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	<title>Contencioso es un pedazo de la blogosfera pública &#187; Sobre la Universidad</title>
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	<description>El Blog de Derecho Público de Sevach</description>
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		<title>Gaudeamus Igitur: Aprobado el Estatuto del Estudiante Universitario</title>
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		<pubDate>Tue, 04 Jan 2011 23:56:32 +0000</pubDate>
		<dc:creator>sevach</dc:creator>
				<category><![CDATA[Sobre la Universidad]]></category>
		<category><![CDATA[Alma Mater]]></category>

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		<description><![CDATA[El 31 de Diciembre de 2010 se publica en el BOE el Estatuto del Estudiante Universitario (aprobado por Real Decreto 1791/2010, de 30 de diciembre) cumpliendo el mandato del art.46.5 de la Ley 6/2001 Orgánica de Universidades en la redacción dada por la Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril. El Ejecutivo se lo ha tomado [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<fb:like href='http://contencioso.es/2011/01/05/gaudeamus-igitur-aprobado-el-estatuto-del-estudiante-universitario/' send='false' layout='standard' show_faces='true' width='450' height='65' action='recommend' colorscheme='light' font='lucida+grande'></fb:like><div class="rw-right"><div class="rw-ui-container rw-class-blog-post rw-urid-60070"></div></div><p><a href="http://contencioso.es/files/2011/01/Estatuto.jpeg"><img class="alignleft size-thumbnail wp-image-6018" src="http://contencioso.es/files/2011/01/Estatuto-150x150.jpg" alt="" width="100" height="100" /></a></p>
<p style="text-align: justify;">El 31 de Diciembre de 2010 <a href="http://www.boe.es/boe/dias/2010/12/31/pdfs/BOE-A-2010-20147.pdf">se publica</a> en el BOE el Estatuto del Estudiante Universitario (aprobado por Real Decreto 1791/2010, de 30 de diciembre) cumpliendo el mandato del art.46.5 de la Ley 6/2001 Orgánica de Universidades en la redacción dada por la Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril. El Ejecutivo se lo ha tomado con calma- casi tres años y ocho meses- pero al final ha visto la luz con el forceps de algunas omisiones, ambigüedades y renuncias. Veamos sus líneas fundamentales en apretada síntesis para universitarios con prisa. <span id="more-6006"></span></p>
<p style="text-align: justify;">1ª Un <strong>“Estatuto” es un régimen concentrado de derechos y deberes propio de un  determinado sujeto o colectivo</strong>. Así se habla del Derecho Administrativo como Derecho Estatutario de las Administraciones Públicas, del Derecho Mercantil como Derecho de los “mercaderes” o del Derecho Canónico como Derecho de los “canónigos”.  Así, el Estatuto del Estudiante Universitario se aplicará a todos los estudiantes de Universidades tanto públicas como privadas. Además cubre no solo al alumno matriculado en las enseñanzas oficiales sino en cualesquiera otras enseñanzas o cursos organizados por aquéllas.</p>
<p style="text-align: justify;">2º La ventaja del Estatuto viene dada porque <strong>afronta de forma integral el régimen de ese colectivo</strong> en vez de la perspectiva sectorial (regulación de becas, regulación de Universidades, etc), de manera que con ese  “Estatuto”  bajo el brazo puede el alumno transitar por la Universidad pública conociendo sus derechos y obligaciones.</p>
<p style="text-align: justify;">3º  La fuerza del presente Estatuto viene dada por el <strong>carácter básico de sus normas</strong>, esto es, se imponen a todas las Universidades públicas del Estado aunque las Comunidades Autónomas establezcan o hayan establecido regulaciones en contrario ( de cualquier rango). En particular, prevalecerá incluso sobre las previsiones de los Estatutos de cada Universidad, salvo en aquellos puntos en que tales Estatutos otorguen una regulación a mayores, mas generosa o eficaz (habrá que estar al principio &#8220;pro estudiante&#8221;).</p>
<p style="text-align: justify;">4º El talón de Aquiles del Estatuto viene dado precisamente por su <strong>bajo rango,  puramente reglamentario</strong> ( ni es una Ley ni un Decreto ley ni un Decreto legislativo) de manera que sobre su contenido prevalecerán las normas con rango de ley fijadas por la Ley Orgánica de Universidades o por otras leyes orgánicas o sectoriales con contenido básico. Es más, el propio Estatuto se cuida mucho de aplicar la técnica del “reenvío” y remitirse a lo dispuesto por las leyes autonómicas universitarias o por los Estatutos universitarios. En otras palabras la declaración de norma básica se debilita por la propia voluntad de la norma básica.</p>
<p style="text-align: justify;">Además si su rango es reglamentario y como tal obra del Ejecutivo, siempre por el mismo cauce puede modificarse (Como diría Job: &#8221; El Señor me lo dio, el señor me lo quitó, alabado sea el señor&#8221;).</p>
<p style="text-align: justify;">5º La <strong>gran carencia del Estatuto viene dado por el régimen disciplinario.</strong> O sea, el Estatuto fija derechos y deberes, pero el régimen disciplinario de los alumnos, tema espinoso sin duda, seguirá rigiéndose por el viejo Decreto de Disciplina Académica de 8 de Septiembre de 1954, ya que la reserva de ley en materia disciplinaria impone sus condiciones, y el Estatuto básico por su condición de norma reglamentaria no podría tipificar infracciones, establecer sanciones ni regular prescripciones. De ahí que la Disposición Adicional Segunda emplace al Gobierno para remitir en el plazo de un año un Proyecto de ley sobre régimen disciplinario de los alumnos universitarios.Basta tener en cuenta que la Ley Orgánica 4/07 de 12 de Abril fijo un plazo de un año al Gobierno para aprobar el presente Estatuto ( ¡Diciembre de 2010!), así que si se trata de que el Gobierno cumpla su propia voluntad, parece que el plazo será más elástico todavía. En efecto, pese a que dicho mandato fija un plazo, dada la discrecionalidad política del Gobierno para aprobar proyectos de ley, va para largo. Aquí hemos de reparar en que el propio Gobierno que aprueba el Estatuto se impone a sí mismo la obligación de aprobar un Proyecto sobre disciplina académica. O sea, una mera declaración de principios.</p>
<p style="text-align: justify;">6º La aprobación del Estatuto se ha  demorado varios años por <strong>la gran dificultad de tejer una norma de nuevo cuño teniendo en cuenta varias dificultades de  calado</strong>: a) Que las Comunidades Autónomas han asumido sus competencias universitarias y tienen natural desconfianza ante cualquier reglamento estatal; b) Que cada Universidad cuenta con Estatutos y normas de desarrollo que ya acometieron regulaciones del estatuto de sus propios alumnos; c) Que toda regulación de derechos o libertades de los alumnos tiene como tácita contrapartida la obligación de la propia Universidad o de su profesorado; d) Que todo Estatuto y su cohorte de derechos siempre cuesta dinero y en tiempo de crisis económica, no están los presupuestos para alegrías. Afortunadamente el actual Estatuto ha sido depurado de buena parte de las incorrecciones y excesos que presentaba el borrador de anteproyecto y que ya comentó jocosamente Sevach en un <a href="http://contencioso.es/2009/02/24/el-estatuto-del-estudiante-universitario-¿-godot-decepcionante-o-rompecabezas-desternillante/">post anterior</a>.</p>
<p style="text-align: justify;">7º El Estatuto <strong>es hijo de su tiempo</strong>: se inspira en los principios de buena &#8220;gobernanza&#8221; para otorgar participación y asegurar la toma de decisiones con acierto en el gobierno universitario;  utiliza lenguaje políticamente correcto (por ejemplo, huye de la palabra &#8220;alumno&#8221; y utiliza la de &#8220;estudiante&#8221;); aprovecha para regular de refilón algunos aspectos de las nuevas titulaciones oficiales ( Grado, Master); aborda la regulación del alumno bajo la perspectiva de Bolonia, como simbiosis entre docente y alumno, y bajo pautas de evaluación continua; se ocupa de la movilidad universitaria y la dimensión internacional,etc. Así y todo, elude abordar cuestiones capitales para evitar abrir heridas, al operar sobre un ámbito (los estudiantes) que como los bisontes de las praderas no toleran el acercamiento ruidoso so peligro de estampida, colectivo cuya problemática ya fue analizada por Sevach en otro <a href="http://contencioso.es/2007/06/14/de-los-alumnos-universitarios/">post remoto</a>.</p>
<p style="text-align: justify;">8º El Estatuto incorpora derechos (tales como el de igualdad, libertad de expresión, protección de datos, trato no sexista, etc.) <strong>que ya poseen los estudiantes por su condición primaria de ciudadanos, de manera que el Estatuto es redundante.</strong> También incluye otros que ya figuran consagrados en la propia Ley Orgánica con lo que su enumeración es superflua (Ej. Derecho de participación, asociación). Sin embargo, subrayaremos los derechos que nos resultan mas interesantes y útiles:</p>
<blockquote>
<p style="text-align: justify;"><em>g) A ser informado de las normas de la universidad sobre la evaluación y el procedimiento de revisión de calificaciones.</em></p>
<p style="text-align: justify;"><em>h)  A una evaluación objetiva y siempre que sea posible continua, basada en una metodología activa de docencia y aprendizaje.</em></p>
<p style="text-align: justify;"><em>m) Al uso de instalaciones académicas adecuadas y accesibles a cada ámbito de su formación.</em></p>
<p style="text-align: justify;"><em>x)   Al reconocimiento de la autoría de los trabajos elaborados durante sus estudios y a la protección de la propiedad intelectual de los mismos.</em></p>
</blockquote>
<p style="text-align: justify;">Además de los 24 derechos enumerados por el Estatuto, para disipar dudas señala: <em>“Y todos aquellos derechos reconocidos en la legislación general, en la normativa propia de las Comunidades Autónomas, así como en los Estatutos y normas propias de las universidades.”</em>. O sea que los derechos de los estudiantes ni están en el Estatuto todos los que son, ni todos los que son, lo están.</p>
<p style="text-align: justify;">9º Mas relevante resulta la aportación de <strong>un catálogo de derechos para cada tipo de estudiantes según las enseñanzas en que está matriculado</strong>, (estudiantes de Grado,  de Máster y de formación continua, en los respectivos arts.8,9 y 10).</p>
<p style="text-align: justify;">El derecho mas llamativo a nuestro juicio viene dado por el reconocimiento a los estudiantes <em>“ a elegir grupo de docencia… de forma que se pueda conciliar la formación con otras actividades profesionales, extraacadémicas o familiares”</em>,  aunque dicho derecho queda debitado ya que en el caso de alumnos de grado o Máster será<em> “en los términos que disponga la Universidad”</em> y en el caso de los alumnos de formación continua se condiciona a un voluntarista <em>“en lo posible</em>”.</p>
<p style="text-align: justify;">Por otra parte, se reconoce a los alumnos de grado y master el derecho a “contar con una tutela efectiva académica y profesional” del profesor sobre el alumno con lo que se pondrá fin a la mera supervisión formal y se propiciaría una mayor implicación del profesor con el alumno, tal y como impone el calificativo de “efectiva”. Asimismo, a dichos alumnos se les reconoce el derecho a participar en los procesos de evaluación institucional y en las Agencias de Aseguramiento de la Calidad Universitaria, o sea, a participar en la evaluación de su profesorado y de su institución (falta ver como se articulará esta participación).</p>
<p style="text-align: justify;">Por lo que respecta a los estudiantes de formación continua y otros estudios lo mas llamativo es que contempla el deber de cada Universidad de contar con una “Carta de Servicios” para cada curso académico con su oferta académica.</p>
<p style="text-align: justify;">10º Desde la perspectiva de <strong>los deberes</strong>, el art.13.2 incluye una amplia panoplia de deberes que como los mandamientos se resumen en la obligación de cumplir las leyes, el Estatuto del estudiante y los Estatutos de cada Universidad. Especialmente sensibles son los siguientes:</p>
<blockquote><p>-       <em>Respetar a los miembros de la comunidad universitaria, al personal de las entidades colaboradoras o que presten servicios en la universidad.</em></p>
<p><em>-       Cuidar y usar debidamente los bienes, equipos, instalaciones o recinto de la universidad o de aquellas entidades colaboradoras con la misma.</em></p>
<p><em>-       Abstenerse de la utilización o cooperación en procedimientos fraudulentos en las pruebas de evaluación, en los trabajos que se realicen o en documentos oficiales de la universidad.</em></p>
<p><em>-       Conocer y cumplir los Estatutos y demás normas reglamentarias de la universidad.</em></p>
<p><em>-       Respetar el nombre, los símbolos y emblemas de la universidad o de sus órganos, así como su debido uso.</em></p></blockquote>
<p style="text-align: justify;">En suma, se pretende dignificar al estudiante universitario pues no se quieren maleducados ni vándalos, sino personas dignas de formar parte de la comunidad universitaria. Eso sí, estamos mas que ante deberes, antes recomendaciones ya que por lo dicho anteriormente, aún no existe norma disciplinaria con rango legal para asegurar su cumplimiento.</p>
<p style="text-align: justify;">11º Se regula pormenorizadamente <strong>la “movilidad estudiantil”</strong> si bien siempre en términos “potestativos”: “  Podrán ofertar a los estudiantes…”, “ Podrán promover programas específicos de movilidad”. Ahora bien, el Estatuto de forma loable regula en su art.17 las condiciones de reconocimiento académico de tales enseñanzas cursadas bajo la movilidad, siendo particularmente relevante el derecho a conocer  “ con anterioridad a su incorporación a la universidad de destino, mediante contrato o acuerdo de estudios (según la denominación prevista en la citada normativa propia), las asignaturas que van a ser reconocidas académicamente en el plan de estudios de la titulación que cursa en la universidad de origen.”, así como el derecho a que las Universidades establezcan “tablas de correspondencia de las calificaciones en cada convenio bilateral de movilidad.”</p>
<p style="text-align: justify;">12º Se regulan <strong>las “tutorías”</strong>, de materia o asignatura, debiendo otorgarse publicidad a su régimen de prestación y correspondiendo a cada docente su realización, bajo la supervisión del Departamento y control del Centro. Novedosa pero útil es la figura de “coordinador o tutor de titulación” como supraorientador del alumno en relación con una determinada enseñanza.</p>
<p style="text-align: justify;">13º Se regulan <strong>los “Planes Docentes”</strong>, su aprobación y publicidad, teniendo en cuenta que cada Universidad fijará en sus Estatutos sus peculiaridades orgánicas, procedimentales y  sustanciales. El Estatuto incorpora una previsión acogida por algunas Universidades, y que ahora contará con expreso amparo normativo ( sin necesidad de que lo contemplen los Estatutos de cada Universidad), la relativa a la “compensación de las asignaturas” ( o sea, la técnica para aprobar las últimas asignaturas de las enseñanzas oficiales si el alumno demuestra una trayectoria general solvente de aprobados, y pensada para asignaturas con gran embolsamiento de suspensos): “Las universidades, en el marco de la libertad académica que tienen reconocida, podrán establecer mecanismos de compensación por materia y formar tribunales que permitan enjuiciar, en conjunto, la trayectoria académica y la labor realizada por el estudiante y decidir si está en posesión de los suficientes conocimientos y competencias que le permitan obtener el título académico al que opta.”</p>
<p style="text-align: justify;">14º También se regulan <strong>las Prácticas externas</strong>, curriculares como no curriculares (fuera de los Planes de Estudios).</p>
<p>15º No tiene desperdicio y resulta muy valiosa, la regulación de <strong>la evaluación del aprendizaje</strong> que reproducimos literalmente:</p>
<blockquote>
<p style="text-align: justify;">“<em> Artículo 25. Evaluación de los aprendizajes del estudiante.</em></p>
<p style="text-align: justify;"><em>1.        La evaluación del rendimiento académico de los estudiantes responderá a criterios públicos y objetivos y tenderá hacia la evaluación continua, entendida como herramienta de corresponsabilidad educativa y como un elemento del proceso de enseñanza- aprendizaje que informa al estudiante sobre su proceso de aprendizaje.</em></p>
<p style="text-align: justify;"><em>2.        La evaluación se ajustará a lo establecido en los planes docentes de las materias y asignaturas aprobados por los departamentos.</em></p>
<p style="text-align: justify;"><em>3.        Los calendarios de fechas, horas y lugares de realización de las pruebas, incluidas las orales, serán acordados por el órgano que proceda, garantizando la participación de los estudiantes, y atendiendo a la condición de que éstos lo sean a tiempo completo o a tiempo parcial.</em></p>
<p style="text-align: justify;"><em>4.        La programación de pruebas de evaluación no podrá alterarse, salvo en aquellas situaciones en las que, por imposibilidad sobrevenida, resulte irrealizable según lo establecido. Ante estas situaciones excepcionales, los responsables de las titulaciones realizarán las consultas oportunas, con el profesorado y los estudiantes afectados para proceder a proponer una nueva programación de acuerdo con lo previsto en la normativa autonómica y de las propias universidades.</em></p>
<p style="text-align: justify;"><em>5. Los estudiantes que, por motivos de asistencia a reuniones de los órganos colegiados de representación universitaria, o por otros motivos previstos en sus respectivas normativas, no puedan concurrir a las pruebas de evaluación programadas, tendrán derecho a que les fije un día y hora diferentes para su realización. Las Universidades velarán, conforme a su normativa y a la autonómica, por no hacer coincidir las reuniones con los periodos de exámenes ni con los días de estudio previos.</em></p>
<p style="text-align: justify;"><em>6.        En la programación de los sistemas de evaluación se evitará, de conformidad con lo establecido en la normativa autonómica y de la propia universidad, que un estudiante sea convocado a pruebas de carácter global de distintas asignaturas del mismo curso en un plazo inferior a veinticuatro horas. En todo caso y de acuerdo con la anterior normativa, tendrá derecho a que la realización de las pruebas de carácter global correspondientes no le coincidan en fecha y hora. En el caso de las universidades a distancia, esta programación se ajustará a su metodología docente y de evaluación.</em></p>
<p style="text-align: justify;"><em>7.        En cualquier momento de las pruebas de evaluación, el profesor podrá requerir la identificación de los estudiantes asistentes, que deberán acreditarla mediante la exhibición de su carné de estudiante, documento nacional de identidad, pasaporte o, en su defecto, acreditación suficiente a juicio del evaluador.</em></p>
<p style="text-align: justify;"><em>8.        Los estudiantes tendrán derecho a que se les entregue a la finalización de las pruebas de evaluación un justificante documental de haberlas realizado.”</em></p>
</blockquote>
<p style="text-align: justify;">Sólo este artículo justifica la aprobación del Estatuto ya que da respuesta a reivindicaciones clásicas de los estudiantes así como presta cobertura a actuaciones del profesorado.  Se aproxima la regulación de los exámenes académicos – ahora cuidadosamente calificados de “pruebas”- a la de los exámenes de oposiciones para acceso al empleo público. De ahí derivan los siguientes principios:</p>
<p>-       Publicidad previa de “criterios de evaluación”.</p>
<p>-       Las “materias y asignaturas “ serán las aprobadas por “los Departamentos”, y no los del capricho de cada docente so pretexto de la libertad de cátedra.</p>
<p>-       Inmutabilidad de las fechas de examen programadas.</p>
<p>-       Derecho a período de reflexión entre cada dos exámenes o pruebas globales de “asignaturas del mismo curso” de al menos veinticuatro horas. Tampoco podrán coincidir tales pruebas legales en fecha y hora.</p>
<p>-       Derecho del profesorado que “vigila” un examen a requerir la identificación del estudiante, dejando la portilla abierta a la “acreditación suficiente a juicio del evaluador”.</p>
<p>-       Derecho del examinado a obtener un justificante al término del examen.</p>
<p>16º Novedosa  resulta la regulación de <strong>los “Trabajos y memorias de evaluación</strong>” (art.27 EE):</p>
<blockquote>
<p style="text-align: justify;"><em>“ Los trabajos y memorias de prácticas con soporte material único serán conservadas por el profesor hasta la finalización del curso siguiente en los términos previstos en la normativa autonómica y de la propia universidad. Acabado este plazo y, de acuerdo con la citada normativa, serán devueltas a los estudiantes firmantes a petición propia, salvo que esté pendiente la resolución de un recurso. 2.            La publicación o reproducción total o parcial de los trabajos a que se refiere el párrafo anterior o la utilización para cualquier otra finalidad distinta de la estrictamente académica, requerirá la autorización expresa del autor o autores, de acuerdo con la legislación de propiedad intelectual.”</em></p>
</blockquote>
<p style="text-align: justify;">Se acaba así con el peregrinaje del alumno por sus trabajos dentro de la Universidad, con el posible parasitismo de algún profesor que “plagie” tales trabajos de sus alumnos y se fija una fecha límite para conservar tales trabajos ( “hasta la finalización del curso siguiente”) además de un obligado concreto (“ serán conservadas por el profesor”).</p>
<p style="text-align: justify;">Los proyectos de fin de carrera, trabajo de fin de grado, máster y doctorado se regirán por su normativa específica. Ahí ya entramos bien en el terreno de la propiedad intelectual bien en la reglamentación específica de cada Universidad sobre tales proyectos y trabajos.</p>
<p style="text-align: justify;">17º Se regula la importante publicidad de  <strong>calificaciones y su revisión </strong>(art.29 EE):</p>
<blockquote>
<p style="text-align: justify;"><em>“Artículo 29.  Comunicación de las calificaciones.</em><em>Dentro de los plazos y procedimiento establecidos por la universidad, los profesores responsables de la evaluación publicarán las calificaciones de las pruebas efectuadas, con la antelación suficiente para que los estudiantes puedan llevar a cabo la revisión con anterioridad a la finalización del plazo de entrega de actas. </em><em>Junto a las calificaciones, se hará público el horario, lugar y fecha en que se celebrará la revisión de las mismas</em></p>
</blockquote>
<p>También se regula la conservación de los exámenes:</p>
<blockquote>
<p style="text-align: justify;"><em>“ Los profesores deberán conservar el material escrito, en soporte de papel o electrónico, de las pruebas de evaluación o, en su caso, la documentación correspondiente de las pruebas orales, hasta la finalización del curso académico siguiente en los términos previstos en la normativa autonómica y de la propia universidad.”</em></p>
</blockquote>
<p>Cuando se habla de “documentación correspondiente a las pruebas orales” parece aludirse solamente a las Actas, en tanto en cuanto la Universidad no habilite medios audiovisuales para su constatación.</p>
<p style="text-align: justify;">Se reconoce el derecho a la “revisión” por el propio profesor, y aunque el Estatuto remite a la normativa autonómica y de la propia Universidad, lo cierto es que lo regula en términos difusos o crípticos: <em>“1.       Los estudiantes tendrán acceso a sus propios ejercicios en los días siguientes a la publicación de las calificaciones de las pruebas de evaluación realizadas, en los términos previstos en la normativa autonómica y de la propia universidad, recibiendo de los profesores que los calificaron o del coordinador de la asignatura las oportunas explicaciones orales sobre la calificación recibida.”</em> .</p>
<p style="text-align: justify;">El sintagma “en los días siguientes” no nos permite concretar el plazo, y la locución recibir “explicaciones orales sobre la calificación recibida” supone relevar al profesorado de la carga de hacer informe escrito alguno o respuesta escrita al alumno. Cosa diferente es que si esta respuesta oral no es satisfactoria, podrá efectuarse “reclamación motivada” ( esto es, no reclamar por reclamar sino justificar la petición) ante una Comisión que  a su vez tendrá la carga de dar respuesta motivada.</p>
<p style="text-align: justify;">18º. Dentro del Estatuto del Estudiante, como las muñecas rusas, se regula un &#8220;<strong>Estatuto del Representante del estudiante”</strong> , muy amplio y generoso pues se ve que los negociadores del borrador del Estatuto tenían tal condición.(arts.34 a 39 EE).</p>
<p style="text-align: justify;">19º. Nada nuevo bajo el sol en la regulación de las <strong>becas</strong> (arts.40 a 43), del <strong>Defensor Universitario</strong> (art.46) o, o de la <strong>actividad deportiv</strong>a (arts.61 y 62), de la <strong>atención al universitario</strong> ( información y alojamiento, arts.65 y 66): generalidades y redundancias sobre lo ya reglamentado o desarrollado por los Estatutos de cada Universidad.</p>
<p style="text-align: justify;">20º. Se incorpora una curiosísima figura orgánica ( potestativa para cada Universidad por su potestad de autoorganización), <strong>las Comisiones de Corresponsabilidad universitaria</strong> ,con los siguientes cometidos:</p>
<blockquote>
<p style="text-align: justify;">“<em>1.       Cada Universidad podrá crear en sus centros comisiones de corresponsabilidad, constituidas por profesorado, estudiantes y personal de administración y servicios.Estas comisiones tendrán como objeto el análisis, debate, crítica y formulación de propuestas sobre todas aquellas cuestiones que por sus implicaciones éticas, culturales y sociales permitan a la comunidad universitaria realizar aportaciones al discurso publico sobre las mismas y también sobre las que afecten a la propia universidad como espacio de aprendizaje y convivencia y a su relación con la comunidad. En ningún caso estas comisiones tendrán carácter sancionador.”</em></p>
</blockquote>
<p style="text-align: justify;">Se trata de crear una Comisión de “hombres buenos” , mediadores o legitimados para soluciones crisis institucionales o problemas, fuera de su judicialización. O para hacer pronunciamientos públicos de la Universidad. Carta blanca para hablar de lo divino y lo humano. Por eso, pese a facultar a cada Universidad para su creación, salvo que algún candidato a Rector lo incluya en su programa, la prudencia aconseja no crear una Universidad bicéfala ( Rector y Comisión de Corresponsabilidad).</p>
<p style="text-align: justify;">21º. El Estatuto se ocupa del<strong> </strong><strong>Consejo de Estudiantes Universitario del Estado,</strong> inspirado en el Consejo Escolar no universitario, siendo lo mas relevante su papel de <em>“interlocutor  ante el Ministerio de Educación, en los asuntos que conciernen a los estudiantes</em>”, pero eso sí, sin resultar en ningún caso su dictamen preceptivo. Su función mas significativa y pragmática es la enunciada en el apartado i) del art. 51:<em> “Pronunciarse, cuando se considere oportuno, sobre cualquier asunto para el que sea requerido por el Ministro de Educación, el Secretario General de Universidades o por cualquier otra instancia que lo solicite”</em>. En la misma línea el apartado m) del art.51: <em>“Realizar pronunciamientos por iniciativa propia y actuar como interlocutor de los estudiantes ante la Administración, los medios de comunicación y la sociedad, en el ámbito de la competencia del Estado”</em>. Sin embargo, de hecho, la clave del alcance de esta competencia para hacer oir la voz del supremo representante estudiantil radica en la apreciación de <em>“cuando se considere oportuno”</em>, o en la adopción de <em>“iniciativa propia”</em>, supuestos en que la “oportunidad” la aprecia el propio órgano, de manera que será precisa su convocatoria, bien porque el Ministro lo convoque, bien porque le obligue la petición de un tercio de sus miembros, y además que cuando se delibere ese asunto será preciso adoptar el criterio por mayoría, siendo relevante – por no decir decisivo el Reglamento interno de funcionamiento que se apruebe, especialmente en cuanto a funciones y régimen de la Comisión Permanente.</p>
<p style="text-align: justify;">En todo caso, no olvidemos que el Consejo de Estudiantes Universitario es un órgano estatal, adscrito al Ministerio de Educación, que es Presidido por el Ministro y que actúa de Secretario el Director General de Formación y Orientación Universitaria.  Y el Presidente del Consejo tiene el monopolio de su representación. O sea que el Consejo de Estudiantes Universitario del Estado cumplirá la función de ser comparsa de las políticas universitarias de turnos, de permitir el desahogo de los representantes de cada Universidad con sus problemas locales, y en definitiva, de prestar legitimidad al sistema universitario. En definitiva, si hay un Consejo representativo…¿no quedan desactivadas las algaradas y los movimientos espontáneos estudiantiles?. Basta pensar en que España pueda adoptar una decisión al estilo británico de subir las tasas académicas. Si el asunto se envuelve en celofán y se presenta al Consejo de Estudiantes Universitario del Estado, salvo las opiniones discrepantes que agotarán su funcionalidad constando en Acta, costará mucho a la muchachada la reorganización frente a los Decretos-ley de turno.</p>
<p>22º. El Estatuto dedica un capítulo a algo tan pintoresco como <strong>“la formación en valores”</strong>. Sus términos no tienen desperdicio, pues presentan un tufo mixto entre el catecismo Ripalda y el mundo orwelliano:</p>
<blockquote><p>Artículo 63.          <em>Principios generales.</em></p>
<p style="text-align: justify;"><em>1.      La universidad debe ser un espacio de formación integral de las personas que en ella conviven, estudian y trabajan. Para ello la universidad debe reunir las condiciones adecuadas que garanticen en su práctica docente e investigadora la presencia de los valores que pretende promover en los estudiantes: la libertad, la equidad y la solidaridad, así como el respeto y reconocimiento del valor de la diversidad asumiendo críticamente su historia. Asimismo promoverá los valores medioambientales y de sostenibilidad en sus diferentes dimensiones y reflejará en ella misma los patrones éticos cuya satisfacción demanda al personal universitario y que aspira a proyectar en la sociedad. En consecuencia, deberán presidir su actuación la honradez, la veracidad, el rigor, la justicia, la eficiencia, el respeto y la responsabilidad</em></p>
<p style="text-align: justify;"><em>2. La actividad universitaria debe promover las condiciones para que los estudiantes:</em></p>
<p style="text-align: justify;"><em>a) Sean autónomos, aptos para tomar sus decisiones y actuar en consecuencia; b) Sean responsables, dispuestos a asumir sus actos y sus consecuencias; c) Sean razonables, capaces de procurar su propio bien y armonizar esta búsqueda con la de los otros; d) Tengan sentido de la justicia, conocedores de la legalidad y prestos a dirimir </em><em>racionalmente, con objetividad e imparcialidad, las diferencias con los otros implicados; e)   Tengan capacidad para incluir en su ámbito de responsabilidad a todos los otros afectados por sus elecciones y sus actuaciones, en especial la de aquellos que tienen </em><em>menos capacidad para hacer valer sus intereses o mostrar su valor. </em><em>Las universidades promoverán actuaciones encaminadas al fomento de estos valores en la formación de los estudiantes&#8221;.</em></p>
<p style="text-align: justify;">Si el BOE pudiera incorporar música a las normas publicadas para acompañar su lectura seguramente el fondo a este fragmento sería la melodía de “Aquéllos Maravillosos años”. Totalmente de acuerdo con tales principios, pero una cosa es predicar y otra dar trigo.</p>
</blockquote>
<p>Idéntico voluntarismo inspira la regulación de la cooperación al desarrollo y la participación social, si bien aquí incorpora ell mandato positivo de que las Universidades faciliten su realización por sus estudiantes y el reconocimiento de tales prestaciones.</p>
<p style="text-align: justify;">23º. Finalmente el Estatuto aborda las <strong>Asociaciones de Antiguos Alumnos</strong>, y por lo que aquí interesa fija un mandato imperativo de que las respectivas Universidades <em>“impulsarán la actividad de las asociaciones de antiguos alumnos, facilitando medios y promoviendo acciones informativas y de difusión entre sus egresados. Las universidades contribuirán a la proyección internacional de las asociaciones de antiguos alumnos, el desarrollo de redes y la realización de actividades interuniversitarias.”</em></p>
<p style="text-align: justify;">O sea, que la atención a las asociaciones deja de ser voluntaria para pasar a ser una dimensión orgánica merecedora de atención presupuestaria y de medios que aseguren su supervivencia y desarrollo efectivo. Hay que aplaudir este reconocimiento reglamentario de la  pionera y fecunda senda abierta por <a href="http://asus.usal.es/">la Asociación</a> de antiguos alumnos y amigos/as de la Universidad de Salamanca ( a la que me honro en pertenecer), entidad ejemplar en captación de apoyos mas allá del recinto universitario y en desarrollar actividades que mantienen vivo el espíritu universitario por parte de quienes allí se formaron.</p>

