Categoría: Laberintos procesales

11abr2008

De la esquizofrenia jurídica que impide solucionar el problema de los esquizofrénicos

De la esquizofrenia jurídica que impide solucionar el problema de los esquizofrénicos

Resulta interesante la noticia de la recientísima Sentencia de la Audiencia Provincial de Asturias por la que se condena al esquizofrénico que degolló a un menor en un parque gijonés en el año 2004, puesto que mas allá de la aplicación del frío Derecho penal, la sentencia se adentra a efectuar un valiente diagnóstico del desamparo de familias y ciudadanos ante la situación de los esquizofrénicos que no reconocen la enfermedad y se niegan a tomar la medicación.

Leer Más »

Entrada publicada en Laberintos procesales | 13 Comentarios
28mar2008

De la sentencia sobre Gescartera y la invisible desidia de los ahorradores afectados o de la Comisión Nacional del Mercado de Valores

De la sentencia sobre Gescartera y la invisible desidia de los ahorradores afectados o de la Comisión Nacional del Mercado de Valores

La Audiencia Nacional condenó ayer jueves al dueño de Gescartera a 11 años de prisión (8 años por el delito de apropiación indebida y 3 años por falsedad documental), y ha considerado a La Caixa y Caja Madrid Bolsa como responsables civiles subsidiarios de un agujero patrimonial y un perjuicio a los clientes de la agencia de valores de 87,99 millones de euros, más los intereses desde 2001 que condena al dueño de la agencia de valores Gescartera. Asimismo, considera a La Caixa y Caja Madrid Bolsa como responsables civiles subsidiarios de 87,99 millones de euros, lo que permitirá a los cuatro mil afectados resarcirse parcialmente de los perjuicios. El Tribunal considera probado que “los condenados despatrimonializaron la sociedad Gescartera, desviando los fondos que les habían confiado sus clientes”. Además, considera probado que “colaboraron manteniendo una situación aparentemente normalizada, pero en realidad constituía una mera fachada, a cuya sombra se llevaba a efecto una premeditada, sistemática y persistente maniobra de apoderamiento de capitales y valores invertidos por los clientes”.

Leer Más »

Entrada publicada en Laberintos procesales | 3 Comentarios
17mar2008

De las condenas por prevaricación administrativa: ¿farol del legislador o cadáver jurídico?

Las condenas por prevaricación administrativa:¿farol del legislador o cadáver jurídico?

Hace unos días se asombraba Sevach por la noticia de que un juez italiano había demorado ocho años en incorporar la motivación a una sentencia condenatoria. El asombro era doble. Desde un punto de vista objetivo, al resultar inexplicable que pueda condenarse sin que el condenado tenga conocimiento cabal del porqué. Desde un punto de vista subjetivo, por la exasperante parsimonia, tanto del juez perezoso como la de los órganos de control de tales dilaciones.

Leer Más »

Entrada publicada en Laberintos procesales | 3 Comentarios
21feb2008

Del caso de los Albertos, o como desde las Torres de marfil jurídicas se propicia la impunidad penal

Del caso de los Albertos, o como desde las Torres de marfil jurídicas se propicia la impunidad penal

Alguna reflexión se impone cuando la recientísima Sentencia del Tribunal Constitucional de 20 de Febrero de 2008 exonera a los conocidos “Albertos” de toda responsabilidad por una estafa de 4.085 millones de las antiguas pesetas a sus socios, mediante una interpretación flexible del artículo 114 del Código Penal entonces vigente, en relación al cómputo del plazo de prescripción de cinco años.

Leer Más »

Entrada publicada en Laberintos procesales | 12 Comentarios
04ago2007

De recursos de amparo y ejecución de sentencias firmes

Maravilla a SEVACH el sistema judicial español, ejemplo de garantía avanzada de los derechos del “justiciable”, donde tras dictarse la última palabra judicial sobre asunto litigioso, se cuenta con la tutela jurisdiccional extraordinaria del Tribunal Constitucional gracias al “recurso de amparo”, que a imagen y semejanza de sus homólogos europeos, ha sido generosamente acogido en el caso español.

