Categoría: Humor y Administracion

05ene2009

Carta a los Reyes Magos para mejorar los asuntos públicos en el año 2009

cartamagos

Estimados Reyes Magos. Como me ofrecéis más credibilidad vosotros que los políticos no quiero perder la oportunidad de pediros algunas cosas para mejorar la gestión de los desamparados asuntos públicos (internos e internacionales). Como ya soy mayorcito para juguetitos prefiero que vuesas majestades se comporten mas como “magos” que como “reyes” para atender mis peticiones, que os formulo mediante sencillos juegos de palabras. Y ello teniendo presente que “divertido” no es lo contrario de serio,sino de “aburrido”.

1. Que la Administración “administre” mas que quedarse en cosa de “ministros”.

2. Que los funcionarios “funcionen”.

3. Que los ciudadanos “intransigentes” no sean tan “exigentes”.

4. Que el silencio administrativo rompa su silencio.

5. Que el recurso no se limite a a dar el mismo “curso”.

6. Que el futuro urbanismo no sea mas de lo mismo

7.Que la Justicia tenga los medios “ justos”

8. Que los presupuestos públicos sean menos “supuestos” y más “públicos”.

9. Que la presión fiscal no nos suma en la “depresión”.

10. Que la Crisis entre en crisis.

11. Que Hamás no vuelva jamás.

12. Que el pueblo judío haga menos “judiadas” a sus vecinos.

13. Que los piratas somalíes se “piren como las ratas”.

14. Que la digitalización en la Administración vaya mas allá de los nombramientos “digitales”.

15.Que las Comunidades Autónomas pongan más énfasis en la “comunidad” que en la “autonomía”.

16.Que las cuestiones de Estado no nos aparten del Estado de la Cuestión.

17.Que el Derecho Penal no “de pena”.

18.Que las sentencias se dicten con “sentimiento” y que los “fallos” judiciales “acierten” más.

19. Que lo “políticamente” correcto no nos conduzca a lo “jurídicamente” corrupto.

20. Que no se olvide que “no por mucho legislar se alcanza la eficacia mas temprano”.

Lo que solicito a 5 de Enero de 2008 y dejando a efectos de notificaciones la dirección de este blog.

P.D. Al Jefe de Gabinete de los Reyes Magos. Mi carta del año pasado (“ Carta socarrona a los reyes magos de un niño aficionado al Derecho”) debió extraviarse en el desierto ( o fue zampada por algún camello) pero si no fuese así, y la falta de respuesta significó una negativa presunta, téngase por interpuesto recurso de alzada contra su desestimación ante quien corresponda.

Fdo. Nomar Sevach (bloguero, periodista, gimnasta, novelista, actor, funcionario, jurista, profesor, aprendiz de mago, malabarista, escanciador, motero, viajero, tertuliano, padre y…amigo de sus amigos).

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28dic2008

El Tribunal Constitucional enjuiciará la festividad del día de los Reyes Magos

reyes

El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo num.3 de Reinosa (Cantabria) ha planteado por auto nº51/08, de 1 de Abril, la cuestión de la posible inconstitucionalidad de la Resolución de 9 de Octubre de 2007, de la Dirección General de Trabajo por la que se publica la relación de fiestas laborales para el 2008 (BOE 20/10/07) por el que se declaran días no laborales e inhábiles, en el particular relativo a declarar festividad el 6 de Enero, Día de Reyes, o el día siguiente a tal Epifanía Los motivos de posible inconstitucionalidad esgrimidos por el magistrado son varios.

En primer lugar, se aduce que en un Estado aconfesional y que proclama la libertad religiosa como derecho fundamental (art.16 de la Constitución), lo que resultaría incompatible con la declaración de una festividad religiosa propia de la confesión católica provocando discriminación de otras confesiones

En segundo lugar, se aduce la conculcación del principio de igualdad en la vertiente étnica (artículo.14 de la Constitución) ya que en los tres reyes magos se manifiesta la dominación blanca de Gaspar y Melchor sobre el afroamericano Baltasar, sin presencia alguna de orientales.

En tercer lugar, se aduce la conculcación del principio de igualdad en cuanto prohibe la discriminación por razón de sexo (artículo 14 Constitución), ya que no existe paridad alguna en la composición de tal símbolo religioso, con tres varones y sin presencia femenina.