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		<title>Estudiad, estudiad, malditos</title>
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		<pubDate>Mon, 19 Jul 2010 14:36:01 +0000</pubDate>
		<dc:creator>sevach</dc:creator>
				<category><![CDATA[Sobre la Universidad]]></category>
		<category><![CDATA[Alma Mater]]></category>

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		<description><![CDATA[Estos días se hacen públicas las admisiones de estudiantes a los estudios de Licenciatura en Medicina. De la zozobra se pasa a la alegría o al rechinar de dientes. Las pasadas pruebas de aptitud para acceso a la Universidad han tenido en vilo a un numeroso grupo de aspirantes a cursar la Licenciatura en Medicina, [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<fb:like href='http://contencioso.es/2010/07/19/estudiad-estudiad-malditos/' send='false' layout='standard' show_faces='true' width='450' height='65' action='recommend' colorscheme='light' font='lucida+grande'></fb:like><div class="rw-right"><div class="rw-ui-container rw-class-blog-post rw-urid-51430"></div></div><p><a href="http://contencioso.es/files/2010/07/carrera.jpg"><img class="alignleft size-thumbnail wp-image-5144" src="http://contencioso.es/files/2010/07/carrera-150x150.jpg" alt="" width="100" height="100" /></a></p>
<p style="text-align: justify">Estos días se hacen públicas las admisiones de estudiantes a los estudios de Licenciatura en Medicina. De la zozobra se pasa a la alegría o al rechinar de dientes. Las pasadas pruebas de aptitud para acceso a la Universidad han tenido en vilo a un numeroso grupo de aspirantes a cursar la Licenciatura en Medicina, luchando por obtener la máxima nota posible que  se lo garantizase. La situación recuerda la célebre película de Sydney Pollack , “ Danzad, danzad, malditos”, que muestra un maratón de baile en la dorada California, en la época de la depresión (1930) en que el premio se concede a quienes aguanten mas tiempo bailando en pareja, con lo que los participantes se dejan la piel para ganar el concurso, con ataque al corazón de finalista incluido.<span id="more-5142"></span></p>
<p style="text-align: justify">1.  Resulta refrescante en tiempos en que se achaca a la juventud la falta de valores, la improvisación, las metas frívolas o el rechazo al esfuerzo, poder constatar que hay jóvenes que, en puertas de la mayoría de edad, ya abrigan sueños dignos de aplauso y ponen voluntad para alcanzarlos.    En cambio,<strong> resulta chocante que para estudiar una carrera dura  y vocacional, se exija en las pruebas de aptitud una puntuación tan elevada como matemáticamente implacable frente al error, la mala suerte o los problemas personales. Para mas inri, no basta obtener esa nota elevada.</strong> Es preciso obtener una nota mas elevada que los demás competidores, pues la proporción de aspirantes por plazas disponibles es el sueño de un apostador ventajista: doce a una.</p>
<p style="text-align: justify">2.  La sorpresa aumenta si se tiene en cuenta que hace un año desde el Ministerio de Sanidad se reconocía que España necesitaría incorporar algo más de 9.000 nuevos médicos hasta 2015, y para 2025, se hablaba de los 25.000 facultativos. A ello se suma que <strong>el “numerus clausus” resulta anacrónico,</strong> pues fue  implantado en los años noventa para evitar el sonrojo de contar con miles de licenciados en medicina en paro, y sigue aplicándose como los carteles que alertan de un banco recién pintado, cuando ya el tiempo ha privado su sentido.  Al menos no acaba de entenderse cómo puede limitarse el acceso a alumnos mediante la exigencia de elevadas notas de infarto, mientras se reclutan médicos de otros países so pretexto de  la “gatera” de Convenios internacionales de reciprocidad, o con homologaciones de titulaciones “light” (aunque justo es reconocer que superan honrosamente el prestigioso MIR). Tampoco parece que las consultas médicas privadas estén mas huérfanos de clientes que los despachos de los abogados u otros profesionales cuyas titulaciones no están sometidas a numerus clausus.</p>
<p style="text-align: justify">3.   Quizás tal situación no se ha explicado bien a la ciudadanía, o quizás no hay una sola causa:<strong>¿corporativismo colegial médico, Facultades de Medicina enrocadas en cifras cómodas de alumnado, autoridades públicas cicateras con los fondos públicos?.</strong> Dado que nadie quiere poner el cascabel al gato, mas bien me inclino porque hay horchata en las venas políticas de las autoridades públicas implicadas: ¿ Ministerio de Sanidad, Ministerio de Educación, Comunidades Autónomas o Universidades?.     Lo cierto es que nuestros meritorios estudiantes han de contar con ese valladar y se verán obligados a madurar para afrontar una de sus encrucijadas vitales.    Unos no alcanzarán puntuación suficiente para las limitadas plazas de acceso. Su vocación se verá bloqueada o reorientada. Parafraseando al Tenorio, el estudiante burlado pese a su esfuerzo diría aquello de “clamé al cielo y no me oyó, y ya que la Facultad de Medicina sus puertas me cierra, de mis estudios en la tierra, responda el cielo, que no yo”.    Otros alcanzarán la puntuación suficiente para estudiar Medicina pero en otra Universidad lejana de su domicilio o su entorno familiar. Y otros conseguirán por su esfuerzo traspasar la puerta de la Universidad de sus sueños para estudiar la Licenciatura en Medicina. Para estos afortunados, un horizonte complejo les aguarda.</p>
<p style="text-align: justify">En primer lugar, la competición dentro de la Facultad será entre iguales, esto es, entre alumnos de primero de Licenciatura con preparación, capacidad y disciplina. No es fácil ajustarse al cambio de la condición de escapado a relegarse al pelotón.   En segundo lugar, está el cambio de modelo educativo. Se viene de un Instituto o de un Colegio, donde las pautas educativas son muy distintas de las propias de la Universidad, donde el nuevo modelo de Bolonia impondrá sus reglas. El ajuste a nuevo entorno, profesorado y criterios de evaluación continuada pasará factura al rendimiento.</p>
<p style="text-align: justify">Y en tercer lugar, está el lejano horizonte del trabajo como médico. La luz del túnel no se ve en primero de carrera, ya que aguardan unas larguísimas enseñanzas, y luego con el título, una ulterior especialización, y quizás posteriormente unos exámenes para obtener plaza fija en un centro sanitario público. Lo peor es que este horizonte temporal, con los tiempos que cambia es deslizante y cambiante. Es difícil pronosticar cómo será la medicina, qué técnicas y protocolos se aplicarán cuando los ahora flamantes estudiantes de primero de carrera puedan ponerse manos a la obra.</p>
<p style="text-align: justify">4.  En esta línea, un reciente estudio encargado a la consultora Fast Future por el Gobierno británico sobre <strong>las profesiones del futuro del año 2030,</strong> mas o menos para cuando los actuales aprobados de las PAU estén en la flor de su edad profesional (38 años) situaba en los dos primeros lugares a  dos profesiones con raíz médica.    En primer lugar, “Body Part Maker” (Fabricante de partes del cuerpo), o encargado de fabricar órganos y extremidades para reemplazar órganos dañados y que requerirá combinar estudios de ingeniería genértica, biomedicina y biotecnología.   En segundo lugar, “nanomédico” ( aplicador de técnicas de aparatos minúsculos, de tamaño biatómico para cirugía e implantes) y que requerirá estudios de medicina, biomedicina, biotecnología, e ingeniería robótica.    5. Ante esa tendencia hacia el cambio y especialización de la ciencia médica, cabe preguntarse si una colocación correcta de los acentos en un ejercicio de examen (  éste fue el error  del estudiante mejor puntuado de la selectividad nacional de este año con 13,95 puntos sobre un máximo de 14) o saber si las Témporas es un atolón o un ciclo litúrgico, puede ser factor válido que expulse del mercado médico a una joven promesa o si caben otras vías de selección. Aunque mientras se diseña otro procedimiento de criba, si algún día tengo que ser operado a corazón abierto, prefiero serlo por quien en sus años jóvenes demostró disciplina, tesón y conocimiento. Algo dicen esas elevadísimas calificaciones, y muy bueno, sobre tales estudiantes que respalda su admirable empeño en iniciarse en la profesión mas noble, digna y generosa del mundo.</p>
<p style="text-align: justify">P.D. Este post fue objeto de <a href="http://www.lne.es/opinion/2010/06/30/estudiad-estudiad-malditos/936437.html">publicación reciente</a> en el Diario La Nueva España.</p>