En efecto, toda persona que recibe una sentencia desfavorable a sus intereses sopesa el acudir al Tribunal Constitucional, como cruce del primo de Zumosol y de la Virgen de Fátima (aunque quizás sería mas adecuada la Virgen de los Desamparados). Tal cauce es extraordinario y lento, pero supone una pequeña lucecita de esperanza en el tortuoso túnel de la justicia. Y por ello, el embotellamiento de recursos de amparo ante el Tribunal Constitucional ha sido tan notable que ha sido precisa la reforma operada por Ley Orgánica 6/2007, de 24 de Mayo, del Tribunal Constitucional (LOTC) para frenar de raíz tal avalancha.

Leer Más »

Entrada publicada en Laberintos procesales | 9 Comentarios
13jul2007

De recetas contra el colapso judicial contencioso (III)

Cirujanos operando.Sevach lamenta que el ciudadano que sufre las demoras de los procesos contencioso-administrativos, culpe al juez, olvidando:

A) Primero, que las leyes procesales no las hace el juzgador, sino el Parlamento, o sea los grupos políticos. El ciudadano culpa al párroco de los mandamientos.

B) Segundo, que detrás de todo trámite o incidente procesal están razones de justicia, igualdad, equidad o seguridad jurídica. Nnguna norma procesal responde al capricho del legislador ni para fastidiar al justiciable. Es sorprendente la Ley de la relatividad de las normas procesales ya que el litigante que soporta un trámite procesal, se apresura a tildarlo de formalismo exasperante, mientras que si se colocase en la posición procesal contraria lo consideraría irrenunciable para la defensa.

C) Tercero, que soluciones las hay, pero ni es deseable convertir la justicia en un Macdonalds u otro restaurante de comida rápida que sirva alimento de forma instantánea, cuestionable calidad y escasamente nutritiva, ni tampoco convertirlo en el restaurante del Bully que tras larga espera por la mesa se expresa en alimentos artificiosos y estéticos, pero tampoco satisfactorios. Como siempre, hay que buscar el justo medio, y para ello, bien pueden en el ámbito contencioso-administrativo adoptarse medidas sencillas pero efectivas.

Leer Más »

Entrada publicada en Laberintos procesales | Dejar un comentario
10jul2007

El Vía Crucis de los juzgados de lo contencioso (II)

expedientes.jpgSostiene Sevach que es un lujo la existencia de tales Juzgados de lo Contencioso-Administrativo en España, una especie de David armado con la honda del derecho frente al Goliat público, y que resultan inimaginables en la República Checa.

Tras estudiar su evolución reciente, y conocedor de los ritos propios de la Semana santa en España, las vicisitudes de tales Juzgados le recuerdan el Vía Crucis” que parece ser en latín significa el “Camino de la Cruz” o la “Vía Dolorosa, con las correspondientes “estaciones” o etapas.

Leer Más »

Entrada publicada en Laberintos procesales | 1 Comentario
08jul2007

¿Resistirán los jueces de lo Contencioso a la kriptonita? (I)

Superman. La S de Superman.

Con suma atención ha leído Sevach el diario asturiano La Nueva España de 20 de Junio de 2007 que se hace eco de las declaraciones del Secretario General del Pleno del Ayuntamiento de Madrid, quien afirma que colgó la toga de magistrado de lo Contencioso-Administrativo a finales de 2006 porque se encontró con tres problemas: una retribución insuficiente, una jornada laboral sin principio ni fin y permisos irreales. Literalmente afirma: “El juez se va cuatro días y cuando llega tiene los papeles que dejó en la mesa mas los que se acumularon en los últimos días”.

Leer Más »

Entrada publicada en Laberintos procesales | Dejar un comentario
05may2007

Mentiras forenses

Juez.

Se queda Sevach sorprendido de la reciente noticia de la caída en desgracia del director ejecutivo de British Petroleum, Lord John Browne, tras revelarse que mintió bajo juramento a un Tribunal británico sobre su relación homosexual con un joven canadiense, lo que pone fin a una de las carreras brillantes del mundo empresarial británico. Ello le recuerda el caso del prestigioso escritor Lord Jeffrery Archer, que en el año 2001, fue condenado a prisión durante cuatro años por dos delitos de perjurio y otros dos de obstrucción a la justicia, por mentir bajo juramento, ya que utilizó como coartada el testimonio de un amigo para encubrir su relación con una prostituta o una amante.