En cuarto lugar, se conculca la protección constitucional del menor (artículo 39 de la Constitución) al sentar su desorientación por la curiosa ubicuidad de los reyes magos, su carácter manirroto y por alzarse en jueces de la bondad o maldad de los menores.

En quinto lugar, resulta contrario a la Constitución (artículo 93) la declaración como festivo e inhábil del día 6 de Enero, en cuanto afecta al horario comercial y laboral menoscaba la unidad de mercado en Europa, ya que la Unión Europea en su calendario oficial no contempla el día 6 de Enero como festivo o no laboral.

Y en sexto lugar, porque de los valores constitucionalmente consagrados en el Preámbulo y en el artículo 1 de la Constitución, relativos a la justicia, igualdad y pluralismo político, subyace el valor verdad, sin que resulte admisible que la Administración y su cabeza visible, el Gobierno puedan reconocer oficialmente la festividad de los Reyes Magos, cuando notoriamente y según la pericial practicada en los autos, ni eran tres, ni eran reyes, ni eran magos, ni venían de Oriente.

En fin, Sevach confía en que los magistrados del Tribunal Constitucional, al ser nombrados por el Rey, y conocida la fraternidad entre las monarquías, no se abstengan de resolver tal conflicto. Aunque pensándolo bien, no deja de ser chocante que sea un Juzgado de Rei-no-osa, y que el 1 de Abril en que se dicta el auto judicial se celebra en EEUU la misma fiesta que en España el 28 de Diciembre.

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05dic2008

¿ Tiene cabida en el Derecho Administrativo la ley del Talión?

La reciente sentencia de un juez de Colorado que condena a varios jóvenes, denunciados por el molesto estruendo de sus aparatos musicales, a soportar música que les disguste a idéntico volumen durante un hora diaria, con el fin de que comprendan el daño causado y sean mas respetuosos en el futuro, lleva a Sevach a reflexionar sobre su utilidad en el campo del Derecho Público.

Lo primero que le viene a la mente a Sevach, tras conocer las circunstancias del fallo del juez de Colorado. es la conocida Ley del Talión, cuya formulación bíblica es terrible y escalofriante: “…Mas si hubiera muerte, entonces pagarás vida por vida, ojo por ojo, diente por diente, mano por mano, pie por pie, quemadura por quemadura, herida por herida, golpe por golpe” ( Exodo 21: 23-25). Lo segundo, que evoca la sentencia del juez americano es la película La Naranja Mecánica basada en la novela homónima de Anthony Burguess, en que la sociedad aplica a los jóvenes violentos su propia medicina a base de imponerle la visión forzosa de películas de extrema violencia (inmovilizando al delincuente frente a una pantalla, impidiéndole cerrar los párpados, para soportar crímenes, depravaciones y holocaustos, una y otra vez), y todo ello con el fin de que finalizado el tratamiento, la sola intención de agresión les provocase arcadas y repulsión. Y lo tercero que acude son las enseñanzas orientales ( hinduistas y budistas) sobre la metempsicosis o reencarnación, que supone aceptar que un juez universal asigna a los malvados castigos según lo que hicieron en vida; pone en chacales las almas de los crueles; en zorros, las de los mentirosos; en cerdos, las de los depravados sexuales, etc.

1. Sin llegar a tales extremos, lo cierto es que el Ordenamiento Jurídico es la respuesta a problemas y si las sanciones administrativas no cumplen su meta disuasoria o de ejemplaridad, algo habrá que buscar como alternativa. En principio la ley del Talión se ajustaría exquisitamente al principio de proporcionalidad, pero repugna la justicia. Forcemos nuestra imaginación para trasponer la ley del Talión al ámbito administrativo:¿Qué tal sería condenar a un propietario que intenta la declaración de ruina fraudulenta de la vivienda de su inquilino, a vivir en una vivienda en condiciones higiénico-sanitarias penosas?; ¿ Y si un constructor con viviendas ilegales tuviera que soportar la edificación junto a su chalet de un tanatorio o un centro de tratamiento de residuos?;¿ Y si a la autoridad que practica mobbing en un humilde funcionario se viese sometido al ninguneo, desprecio y salivazos de todos sus subordinados?; ¿ Y si el conductor del vehículo bajo los efectos del alcohol fuere obligado a cruzar con los ojos vendados una carretera de obligado paso por conductores procedentes de una fiesta de botellón?;¿ Es aceptable obligar al dueño de una discoteca ruidosa a vivir junto a una cantera con estruendosas voladuras de explosivos?; ¿ Debe dejar de pagarse subvenciones, ayudas o becas a quien no paga sus impuestos?; ¿ sería práctico llenar de basuras la vivienda de un sujeto que arroja papeles al río o a la vía pública?;¿Sería justo romperle los videojuegos a un joven que destroza el mobiliario público?, etc.