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		<title>Gresca judicial de profesores universitarios por recensiones negativas</title>
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		<pubDate>Fri, 02 Jul 2010 08:54:09 +0000</pubDate>
		<dc:creator>sevach</dc:creator>
				<category><![CDATA[Sobre la Universidad]]></category>

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		<description><![CDATA[Decía Calamandrei que “la soberbia es la enfermedad profesional del juez”, pero puede decirse que es un mal que abunda también en la órbita universitaria, donde la fuerza de las Escuelas científicas, la elevada autoestima inherente a la posesión de la máxima categoría académica o la “miseria de la condición humana”  ofrece episodios que empañan [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<fb:like href='http://contencioso.es/2010/07/02/gresca-judicial-de-profesores-universitarios-por-recensiones-negativas/' send='false' layout='standard' show_faces='true' width='450' height='65' action='recommend' colorscheme='light' font='lucida+grande'></fb:like><div class="rw-right"><div class="rw-ui-container rw-class-blog-post rw-urid-50400"></div></div><p style="text-align: justify"><a href="http://contencioso.es/files/2010/07/images.jpeg"><img class="alignleft size-full wp-image-5046" src="http://contencioso.es/files/2010/07/images.jpeg" alt="" width="100" height="100" /></a></p>
<p style="text-align: justify">Decía Calamandrei que “la soberbia es la enfermedad profesional del juez”, pero puede decirse que es un mal que abunda también en la órbita universitaria, donde la fuerza de las Escuelas científicas, la elevada autoestima inherente a la posesión de la máxima categoría académica o la “miseria de la condición humana”  ofrece episodios que empañan la idílica visión de la ciencia, como fruto aséptico del estudio y la investigación. No deja de ser curioso que la libertad de cátedra que es la garantía para impartir docencia con amplio criterio y con exclusión de dogmas y “pensamiento único” vaya acompañada en algunos casos, afortunamente minoritarios, de la intolerancia frente a las críticas procedentes de colegas.<span id="more-5039"></span></p>
<p style="text-align: justify">1. Viene al caso porque en estas fechas tiene lugar el <strong>juicio ante un Tribunal penal francés en virtud de la denuncia por difamación</strong> formulada por la Dra. Karin Calvo-Goller, profesora de la Escuela de Derecho y Economía de Israel, frente al célebre profesor H. Weiler, Director de la prestigiosa Revista Europea de Derecho Internacional. En esta revista se publicó una reseña por el eminente profesor Thomas Weigend, Decano de la Facultad de Derecho de la Universidad de Colonia sobre la obra del Dr. Calvo-Goller, titulado “The Trial Proceedings of the International Criminal Court. ICTY and ICTR Precedents”(2006) que versa sobre procesos judiciales ante la Corte Penal Internacional  el Tribunal Permanente de Justicia Internacional y el Tribunal de Rwanda, obra que fue severamente calificada en la recensión como “refrito jurídico” e “improductivo” , entre otros.</p>
<p style="text-align: justify">En junio de 2007, la Dra. Calvo-Goller escribió el profesor Weiler en su calidad de editor de la Revista, solicitando la eliminación de la recensión crítica, alegando que iba <em>&#8220;más allá de la expresión de una opinión, comentario y crítica justa&#8221;</em> y contenía <em>&#8220;falsas declaraciones de hechos que el autor de la revisión, un profesor de derecho penal, no podía razonablemente dar por ciertos”</em>. También alegó que &#8221; la opinión era un insulto indirecto al Tribunal Permanente de Justicia Internacional y actuales funcionarios de la CPI, el abogado defensor de la ex Yugoslavia y para Rwanda”.</p>
<p style="text-align: justify">En una respuesta a la Dra. Calvo-Goller, el profesor Weiler se negó a quitar la revisión, expresando su comprensión por los sentimientos heridos de la Dra. Calvo-Goller, pero también señalando el carácter poco ortodoxo de la solicitud:</p>
<blockquote>
<p style="text-align: justify">“ He visto toda clase de comentarios y de vez en cuando recibido cartas de autores insatisfechos. En estos largos años de experiencia nunca he recibido una carta como la suya, tanto en contenido y tono. Se aparta de lo que en mi opinión, se consideran las convenciones comunes del discurso académico y la publicación académica. (…) . Es una petición desmesurada exigir la eliminación de una recensión crítica. Sólo concibo aceptar tal solicitud en las circunstancias más atroces de, por ejemplo, mala fe, conflicto de interés, etc En el examen de una queja como la suya la tarea del editor no es participar en una nueva recensión, sino evaluar si el recurso se inscribe en una de esas categorías extremas de atroz irracionalidad&#8221;</p>
</blockquote>
<p style="text-align: justify">Y, tras examinar el escrito del quejoso, el  profesor Weiler concluye que la eliminación del artículo publicado no se justifica:</p>
<blockquote>
<p style="text-align: justify">“ Mi conclusión de esta investigación preliminar es que las sólidas razones que preciso para suprimir una recensión del libro no concurren. De hecho ni siquiera se aprecia en una primera impresión. No encontré nada para cuestionar la integridad o la profesionalidad del autor de la recensión y, con independencia de si comparto sus opiniones o conclusiones en su libro, debo rechazar su petición”.</p>
</blockquote>
<p style="text-align: justify">No obstante, el profesor Weiler indicó que sometería la cuestión al profesor Weigend por si consideraba  oportuno cambiar por propia decisión su escrito de recensión, y además brindó a la profesora  Calvo-Goller la posibilidad de acudir a la página web de la Revista, y que sería <em>&#8220;perfectamente aceptable que usted escriba un comentario que, después de la aprobación editorial, pueda ser publicado en la página web y visto por cualquiera que lea la revista&#8221;.</em></p>
<p style="text-align: justify">El profesor Weigend se negó a realizar ningún cambio y la Dra. Calvo-Goller no envió ningún comentario, con lo que el tema se judicializó.</p>
<p style="text-align: justify">El asunto ha tenido notable <a href="http://languagelog.ldc.upenn.edu/nll/?p=2147">resonancia</a> mediática, sobre todo por la gravedad de plantear en sede penal (no de responsabilidad civil) los posibles excesos de la crítica científica, con el añadido de que el venablo se orienta frente al editor ( y no frente al autor) y que los implicados son profesores universitarios de prestigio.</p>
<p style="text-align: justify">No sabemos el desenlace, pero como me comentó un afamado jurista,<em> “no tengo dudas de que el profesor Weyler saldrá absuelto, como tampoco tengo dudas que el querellante venderá más libros”.</em></p>
<p style="text-align: justify">2. Cualquiera que conozca el mundo académico sabe que dispone de plataformas editoriales para criticar y ser criticado. Sin crítica, positiva o negativa, no hay avance de la ciencia. Ahora bien, tan cierto es que hay recensiones y críticas de artículos o resultados investigadores de colegas tan elogiosos que resultan empalagosos y sospechosos de credibilidad, como hay otras críticas tan duras que revelan una animosidad subyacente por encima del valor objetivo del artículo o el libro.</p>
<p style="text-align: justify">Aquí es <strong>donde radica la grandeza del profesor o investigador. En saber separar lo personal, lo clientelar, lo corporativo, la discrepancia personal, del fruto objetivo de la labor investigadora</strong> del colega. Y ese es el reto que deben aprender los profesores universitarios. Tarea difícil cuando en ocasiones acceder a la codiciada Cátedra ha supuesto dejar cadáveres en el camino y rendir pleitesías infames. Parafraseando a los asesinos de Viriato, “ La Escuela no paga traidores”, o como decía cierto Catedrático de Derecho, “en mi carrera universitaria nunca he hecho prisioneros”. Y es que diríase que hay profesores para los que no está vigente el Convenio de Ginebra sobre trato digno a enemigos o civiles, de manera que una recensión del libro del competidor, una intervención en un foro, una conferencia o los debates en torno a un tribunal para valorar una plaza o tesis doctoral, son ocasiones para machacar y hundir en el barro al contrario.</p>
<p style="text-align: justify">Para Sevach esa conducta que, insisto no es la regla sino la patología minoritaria (pero no por ello gravemente dañina) es contraria a la grandeza de la Universidad y a la alta misión que tiene encomendada.</p>
<p style="text-align: justify">3. Para finalizar, e ilustrar la elegancia de la <strong>reacción real de un profesor español </strong>frente a las críticas de un colega a uno de sus trabajos, he encontrado una deliciosa respuesta ofrecida por un Profesor Titular de Derecho Constitucional ante la crítica vertida por un Catedrático de Derecho Constitucional. Dicha respuesta es sabia, elegante, irónica y muy razonada, y por ello invito a los lectores a que disfruten con su <a href="http://www.portalfio.org/cuadernos-1/pereira.htm">lectura</a>.</p>

<div class="besocial"><ul class="center"><li><a class="besocial-meneame" id="besocial-meneame-6" rel="nofollow" href="http://www.meneame.net/submit.php?url=http://contencioso.es/2010/07/02/gresca-judicial-de-profesores-universitarios-por-recensiones-negativas/&amp;title=Gresca%20judicial%20de%20profesores%20universitarios%20por%20recensiones%20negativas" title="Enviar la entrada a Meneame"><span class="besocial-text">Meneame</span></a></li><li><a class="besocial-divulgame" id="besocial-divulgame-6" rel="nofollow" href="http://www.divulgame.net/submit.php?url=http://contencioso.es/2010/07/02/gresca-judicial-de-profesores-universitarios-por-recensiones-negativas/&amp;title=Gresca%20judicial%20de%20profesores%20universitarios%20por%20recensiones%20negativas" title="Enviar la entrada a Divúlgame"><span class="besocial-text">Divúlgame</span></a></li><li><a class="besocial-bitacoras" id="besocial-bitacoras-6" rel="nofollow" href="http://bitacoras.com/anotaciones/contencioso.es/2010/07/02/gresca-judicial-de-profesores-universitarios-por-recensiones-negativas/" title="Enviar la entrada a Bitacoras.com"><span class="besocial-text">Bitacoras</span></a></li><li><a class="besocial-delicious" id="besocial-delicious-6" rel="nofollow" href="http://www.delicious.com/save?v=5&amp;noui&amp;url=http://contencioso.es/2010/07/02/gresca-judicial-de-profesores-universitarios-por-recensiones-negativas/&amp;title=Gresca%20judicial%20de%20profesores%20universitarios%20por%20recensiones%20negativas" title="Guardar la entrada en Delicious"><span class="besocial-text">Delicious</span></a></li><li><a class="besocial-buzz" id="besocial-buzz-6" rel="nofollow" href="http://www.google.com/buzz/post?url=http://contencioso.es/2010/07/02/gresca-judicial-de-profesores-universitarios-por-recensiones-negativas/&amp;message=Contencioso%20es%20un%20pedazo%20de%20la%20blogosfera%20p%C3%BAblica%3A%20Gresca%20judicial%20de%20profesores%20universitarios%20por%20recensiones%20negativas" title="Compartir la entrada en Google Buzz"><span class="besocial-text">Google Buzz</span></a></li><li><a class="besocial-facebook" id="besocial-facebook-6" rel="nofollow" href="http://www.facebook.com/sharer.php?u=http%3A%2F%2Fcontencioso.es%2F2010%2F07%2F02%2Fgresca-judicial-de-profesores-universitarios-por-recensiones-negativas%2F&amp;t=Gresca%20judicial%20de%20profesores%20universitarios%20por%20recensiones%20negativas&amp;src=sp" title="Compartir la entrada en Facebook"><span class="besocial-text">Facebook</span></a></li><li><a class="besocial-twitter" id="besocial-twitter-6" rel="nofollow" href="http://twitter.com/share?url=http%3A%2F%2Fcontencioso.es%2F2010%2F07%2F02%2Fgresca-judicial-de-profesores-universitarios-por-recensiones-negativas%2F&amp;text=Gresca%20judicial%20de%20profesores%20universitarios%20por%20recensiones%20negativas&via=circuloedunomia" title="Twittea esto"><span class="besocial-text">Twitter</span></a></li><li><g:plusone></g:plusone></li></ul></div>]]></content:encoded>
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		<title>Cuando la crisis económica entra en la Universidad, el profesorado contratado sale por la ventana</title>
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		<pubDate>Wed, 19 May 2010 22:34:29 +0000</pubDate>
		<dc:creator>sevach</dc:creator>
				<category><![CDATA[Sobre la Universidad]]></category>

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		<description><![CDATA[La crisis económica extiende sus efectos como una mancha de aceite hasta las puertas de esos castillos prósperos que han sido las Universidades públicas. Tras dos décadas de vacas gordas, los últimos años han tenido que apretar el cinturón presupuestario y ahora ven las orejas del lobo por un doble frente. Por el Estado, que [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<fb:like href='http://contencioso.es/2010/05/19/cuando-la-crisis-economica-entra-en-la-universidad-el-profesorado-contratado-sale-por-la-ventana/' send='false' layout='standard' show_faces='true' width='450' height='65' action='recommend' colorscheme='light' font='lucida+grande'></fb:like><div class="rw-right"><div class="rw-ui-container rw-class-blog-post rw-urid-48040"></div></div><p><a href="http://contencioso.es/files/2010/05/Despido-profesores.jpg"><img class="aligncenter size-medium wp-image-4809" title="Despido profesores" src="http://contencioso.es/files/2010/05/Despido-profesores-300x271.jpg" alt="" width="300" height="271" /></a></p>
<p style="text-align: justify">La crisis económica extiende sus efectos como una mancha de aceite hasta las puertas de esos castillos prósperos que han sido las Universidades públicas. Tras dos décadas de vacas gordas, los últimos años han tenido que apretar el cinturón presupuestario y ahora ven las orejas del lobo por un doble frente. Por el Estado, que impondrá recortes en las nóminas sin lugar para gritos de alarma en defensa de la autonomía universitaria, y por la Comunidad Autónoma, que si ve menguadas sus raciones de padre financiador tendrá que recortar igualmente las de las Universidades que sustenta.</p>
<p style="text-align: justify">En esa coyuntura, las Universidades actúan como un cirujano pragmático, cortando por los órganos menos vitales y particularmente por el eslabón mas débil, el personal académico contratado. Así, los profesores ayudantes y los profesores asociados <strong>verán como sus contratos minoran la dedicación, como no se renuevan o como se extinguen</strong> por decisión unilateral. Hoy día asistimos a noticias relativas a <a href="http://www.elmundo.es/blogs/elmundo/ciudadanom/2010/05/13/despidos-masivos-en-la-universidad-rey.html">despidos masivos </a>en las Universidades, a <a href="http://firgoa.usc.es/drupal/node/45833">despidos selectivos</a> de asociados, y rumores incesantes ante el tijeretazo sobre  contratos.<span id="more-4803"></span></p>
<p style="text-align: justify">1. Ante tales problemas, los profesores asociados continuarán con su actividad principal, pero donde la situación será trágica será en buena parte de los Profesores Ayudantes ( o Ayudantes Doctores) que pasarán a engrosar “el  bulevar de los sueños rotos”. Además con el agravante de soportar aquello de &#8220;quien tiene padrinos, se bautiza&#8221;, o sea, que quien cuente con apoyos adecuados no será despedido. Atrás quedarán horas de estudio, de investigación, de soportar cargas académicas que no eran suyas,  de noches de despacho y laboratorio, todo por una promesa de una larga carrera académica, que les estalla como una pompa de jabón.</p>
<p style="text-align: justify">Ahora, con sus publicaciones, con sus proyectos de tesis, con sus horas enclaustrados, mirarán a la jurisdicción social como un trabajador víctima de un ERE o de un despido injusto, y esta sólo podrá darles el bálsamo de un despido improcedente en el mejor de los casos. O sea, el finiquito, y a meter en una caja de cartón sus diskettes, folios y bolígrafos.</p>
<p style="text-align: justify">2. Desde el punto de vista jurídico, el profesor ayudante es un contratado laboral y como tal, su relación es precaria y el Derecho laboral llega hasta donde llega. En este punto, es donde resulta oportuno aludir al reciente libro de <strong>Ana Caro Muñoz</strong> titulado “<em> Laboralización de personal y conflictividad “empresarial”: los derechos de autotutela del PDI contratado”</em> (Comares,2010). <a href="http://contencioso.es/files/2010/05/Libro-Ana1.jpg"><img class="alignright size-medium wp-image-4806" title="Libro Ana" src="http://contencioso.es/files/2010/05/Libro-Ana1-225x300.jpg" alt="" width="225" height="300" /></a> Este  libro que pese a su engolado título encubre miel auténtica para quienes quieren conocer el régimen del personal académico contratado universitario, y descubrir las claves normativas y jurisprudenciales que rodean sus derechos y deberes, con especial referencia a las medidas de huelga y conflicto colectivo; en suma, una obra recomendable que responde a la energía intelectual de su autora, quien no repara en ofrecer perspectivas y planteamientos críticos, siempre acompañados de soluciones.</p>
<p style="text-align: justify">3. Fuera de las luchas jurídicas, que sin duda rebrotarán ante las medidas adoptadas por rigores presupuestarios, si lo examinamos bajo una perspectiva sociológica, lo peor para el profesorado contratado es que <strong>cuando pase la crisis, muchos de estos profesores serán irrecuperables para la Universidad,</strong> pero además posiblemente para entonces el legislador universitario diseñará un nuevo modelo de carrera docente para el que posiblemente estén desfasados o en el que tendrán que dejar sitio a nuevas generaciones.</p>
<p style="text-align: justify">Sin embargo, como la fábula del sabio que estaba triste porque se sustentaba de hierbas, si los profesores contratados mirasen atrás posiblemente verían a becarios ir recogiendo las migajas de sus contratos… pues sus becas han ido  extinguiéndose y sus servicios prestados jamás se reconocerán como experiencia laboral, ni como trienios,…</p>
<p style="text-align: justify">4. Lo mas triste es que muy posiblemente las Universidades públicas que siempre alardean de la “comunidad universitaria”, del “espíritu familiar”, de la “ Casa”, de ser el &#8220;Alma Mater&#8221;, y pese a este concepto de clan, <strong> no serán capaces de aportar imaginación, medios o incluso sacrificio personal de Catedráticos y Titulares para salvar los contratos de estos contratados y becarios</strong>.</p>
<p style="text-align: justify">Es mas fácil pedir dinero a la Comunidad Autónoma, aunque la Universidad se expone a recibir<a href="http://www.lne.es/gijon/2010/05/11/riopedre-amenaza-despidos-universidad-problema/913455.html"> respuesta</a> tan clara como la ofrecida por el Consejero de Educación del Principado ante la suplica presupuestaria de la Universidad asturiana chantajeándole con el eventual finiquito de profesores asociados, interinos y ayudantes: <em>&#8221; Es su problema, no el mío&#8221;</em>.</p>
<p style="text-align: justify">Las negativas autonómicas servirán de coartada a la Universidad para extinguir (  despedir o no renovar) a los ayudantes y becarios, en vez de hacer un esfuerzo personal e institucional y salvar su existencia. Y soluciones hay, pero el profesorado funcionario ( Catedráticos y Titulares), preferirá mantenerse al margen felizmente protegido por su condición de funcionario; la paradoja es que el profesorado universitario siempre ha sentido rechazo a ser encasillado como &#8220;funcionario&#8221; y curiosamente ahora les sirve de coraza frente al paro, pues buena parte de sus colegas europeos y americanos ( que son contratados temporales y no funcionarios) se ven espoleados por la crisis a una mayor productividad por supervivencia, o bien a sufrir la amortización de su plaza.</p>
<p style="text-align: justify">Además el sacrificio personal se compadece mal con tiempos prósperos donde los complementos de productividad, los viajes, las subvenciones y las instalaciones se han convertido en conquistas irrenunciables so pena de hacer peligrar ese <em>“kraken de ojos verdes”</em> en que se ha convertido la Investigación. Y por eso, muy posiblemente, cuando los ayudantes y becarios acudan implorando al Vicerrector, Decano u maestro de turno por un sacrificio para garantizar su subsistencia, se encontrarán con un “amable portazo”, bien echándole la culpa a la Comunidad Autónoma o a Bolonia, en situación similar  a la fábula argentina de La araña y el sapo, que no tiene desperdicio:</p>
<blockquote><p><em>Un sapo andaba en desgracia. Ninguna mosca se le acercaba y empezaba a tener una de esas hambres que quitan la vergüenza al más honrado. Al levantar los ojos, vio que en la tela de la araña, su vecina, estaban presas tantas moscas de todos tamaños, que en dos o tres días no las iba a poder comer todas.</em></p>
<p><em>Con un grito o dos de su voz simpática llamó a la araña y le pidió prestadas algunas moscas, prometiéndole que pronto se las devolvería.</em></p>
<p><em>La araña, sabedora de que el que presta pierde el dinero y las amistades, primero hizo la que no oía.</em></p>
<p><em>Después hizo la que no entendía.</em></p>
<p><em>Contestó en fin que tenía pocas.</em></p>
<p><em>Dijo que no eran todas de ella.</em></p>
<p><em>Agregó que no podía despegarlas.</em></p>
<p><em>También afirmó que, habiéndose ya negado a prestar a la rana, no podía, sin crear conflictos, prestar al sapo.</em></p>
<p style="text-align: justify"><em>Y cuando éste ya se dio vuelta, enojado, diciéndole que todo esto no eran más que malos pretextos: « Los pretextos serán malos,  dijo para sí la araña; pero las moscas son buenas»</em>.</p>
<p style="text-align: justify">
<p style="text-align: justify">
<div id="attachment_4817" class="wp-caption aligncenter" style="width: 310px"><a href="http://contencioso.es/files/2010/05/Colegas.jpg"><img class="size-medium wp-image-4817" title="Colegas" src="http://contencioso.es/files/2010/05/Colegas-300x225.jpg" alt="" width="300" height="225" /></a><p class="wp-caption-text">¡¡ Suerte, para la Universidad y los universitarios !!</p></div></blockquote>