Pero no sólo la mentira de la aristocracia británica desata hecatombres públicas, sino que (sin necesidad de remontarnos al Watergate) podemos recordar casos acaecidos en los dos últimos años como el del primer ministro socialdemócrata de Hungría, Ferenc Gyurcsány, que mintió sobre la situación económica del país, utilizándolo para ganar las elecciones. O el del obispo Stanislaw Wielgus, que ante el descubrimiento de su colaboración en el pasado con el régimen comunista en el pasado, se vio obligado a renunciar como arzobispo de Varsovia. O la agitación del mundo científico cuando el entonces prestigioso científico coreano Woo Suk Hwang, falsificó sus experimentos sobre células madre. O la mentira del escritor Gunter Grass sobre su colaboración con el nazismo, que a pesar de ser confesada no le ha librado del estigma consiguiente. Son muchas las mentiras que presentan una vertiente ética y otra de proyección política y social (cuya inmensa mayoría nunca se descubren y quedan impunes), pero lo que más le llama la atención a Sevach es la mentira jurídica, y concretamente la que se constata en el proceso contencioso-administrativo.

No se trata de la “mentira piadosa” relativamente benigna, ni de la “mentira lúdica” que encierra una broma, ni de la “mentira política” que constituye un lenguaje socialmente tolerado, sino de la “mentira forense”, esto es, la falsedad vertida a sabiendas cuando está en juego la Justicia, y cuando tal mentira puede ocasionar perjuicio real y tangible a un tercero, además de menoscabar la credibilidad del poder judicial.

Así, Sevach advierte la diferencia entre la “verdad real” (lo sucedido efectivamente), y la “verdad probada” (lo declarado cierto por el juez), ya que la única relevante jurídicamente es esta última.

Puede ser entendible la falta de pudor de los abogados que lanzan indiscriminadamente hechos al proceso o afirmaciones a sabiendas de su falsedad o falta de verosimilitud; al fin y al cabo, la deontología del abogado alcanza a ejercer su profesión y velar por el bien de su cliente, pero no padece por las arriesgadas estrategias de defensa, ya que quien está llamado a discernir “la paja del grano” o “lo posible de lo verosímil” es el juez.

También puede entenderse la “mentira profesional” que en ocasiones se desliza en los informes de peritos aportados al proceso por la parte favorecida por sus conclusiones (quien paga, manda, y poco avispado sería quien aportara al proceso un informe contrario a sus tesis). Curiosamente, en numerosas ocasiones, tales informes llegan a conclusiones diametralmente contradictorias con las que resultan de los informes de los peritos designados al azar, procedentes de la lista facilitada por el Colegio correspondiente.

Sin embargo, lo que Sevach no considera justificable, ni desde el punto de vista ético ni social, es la mentira forense que se manifiesta en buena parte de los testimonios vertidos por los testigos traídos al proceso por la parte interesada, y que, pese a jurar o prometer decir la verdad bajo apercibimiento del delito de falso testimonio ( como mandata la Ley de Enjuiciamiento Civil y desarrolla el Código Penal), lo cierto es que sin sonrojo alguno afirman hechos que son posteriormente desmentidos por pruebas contundentes y fehacientes de signo contrario.

Pues bien, tales falsedades abundan en el ámbito procesal contencioso-administrativo, ya que la errada creencia popular es que “si se miente para perjudicar a la voracidad recaudatoria o sancionadora de la Administración, no es pecado capital, sino incluso meritorio”. La reacción frente a la mentira forense no suele ser la inmediata puesta en conocimiento de la Fiscalía ( basta comprobar los escasísimos casos de condena penal por falso testimonio, reservada en la práctica para supuestos excepcionales y gravísimos de contumaces, profesionales y confesos de la mentira). En cambio, el juzgador suele optar (cuando la sospecha de mendacidad se revela a los ojos imparciales del juez) mas bien por tener “en cuarentena” el testimonio oral del testigo y valorarlo en relación con los restantes medios de prueba, prescindiendo frecuentemente de su fiabilidad, o lo que es lo mismo, que a la postre, el “testigo se va de rositas”. Pero al menos, el testigo falso jugó a burlar a la justicia, lo intentó, y al menos cuenta con el agradecimiento del beneficiado por su falso testimonio; y si el testimonio falso fue dado por cierto, no solo la justicia ha padecido en el caso concreto, sino que en el futuro, para el engañador todos los pleitos pueden estar aquejados de vicios como el que el mismo acometió, y para la víctima del engaño, todos los pleitos son pasto de trileros. O sea, la cosecha de la mentira mentira forense provoca un amplio barbecho en la credibilidad de la Justicia.

Entrada publicada en Laberintos procesales | Dejar un comentario
-
-