2. Lo cierto es que en el plano práctico, la ley del talión puede resultar ostensiblemente absurda o contraproducente: ¿quién ve allanada su morada se sentirá satisfecho si le permiten vivir en la casa del delincuente?, ¿la violada debe castigar al violador violándolo a su vez?¿el funcionario que prevarica aprobando indebidamente a un opositor ha de ser castigado con ser nombrado para un empleo público equivalente?, ¿ el opositor que copia del examen de un compañero, se vería castigado a soportar que éste le copie del suyo?, etc).

3. En fin, tales preguntas y ejemplos pretenden mostrar cómo el Derecho no debe servir de puente a la barbarie. Fácilmente se calienta la boca de la víctima de una infracción reclamando justicia ejemplar, pero pronto enmudece si el implicado si por azares del destino, el responsable fuere el mismo o un familiar. La grandeza del Derecho es que siempre lucha con florete aunque algunos individuos apliquen puñaladas traperas. Una cosa son las atinadas licencias que se toma el célebre juez Calatayud para reconducir a los menores ( el que no acude al colegio debe leer libros, el que pinta grafittis debe pintar paredes,etc) y otra muy diferente el que el juez se ponga a la misma altura del infractor o delincuente. Claramente lo sentenció Mahatma Gandhi: ” Ojo por ojo, y el mundo se quedará ciego”.

4. Sin embargo, la idea de un castigo ejemplar podría tener su juego en el plano administrativo, pero no respecto del común funcionario sino en relación a las autoridades públicas. Permítaseme la licencia de una chanza. Veamos, en época romana un castigo para las legiones que fracasaban en las grandes operaciones militares era la Decimatio, que consistía en dividir a las cohortes responsables en grupos de 10. Cada grupo realizaba un sorteo para elegir un miembro que sería castigado, el cual era ejecutado por sus propios compañeros de grupo, a golpes o lapidado. Los supervivientes se veían sometidos a un severo racionamiento de víveres y obligados a dormir fuera del campamento. Pues bien, ¿no sería una buena idea que los gobiernos aplicasen una especie de Decimatio, mediante la aplicación obligada y por sorteo de dimisiones, cuando incurren en gravísimos errores?, ¿nadie piensa que algo así habría que aplicar, por ejemplo, a los gobernantes o miembros de pompososos y costosos Consejos Económicos consultivos, que fueron incapaces de detectar, prever y alertar a la ciudadanía de la actual crisis económica?

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17nov2008

Un día cualquiera de un ciudadano cualquiera a la sombra de la Administración


Ha sido noticia que la canción Eleanor Rigby del legendario grupo musical Beatles está inspirada en un personaje real de Liverpool, a raíz de una subasta de una nómina de un hospital que alude a una limpiadora con tal nombre. Dicha canción, de melodía asombrosa y letra sugerente, versa sobre la solitaria vida de Eleanor y del padre Mackency, aquélla día a día, y éste oficiando misas. Esta referencia lleva a Sevach a pensar en las vidas anónimas de funcionarios y ciudadanos en un mundo en que parece que sólo importan las duquesas y duquesitas de Alba, un sinfín de vendedores de crecepelo de nuestro nuevo Oeste, asi como los gurus catastrofistas de la economía y los políticos embutidos en el manual del trepador insaciable.
En este ámbito, piensa Sevach en un día cualquiera en la vida de un Juan Español, anónimo y solitario, sin perder la compañía del Derecho Público que acompaña desde la cuna a la sepultura.

1. Despierta aturdido por el mesiánico locutor radiofónico de turno, tras una noche de sueños inquietos poblados de inspectores de hacienda, hipotecas inclementes y listas de espera hospitalarias.

2.Enciende la luz ( bajo la cual intenta interpretar el elevado recibo eléctrico mientras las oficinas del Ministerio de enfrente tienen luces encendidas día y noche).

3.Llama por teléfono para protestar ( pero las líneas están colapsadas por la concurrencia de muchos móviles oficiales con tarifa plana a costa del presupuesto).