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		<title>Hablando claro de la Universidad alemana frente a Bolonia: ¿ avance o retroceso?</title>
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		<pubDate>Thu, 06 May 2010 08:14:39 +0000</pubDate>
		<dc:creator>sevach</dc:creator>
				<category><![CDATA[Sobre la Universidad]]></category>

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		<description><![CDATA[Los tentáculos de Bolonia sobre la Universidad… Estos días resulta fácil tropezarse con algún amigo maduro que te confiesa como su hijo/a deshoja la margarita para decidir que carrera universitaria estudiar. La incertidumbre es mayúscula ya que por un lado, hay enseñanzas codiciadas con límites de plazas infranqueables y con legión de jóvenes ávidos de [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<fb:like href='http://contencioso.es/2010/05/06/hablando-claro-de-la-universidad-alemana-frente-a-bolonia-%c2%bf-avance-o-retroceso/' send='false' layout='standard' show_faces='true' width='450' height='65' action='recommend' colorscheme='light' font='lucida+grande'></fb:like><div class="rw-right"><div class="rw-ui-container rw-class-blog-post rw-urid-46790"></div></div><address></address>
<address>
<dl>
<dt><a href="http://contencioso.es/files/2010/05/Bolonia1.jpg"><img class="size-medium wp-image-4684" title="Bolonia" src="http://contencioso.es/files/2010/05/Bolonia1-300x199.jpg" alt="" width="300" height="199" /></a></dt>
<dd>Los tentáculos de Bolonia sobre la Universidad…</dd>
</dl>
</address>
<p style="text-align: justify">Estos días resulta fácil tropezarse con algún amigo maduro que te confiesa como su hijo/a deshoja la margarita para decidir que carrera universitaria estudiar. La incertidumbre es mayúscula ya que por un lado, hay enseñanzas codiciadas con límites de plazas infranqueables y con legión de jóvenes ávidos de cursarlas (ej. Medicina) y por otro lado, no puede evitarse la tensión adolescente entre vocación y pragmatismo (¿música o pan?). Por si fuera poco el nuevo modelo de Bolonia, pilla a profesores y alumnos con el paso cambiado y el Derecho Universitario sufrirá una reconversión brutal ( régimen de acceso, estatuto del profesorado, disciplina de los alumnos, autonomía universitaria, titulaciones, Campus, etc). Además, las <a href="http://www.elpais.com/articulo/sociedad/protestas/marcan/agenda/reforma/universitaria/europea/elpepusoc/20100321elpepusoc_1/Tes">protestas</a> están a la orden del día y las tormentas asedian al buque  del Espacio Europeo de Educacion Superior, aunque  Sevach ya comentó en su día su impresión personal de tratarse de <a href="http://contencioso.es/2008/12/17/la-actitud-universitaria-hacia-bolonia-silencio-de-corderos-o-balidos-de-borregos/">más ruido que nueces</a>.<span id="more-4678"></span></p>
<p style="text-align: justify">1.  En esos “tiempos de mudanza”, lo natural es preguntarse por la situación del vecino, y al igual que en economía, Alemania es el buque insignia, es inevitable preguntarse cúal es la situación universitaria allí. Al fin y al cabo, con el sistema universitario alemán, sucede como con El Quijote ( no todos los que afirman haberlo leído llegaron a terminarlo). Por eso, a Sevach le parece oportuno traer a colación dos miradas a la Universidad alemana, de distinto signo, pero ambas frescas. De un lado, un informe sobre el impacto de Bolonia en el sistema universitario alemán, tremendamente ácido y repleto de quejas y añoranzas del modelo anterior. De otro lado, la espontánea visión ofrecida por un joven español que cursó estudios en la Universidad alemana y que envió a Sevach en un intercambio cyberepistolar una crónica impagable y directa de su experiencia universitaria.</p>
<p style="text-align: justify">2. La primera visión (resistente al cambio), con críticas a Bolonia y añoranza del sistema alemán anterior, se expone en este <a href="http://www.rebelion.org/noticia.php?id=103988">informe</a>, del que reproducimos un fragmento:</p>
<blockquote>
<p style="text-align: justify">« Una frustración por la reforma domina hoy las universidades, porque el nuevo mundo universitario y feliz ha resultado ser en realidad y cada vez más una fábrica para el aprendizaje. Los diez años de proceso Bolonia no son por eso mismo motivo de celebración, sino una ocasión para la protesta. La mayoría de estudiantes rechaza la reforma porque en todo este tiempo han empeorado sustancialmente las condiciones de estudio y de trabajo: aulas abarrotadas, menos profesores para impartir las clases y una presión mayor en el rendimiento a través de un exceso de exámenes, controles de asistencia obligatoria y tutorías son el pan de cada día.</p>
<p style="text-align: justify">Debido a la compresión de la materia de ocho semestres a seis semestres, los nuevos itinerarios de estudio están sobrecargados. El resultado es un aprendizaje bulímico: se memoriza toda la materia antes de los exámenes para después vomitarla en el examen. Muchos estudiantes tienen una semana de 40 a 50 horas lectivas, sin contar las horas de trabajo, por no hablar de los compromisos familiares y el activismo político y cultural. Se les prometió que podrían cambiar de universidad en el marco del espacio europeo sin problemas, pero ni un cambio de plaza de Berlín a Frankfurt puede funcionar, porque los nuevos itinerarios de grado a menudo están muy especializados. Los semestres en el extranjero ya no caben en los estrechos planes de estudios. Dos tercios de los estudiantes deben trabajar para poder costearse sus estudios, algo que entra en conflicto con los controles de asistencia a los seminarios y los inflexibles ritmos de exámenes. Cada vez son mayores las penas, mayor la presión de un estrés constante, se exige demasiado a los resultados. En muchas asignaturas se ha incrementado el número de abandonos, en algunas facultades sólo prosiguen sus estudios de una tercera parte a la mitad de los alumnos.</p>
<p style="text-align: justify">También para el personal universitario la reforma ha implicado más horas de trabajo, porque su sustitución por otro personal o por equipos académicos y financieros más bajos ha sido un éxito. En los últimos años se han extendido las prácticas de la precariedad en el empleo, la temporalidad de los contratos y la remuneración escandalosamente baja de los profesores. Las tareas científicas son asignadas cada vez más a una fuerza auxiliar compuesta de estudiantes. En los últimos 15 años se han desmantelado en Alemania 1.500 plazas de profesorado. Por eso se dice en las universidades: «El grado y el master: todo es un desastre.»</p>
<p style="text-align: justify">Con la reforma de Bolonia se han modificado las regulaciones para la admisión del alumnado en las universidades y creado nuevos mecanismos de selección. En cada vez más universidades se introducen entrevistas de selección y pruebas de admisión.</p>
<p style="text-align: justify">Así ocurre ya en la Universidad de Heidelberg. Allí la facultad de derecho selecciona «incondicionalmente no sólo a los inteligentes sino a quienes tienen las mejores características físicas para los estudios.» Así se desarrolla un perfil del «estudiante de derecho ideal», y un instituto psicológico, que se ocupa desde hace varios años de los procedimientos de selección de personal en otras empresas, desarrolla y vela por la instrucción de un examen de aptitud correspondiente. En la genética de los itinerarios de estudios se inscriben, como criterios de selección, las aficiones, las actividades extraescolares y el compromiso social del solicitante. Los nuevos procedimientos de admisión, especialmente las entrevistas de selección, no son transparentes, mucho menos comprensibles y además conllevan el peligro de ser arbitrarias (Willkür). Por no decir que comportan costes sustanciales tanto para las universidades como para los candidatos, que en el futuro deberán viajar por toda la república para someterse a los procesos de selección.»</p>
</blockquote>
<p style="text-align: justify">3. El otro testimonio (proclive a los cambios), menos visceral pero tiene el valor de  estar escrito con las tripas y la neutralidad ideológica de un estudiante perplejo ante el sistema alemán:</p>
<blockquote>
<p style="text-align: justify">« Hablábamos el otro día del funcionamiento de la Universidad en este país y quisiera profundizar un poco y explicarte mi punto de vista. Allá por el 97 hice el examen de acceso a la universidad en la Universidad de la Cuenca del Ruhr y comencé a estudiar Germánicas (aparte de trabajar como asociado en el Departamento de Investigación de Lenguas) estudio que fui sacando con éxito los primeros tres semestres, hasta que tuve que abandonarlo cuando el trabajo me empezó a acaparar todo el tiempo que necesitaba. Me fue imposible compaginar los estudios con ganarme los panecillos, como dicen aquí. Total, el funcionamiento del sistema universitario me dejó bastante perplejo:</p>
<p style="text-align: justify">Por una parte cuando te matriculas pagas una ridícula suma (unos 40 € de aquélla) que te permite: trabajar 20 horas a la semana donde sea sin pagar impuestos (¡!!)- Te recuerdo que dependiendo de la clase fiscal que tengas, los impuestos suelen ascender a 40-50% de tu sueldo bruto. Durante el verano puedes incluso trabajar a jornada completa sin pagar impuestos. Tienes también acceso a una residencia de estudiantes, es decir, vives a un precio ridículo también. Aparte puedes utilizar el transporte público en toda la red de forma gratuita, tienes descuentos para un montón de actividades, cursos, conciertos, etc, etc. La idea de por sí no está nada mal, es un sistema muy social…pero, como te puedes imaginar esto conlleva que todo hijo de vecino que tenga la selectividad alemana se matricula en la uni, todos los jubilados se matriculan (algunos incluso estudian!) y varios “colectivos” más. No existe control sobre la asistencia a clase, ni sobre los resultados de tus estudios en un marco temporal. Te puedes matricular del número de asignaturas que creas oportuno dentro del programa de estudios, se entiende (a menudo oí comentarios del tipo: “este semestre no tengo muchas ganas de estudiar, me voy a matricular a dos asignaturas”). Conclusión, como te puedes imaginar: gastos administrativos que suben por las nubes, aulas abarrotadas, personal docente que no puede afrontar las oleadas de alumnos y no puede discernir quiénes van “en serio” y quiénes no. Si esto lo unes a unos presupuestos que menguan cada año (al lavarlos, supongo yo) y unos profesores que, digamos, a veces no son lo cualificados que deberían de ser, tenemos un resultado que se acerca a una catástrofe. Aquí no existe el sistema de oposición como en España para la educación, los puestos se cubren por una especie de concurso, en el que las influencias y contactos de pasillo determinan a menudo los resultados. Yo mismo me vi en clases de fonética y de análisis de texto con profesores que eran incluso menos capaces que yo – estudiante (¡)y  con los que sacaba notas astronómicas. Acostumbrado al nivel que teníamos en la Facultad de Oviedo el estudio me iba pareciendo un juego de niños. Y esto no sólo en filología, cualquier licenciado en Minas de Oviedo podía substituir a cualquier profesor en la materia. Conocí a españoles de intercambio que se llevaban las manos a la cabeza al ver el nivel con el que se impartía clases aquí.</p>
<p style="text-align: justify">En general el sistema educativo en este país está al revés: la universidad es prácticamente gratuita, como te contaba arriba, los institutos y otros centros de formación estatal también, los estudios básicos (nuestra antigua EGB) también, pero las guarderías (públicas)… Ahí pagas como un bendito, dependiendo de tus ingresos. En nuestro caso pagamos unos € 500 al mes… y nadie se escandaliza! La guardería es, según mi parecer, el pilar de la educación (académica) de un niño, donde aprende comportamiento social, sus primeros conocimientos de la lengua y la escritura, etc, pero aquí a nadie se le ocurre plantearse por qué hay que pagar por ello cuando el resto de las instituciones son gratuitas…</p>
<p style="text-align: justify">A los 10 años tu tutor en el colegio decide sobre el resto de tu vida (académica) a los 10 años (¡!). Pues él decide si entras en un “Realschule”, un “Hauptschule” o un “Gymnasium” y con ello decide si tienes capacidad para hacer la selectividad o no.</p>
<p style="text-align: justify">En fin, me podría explayar mucho más sobre el sistema educativo pero prefiero no alterarme mucho por ahora. Quizás podría hablar un poco del sistema de sanidad para compensar un poco…»</p>
</blockquote>
<p style="text-align: justify">4. En fin, no pretende este post efectuar diagnósticos ni ofrecer recetas, sino sencillamente ofrecer dos visiones interesantísimas sobre el modelo universitario.</p>
<p style="text-align: justify">P.D. Afortunadamente para este corresponsal de Dusseldorf, Francisco, Sevach no fue profesor suyo en la Universidad de Oviedo, aunque sí tuvo el placer de ser Profesor Adjunto responsable de gimnasia acrobática en el Sports Palace cuando aquél era un niño. No deja de ser curioso que Gymnasium sea el nombre de los ccho años de educación previa al ingreso en la Universidad alemana.  Hoy el alumno es filólogo, profesional, padre y amigo. Un fruto ejemplar de los sistemas español y alemán.</p>

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		<title>Sin noticias del Derecho Público para mejorar el mundo de los estudiantes universitarios</title>
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		<pubDate>Wed, 27 Jan 2010 15:21:49 +0000</pubDate>
		<dc:creator>sevach</dc:creator>
				<category><![CDATA[Sobre la Universidad]]></category>

