particular de la situación (¡y cómo se ha probado, no cómo se ha afirmado!).
Aquí es donde el Ordenamiento Jurídico ha depositado su confianza en el juez para que, con la ayuda del fiscal y con un proceso con todas las pruebas y garantías pueda forjarse criterio al respecto, y dicte la consiguiente resolución judicial; y si tal auto o sentencia es errada habrá de pasar por el tamiz de recursos y garantías del Estado de Derecho pero lo que a Sevach le parece inquisitorial y primitivo es la caza de brujas de los jueces que sencillamente hacen su trabajo, bajo críticas no sustentadas en criterios jurídicos sino en posiciones ideológicas y prejuicios, porque Sevach tiene muy presente que la Constitución española consagra la presunción de inocencia, y por eso las leyes al ocuparse del maltrato no imponen la condena automática del varón denunciado por el sólo hecho de serlo; tampoco las leyes han excluido como factor circunstancial complementario los estudios y nivel cultural de uno u otro; y por supuestísimo, las leyes no amparan la injuria y calumnia frente a un juez que tiene legalmente recortada la libertad de expresión incluso para su propia defensa.
Es más, bajo un punto de vista global y estadístico es innegable que se dan mayores situaciones de maltrato (y lamentablemente más silenciadas) en las sociedades menos desarrolladas culturalmente que en las más civilizadas. También es cierto que la elevada cultura no excluye la condición de maltratador (Albert Einstein maltrató psicológicamente de forma descarnada a su primera esposa servia Milena) de igual modo que la cultura no inmuniza frente al maltrato (el sabio emperador Claudio fue maltratado psicológicamente por su esposa Mesalina) pero tampoco puede considerarse racionalmente verosímil una situación de maltrato si, a falta de otra prueba diferente de la simple denuncia, la supuesta víctima ostenta una posición cultural prevalente (por ejemplo, nadie creería que la Reina Isabel de Inglaterra sufriese maltrato si denunciase por tal motivo a su esposo, el duque de Edimburgo). Por eso Sevach, que como nacional de un Estado miembro de la Unión Europea, considera irrenunciable el respeto a la igualdad, a los derechos fundamentales y a la no discriminación por razón de sexo, sostiene un firme rechazo al maltrato de género, pero también conserva fe en los jueces que tienen la capacidad y la responsabilidad de estudiar los casos y motivarlos, y además tienen el coraje de permanecer impasibles ante las injustas críticas de su labor, porque como dice el adagio, “el necio cree que es justo lo que va con su gusto”, y someter toda sentencia en esta materia tan delicada a “la conjura de los necios”, que pretenden interpretar la “violencia de género” como “violencia generalizada” (demonizando a todo varón por el hecho de serlo), supone socavar el Estado de Derecho para convertirlo en un Estado de Desecho.





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