4.Sale a la calle ( sortea el mobiliario urbano que el Ayuntamiento no ha pagado todavía y evita los baches y desconchados que el Ayuntamiento no piensa reparar).

5. Le entregan el diario La Farola (un parado a quien los políticos siempre le prometen trabajo).

6. Intenta arrojar el periódico a la papelera rebosante de residuos sin reciclar y a punto de cobrar vida propia.

7. Se sube a su coche (tras retirar la multa de la ORA, y mientras un coche oficial obstaculiza impunemente en doble fila).

8. Llena el tapón del depósito de gasolina y lo vierte en el depósito ( hasta donde alcanzan los tres euros disponibles de su economía doméstica, sabiendo que una parte de lo pagado es tributo autonómico y otra tributo estatal).

9. En la ronda exterior es adelantado por una bicicleta ( así y todo, por el rabillo del ojo ve a dos guardias civiles en un coche retirando la fotografía del radar de su vehículo para denunciarlo por exceso de velocidad).

10. Se apea del vehículo y decide entrar a un Museo público a relajarse ( pero, oh, desdicha, tiene que pagar puesto que no es anciano, ni niño, ni adolescente, ni minusválido, ni investigador, ni adventista del séptimo día).

11. Por eso, decide sentarse en un banco del parque ( un agente le mira con ojos de instarle a circular, cinco desarrapados le piden un donativo, y un viudo desconsolado le confiesa que su esposa ha fallecido antes de serle concedida la ayuda de la Ley de Dependencia pese a solicitarla y llevar inválida ocho meses antes).

12. Se va apresuradamente y pisa una boñiga perruna ( pese a que los carteles prohiben pasear perros, cuando deberían prohibir pasear a los amos de esos perros).

13. Intenta limpiarla frotando la suela del zapato con una farola y un diligente policía local le denuncia por manchar el mobiliario urbano.

14. Con desesperación entra en un establecimiento de lotería para ver si cambia su suerte, pero le aturde la decisión entre el rasca de la once, el pica del sorteo de los huerfanitos, la quiniela, la primitiva, la loto, el euromillón, la lotería de Navidad, y mil y un ofertas en que el Estado recauda a costa de quienes se lo juegan todo y mas lo necesitan.

15. Levanta la vista y una cámara desde una farola parece vigilarle (o reirse de él), así que decide almorzar.

16. El restaurante parece estar al día del pago de las tasas de la licencia de apertura y parece estar a la noche en cuanto a condiciones higiénicas.

17. Se sienta en la zona de no fumadores a duras penas visible en la bruma de humo.

18. Lee la carta de platos, donde se habla de carne de buey (que ya no existen), pimientos de piquillo ( que lo serán “de piquillo¨” en cuanto así lo afirman por el pico quien los vende), cebollas rellenas ( de algodiossabeque) y croquetas caseras ( rellenadas con el sobrante de las cebollas de antes).

19. Finalmente se zampa el menú del día y los 7 euros del cartel de la entrada se ven completados con el IVA no incluido en el anuncio, el pan que tampoco estaba en el lote, y como no, con el postre que si se sale de manzana verde y pera dura, lleva suplemento.

20. Total que nuestro hombre se va a la oficina autonómica de consumo para denunciarlo, pero le informan que es competencia de la oficina local de protección al consumidor, o quizás del Negociado de licencias urbanísticas, o incluso de la Comisión Nacional de la competencia. Nuestro hombre se pregunta cúal será el órgano competente para determinar quién es el competente.

21. En la Oficina municipal le dicen que tenía que haber formulado queja en el libro de reclamaciones del restaurante y en vez de almorzar, haberse negado y traer una muestra como prueba, con lo que nuestro hombre solicita en el Ayuntamiento el libro de Reclamaciones para formular una reclamación frente a la oficina municipal; y ahora le dicen que lo solicite por escrito en el Registro General, y en el Registro General le dicen que no tienen modelos de denuncia ni instancia, así que tendrá que buscar un papel y rellenarlo y presentarlo, eso sí, antes de las dos de la tarde y nunca a las doce del mediodía (por aquello de la hora del café), pero que tampoco pueden ayudarle a rellenarlo pero que puede acudir a un abogado (que tampoco pueden recomendarle).