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			<content:encoded><![CDATA[<fb:like href='http://contencioso.es/2010/01/27/sin-noticias-del-derecho-publico-para-mejorar-el-mundo-de-los-estudiantes-universitarios-2/' send='false' layout='standard' show_faces='true' width='450' height='65' action='recommend' colorscheme='light' font='lucida+grande'></fb:like><div class="rw-right"><div class="rw-ui-container rw-class-blog-post rw-urid-41790"></div></div><p><a href="http://www.contencioso.es/files/2010/01/aula-virtual1.jpg"><img class="aligncenter size-medium wp-image-4179" title="aula-virtual" src="http://www.contencioso.es/files/2010/01/aula-virtual1-270x300.jpg" alt="" width="270" height="300" /></a></p>
<p style="text-align: justify">Hace unos días fue noticia la interpretación de un reglamento de la Universidad de Sevilla que conducía a que los alumnos sorprendidos copiando o haciendo trampa en un examen, pudieran continuar su desarrollo hasta el final. Este tema es jurídicamente sencillo ya que cualquier acto fraudulento para realizar un acto personalísimo y solitario, como es un examen de capacitación, constituye una infracción formal determinante de la automática eliminación o suspenso. Basta el engaño durante el ejercicio de una oposición o examen del permiso de conducir, para la fulminante expulsión o suspenso, y ello de igual modo, que una infracción del juego limpio en una partida de póker , captada al vuelo, comporta la expulsión instantánea, y buena suerte tendrá el tahúr de que ya no está de moda aplicar brea y plumas como castigo. Sin embargo, todo el despliegue mediático sobre el caso resulta sorprendente cuando existen otras circunstancias de naturaleza jurídica que son síntoma altamente preocupante del modelo de alumno universitario que se está generando ( o degenerando). Ahí van tres elementos que Sevach considera de interés que sean de general conocimiento.<span id="more-4178"></span></p>
<p style="text-align: justify">1. El <strong>Estatuto del Estudiante,</strong> o sea, la norma que debe plasmar sus derechos y obligaciones, fue anunciado por primera vez en la democracia, con la Ley 4/2007, de 13 de Abril de Universidades (mas conocida como LORU). Según su Disposición Adicional Decimocuarta el Gobierno disponía de un año para aprobar el Estatuto del estudiante, plazo que se ha superado nada menos que en 20 meses, y salvo algún <a title="Borrador" href="http://www.contencioso.es/2009/02/24/el-estatuto-del-estudiante-universitario-¿-godot-decepcionante-o-rompecabezas-desternillante/">borrador</a> mezclado, barajado y repartido, <strong>ni está ni se le espera</strong>.  Y si no hay Estatuto, no hay reglas claras ni uniformes, ni seguridad jurídica para alumnos ni profesores.</p>
<p style="text-align: justify">2. <strong>El régimen disciplinario de los alumnos universitarios está recogido, nada menos que en un Decreto del año 1954</strong>. Toma ya. Ante la laguna normativa postconstitucional, el mismo se ha declarado vigente por los Tribunales de lo Contencioso-Administrativo, eso sí, podado de sus numerosas estipulaciones inconstitucionales o anacrónicas ( las referidas por ejemplo a la falta disciplinaria de ofensa a la Iglesia Católica, o la falta de probidad del “escolar”), siendo la única <a title="norma" href="http://www.scribd.com/doc/25834046/Reglamento-de-disciplina-academica-1954">norma</a> que sirve de amparo por ejemplo, para expulsar al alumno que suplanta o es suplantado por otro en un examen. El problema es que, tratándose de materia disciplinaria, es materia sometida a reserva de ley, y dada la dificultad de alcanzar consenso político para aprobar una Ley formal en una materia susceptible de resucitar los movimientos de Mayo del 1968 en versión ibérica, pues se ha optado por el Estado en dejar que vayan abriendo paso alguna ley de Comunidad Autónoma y algún que otro Estatuto de Universidad para adentrarse en temas disciplinarios, con planteamientos jurídicamente cuestionables pero socialmente eficaces.</p>
<p style="text-align: justify">3.  En materia de aprobado de asignaturas, se ha generalizado en la Universidad pública española, aunque no en todas, la figura del <strong>&#8220;aprobado por compensación”</strong>. Se trata, para los que no lo sepan, de un sistema de aprobado de asignaturas, sin necesidad de examen, cuando no se consigue el aprobado por el sistema de examen ordinario, y siempre y cuando, se trate de la última o últimas asignaturas (1 o 2) para obtener el título oficial, y siempre  que en el resto de las asignaturas se haya obtenido un rendimiento medio aceptable. Cada Universidad regula esta <a title="figura" href="http://firgoa.usc.es/drupal/node/22747">figura</a> con mayor o menor fortuna y requisitos, y lo cierto, para decirlo claro, es que con ello, se está permitiendo un médico que operará el día de mañana quizás sin haber aprobado los exámenes de “Cirugía”, o un “Arquitecto” que tampoco habrá aprobado la asignatura de “Cimentaciones”. El origen de este “comodín” o “cheque en blanco” a rellenar con la asignatura aprobada a favor del alumno, radica en una finalidad legítima, aunque el medio es extravagante. La finalidad legítima era evitar el embolsamiento de suspensos en asignaturas con profesores “hueso”, que impedían ultimar la titulación a estudiantes desesperados. El medio es extravagante ya que por un lado, desnaturaliza la finalidad de una titulación (que es acreditar una formación o capacitación con arreglo a un plan de estudios), y por otro lado, elude coger el toro por los cuernos, y adoptar medidas organizativas (incluso disciplinarias) que podrían reconducir al profesor que suspende por capricho o porque vio muchas veces el “Sargento de Hierro” de Clint Eastwood.</p>
<p style="text-align: justify">4. Y todo ello, sin olvidar<strong> la sombra de Bolonia </strong>que se cierne sobre las Universidades y cuya implantación pondrá a prueba la fuerza y meta de cada Universidad pública, zarandeada entre fuerzas de profesores y alumnos de distinta tendencia. O sea, mas embrollo y confusión sobre el régimen de los estudiantes.</p>
<p style="text-align: justify">5. Quizás habría mas temas preocupantes para la ciudadanía sobre los estudiantes universitarios. Sin embargo para Sevach<strong> lo más preocupante es esa enfermedad llamada “Apatitis”</strong>, ya que la apatía es el mal fundamental de buena parte de los estudiantes universitarios, y que podría resumirse así: <em> “Aprobar es primario, asistir a clase secundario y aprender algo estrafalario”</em>. Como prueba de la vida real, recuerda Sevach hace unos cinco años cuando se estrenó como profesor universitario impartiendo su primera clase ante un grupo de unos treinta alumnos en una clase sobre Derecho Comunitario. Ni que decir tiene que Sevach, como profesor bisoño, preparó a fondo la clase y la salpicó de anécdotas y chistes para amenizarla. Al término de los 45 minutos de exposición oral unilateral, se alzaron dos manos de otros tantos alumnos. Sevach, con entusiasmo y dispuesto a apagar la sed de sabiduría, les invitó a plantear su duda. El primero de ellos, dijo: <em>“ ¿Se puede aprobar con un trabajo, sin necesidad de examen?”</em>. El segundo planteó: <em>“ ¿Es obligatorio venir a clase?”.</em> La respuesta, tras una invocación interna a los Dioses tibetanos de la paciencia, fue sencilla, con la ironía que caracteriza a Sevach. A la primera: “<em> Claro que se puede aprobar con un trabajo sencillo y de dos folios… siempre que se haya aprobado el examen escrito final”</em>. Respecto a la otra cuestión Sevach zanjó: <em>“ No es obligatorio venir a clase … para quienes prefieran dejar su asistencia para Septiembre o para el año que viene”.</em></p>
<p style="text-align: justify">En fin, quede la anécdota de muestra o síntoma de la media del interés que agita al alumnado universitario. Algo habrá que cambiar. Y no parece que el Derecho, o mejor, quien tiene que legislar, tenga mucho interés en salvar a la Universidad pública … En todo caso, estamos en vísperas de Santo Tomás de Aquino, patrono universitario (28 de Enero), y en festejarlo, toda la comunidad académica está de acuerdo…. Al fin y al cabo, como decía Larra, en España todo el año es carnaval&#8230;</p>

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		<title>¿Necesitan las Universidades una financiación a la boloñesa?</title>
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		<pubDate>Tue, 22 Dec 2009 06:16:34 +0000</pubDate>
		<dc:creator>sevach</dc:creator>
				<category><![CDATA[Sobre la Universidad]]></category>
		<category><![CDATA[Alma Mater]]></category>

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		<description><![CDATA[Allá por 1999 la Declaración de Bolonia suponía la consagración de los principios del Estatuto de libertades para las Universidades europeas, bajo el eje de la autonomía y sobre el trípode de las libertades de cátedra, de estudio y de investigación.  El principal desarrollo a escala comunitaria vendría dado por el llamado Proceso de Bolonia [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<fb:like href='http://contencioso.es/2009/12/22/%c2%bfnecesitan-las-universidades-una-financiacion-a-la-bolonesa/' send='false' layout='standard' show_faces='true' width='450' height='65' action='recommend' colorscheme='light' font='lucida+grande'></fb:like><div class="rw-right"><div class="rw-ui-container rw-class-blog-post rw-urid-38260"></div></div><p><a href="http://www.contencioso.es/files/2009/12/balsamedusa.jpg"><img class="alignleft size-full wp-image-3830" src="http://www.contencioso.es/files/2009/12/balsamedusa.jpg" alt="" width="125" height="88" /></a></p>
<p style="text-align: justify">Allá por 1999 la <a title="Declaración de Bolonia" href="http://universidades.universia.es/fuentes-info/documentos/bolonia.htm">Declaración de Bolonia</a> suponía la consagración de los principios del Estatuto de libertades para las Universidades europeas, bajo el eje de la autonomía y sobre el trípode de las libertades de cátedra, de estudio y de investigación.  El principal desarrollo a escala comunitaria vendría dado por el llamado Proceso de Bolonia inspirado en un régimen uniforme de enseñanzas y titulaciones como garantía para la movilidad de alumnos y profesores. Se trataba de conseguir un lenguaje único u homologación de mínimos entre las enseñanzas universitarias de toda Europa, o sea, adaptación y cambio de las estructuras españolas. Así y todo, pese a las resistencias y dificultades de su implantación, las prioridades de las Universidades a tiempo real pasan por atender sus necesidades presupuestarias ( o en términos coloquiales “para pagar las nóminas”). Atrás quedan las quejas universitarias por la insuficiente financiación para atender los costes de ajuste a Bolonia. Hace quince días un <a title="Rectores caninos" href="http://www.fiscalizacion.es/2009/12/04/rectores-en-busca-del-arca-perdida/?utm_source=feedburner&amp;utm_medium=feed&amp;utm_campaign=Feed%3A+fiscalizacion+%28Antonio+Arias+Rodr%C3%ADguez+es+Fiscalización%29">post</a> de Antonio Arias se titulaba significativamente &#8221; Rectores en busca del arca perdida&#8221;; y esta semana <a title="prensa" href="http://www.elmundo.es/suplementos/campus/2009/563/1259708411.html">la prensa</a> se ocupaba de las quejas de Rectores frente a la escasez del desembolso autonómico para cubrir sus presupuestos. Las quejas de los Rectores madrileños frente a la Comunidad de Madrid se han visto secundadas por tensiones de sus homólogos frente a las Comunidades Valencia, Gallega, Castellano-Leonesa y Asturiana. Y creciendo.<span id="more-3825"></span></p>
<p style="text-align: justify">1.    Sin embargo, no es un problema nuevo. Desde que Sevach aterrizó en el mundo universitario español, allá por el año 1985, esto es, con la recién estrenada Ley de Reforma Universitaria de 1983, y bajo flamantes Estatutos Universitarios, con plantillas que estrenaban fajín de profesor (reconversión de los “penenes”, nuevas Universidades y nuevas titulaciones,etc), <strong>siempre los Rectores se han caracterizado por su condición mendicante, posición legítima pues al fin y al cabo, bien está que el rugido del león reclame atención para los cachorros, y que la leona autonómica cace para ellos</strong>. Así es el ecosistema universitario.</p>
<p style="text-align: justify">2. Da rubor recordar que la penuria económica es global ( afecta a las Administraciones Públicas y a los prebostes privados de la banca, seguros y grandes superficies), y aunque sea obvio <strong>hay que recordar a la comunidad académica que tal crisis no es ajena a las propias Comunidades Autónomas, por lo que las Universidades pueden y deben afrontar planes de austeridad</strong>. No puede aceptarse “que la crisis no va con ellos”, “que la investigación no admite recortes” o “que la excelencia está en juego”, ni chantajes velados sobre posible cierre de aulas o barbecho del proceso de Bolonia.  La lealtad institucional y la buena fe son impuestas por el Ordenamiento Jurídico a todas las Administraciones Públicas y a sus autoridades. En otras palabras, la sociedad financia todos los servicios públicos, y no hay razón legal ni racional que ampare un superior y sagrado estatus del servicio universitario, que le dote de intangibilidad presupuestaria o primacía respecto de la sanidad, la educación u otros servicios sociales.</p>
<p style="text-align: justify">3. En cuanto al origen del problema, mucho se ha escrito: problemas de corporativismo,  mala gestión de los recursos, prebendalismo derivado del sistema electoral del equipo rectoral, ramalazos de burocratización y politización, perversiones de la autonomía universitaria, asunción por las Universidades de funciones asistenciales propias de otras Administraciones, etc.  Son lugares comunes que casi constituyen señas de identidad del sistema universitario español, y de los cuales ya se ocupó J.R.Chaves en un conocido trabajo titulado “ La necesaria reorganización universitaria: Racionalizar la gestión y el gasto&#8221;, que pese a haberse publicado hace doce años, no ha envejecido y que podéis encontrar <a title="La necesaria reorganización" href="http://www.auditoriapublica.com/revistas/3/pg6-11.pdf">aquí</a>.</p>
<p style="text-align: justify">Así y todo,  el balance de la Universidad pública, en términos de rendimiento académico e investigador es satisfactorio. <strong>El problema es que la Constitución no solo impone a las Administraciones públicas “eficacia” (conseguir los objetivos) sino “eficiencia” (conseguir los objetivos con el mínimo coste).</strong></p>
<p style="text-align: justify">Para Sevach, <strong>la situación actual de déficit de financiación universitaria constituye un fenómeno de irresponsabilidad global. Entre todos la mataron y ella sola se murió</strong>. De un lado, las Universidades han vivido como la cigarra de la fábula (alegres pese a acercarse el invierno presupuestario), de otro lado, las Comunidades Autónomas se han portado como los avestruces ( enterrando la cabeza para no enfrentarse al peligro que acechaba en forma de inflación universitaria de plantillas), y el Estado ha actuado como un viejo León del Serengueti: bostezando en la sabana mientras las hienas luchan con las mangostas para repartirse las osamentas. Junto a ello, y como cómplices de la situación, el mundo de lo políticamente correcto y los zalameros medios de comunicación. Es fácil aplaudir a la ciencia, sin levantar la alfombra del laboratorio o del aula.</p>
<p style="text-align: justify">4.              El resultado es una Universidad pública que tiene el grandísimo mérito de contar con una mayoría de  extraordinarios profesores, con grandes dotes docentes y productividad investigadora fecunda y útil, pero como dice el frontispicio del manicomio de Zaragoza, <em>“ni son todos los que están, ni están todos los que son”</em>, ya que no faltan profesores desencantados ni profesores parasitarios.</p>
<p style="text-align: justify">Los <strong>profesores desencantados</strong> son aquéllos que tras un gran esfuerzo personal, con consumo de tiempo y energías, se encuentran tras superar varios años de callado sacrificio,  con un puesto de trabajo estable en una Universidad que no se parece al templo de la ciencia que soñaron, donde anida el mercantilismo y la burocratización, y donde es posible medrar con la conspiración y el compadreo.</p>
<p style="text-align: justify">Los<strong> profesores parasitarios</strong> son aquéllos que, gracias a una Disposición Transitoria o a un padrino ilustre, se encuentran subidos de polizones al carro de los profesores vocacionales, y despilfarran el valioso regalo de tiempo y medios para enseñar e investigar.</p>
<p style="text-align: justify">5. Desde la perspectiva de la racionalidad de la gestión universitaria, no debemos olvidar que los profesores son “recursos humanos” aunque en ocasiones sean tratados como “recursos divinos”, por su <a title="Resistencia" href="http://www.contencioso.es/2008/06/18/universidad-de-excelencia-o-universidad-del-funcionariado-verdad-revelada-o-prejuicio-topico/">resistencia</a> a su encuadramiento burocrático. <strong>En las Universidades públicas españolas se ha seguido el diseño de las plantillas del profesorado universitario propio de un ornitorrinco: un fenómeno asimétrico de la creación, que se agita y reproduce, pero francamente mejorable</strong>. Así, lo racional, si nos creemos que estamos ante un Sistema Universitario Nacional, sería: a) Que cada Universidad contase con una Relación de Puestos de Trabajo que reflejase racionalidad, publicidad y seguridad jurídica; b) Que cada área académica de cada Universidad respetase un sistema de tendencia piramidal (varios Catedráticos en la cúspide y un número tres veces mayor de Profesores titulares, y a su vez, un número tres veces mayor que éstos, de becarios y personal contratado en formación); y c) que el mismo área académica de distintas Universidades pero con número de alumnos y presupuesto similares, contase con semejante dotación de profesores.</p>
<p style="text-align: justify">Nada de eso se cumple en la Universidad española. Si el diablo Cojuelo volando sobre los tejados de los Campus españoles se asomase a su interior, se quedaría asombrado al encontrar : a) Que las Relaciones de Puestos de Trabajo, legalmente preceptivas para el profesorado, o brillan por su ausencia o son meros listados para salir del paso; b) Que las áreas de conocimiento desde el punto de vista de plazas docentes adscritas, podrían representarse como un paralepípedo e incluso como pirámides invertidas ( con mas Catedráticos que Titulares); c) Que la misma disciplina, por ejemplo, Derecho Administrativo o Constitucional, en Universidades de similar financiación y necesidades objetivas, ofrenden cifras de profesores diametralmente opuestas.</p>
<p style="text-align: justify">6.  Basta ilustrarlo con un ejemplo real, y no hay mejor ejemplo que el que se tiene a mano por haberlo vivido personalmente. Pues bien, <strong>en el año 1998 el entonces Director General de Universidades e Investigación de la Comunidad Autónoma del Principado efectuaba las siguientes declaraciones a la prensa</strong>  como justificación de su oposición a la pretensión del Rector de incorporación de más de 250 plazas de profesorado y de implantar por entonces 38 nuevas titulaciones:</p>
<blockquote><p>“ Si se implantan 38 titulaciones como propone el rector podemos acabar con una catástrofe universitaria. Un crecimiento desaforado frente a una baja demográfica que, según el Consejo de Universidades, hará que los alumnos pasen en siete años de 38.000 a 22.000, es como dos trenes circulando por la misma vía en sentido contrario. El choque es inevitable. Dentro de unos años puede haber una masa de profesores prejubilados y de jóvenes con una flamante titulación inadecuada en ese mercado laboral” (Diario La Nueva España, 15/11/98).</p></blockquote>
<p style="text-align: justify">La profecía se cumplió. El tiempo da la razón, aunque sea tarde para remediarlo.  En 1998, había 1.800 profesores y 38.000 alumnos en la Universidad de Oviedo. Once años después hay 2100 profesores y 24.000 alumnos. Y muchas titulaciones agonizan por falta de alumnos. Por favor, releer en silencio estos datos y dejar la mente libre, como recomienda la sabiduría oriental.</p>
<p style="text-align: justify">7. Ante este dato objetivo expuesto, a Sevach le brotan dos preguntas claves para reflexionar, teniendo en cuenta que el caso de la Universidad de Oviedo fue el modelo generalizado en las Universidades españolas, y por tanto el problema es general:</p>
<p style="text-align: justify">A) Si la tendencia demográfica del alumnado iba en caída libre, y la Universidad se lanzó a incrementar la plantilla (algo así como construir Catedrales cuando los feligreses disminuyen): ¿No hubo un estudio económico-financiero, un Plan estratégico, un informe del Consejo Social o de la Comunidad Autónoma, o del Estado que mirase mas allá del presente ?.  <em>Respuesta</em>: No. El único Plan Estratégico era dar respuesta inmediata a las demandas corporativas de crear plazas.</p>
<p style="text-align: justify">B) En la década de 1990 a 2000, cuando los alumnos propiciaban la masificación de las aulas con cifras mareantes, todas las demandas de financiación de la Universidad se asentaban sobre un mantra simple: el número de alumnos. En cambio, desde el 2001 al 2009, todas las demandas de financiación de la Universidad se apoyan en un criterio matemático: el número de profesorado. ¿ Por qué cambió el argumento básico de la exigencia de incremento presupuestario?. <em>Respuesta</em>: Como el lema de la cadena Media-Market, porque los Rectores no son tontos y hay que esgrimir sólo los datos que benefician. La paradoja es que ahora las Comunidades Autónomas tienen la respuesta muy fácil: “no es cierto que hayamos reducido la financiación de la Universidad, sino que la hemos aumentado, pues basta ver la financiación per cápita de alumno”. Y claro, como los alumnos descienden , aunque no se aumente un euro la subvención autonómica anual, la financiación parece aumentar pues todos saben que si el dividendo se mantiene ( cantidad subvencionada) y el divisor disminuye (número de alumnos), el cociente aumenta ( financiación per cápita de alumno).</p>
<p style="text-align: justify"><strong>Al final, es un diálogo de sordos. La Universidad pide y la Comunidad Autónoma se resiste </strong>a los requiebros como la mozuela que ya fue engañada en el pasado por el apolíneo galán, y sabe que mas tarde o temprano sucumbirá nuevamente a sus asechanzas.</p>
<p style="text-align: justify">8.  Por eso Sevach cree o quiere creer que, al igual que las empresas públicas de la minería española y los grandes corporativismos ibéricos, <strong>la solución sólo puede venir de Europa</strong>. Y así sería deseable que Bolonia, aprovechando los nuevos vientos del Tratado de Lisboa, no significase sólo reconversión de titulaciones y estatuto de movilidad de alumnos, sino que desde Europa se adoptasen medidas para unificar el régimen del profesorado, su dedicación, su forma de contratación y forma de extinción, la ratio de plazas entre las distintas categorías académicas y .. ¿por qué no?, sus retribuciones.</p>
<p style="text-align: justify">Y de paso si el Proceso de Bolonia va acompañado de unas líneas básicas de un sistema de financiación homogéneo, previsible y objetivo que de seguridad a las Universidades, pues podemos darnos por satisfechos &#8230;pero eso sí, no olvidemos que la boloñesa es una salsa que acompaña a la &#8220;pasta&#8221; , que es justamente la que necesitan las Universidades.</p>
<p style="text-align: justify">Se dirá que Europa tiene otras finalidades, que hay que respetar la autonomía política de las Comunidades Autónomas, que no puede Europa poner sus sucias manos sobre la purísima autonomía universitaria, y se abrirán muchos debates, jornadas, estudios, dictámenes y Libros de todos los colores que, como siempre, culminarán con el autobombo de las Universidades, para asegurarse de que los cambios sean pocos, lentos y con un pan bajo el brazo.</p>
<p style="text-align: justify">Es de justicia señalar que <a title="J.R.Alonso" href="http://www.jralonso.es/2009/12/20/autonomia-universitaria/">voces de gran prestigio</a> reivindican mayores cotas de autonomía en las Universidades, particularmente en la vertiente financiera,  situándola como una asignatura pendiente de la Unión Europea que ha puesto mucho énfasis en la autonomía universitaria, pero no se ha conseguido su efectividad ya que las grandes decisiones quedan en manos de los gobernantes en clave política.  Y en este punto, Sevach desea señalar que no es incompatible la armonización del Estatuto del profesorado universitario europeo con la autonomía universitaria en sus justos términos ( libertad de cátedra a tope, libertad de investigación sin dirigismos y un estatuto digno en medios y tiempo para su noble tarea); nada mas lejos del ánimo de Sevach que recortar la autonomía universitaria pero sí el atajar los desafueros de esa autonomía cuando afectan al corazón de la institución: al reclutamiento del profesorado y sus condiciones de trabajo.</p>
<p style="text-align: justify">Y si Europa falla, pues <strong>alguien con bisturí de hierro tendrá que coger el toro por los cuernos y establecer criterios imperativos para que se rediseñe el enloquecido mapa de titulaciones universitarias (multitud de oferta con gran proximidad geográfica y pocos clientes) y se pueda acometer la reconversión de profesores excedentarios hacia áreas o cometidos donde pueda aprovecharse su ciencia.</strong></p>
<p style="text-align: justify">Bien está la autonomía universitaria, como la mayoría de edad para los hijos, pero bueno sería que las Universidades recordasen la parábola del hijo pródigo, y obrasen en consecuencia. Lo curioso es que los responsables no son los profesores individualmente considerados, ni los sindicatos, ni las asociaciones de alumnos, pues al fin y al cabo cada uno lucha por sus intereses legítimos. Además el problema de insuficiencia financiera es crudo puesto que  “el cáncer está avanzado”, y  las plantillas son rígidas a la baja y hay poco margen para el ahorro presupuestario. <strong>En fin, que todos eran felices hasta que el Titanic universitario chocó con el iceberg de la crisis económica. Y no hay botes salvavidas para todos.</strong></p>