22. Nuestro hombre se vuelve lo andado y en un escaparate de una tienda de electrodomésticos ( donde el tendero se sube por las paredes por la caida de ventas por hpermercados, grandes superficies y venta por internet) ve por televisión a Julián Muñoz, hablando tranquilamente de su condición de víctima de una conspiración, para ceder el paso a un sonriente Roldán palpándose el bolsillo del dinero negro por la entrevista.

23. Se queda boquiabierto y se tambalea, para no perder el equilibrio mueve los brazos a los lados y toca accidentalmente el pecho de una señora con carrito de la compra (vacío como su cartera, por la crisis) quien se pone a gritar contra el supuesto acosador. Un montón de ciudadanos, envalentonados por el precedente de Neira para optar a la Medalla al héroe anónimo, le detienen y patalean, mientras la policía local mira para otro lado, la policía autonómica repasa la lengua cooficial y la policía nacional estudia como conseguir la equiparación retributiva con los anteriores cuerpos policiales. Y un guardia civil que se aproximó para ayudar, se distrajo mirando al Roldán televisivo, como quien mira al santo patrón.

24. Puesto a disposición judicial, el juzgado de guardia está servido por un juez sustituto de otro sustituto (por estar éste de permiso de maternidad) que a su vez sustituía a otro juez ( por estar éste impartiendo conferencias en Nueva York por recomendación de un tal Garzón), el cual a su vez sustituía a otro juez (que estaba en servicios especiales por ser nombrado para el Consejo General del Poder Judicial) y que a su vez sustituía a otro juez de carrera ( que estaba nombrado de asesor político de la Ministra de Igualdad para ayudarle a distinguir entre miembro y miembra).

25. En el camino de regreso a casa, con fecha señalada para juicio en el año 2019, nuestro hombre no puede menos de comprar unos DVD piratas a un inmigrante de color ( a quien la policía pretende expulsar por un “gravísimo” atentado contra la propiedad intelectua), de recoger unos panfletos que le ofrecen de un centro de preparación de opositores (donde se anuncian docenas de plazas para millones de posibles aspirantes en tiempos de regresión de ofertas de empleo público) y de mirar de reojo unas prostitutas de la Calle Montera ( a sabiendas de que es una actividad alegal, tolerada, que demuestra la vergüenza del Derecho reticiente a regular una situación clamorosa).

26. Finamente sube a su casa por las escaleras (el ascensor no funciona pese a que está supervisado por Entidades de Acreditación y Organos públicos de Control).

27. Enciende el televisor para que el ruido de fondo le acompañe pero el tráfico aéreo del aeropuerto cercano se lo impide, aunque lo han denunciado los vecinos por contaminación acustica ante numerosos tribunales.

28. Se dirige a la biblioteca del salón (donde reposan decenas de enciclopedias soporíferas, con múltiples tomos y tan leídas como pagadas) y tomando un ejemplar de la Constitución española, que le dieron allá por 1978, color salmón, lo hojea, y cuando lee lo del valor de la “dignidad de la persona humana” brota una sonrisa, pero cuando ya se carcajea a mandibula batiente es cuando llega a aquello de que “la Administración sirve con eficacia los intereses generales” . Con la mandíbula desencajada y con palidez mortuoria lo hallaron los policías alertados por varios vecinos ante el mal olor que provenía no del cuerpo pútrido sino de lo que había hecho el finado instantes antes sobre el ejemplar de la Constitución.

Un fin semejante a Eleanor Rugby, como dice el párrafo final de la canción “Eleanor Rigby murió en una iglesia y fue enterrada junto a su nombre. Nadie vino a verla”.

En fin, la paciencia del lector que ha llegado hasta aquí merece un espléndido videomusical con la canción de Eleonor Rigby en este sitio.

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13nov2008

El discreto encanto erótico de la Justicia


La empresa de lencería Triumph ha lanzado en Japón un modelo de sujetador que imita a la perfección las balanzas que sostiene la alegoría de la justicia. Quizás ese sujetador dorado cumple en su ámbito lo que debiera hacer la justicia en el suyo, al estilo de la Real Academia de la lengua: limpia, fija y da esplendor. Leer Más »

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16oct2008

¿Podría el pato Donald ser miembro del Tribunal Constitucional español?