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		<title>Acoso en la Universidad: ¿cuestión de supervivencia, tradición o perversión?</title>
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		<pubDate>Sun, 13 Dec 2009 06:00:31 +0000</pubDate>
		<dc:creator>sevach</dc:creator>
				<category><![CDATA[Empleados publicos]]></category>
		<category><![CDATA[Sobre la Universidad]]></category>

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			<content:encoded><![CDATA[<fb:like href='http://contencioso.es/2009/12/13/acoso-en-la-universidad-%c2%bfcuestion-de-supervivencia-tradicion-o-perversion/' send='false' layout='standard' show_faces='true' width='450' height='65' action='recommend' colorscheme='light' font='lucida+grande'></fb:like><div class="rw-right"><div class="rw-ui-container rw-class-blog-post rw-urid-36990"></div></div><p><a rel="attachment wp-att-3704" href="http://contencioso.es/?attachment_id=3704"><img class="alignleft size-full wp-image-3704" src="http://www.contencioso.es/files/2009/12/manada.jpg" alt="manada" width="130" height="87" /></a></p>
<p style="font: normal normal normal 12px/normal Helvetica;text-align: justify;margin: 0px">El pasado viernes se hizo público un <a href="http://www.elcomerciodigital.com/20091211/asturias/cuatro-cada-diez-profesoras-20091211.html">estudio</a> que revelaba que en la Universidad de Oviedo el 40% de las profesoras se sentía o había sentido acoso en su trabajo. Casi simultáneamente se hizo pública una <a href="http://terranoticias.terra.es/provincias/alicante/articulo/ua_cada_profesores_siente_acosado_2027661.htm"> investigación</a> demostrativa de que un 25% del profesorado de la Universidad de Alicante sufrió acoso o hostigamiento psicológico.</p>
<p style="font: normal normal normal 12px/normal Helvetica;text-align: justify;margin: 0px">O el clima mediterráneo es un antídoto para el acoso o algún estudio falla ( quizás la formulación de la pregunta de la encuesta o el espectro de encuestados no era idéntico). En cualquier caso queda patente la &#8220;paradoja universitaria&#8221;:  si bien el nivel de cultura o dedicación científica parece indicador de mayor garantía del respeto a los demás, lo cierto es que los niveles de acosados en el ámbito académico son mas elevados que en otros sectores de actividad y sensiblemente superiores que en las restantes Administraciones públicas no universitarias.<span id="more-3698"></span></p>
<p style="font: normal normal normal 12px/normal 'Times New Roman';text-align: justify;margin: 0px"><span style="font-family: Helvetica, 'Times New Roman', 'Bitstream Charter', Times, serif"><span style="font-family: 'Times New Roman', 'Times New Roman', 'Bitstream Charter', Times, serif"><span style="font-family: Helvetica, 'Times New Roman', 'Bitstream Charter', Times, serif"><!--more-->1.Sevach intentará explicar este curioso fenómeno por los <strong>cinco agentes o factores del acoso, específicamente universitarios,</strong> y que están en su origen:</span></span></span></p>
<p style="font: normal normal normal 12px/normal Helvetica;text-align: justify;margin: 0px">- <em>La revancha del aprendiz aventajado.</em> Es la transposición al ámbito universitario de un fenómeno cuartelario: cuando el soldado era novato le hostigaron y cuando ascendió a sargento se dedicó a fastidiar a los demás. La humana condición en su vertiente mas miserable se caracteriza por el revanchismo y por la infantil reacción de convertirse en aquella figura que siendo víctima denigró. No es infrecuente que alguien atraviese el vía crucis de ser becario, ayudante, doctor y profesor titular interino, antes de alcanzar la ansiada titularidad o cátedra, momento en que todos sus demonios interiores se liberan y aplica dura disciplina, desdén y abuso de autoridad similar al que recibió cuando era débil discípulo.</p>
<p style="font: normal normal normal 12px/normal Helvetica;text-align: justify;margin: 0px">- <em>Las escaramuzas del ascenso académico</em>. La carrera académica es altamente competitiva, y mientras se suben peldaños hacia la cátedra, hay quien piensa que lo mejor es &#8220;no  hacer heridos ni prisioneros&#8221;, no vaya a ser que el compañero brillante  se cruce en el camino en el futuro ante una plaza codiciada por todos. Hoy se hace la pelota al maestro, mañana se ponen voces críticas en boca del rival, en el camino se boicotea la publicación de un artículo o resultados de investigación. Y todo ello, debidamente cocido y caldeado entre colegas, en laboratorios y despachos, con ocasión de lecturas de tesis doctorales y exámenes a plazas, en homenajes y jornadas de todo pelaje. El zumbido llega a hacerse insoportable para quien sólo se dedica a investigar y cree en la pureza de la carrera académica.</p>
<p style="font: normal normal normal 12px/normal Helvetica;text-align: justify;margin: 0px">- <em>Los botines electorales</em>. El sistema electoral universitario, encabezado por la madre de todas las elecciones ( la del Rector) se caracteriza por la inexistencia de sindicatos ni partidos políticos sino grupos organizados por afinidades, filias y fobias, y pactos inconfesables, lo que se traduce en un sistema manqueo de &#8220;vencedores y vencidos&#8221;  de manera que el reparto de cargos y prebendas siempre favorece a los prosélitos de los vencedores y posterga a los perdedores (¡Vae victis!), que deben afrontar el camino del desierto hasta una nueva contienda electoral. Y ese camino de perdición puede estar sembrado de campos de minas: plazas que no se convocan, becas que no se otorgan, comisiones de servicio que no llegan, licencias escurridizas, despachos que no se remodelan y recortes presupuestarios en bibliografía y hasta en fotocopias.</p>
<p style="font: normal normal normal 12px/normal Helvetica;text-align: justify;margin: 0px">- <em>La concepción espartana del esfuerzo académico</em>. La ciencia y la investigación no son fáciles y requieren dotes de talento y entusiasmo, pero sobre todo de disciplina para conseguir resultados. Y la disciplina genera austeridad,  seriedad y con ello, rigor consigo mismo y con los colaboradores o discípulos. El trabajo en equipo y la urgencia de los resultados (¡publica o muere!) provoca la tiranía del Titular sobre el becario, y del Catedrático sobre el Titular, y del Maestro sobre los comunes catedráticos. Un sistema duro pero quizás el único posible para garantizar los avances del conocimiento y no la dispersión y holganza.</p>
<p style="font: normal normal normal 12px/normal Helvetica;text-align: justify;margin: 0px">- <em>La lealtad rota.</em> Roma no paga traidores. No pocos profesores traicionaron la confianza de su Maestro aceptando una invitación a dar una conferencia sin pedir el plácet, o publicando donde no debían, o discrepando doctrinalmente, o andando con &#8220;malas compañías&#8221;, y se encontraron con su carrera truncada, con el signo de Caín para sus compañeros de Escuela y condenados al ostracismo académico.</p>
<p style="font: normal normal normal 12px/normal Helvetica;text-align: justify;margin: 0px">2. Mas que tratarse del tristemente célebre <a title="mobbing" href="http://www.unizar.es/gine/MB/archivo.htm">mobbing</a>, hay que explicar que las tensiones y percepción de hostigamiento están muy vinculadas a la esencia de la Universidad. Las Universidades son centros donde se investiga y se lucha por la ciencia, pero es un <strong>mundo competitivo</strong>: por las becas, por los discípulos, por los contratos, por las plazas, por los cargos directivos, por los complementos retributivos, por el ascenso, por ser un primus ínter pares, por los despachos, por el reconocimiento público, por la publicación de mayor impacto… De hecho, los trabajos de investigación sobre animales en cautividad revelan que aunque tengan suficiente alimento y espacio, la coexistencia obligada propicia mordiscos y feroces ensañamientos.</p>
<p style="font: normal normal normal 12px/normal Helvetica;text-align: justify;margin: 0px">
<p style="font: normal normal normal 12px/normal Helvetica;text-align: justify;margin: 0px">3. Recuerda Sevach como el Maestro procesalista <a title="Carnelutti" href="http://www.wikiderecho.cl/wiki/Francesco_Carnelutti">Francesco Carnelutti</a> por una discrepancia teórica sobre el proceso acabó enemistado fuertemente con su eminente colega Salvattore Satta (ambos discípulos del Gran Chiovenda), acusándolo de bárbaro, ignorante e ingrato pues le sucedió en la Cátedra de Padua, y este último le respondió en un elegante trabajo titulado &#8221; Orientaciones y desorientaciones en la Ciencia del Proceso&#8221;(1937) del cual extracto el primer y último párrafo altamente elocuentes:</p>
<blockquote>
<p style="font: normal normal normal 12px/normal Helvetica;text-align: justify;margin: 0px">&#8221; El profesor Carnelutti ha publicado un artículo para combatir mis ideas. El tono del artículo es poco menos que injurioso; y yo habría debido irritarme, o dar la impresión de estar irritado, y responder en el mismo tono. Pero yo no puedo olvidar que hasta ayer Carnelutti ha sido amigo mío y, a su modo, mostraba apreciar mi amistad. Puesto que no pertenece al orden de las cosas que las ideas, al menos las jurídicas, hagan de un amigo un enemigo, debo atribuir, pues el tono del artículo a un ímpetu de ira o de intenso dolor, como decía el viejo código penal, no determinado, sin embargo, como quiere el nuevo código, por hecho injusto ajeno. Ira y dolor pasan, y la amistad queda; y yo estoy seguro de que el día de mañana será el propio Carnelutti quien se arrepentirá de lo que ha escrito&#8221;.</p>
</blockquote>
<p style="text-align: justify">Tras ahondar en explicaciones jurídicas y procesales sobre el tema litigioso, el artículo termina:</p>
<blockquote>
<p style="font: normal normal normal 12px/normal Helvetica;text-align: justify;margin: 0px">&#8221; Debería ahora responder a la referencia relativa a la cátedra de Padua. Carnelutti dice que no habría esperado nunca que desde su cátedra se hiciera &#8220;nudismo procesal&#8221;. Vaya por el nudismo. Prefiero ir desnudo mas bien que disfrazado. Por lo demás, yo me doy cuenta de que un hombre como Francesco Carnelutti tiene el derecho, en relación a su sucesor, cualquiera que él sea, más válido que yo, de decir como San Pedro: &#8221; El lugar mío, el lugar que vaca&#8221;, con aquello que sigue. Pero lo que no puede humanamente pretender es que, recogiendo inmerecidamente su sucesión en la cátedra, yo esté obligado a recoger también… su sucesión en las ideas&#8221;.</p>
</blockquote>
<p style="text-align: justify">4. Lo cierto es que los datos referidos a la Universidad de Oviedo y de Alicante ( pero fácilmente predicables de las restantes Universidades), son preocupantes en términos jurídico-administrativos, ya que si acudimos al Estatuto del Empleado Público aprobado por <a title="Estatuto" href="http://www.boe.es/boe/dias/2007/04/13/pdfs/A16270-16299.pd">Ley 7/07</a>, y aplicable en estas cuestiones al profesorado universitario, el acoso es el enemigo a batir. Así, el apartado h del art.14 sienta como derecho de los empleados públicos: <em>&#8221;   Al respeto de su intimidad, orientación sexual, propia imagen y dignidad en el trabajo, especialmente frente al acoso sexual y por razón de sexo, moral y laboral&#8221;</em>. Y el artículo 95 h) , tipifica como falta muy grave: <em>“… el acoso por razón de origen racial o étnico, religión o convicciones, discapacidad, edad u orientación sexual y el acoso moral, sexual y por razón de sexo”</em>. Por si no quedara claro, el apartado o) tipifica como falta específica grave: <em>“o) El acoso laboral&#8221;. </em></p>
<p style="text-align: justify"><em><span style="font-style: normal">Ya Sevach comentó en un <a title="Tribunal Constitucional y Acosa" href="http://www.contencioso.es/2008/01/24/el-tribunal-constitucional-condena-un-misterioso-acoso-sexual-a-bordo-de-un-ferry/">curioso post</a> anterior la postura del Tribunal Constitucional proclive a condenar a la Administración o patronal que tolera el acoso, como responsabilidad independiente de la que pueda exigírsele al agresor.</span></em></p>
<p style="text-align: justify">5. Sin embargo, parece que no estamos ante un fenómeno de la Universidad española sino que aqueja a las Universidades de todo el mundo, y posiblemente las españolas sigan los caminos de garantía que han seguido las Universidades europeas. Sevach no se resiste a transcribir el fenómeno de la Universidad de Oxford, tal y como hace ya diez años lo describía el célebre periodista Paul Johnson:</p>
<blockquote>
<p style="text-align: justify">&#8221; En Oxford, por ejemplo, hay ahora 267 asesores en acoso. Hay 93 departamentos universitarios &#8211; ¡ oh dioses!- y cada cual tiene dos. Hay una Junta Central de siete. Los asesores son obligatorios aun en los parques de la Universidad, los archivos, la unidad de transporte y, -quizás con cierta justicia- el temido cuerpo docente de Teología. Ser asesor no es una sinecura. Hay que llenar un formulario, todos los años enumerando los casos que uno ha tratado. Si hay pocas delaciones, o ninguna, se presume que las chicas- perdón, las mujeres- están demasiado asustadas para presentar denuncias, y en consecuencia, el asesor deja que desear. En cambio, si hay demasiadas, ello justifica la incorporación de más asesores, y el sistema se expande.(…) El acoso está definido con tal amplitud y vaguedad como para que cualquier aspirante a Torquemada se restregué las manos con ávida anticipación: Es &#8220;conducta indebida hacia otra persona, que atenta contra su labor o reduce la calidad de vida de dicha persona&#8221;. Esa conducta no solo incluye el &#8220;atropello&#8221; o el &#8220;insulto verbal&#8221; sino la &#8220;creación o mantenimiento de un entorno estudiantil, laboral o social hostil u ofensivo&#8221;.</p>
</blockquote>
<p style="text-align: justify">6. En fin, para terminar nada mejor que un par de citas. Por un lado, una del mencionado Salvattore Satta que sobre sus colegas universitarios opinaba: <em>“Me sentiría más a gusto si tuviera que discutir con Al Capone y compañía que con ellos”</em>. Y otra de su rival Francesco Carnelutti, deliciosa, de que <em>&#8220;el hombre que sólo sabe leyes no sabe Derecho&#8221;</em>, y que Sevach podría transponerla al tema del acoso universitario que nos ocupa, en los siguientes términos:<em> &#8221; El Catedrático que sólo se respeta a sí mismo y sólo sabe de su disciplina no sabe ser Catedrático&#8221;.</em></p>

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		<title>Los Tribunales prohiben que los Doctores  sean contratados como Profesores Ayudantes en la Universidad</title>
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		<pubDate>Wed, 28 Oct 2009 07:00:52 +0000</pubDate>
		<dc:creator>sevach</dc:creator>
				<category><![CDATA[Sobre la Universidad]]></category>
		<category><![CDATA[Alma Mater]]></category>

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		<description><![CDATA[La legislación universitaria distingue dos modalidades contractuales laborales del personal académico ( el Profesor Ayudante y el Profesor Ayudante Doctor), planteándose en tiempo de crisis económica, o por estrategia de reclutamiento de una Escuela académica, si para una plaza de Profesor Ayudante puede presentarse y obtenerla una persona que ya ostenta el título académico de [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<fb:like href='http://contencioso.es/2009/10/28/los-tribunales-prohiben-que-los-doctores-sean-contratados-como-profesor-ayudante-en-la-universidad/' send='false' layout='standard' show_faces='true' width='450' height='65' action='recommend' colorscheme='light' font='lucida+grande'></fb:like><div class="rw-right"><div class="rw-ui-container rw-class-blog-post rw-urid-30620"></div></div><p><a href="http://contencioso.es/?attachment_id=3068" rel="attachment wp-att-3068"><img src="http://www.contencioso.es/files/2009/10/doctor.jpg" alt="doctor" width="270" height="270" class="alignleft size-full wp-image-3068" /></a></p>
<p>      La legislación universitaria distingue dos modalidades contractuales laborales del personal académico ( el Profesor Ayudante y el Profesor Ayudante Doctor), planteándose en tiempo de crisis económica, o por estrategia de reclutamiento de una Escuela académica, si para una plaza de Profesor Ayudante puede presentarse y obtenerla una persona que ya ostenta el título académico de Doctor. O sea, si un Teniente puede ocupar vacante de Sargento. Pues bien, la reciente Sentencia 245/09 de 24 de Septiembre de 2009, dictada por la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Asturias zanja la cuestión con claridad meridiana. Así se rechaza el viejo dogma interpretativo de que &#8220;quien puede lo más, puede lo menos&#8221; y parece postularse el castizo &#8220;cada mochuelo, a su olivo&#8221;.<span id="more-3061"></span></p>
<p>1. En primer lugar, la sentencia analiza las figuras de los contratos laborales de Profesor Ayudante (PA) y de Profesor Ayudante Doctor (PAD):</p>
<blockquote><p>&#8221; Se configuran como profesores ayudantes (PA) aquellos que van a celebrar un contrato cuya finalidad es la de completar una formación docente e investigadora, estableciendo la posibilidad de que los mismos colaboren en tareas docentes, solo de carácter práctico y no una limitación horaria anual. Por el contrario, los profesores ayudantes doctores (PAD) tienen como finalidad de su contrato, desarrollar directamente labores docentes y de investigación, y se establece de forma clara el requisito de que solo las personas que ostentan el grado universitario de doctor podrán ser contratadas en esta modalidad. Se prevé además la exigencia de una previa valoración positiva de su actividad por parte de la Agencia Nacional de Evaluacion de la Calidad y Acreditación u órgano equivalente. La dedicación será a tiempo completo&#8221;.</p></blockquote>
<p>2. En segundo lugar, y para resolver la impugnación por un aspirante a contrato de Profesor Ayudante de la admisión de un Doctor al procedimiento, la Sala parte de que las normas jurídicas han de interpretarse fundamentalmente atendiendo a su finalidad de acuerdo con el art.3.1 del Código Civil, afirma la sentencia:</p>
<blockquote><p>&#8220;El requisito de poder realizar estudios de doctorado, puesto en relación con la modalidad contractual para la que se formula, y de las características y finalidad de la misma, establecidas por el legislador, no permiten que pueda participar en el proceso alguien que ya ostenta una formación docente investigadora, y que no puede, con su concurso, obstaculicen o dificulten la recluta de aspirantes que sin esa condición de doctores satisfagan netamente la finalidad legítimamente impuesta por el legislador para el contrato de profesor ayudante. La legislación vigente inhabilita al doctor para participar en un concurso de provisión de una plaza de profesor ayudante no doctor cuando ya ha acreditado que ha completado su formación investigadora en ese área de conocimiento, y por tanto, está en condiciones de satisfacer la necesidad de otro contrato distinto, el de profesor ayudante doctor, cuyo objetivo es directamente realizar tareas docentes e investigadoras.(…). Ha de insistirse en que la finalidad de la norma ha de presidir la interpretación de las previsiones legales que regulan el concurso, limitando la libre concurrencia a aquéllas personas que reúnan los requisitos para participar en ese proceso selectivo, y en definitiva, impidiendo que de forma fraudulenta se incorporen al mismo personas cuya fase de carrera universitaria se sitúa en un momento posterior en el iter al que se propio de los profesores ayudantes&#8221;  .
</p></blockquote>
<p> Por tanto, parece clara la situación: los no Doctores pueden concurrir a plazas de Profesor Ayudante y los Doctores podrán concurrir exclusivamente a plazas de Profesor Ayudante Doctor. En otras palabras, no cabe la &#8220;promoción a la baja&#8221;.</p>
<p>3. Sin embargo, hay una cuestión que merece precisión. Así,  si alguien es doctor en un área de conocimiento o disciplina (por ejemplo, Filología), ¿ podría objetarse su condición de doctor para seguir su carrera académica como Ayudante en otra área académica (P.ejemplo, Derecho)?. Aquí hay un inciso de la sentencia que salva el obstáculo cuando afirma que  el doctor esta inhabilitado para optar a Profesor Ayudante <em>&#8220;cuando ya ha acreditado que ha completado su formación docente investigadora<strong> en ese</strong> área de conocimiento&#8221;</em>, o en otras palabras, que si acredita el doctorado en otras áreas, ningún obstáculo ha be plantearse para la contratación como Profesor Ayudante.</p>
<p>4. Lo cierto es que el caso planteado le recuerda a Sevach <strong>dos casos reales</strong> que se dieron hace diez años bajo el imperio de la vieja Ley de Reforma Universitaria de 1983.</p>
<p>  Un primer caso, se refería a un Profesor Titular de ingeniería química de un área de conocimiento de un Departamento del área de química de la Universidad de Oviedo que, ante la amenazadora convocatoria de otra plaza de Profesor Titular de Ingeniería química del mismo área, se presentó a la misma con la finalidad patente de bloquear el acceso de un compañero doctor a esa plaza, y de ese modo evitar competidores hacia la ansiada Cátedra. La Universidad de Oviedo excluyó a este ambicioso Profesor Titular del procedimiento, quien acudió a los Tribunales de lo Contencioso-Administrativo que, con apoyo en la prohibición del abuso de derecho, eliminaron a tan ladino profesor del procedimiento y desmontaron su reprochable estrategia.</p>
<p>  Un segundo caso se refería al conocido Catedrático de Derecho Constitucional, D. Raúl Morodo, que siendo Catedrático de Derecho Constitucional en la Facultad de Derecho de la Universidad Complutense se presentó a otra Cátedra de Derecho Constitucional en la Facultad de Económicas de la misma Universidad Complutense. En este caso, la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid consideró que D. Raúl perseguía una finalidad legítima pues al fin y al cabo, distinto era el ámbito académico o centro, y ese dato diferencial justificaba que fuese admitido para cubrir otra Cátedra de la misma disciplina en la misma Universidad.</p>
<p>5. En definitiva, que la condición humana lleva a situaciones absurdas, pero afortunadamente corregidas algunas veces por los tribunales de lo contencioso-administrativo ( y digo &#8221; algunas&#8221;, porque muchos &#8220;crímenes&#8221; quedan impunes por no ser descubiertos, y otros son descubiertos pero los inexcrutables senderos del derecho contribuyen a bendecirlos).</p>

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		<title>Del bonito despropósito administrativo de la lucha universitaria contra el lenguaje sexista</title>
		<link>http://contencioso.es/2009/08/25/de-la-educacion-universitaria-en-lenguaje-hermafrodita-y-de-otras-discriminaciones-mas-preocupantes/#utm_source=rss&#038;utm_medium=rss&#038;utm_campaign=de-la-educacion-universitaria-en-lenguaje-hermafrodita-y-de-otras-discriminaciones-mas-preocupantes</link>
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		<pubDate>Tue, 25 Aug 2009 08:00:58 +0000</pubDate>
		<dc:creator>sevach</dc:creator>
				<category><![CDATA[Sobre la Universidad]]></category>

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		<description><![CDATA[En época estival resulta refrescante el recientísimo artículo dominical de mi admirado Arturo Pérez-Reverte, en su Patente de Corso, titulado &#8220;Tontos ( y tontas) de pata negra&#8221; sobre la iniciativa de la Universidad de Zaragoza para conseguir alumnos semánticamente hermafroditas, esto es, que utilicen términos que demuestren ambos géneros y disipen toda sombra de discriminación. [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<fb:like href='http://contencioso.es/2009/08/25/de-la-educacion-universitaria-en-lenguaje-hermafrodita-y-de-otras-discriminaciones-mas-preocupantes/' send='false' layout='standard' show_faces='true' width='450' height='65' action='recommend' colorscheme='light' font='lucida+grande'></fb:like><div class="rw-right"><div class="rw-ui-container rw-class-blog-post rw-urid-25060"></div></div><p><img src="http://www.contencioso.es/files/2009/08/predicar.jpg" alt="predicar" title="predicar" width="143" height="107" class="alignleft size-full wp-image-2507" /></p>
<p>    En época estival resulta refrescante el recientísimo artículo dominical de mi admirado Arturo Pérez-Reverte, en su Patente de Corso, titulado <em>&#8220;Tontos ( y tontas) de pata negra&#8221;</em> sobre la iniciativa de la Universidad de Zaragoza para conseguir alumnos semánticamente hermafroditas, esto es, que utilicen términos que demuestren ambos géneros y disipen toda sombra de discriminación.</p>
<p>1.  El citado artículo, que podéis hallar <a href="http://xlsemanal.finanzas.com/web/firma.php?id_edicion=4447&amp;id_firma=9491">aquí</a>, considera una torpeza que las Universidades públicas, que debían estar embarcadas en otros cometidos mas propios de la docencia e investigación, empleen sus energías y presupuestos (con la complicidad autonómica) en promover una campaña universitaria para que el lenguaje se presente sexualmente aséptico. <strong>Oigamos al cáustico Arturo</strong>:</p>
<blockquote><p>Con este paisaje, la última iniciativa de la docta institución cesaraugustana, de cara al próximo curso, ha sido apadrinar una campaña que, bajo el título Nombrar en femenino es posible. ¡Inténtalo!, y con los nombres y símbolos bien a la vista de la Universidad –cátedra sobre Igualdad de Género, nada menos– y del Gobierno de Aragón, que supongo soltaron la viruta apropiada, reparte a troche y moche folletos de cuatro páginas a color, para que los jóvenes universitarios zaragozanos dejen de invisibilizar a las mujeres mediante deliciosas construcciones en la línea del tópico habitual: el ser humano en vez del hombre, el alumnado sin empleo en vez de los estudiantes desempleados, profesionales en régimen laboral autónomo en vez de trabajadores autónomos, y otros brillantes hallazgos al uso. Con la siguiente –y confusa– afirmación final, que transcribo literalmente en toda su espléndida y analfabeta incongruencia gramatical: «Seguro que, con la práctica, prestas más atención al lenguaje y usas términos para que todos y todas seamos visibles en el discurso».
</p></blockquote>
<p>2. A juicio de Sevach, <strong>varias perspectivas demuestran lo triste  de la situación</strong>:</p>
<p>1º Que esas iniciativas de lenguaje no sexista sufragadas por la Universidad pública, es tan absurdo como si el Ayuntamiento de Almendralejo sufragase una campaña para proscribir el uso del burka en los plenos municipales. Y es que, parece que la Universidad ignora que contamos con una Ley de Igualdad de Género, con un Ministro/ministra de Igualdad, con leyes autonómicas y Consejeros inspirados en sus homólogos estatales, con Oficinas locales cuyo objetivo es el mismo,  con un Código Penal que salvaguarda las graves ofensas discriminatorias por razón de sexo, con unos Juzgados de Violencia de Género, y con una campaña mediática en la última década que hasta la náusea nos ha informado de que procuremos utilizar lenguaje sin connotaciones discriminatorias.</p>
<p>2º Que esa iniciativa de lenguaje no sexista dentro de la Universidad se explicaría como una reacción frente a un fenómeno constatado de abuso de tal lenguaje en las aulas universitarias, pero al igual que la existencia de una Ley contra la Violencia Doméstica no convierte a todos los hombres en acosadores, tampoco una Ley de Igualdad de Género convierte a los estudiantes en blasfemos machistas. Quizás al recibir tal campaña, muchos estudiantes de la Universidad de Zaragoza, como el burgués gentilhombre de Moliére se den cuenta de que eran unos &#8220;terroristas de género&#8221; sin saberlo. En fin, que puede resultar muy de moda tal tipo de campañas, pero no hay que olvidar que una Universidad presta un servicio público y los juegos florales hay que administrarlos. Lo cierto es que Sevach no tiene la certeza pero sí una fuerte intuición de que hay Universidades con Vicerrectorados de Igualdad y similares organigramas &#8220;políticamente correctos&#8221; pero  &#8220;jurídicamente prescindibles&#8221;.</p>
<p>3º Que esa iniciativa de lenguaje no sexista dentro de la Universidad revela una candidez tremenda de las autoridades universitarias y autonómicas que lo apoyan, si creen que con tales recomendaciones el mal está atajado.¿Acaso algún estudiante con tal medida cambiará su modo de expresarse y adoptará estilo de esfinge?¿ no será más probable que ante tal presión, los estudiantes cambien las fórmulas de expresión oral y verbal hacia orientaciones mas hipócritas?.</p>
<p>4ª Que esa iniciativa de lenguaje no sexista dentro de la Universidad es como enseñar en el programa MIR a un cirujano que tiene que lavarse las manos antes de operar. ¿Acaso el estudiante de educación primaria y secundaria, sin necesidad de la asignatura de Educación de la Ciudadanía, no recibe una orientación no sexista?,¿ es consciente la Universidad de Zaragoza de que los alumnos que este año empiezan en sus aulas nacieron hacia 1991, esto es, en democracia y bajo programas educativos y contexto de paridad?</p>
<p>5º Que mas acuciante que esa iniciativa, tendente a borrar la sombra de posible lenguaje discriminatorio, sería impartir formación a los alumnos en cortesía académica. En educación pura y dura, con minúsculas: no tutear al profesor sin invitación previa del mismo, no mascar chicle en clase, no interrumpir exposiciones&#8230; No se trata de volver a aulas trasnochadas sino de garantizar que la función del profesor (docencia) y la de los alumnos (aprender) se desarrolla con armonía. No recuerda Sevach a ningún profesor universitario preocupado por el lenguaje sexista de sus alumnos pero sí a muchos preocupados por su conducta zafia y expresiones groseras.</p>
<p>3. En cambio, Sevach consideraría mas propio de la Universidad pública, reflexionar sobre el dato de<strong> una discriminación mucho mas profunda y más invisible.</strong> Se trata de la discriminación en la financiación de los costes de la Universidad pública; <strong>hay en torno a un millón de estudiantes universitarios en Universidades públicas que pagan menos del 20% de los costes reales de su matrícula</strong>, lo que lleva a la sencilla conclusión de que el 80% restante lo está financiando toda la población con su esfuerzo fiscal ( aunque ni el contribuyente ni sus parientes cursen estudios universitarios).</p>
<p>   Sin embargo ese es un tema tabú. ¡ Cualquiera se atreve a elevar las tasas -ahora precios públicos- recordando Mayo del 68!. El Estado dice que es competencia de las Comunidades Autónomas y  éstas prefieren que el paso adelante ( y el marrón) se lo lleve el Estado. Nadie le pone el cascabel al gato. Eso sí, todos lloran la insuficiencia de financiación universitaria.</p>
<p>  Basta fijarse en la aprobación por el Consejo de Política Universitaria (el viejo Consejo de Universidades, para aclarar a quienes tenemos dificultad en seguir el renovado &#8220;bautizo&#8221; en cada legislatura de los supremos órganos representativos universitarios) de los precios públicos de matrícula para cada curso académico,y en particular <a href="http://www.aprendemas.com/Reportajes/P1.asp?Reportaje=1545">para el curso 2009-2010</a>, y nos quedaremos perplejos al observar que cada curso, desde hace más de doce años, se fija en términos porcentuales, como una horquilla de máximo y mínimo, optando la inmensa mayoría de las Comunidades Autónomas por congelar las tasas y procurando que no exceda del IPC. El resultado, sin ser un matemático, es que se van alejando los precios de matrícula universitaria entre Comunidades Autónomas, ya que un porcentaje sobre los que hace doce años fijaron precios altos, caso de Navarra por ejemplo, los hará mucho mas altos; y el mismo porcentaje sobre los que por entonces los fijaron bajos, caso de Andalucía, los harán mucho mas bajos. De seguir así, la igualdad de los estudiantes universitarios a la hora de afrontar la carga de la matrícula será el mayor ejemplo de discriminación, y nada menos que en lo que es un derecho fundamental: la educación.</p>
<p>Así, la semana pasada era <a href="http://www.heraldo.es/noticias/aragon/4efdb_llevar_nino_guarderia_mas_caro_que_estudiar_universidad.html">noticia</a> el dato, casualmente en Aragón, de que <strong>los costes de llevar un niño a la guardería son superiores a los costes del adolescente que estudia en la Universidad</strong>. Curioso&#8230;¿ o desastroso?. En fin, como decía,  el libro de la infancia de Sevach de Las Mil y una Noches, a modo de moraleja de algunos de sus relatos &#8221; si ese dato se escribiera en una aguja serviría de lección para los sabios que meditan&#8221;.</p>

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		<title>La dimisión del Rector de la Universidad de Salamanca: un acto ejemplar imperdonable para la jauría humana</title>
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		<pubDate>Fri, 24 Jul 2009 09:15:00 +0000</pubDate>
		<dc:creator>sevach</dc:creator>
				<category><![CDATA[Sobre la Universidad]]></category>

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		<description><![CDATA[La semana pasada el Rector de la Universidad de Salamanca, José Ramón Alonso, presentó su dimisión por “motivos estrictamente personales” pese a que tan sólo ha culminado la mitad del mandato de cuatro años para regidor de una de las Universidades mas prestigiosas y de influencia del mundo. Tras la dimisión, y ante el mutismo [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<fb:like href='http://contencioso.es/2009/07/24/la-dimision-del-rector-de-la-universidad-de-salamanca-un-acto-ejemplar-imperdonable-para-la-jauria-humana/' send='false' layout='standard' show_faces='true' width='450' height='65' action='recommend' colorscheme='light' font='lucida+grande'></fb:like><div class="rw-right"><div class="rw-ui-container rw-class-blog-post rw-urid-23650"></div></div><p><img src="http://www.contencioso.es/files/2009/07/naranja.jpg" alt="naranja" title="naranja" width="129" height="74" class="alignleft size-full wp-image-2366" /><br />
 La semana pasada el Rector de la Universidad de Salamanca, José Ramón Alonso, presentó su dimisión por “motivos estrictamente personales” pese a que tan sólo ha culminado la mitad del mandato de cuatro años para regidor de una de las Universidades mas prestigiosas y de influencia del mundo.  Tras la dimisión, y ante el mutismo del Rector saliente,  las especulaciones han brotado y crecido de forma exponencial.<br />
  Los pasillos de la institución son avisperos con zumbidos insoportables, la red quema con rumores y los periódicos lanzan sondas envenenadas. Basta que un periódico local haya incluido de forma tan críptica como malévola <a href="http://www.tribuna.net/noticia.asp?ref=43815">la sugerencia</a> de la causa de la dimisión en una posible “denuncia”, sin mayores precisiones (¿civil, penal?, ¿privado, público?), para que esta verdad a medias alimente como la gasolina el fuego mediático. </p>
<p>1. Es cierto que es insólito que un político dimita. Mas insólito resulta que un Rector abandone tan cómodo cargo. No olvidemos que <strong>la “dimisión” es un acto personal e insustituible y que no hay fuerza jurídica alguna para provocarla</strong> ( cosa diferente son las mociones de censura, inhabilitaciones o análogas que se deben a causas ajenas a la voluntad del afectado). Por eso, en principio resulta injusta la lapidación “ a ciegas” de una persona que ha tenido la gallardía de dimitir de un cargo público de “alto standing”.</p>
<p>2. Es más, si nos detenemos en las versiones que cobran vida propia de boca en boca, tampoco merece el Rector saliente injustos reproches por su gallardía al renunciar al cargo, una vez descartadas las decisiones ilegales vinculadas a la condición de Rector:</p>
<p>A) La <strong>versión mas verde o malévola </strong>sitúa el origen de la dimisión en posibles conductas reprochables moralmente, vinculadas a escarceos amorosos o sexuales, con ingredientes exóticos de Brasil o vinculaciones con alguna colaboradora de algún centro universitario. Se trata de una conducta que se asienta en puros rumores. Si tal circunstancia determinase la dimisión de un cargo público, nos encontraríamos con hemiciclos, moncloas, plenos y órganos de gobierno vacíos de altos cargos. Quien toma posesión de un cargo público asume la obligación de acatar la Constitución pero no de servir a determinados “usos morales y buenas costumbres”.  Sevach ha conocido en la última década al menos una decena de Rectores de diversas Universidades (  y no digamos Vicerrectores) incursos en infidelidades, notorias e incluso confesas, y ninguno sopesó tal hecho como baldón para la dimisión. Y por ello, si tal conducta, caso de existir, no repercutiese en el cargo, no sería motivo alguno para comportar el apartamiento del cargo.</p>
<p>B)  La <strong>versión más amarilla o jugosa</strong> periodísticamente hablando,  sitúa el origen de la dimisión en una posible denuncia por malos tratos vinculada a una situación personal de divorcio preexistente. En tal caso, si el Rector dimite para evitar el circo mediático que se monta cada vez que un cargo público se ve envuelto en una denuncia por violencia doméstica, justificada o no,  estamos ante una decisión prudente.  Si no ha querido arrastrar a la institución ante la jauría humana, es loable su decisión. En todo caso, se trata de un asunto estrictamente personal, y como tal debe ser tratado. Es más, se trata de una decisión que no ha seguido la máxima de Cela de que “el que resiste gana”, ya que sería fácil jugar con la estadística que soplaría a su favor, pues es notorio que más del noventa y cinco por ciento de las denuncias por violencia doméstica, que se formulan en contexto de divorcio,  con estruendo mediático en su iniciación, desembocan en un silencioso archivo de las actuaciones.</p>
<p>3. En definitiva, que tanto si el Rector saliente ha tomado su decisión para evitar rumores incontrolables, como si se trata de evitar la ominosa “pena de banquillo”, <strong>el  haber tomado la decisión de dimitir resulta un acto personalísimo, sumamente respetable y que en modo alguno justifica las risas de las hienas ni la embestida del rinoceronte.</strong> Tal dimisión merece respeto y silencio. No críticas, vendettas, intoxicaciones, ni lapidaciones.</p>
<p> Y es que, al final, hasta el aleteo de un ruiseñor en la sabana africana ( aquí Sevach recuerda la resonancia de la clásica película “ Matar un ruiseñor”) provoca en el enorme rinoceronte mediático la misma respuesta. Un movimiento de orejas, un aleteo de fosas nasales, un resoplar, un lento caminar que va acelerando mientras el suelo trepida…. Y luego la ciega embestida…porque no olvidemos que según los naturalistas, o los rinocerontes son cortos de vista o el cuerno les impide orientarse correctamente…. Al final, quien paga es el ruiseñor tranquilo por haber piado en la plácida sabana…</p>
<p>P.D. Con posterioridad, el Consejo de Gobierno ha emitido la siguiente NOTA INSTITUCIONAL, de sumo interés que reproducimos literalmente:<br />
Asunto: Nota Institucional emitida por el Consejo de Gobierno. 24 de julio de 2009</p>
<p>En mi calidad de Secretaria del Consejo de Gobierno de la Universidad de Salamanca remito a la Comunidad Universitaria la Nota Institucional emitida por el Consejo de Gobierno celebrado el día 24 de julio de 2009:</p>
<p>&#8220;El Consejo de Gobierno de la Universidad de Salamanca ha estudiado en profundidad la situación creada por la dimisión del Rector D. José Ramón Alonso Peña y, tras un debate presidido por la serenidad y el firme apoyo a la Universidad, ha decidido hacer pública la siguiente nota institucional:</p>
<blockquote><p>
 1º. El Consejo de Gobierno expresa su gratitud al Rector D. José Ramón Alonso.<br />
Su gran capacidad e intensa dedicación ha significado un positivo avance para nuestra Universidad en todos los frentes y, especialmente, en la proyección internacional, la investigación,la implantación del Espacio Europeo de Educación Superior y el ordenamiento económico de la institución.</p>
<p>2º. El Consejo de Gobierno considera que ha sido aclarado de forma nítida que la dimisión del Rector fue debida a “motivos estrictamente personales” sin ninguna otra consideración de tipo académico.<br />
El equipo rectoral apoyó unánimemente la decisión del Rector.</p>
<p>3º. El Consejo de Gobierno ha manifestado explícitamente su apoyo al Rector en funciones y al equipo rectoral para la continuidad de su labor.</p>
<p>4º. El Consejo de Gobierno respalda las decisiones tomadas en relación a la convocatoria de elecciones a Rector en el plazo legalmente establecido y con el calendario que, en cumplimiento de su misión,<br />
establezca la Junta Electoral.</p>
<p>5º. El Consejo de Gobierno apela a toda la comunidad universitaria a que se manifieste con serenidad y pide la colaboración de la opinión pública y de los medios de comunicación para superar esta situación sobrevenida.</p>
<p>6º. El Consejo de Gobierno ha realizado su labor ordinaria aprobando nuevos proyectos y siendo informado por los Vicerrectores y por la Secretaria General de los logros de la Universidad en el último mes.<br />
La normalidad institucional se mantiene intacta.</p>
<p>En la Universidad de Salamanca, a 22  de julio de 2009.</p></blockquote>
<p>P.D. La última noticia viene dada a mediados de Septiembre de 2009 en que el ex-Rector de Salamanca ha sido absuelto de todo posible vestigio de delito de maltrato hacia una joven argentina, coincidiendo con el fiscal en la falta de fundamento de la acusación. Podéis verlo<a href="http://www.salamanca24horas.com/noticias/archivada-la-denuncia-por-maltrato-contra-el-ex-rector-alonso-que-motivo-su-dimision-este-verano-13730.html?PHPSESSID=62869bb96e545fa421ecd26e7709badb"> aquí</a>.</p>