Ni es ciudadano español, ni tiene homologados sus estudios de Derecho por la Universidad de Disneylandia, pero si el mismo fuese avalado por los partidos políticos dominantes en España podría tener serias probabilidades para obtener tan prestigioso puesto. Viene al caso porque se ha filtrado el informe de los Servicios jurídicos del Senado sobre los requisitos de los candidatos a miembros del Tribunal Constitucional propuestos por las Comunidades Autónomas y su contundencia no tiene desperdicio.

2. Así, el informe jurídico según cuenta el diario Público se apoya en tres pilares argumentales

A) En primer lugar, que la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional impone como requisito para ser Magistrado del Tribunal Constitucional ser ” magistrados, fiscales, profesores de Universidad, funcionarios públicos o abogados, todos ellos juristas de reconocida competencia con más de quince años de ejercicio profesional o en activo en la respectiva función”.

B) En segundo lugar se expone la doctrina del Tribunal Supremo que interpreta el sintagma “ejercicio en activo”, a los efectos del nombramiento como Fiscal General del Estado, y que supone una situación distinta de la de “servicios especiales” a la hora de ocupar altos cargos jurídicos que requieren experiencia jurídica; la citada Sentencia del Tribunal Supremo de 29 de Junio de 1994 admite que los serviciios especiales comportan ciertas garantías para quien está en tal situación administrativa pero «no resulta ni del texto ni de la finalidad de la norma que esta ficción legal por la que se atribuyen determinados efectos propios del servicio activo a quien no se halla realmente en esta situación sea proyectable a instituciones ajenas al esquema funcionarial descrito y que tienen su propio y especifico régimen jurídico».

C) Y en tercer lugar, se señala que según la doctrina un cargo político u otro que se desempeñe en situación distinta de servicio activo (por ejemplo, parlamentario o Defensor del Pueblo), no comporta ejercicio de la profesión jurídica si ésta fuera la función originaria cuyo retorno tuviese reservado.

2. A Sevach le resulta tal informe impecable aunque a idéntica conclusión se llegaría con dos sencillas preguntas, tendentes a aclarar lo que debe entenderse por el doble requisito legal: de un lado, la experiencia profesional durante quince años como jurista; y de otro lado, la reconocida competencia en tal profesión. El primero es un requisito cuantitativo y el segundo un requisito cualitativo, pero ambos son aspectos reglados diferentes, y sin margen para discrecionalidad en su apreciación (el primero es un concepto jurídico determinado – la experiencia- y el segundo un concepto jurídico indeterminado- el reconocimiento o solvencia).

3. Pues bien, para considerar equivalente la prestación de servicios especiales a la experiencia jurídica, os efectos de alcanzar el rango de máxima magistratura del Estado llamado a resolver los conflictos jurídicos de mayor calado, hagámonos la siguiente pregunta: ¿alguien dejaría que la decisión sobre su operación a corazón abierto, a vida o muerte, la tomase en última instancia alguien que siendo cardiólogo, sus últimos cinco años se ha ocupado de labores gerenciales sin pisar un quirófano y sin investigar o estudiar sobre los avances médicos?.

Y sobre la verificación de la “reconocida competencia” como jurista, que es algo más que el simple desempeño digno de la función, ya que no basta ser licenciado en derecho para considerarse de “reconocida competencia” sino que tal condición supone una ponderación motivada que constate un prestigio cualificado dentro de la profesión de jurista (un primus inter pares, o en términos romanos, investido de auctoritas), la pregunta que hemos de hacernos es la siguiente:¿alguien conoce si el juez candidato ha sentado alguna doctrina en sus sentencias que constituya una aportación fundamental, un leading case, o una solución que haya asombrado a la comunidad jurídica?,¿el Catedrático ha formado Escuela o obtenido un reconocimiento unánime de la comunidad científica?

4. Al final, se trata de interpretar las palabras utilizadas por el legislador (“experiencia como jurista”, “reconocida competencia”) y ello nos recuerda el agudo diálogo de Alicia, el personaje de Lewis Carroll, con Humpty Dumpty , el cínico huevo tentetieso. Veamos el extracto de la obra de Lewis Carrol:

(…) “Cuando yo uso una palabra –insistió Humpty Dumpty con un tono de voz más bien desdeñoso– quiere decir lo que yo quiero que diga…, ni más ni menos.

–La cuestión --insistió Alicia– es si se puede hacer que las palabras signifiquen tantas cosas diferentes.

--La cuestión –zanjó Humpty Dumpty– es saber quién es el que manda…, eso es todo”. Cuando yo uso una palabra–dijo Humpty Dumpty– esa palabra significa lo que yo quiero que signifique.

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07oct2008

El Derecho se sienta a la mesa de la gastronomia regional asturiana

El Derecho se sienta a la mesa de la gastronomia regional asturiana

La Junta General del Principado de Asturias aprobó por unanimidad una proposición no de ley para que el Gobierno regional declare la gastronomía asturiana como bien cultural inmaterial según informa la prensa regional. El fundamento para tal medida parece ser el Convenio para la salvaguarda del patrimonio cultural inmaterial, aprobado por la UNESCO en 2003, y al que define como ejemplo de petulancia normativa nada menos que como “crisol de la diversidad cultural y garante del desarrollo sostenible”. Y en consecuencia, cogiendo el rábano cultural por las hojas proponen la ingeniosísima y novedosísima medida de que la gastronomía asturiana sea “recogida, documentada, debidamente protegida y puesta al servicio de los investigadores y la ciudadanía”. O sea juegos florales, que reflejan que los legisladores están ajenos a los problemas reales de los ciudadanos ( crisis económica, vivienda, trabajo, seguridad…) y además se ocupan de regular lo que no necesita regularse. Una cosa es la protección del consumidor, de las denominaciones de origen o la labor de fomento de la gastronomía con divulgación de sus excelencias, y otra muy diferente es afrontar la subida a los altares administrativos de la “gastronomía asturiana” en abstracto y etiquetarla como “bien inmaterial de interés cultural”. Toma ya. ¿Acaso algún paisano necesitan que le digan que las fabes o la sidra son de interés cultural?,

1. Sin embargo, Sevach ha intentado comprender lo que persigue el legislador asturiano, y para ello, lo primero que resulta evidente es que la calificación o manida etiqueta de “bien de interés cultural” referida a la gastronomía no tiene la misma finalidad protectora que se alcanza con la categoría homónima propia del patrimonio histórico español, según la Ley 16/1984, de 25 de Junio de Patrimonio Histórico Español (que inspira las homólogas leyes autonómicas), puesto que la declaración de Bien de Interés Cultural como regla general excluye la obra de un autor vivo (¿habría que declarar los cocineros “a extinguir”?), impone su anotación en un Registro (¿con foto descolorida al estilo de los menús del día?), obliga al propietario a facilitar la inspección pública ( ¿habría que sentar a la Mesa al inspector como si del agente de la Guía Michelín se tratase?), ello sin olvidar que difícilmente se presta el arroz con leche a la expropiación, ni debiera sancionarse a quien no cocine un arroz con bogavante conforme al ritual preestablecido. En definitiva, que las categorías jurídicas (bien de interés cultural) han de manejarse por el legislador con cuidado porque el ciudadano pierde la perspectiva y se le menoscaba en la seguridad jurídica.

2. Una vez descartada la aplicación a la gastronomía regional del régimen propio de los “bienes de interés cultural” hemos de analizar las palabras del propio legislador asturiano en que concentra su “ocurrencia” para averiguar dónde está la novedad pretendida sobre la gastronomía regional. Recordemos que el parlamento autonómico, como consecuencia de esa declaración de bien cultural, pretende que la gastronomía regional sea “recogida, documentada, debidamente protegida y puesta al servicio de los investigadores y la ciudadanía”. Pues bien, Sevach se pregunta:

- ¿Qué novedad supone que la gastronomía asturiana sea….”recogida”?. ¡Vaya!. ¿Dónde?, ¿ en ollas o puerta a puerta?, ¿se recoge una muestra, el plato entero, y se refiere a la doméstica o la hostelera?.
- ¿Qué novedad supone que la gastronomía asturiana sea…”documentada”?. ¡Albricias!. ¿Acaso no hay infinidad de libros, recetarios y críticos gastronómicos que han inventariado lo más relevante de la gastronomía asturiana?,¿Hemos descubierto nuevamente el Mar Cantábrico?.
- ¿Qué novedad supone que la gastronomía sea “debidamente protegida”?.¡ Caramba! ¿Acaso no hay protección del consumidor, de la denominación de origen,etc?,¿ no será peor el remedio- proteger y reglamentar- que la enfermedad – la dispersión y espontaneidad de la cocina asturiana?.
-¿Qué supone que la gastronomía sea puesta “al servicio de los investigadores”?.¡Diantres! . ¿Acaso la gastronomía no pertenece al acervo popular, natural y espontáneo, y es lo mas opuesto a lo artificial y dogmático?¿ Debe salir la comida de los fogones para colocarla en los laboratorios?.
-¿ Qué se pretende con que la gastronomía se “ponga a disposición de la ciudadanía”? ¡ Desternillante!. Quizás se reparará el agravio al pueblo asturiano de negarle secularmente el disfrute de las viandas regionales, para que al fin reciba su escudilla con las excelencias gastronómicas regionales… Si no fuera por la Administración, el asturiano estaría a dieta

3. Y así se escribe la historia del derecho. Una ocurrencia del legislador provocará una declaración del Gobierno regional que a su vez intentará rellenar de contenido mediante la aprobación de un Plan Estratégico, programa o similar, y tras mantener entretenidas a la representación de la hostelería, a los operadores del turismo y algún otro que pase por allí, desembocará en un par de costosos libros institucionales con mucho brillo y fotos en color, que “recogerán y documentarán” la gastronomía, además de subvencionarse alguna tesis doctoral del estilo ” la incidencia del chorizo criollo sobre las fabes con almejas”, y en todo caso, celebrándose algún banquete de parlamentarios y gobernantes para degustar a costa del presupuesto público tales delicias ( al fin y al cabo, representan a la ciudadanía). Misión cumplida.

El legislador debe legislar poco, pero bien y útil. Todo lo demás es hojarasca propio de ociosos. Habrá que esperar a que se declare bien de interés cultural inmaterial el “Asturias patria querida”, las subidas y bajadas de marea, o el aroma a “cuchu” ( estiércol que forma parte del paisaje cultural) o la tonada de gaita al anochecer.

A lo mejor, siendo positivos, lo que pretende el legislador asturiano es reglamentar la gastronomía, pero si así fuere, en vez de andarse con juegos florales, mejor sería regular lo que inquieta día a día al ciudadano, algo tan pedestre pero tan sensible como fijar a golpe de reglamento el contenido de las croquetas de cabrales ( ya que su contenido pertenece inexplorado, y cuando mas modesto el restaurante mas inaccesible), o determinar el número de chipirones que forman una ración para que merezca tal nombre (dada la oscilación de cantidad piezas de unos locales a otros), o establecer para seguridad del consumidor a golpe de Boletín Oficial, la diferencia entre raba y calamar o entre pulpo pedrero y pulpo playero, o en definitiva, fijar unos criterios comunes para los menús del día que tienen desorientado al consumidor.

Y es que la gastronomía como de la rosa de Juan Ramón Jiménez, mejor es no tocarla, y dejarla así…o mas bien degustarla…que el mejor homenaje a la fabada es darse un idem.

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03oct2008

Diez razones por las que Dios sería un pésimo Interventor

Diez razones por las que Dios sería un pésimo Interventor

Completando la trilogía de la conexión humorística entre religión y cargos públicos, ahí van las diez razones por las que Dios sería un pésimo Interventor de cuentas públicas. Leer Más »

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18sep2008

Doce razones por la que podemos aventurar que Jesucristo era Catedrático de Universidad

Doce razones por la que podemos aventurar que Jesucristo era Catedrático de una Universidad

Siguiendo con sus investigaciones de arqueología jurídica, la prestigiosa Universidad de Tokameroke ha conseguido explicar porqué Jesucristo quizás era Catedrático, y lo sintetiza en doce razones.

1- Quizás su especialidad era matemáticas, pues siempre hablaba de “parábolas”.

2- Siendo becario (pues su padre era carpintero) asombraba a los sabios en el templo.

3- Sanaba enfermos y recetaba frente al mal, luego era Doctor.

4- Su habilidad con los endemoniados le permitió ascender de la Universidad de Galilea a la Universidad Central de Jerusalén.

5- Tenía relación tensa con el Director del Departamento (Pilatos).

6- Su metodo de enseñanza era “sermonear” a los alumnos.

7- Sus escritos “suenan” a arameo.

8- Formó Escuela.

9- Le traicionaron sus discípulos.

10- En su mayor apogeo, sufrió una “Barrabasada”.

11- Es muy citado, y sus conclusiones tergiversadas, y sentó las bases de la Teoría del Caos.

12- No se sabe quien pagó la última cena, pero él no.

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