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		<title>Saquemos los estudios de Derecho del proceso de Bolonia: un Manifiesto desesperado</title>
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		<pubDate>Wed, 03 Jun 2009 15:00:57 +0000</pubDate>
		<dc:creator>sevach</dc:creator>
				<category><![CDATA[Sobre la Universidad]]></category>

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		<description><![CDATA[Por la prensa me entero de la gestación y difusión de un Manifiesto avalado por los cerebros jurídicos mas prestigiosos del Estado (entre otros iuspublicistas, Eduardo García de Enterría, Tomás Ramón Fernández y Santiago Muñoz Machado) en que se pone en entredicho el proceso de Bolonia en lo que se refiere exclusivamente a las enseñanzas [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<fb:like href='http://contencioso.es/2009/06/03/saquemos-los-estudios-de-derecho-del-proceso-de-bolonia-un-manifiesto-desesperado/' send='false' layout='standard' show_faces='true' width='450' height='65' action='recommend' colorscheme='light' font='lucida+grande'></fb:like><div class="rw-right"><div class="rw-ui-container rw-class-blog-post rw-urid-20560"></div></div><p><img src="http://www.contencioso.es/files/2009/06/ryan.jpg" alt="ryan" title="ryan" width="103" height="123" class="alignleft size-full wp-image-2057" /></p>
<p>    Por la prensa me entero de la gestación y difusión de un Manifiesto avalado por los cerebros jurídicos mas prestigiosos del Estado (entre otros iuspublicistas, Eduardo García de Enterría, Tomás Ramón Fernández y Santiago Muñoz Machado) en que se pone en entredicho el proceso de Bolonia en lo que se refiere exclusivamente a las enseñanzas universitarias de Derecho.  Se impone una lectura sosegada del Manifiesto y una reflexión de urgencia.</p>
<p>1. Tras obtener el texto literal del espléndido <a href="http://www.lapaginadefinitiva.com/aboix/?p=206">blog de Andrés Boix</a> me sumo a la iniciativa de difundirlo en su integridad y efectuar algún comentario contextual.</p>
<p><strong>Manifiesto de profesores de Derecho<br />
</strong><br />
<em>El proceso de reforma de los planes universitarios conocido como proceso de Bolonia puede suponer para los estudios de derecho en nuestro país un paso atrás, seguramente irreversible, que determinará la degradación de las profesiones jurídicas y el empequeñecimiento de la aportación de los juristas a la organización de la convivencia y la estructuración de la sociedad española del siglo XXI. El daño que tal retroceso ocasionará a la construcción de las instituciones y la articulación de las relaciones entre ciudadanos y poderes públicos no puede ser pasado por alto. Nos sentimos por ello en el deber de hacer una seria advertencia a la comunidad universitaria y a la autoridad educativa, y solicitar con toda firmeza que los estudios jurídicos sean excluidos del proceso de Bolonia y tratados con el rigor que su importancia requiere.</p>
<p>El camino que está tomando en nuestro país el diseño de los planes de estudio para la formación en derecho ignora el papel de los juristas en la compleja sociedad actual, y se dirige a fomentar un perfil inferior de profesional como mero aplicador mecánico de normas vigentes. En definitiva, confunde lamentablemente lo que debe ser un grado en derecho con lo que es un ciclo de estudios profesionalizado para la formación de personal subalterno. Pero igual que los médicos no son asistentes técnicos sanitarios, los juristas no son asistentes técnicos jurídicos. En una realidad jurídica e institucional muy compleja, con ámbitos de regulación y decisión política extremadamente diversificados, y marcos normativos de convivencia heterogéneos, el jurista ha de sustentar su actividad profesional en una sólida formación general y básica, con un sentido profundo de la estructura del orden jurídico y un dominio de las categorías que constituyen la columna vertebral de las distintas instituciones y disciplinas que ha de aplicar. En una sociedad cruzada por innumerables regulaciones, en la que el ciudadano goza además de un alto grado de garantías jurídicas y protección normativa, necesitamos un jurista capaz de mediar entre la ley y los ciudadanos, entre el poder público y la vida social, de forma que esas normas que posibilitan la convivencia humana sean operativas en la realidad social, y los ciudadanos y los organismos públicos puedan ser orientados por profesionales del derecho conscientes de su ineludible misión de gozne entre el poder y los individuos y grupos sociales. Los juristas no deben concebirse a sí mismos como meros aplicadores de pequeñas parcelas del derecho vigente.</p>
<p>Los planes y directrices que en muchas de nuestras universidades están imponiéndose incurren en ese grave error de confundir la profesionalización del jurista con la mera destreza práctica en la aplicación de preceptos. En algunos casos se llega al extremo de incluir en los estudios técnicas auxiliares, como la contabilidad o los formularios de escritos y contratos, que denotan una mentalidad empequeñecida y simplista de lo que es la dimensión profesional del jurista. El riesgo que corremos es evidente: la creación de un jurista menor, liviano y acrítico, con tendencia al pragmatismo de vía estrecha y a la docilidad, incapaz de elevarse por encima de las pequeñas y eventuales regulaciones del día para proyectar una verdadera mirada profesional al mundo del derecho. Casi todo el derecho que vaya aprendiendo de esa forma estará derogado antes de que acabe sus estudios de grado. El jurista profesional no es un mecánico que trabaja sectorialmente en el taller del derecho. Estamos hablando de jueces, técnicas de la Administración civil, letrados, asesoras de agencias económicas, abogados, es decir, estamos hablando de juristas completos y profesionales, de hombres y mujeres capaces de responder al profundo desafío jurídico que plantea ante nosotros la sociedad futura.</p>
<p>Un jurista versátil, conocedor de la historia de las instituciones, poseedor de las herramientas conceptuales básicas de cada disciplina, formado en la sistemática del ordenamiento y que domine las técnicas del raciocinio y la argumentación jurídica, es capaz además de acceder en poco tiempo a cualquier reducto especializado del orden jurídico. Pero esto no configura un programa de “destrezas”, “competencias” o “habilidades” dirigido a formar ningún “espíritu de liderazgo y empresa”, como afirma el desalentador documento de la Conferencia de Decanos de las Facultades de Derecho celebrada en 2007. Se trata de un proceso de formación y estudio pausado y dirigido, incompatible con la mala retórica pedagógica que preside todo el proceso de Bolonia. Los planes de estudio de Derecho actualmente en vigor son fruto de una reforma que supuso un paso atrás. Se procedió simplemente a comprimir el plan de 1953 en un ciclo más corto que adoptara la fórmula, que entonces se presentó como mágica, de cuatrimestres, optativas y “créditos”, pero se continuó enseñando lo mismo y con los mismos métodos anticuados y pasivos. Todos tuvimos la oportunidad entonces de modificar nuestros procedimientos de enseñanza y abrirnos a pedagogías más acordes con los tiempos. Muy pocos lo hicieron. El resultado fue la bajada del primer escalón hacia la degradación de los estudios. Con la imposición del proyecto de Bolonia, fruto de un insensato voluntarismo apriorístico en favor de cualquier directriz que se adopte en Europa, se va a continuar esa degradación. Ahora adopta la forma de una apuesta mediocre por los conocimientos supuestamente prácticos y útiles del derecho con la vista puesta en un grado destinado a servir de carta de presentación en los primeros niveles del mercado de trabajo. Después todo se fía a los “masters”. Pero ¿qué clase de trabajo puede aspirar a desarrollar una suerte de auxiliar jurídico? ¿Y qué “master” serio puede imaginarse a partir de un grado como ese?</p>
<p>Las primeras experiencias del proceso de Bolonia aplicado al derecho han sido en algunos países tan desastrosas que han determinado su abandono. El más admirado entre nosotros desde el punto de vista de estos estudios, Alemania, simplemente ha declinado la invitación europea a unirse a la aventura. En las pocas Facultades españolas que ya se están impartiendo se ha conseguido que funcionen sin ruidos simplemente porque los estudios según el plan ¡son más fáciles que los anteriores! De hecho se trata de continuar en la infantilización del estudiante universitario mediante simples manuales, “deberes” semanales sencillos, y controles periódicos de examen, como en la enseñanza secundaria. Todo ello ha de llevarnos al convencimiento de que el proceso de Bolonia tal y como está siendo proyectado sobre los estudios de Derecho, supondrá con toda probabilidad una degradación de la formación del jurista y un perjuicio social irreparable para el futuro de la construcción de la sociedad española tanto por lo que atañe a su articulación interna como por lo que respecta a sus relaciones internacionales y globales. Sencillamente no tendremos juristas aptos para afrontar ese futuro. Por ello solicitamos con toda convicción que se excluya a los estudios de Derecho de semejante proceso, y convocamos a nuestros compañeros de todos los claustros de esas Facultades a una reflexión seria sobre el destino de la formación del jurista en el siglo XXI.<br />
</em></p>
<p>2.    A juicio de Sevach, como diría Hamlet, tal Manifiesto revela que “algo huele mal en Dinamarca” o mas bien en Bolonia.  El Plan de Bolonia tiene una aspiración legítima: homogeneizar enseñanzas para facilitar la circulación de titulaciones y de alumnos. El camino está trazado por el <a href="http://www.unav.es/derecho/noticias/2008/imagenes/real-decreto-1393-2007.pdf">R.D.1393/2007</a>, de 29 de Octubre.</p>
<p>Sin embargo, lo que es rechazable,  son los vicios o aspectos cuestionables que Sevach aprecia en la vertiente sobre Derecho del Plan de Bolonia, en los siguientes términos:</p>
<p>a)	Igualar a la baja los distintos planes de estudios de la Unión Europea, al menos en lo que se refiere a Derecho, en una suerte de transacción <strong>buscando un mínimo común denominador supone podar frutos del árbol de la ciencia jurídica</strong>, a costa de compartir unas imaginarias raíces.</p>
<p>b)	Limitar a cuatro años el Grado y luego <strong>depositar la confianza de los saberes prácticos  a un futuro Master, para conseguir un “jurista de pies a cabeza” supone quedarse más en los “pies” que en la “cabeza”</strong>. Un jurista no nace, sino que se hace, y requiere una formación horizontal  y profunda, con visión global, y no fragmentada. Unos estudios de Derecho  culminados pasito a pasito, a golpe de examen con breve periodicidad temporal y sobre una tutoría tan pueril como irreal, es como creer que jugando al Monopoly se forjan Arquitectos.</p>
<p>c)	La previsión de <strong>adaptación de las enseñanzas de Derecho a Bolonia recuerda los menús del MacDonalds</strong>. En primer lugar, se reduce la duración de los cinco años tradicionales a cuatro años (interesa atender cuantos mas clientes lo más rápido posible, mejor). En segundo lugar, el primer año se convierte en un “aperitivo” de nociones básicas de las Ciencias Sociales ( o sea, patatitas fritas que dan sensación de hartura pero no alimentan), luego el atragantón de los tres años siguientes ( pan redondito, mucha cebollita, y tomatito, y por supuesto sin utilizar cubiertos) y si alguien queda con hambre o quiere algo auténticamente nutritivo, ya sabe que cuando abandone el Grado (  o el local) le espera en el exterior un futuro Master ( y aquí puede escoger el restaurante que le plazca, pero eso sí, según la carta y el cocinero, con distinto presupuesto).  Al final, la sensación de quien come de esta manera (o alimenta el cerebro jurídicamente), es de estafa porque será después, con la madurez y la experiencia vital, la que le demostrará lo que auténticamente es sano y nutritivo.</p>
<p>d)	Dejar la definición de los Grados<strong> en manos de las pomposas Conferencias de Decanos de las Facultades de Derecho</strong> ( europea o española), supone sencillamente dejar la estrategia de la Armada Invencible en manos de los guardiamarinas, deseosos de hacer méritos y obtener la complacencia de los poderes políticos y de sus electores.</p>
<p>e)	En todo caso, <strong>si se trata de hacer experimentos, mejor quedarse en la misma situación que Alemania</strong>, que en materia jurídica ha sido el espejo en que las Facultades de Derecho han querido mirarse las últimas décadas. Si Alemania no va a llevar a cabo la adaptación de su régimen de enseñanzas jurídicas a Bolonia es para no retroceder en sus conquistas. Europea es caminar hacia delante y no caminar sobre puentes tendidos en el vacío.</p>
<p>f)	 No es de extrañar que ante una reforma de los Estudios de Derecho se despierten quejas por los veteranos. La experiencia revela que <strong>cada reforma de los estudios de Derecho sólo ha servido para crear más plazas docentes y alumnos peor formados. </strong>Sevach no estudió Derecho en los años setenta en el mejor de los mundos posibles pero ha tenido oportunidad de impartir docencia universitaria jurídica actualmente y la gran paradoja es que, cuantos mas medios hay disponibles (profesores, aulas, tecnologías,etc), el resultado es más desolador: el diseño de asignaturas es kafkiano ( ensambladas unas con otras como un puzzle defectuoso), los exámenes presentan un formato dantesco  (solapados, heterogéneos para la misma asignatura, tipo test o lo más habitual, la mera asistencia comporta el aprobado,etc) , el profesorado desencantado ( ocupado en labores burocráticas y procedimientos electorales sin fin),  el alumnado pasota ( incapaz de vencer  una galvana estudiantil propia de mosca tsé-tsé),  y todo ello en una atmósfera de indolencia institucional (las convocatorias de examen son de hecho, infinitas; las bibliotecas repletas de libros y revistas que los alumnos no se asoman a consultar; la visión práctica brilla por su ausencia,etc).</p>
<p>3.  El resultado final está en los foros judiciales, en los pleitos donde los <strong>abogados novicios</strong> adolecen de “tartamudeo mental”, donde han perdido de vista la conexión entre Derecho Procesal, Civil y Administrativo, donde creen que si han tecleado en la Base de Datos y no han hallado la respuesta el pleito está perdido. Es verdad que la vida forense posterior hace madurar pero mas triste es mirar por el retrovisor de la vida y contemplar una Facultad de Derecho que no cumplió en el pasado su función por estar en fases de experimentación.<br />
    También se nota el déficit formativo de las enseñanzas universitarias en las <strong>oposiciones</strong>, donde los licenciados en Derecho se ven obligados a afrontar lo que no hicieron en la Licenciatura de Derecho. Y ahora la receta de las “enseñanzas a la Boloñesa” es reducir duración, introducir conocimientos etéreos y aplicar un sistema pedagógico de guardería. Mal se concilia eso con la dignidad y utilidad que merece la Ciencia Jurídica. Diríase que la futura metamorfosis mas que el cambio del gusano en mariposa será a la inversa.</p>
<p> En fin, cree Sevach que los estudios de Derecho no están maduros para digerir el sistema de Bolonia. Ni lo están sus autoridades académicas, ni lo están los profesores, ni los alumnos.  No se sube a un tren porque pasa: se sube porque el destino interesa y las condiciones del viaje son aceptables. Los errores en los Planes de Estudio de Derecho se pagan, pero al igual que los cometidos en la selva virgen, son errores irreparables para la actual generación y las posteriores.</p>
<p> Bienvenido sea ese valiente Manifiesto y ojalá sirva para aglutinar un estado de opinión para evitar que se perpetre el crimen.<br />
 Finalmente, recordaré que sobre Bolonia y las enseñanzas de Derecho ya escribió el Catedrático de Derecho Administrativo Sosa Wagner un <a href="http://reggio.wordpress.com/2008/12/16/bolonia-y-los-estudios-de-derecho-de-francisco-sosa-wagner-en-el-mundo/">delicioso articulo</a> en el Diario el Mundo, a fines del año pasado.</p>
<p>P.D. Para adherirse con la firma, y ver el listado de suscribientes, puede acudirse <a href="http://sites.google.com/site/saquemosderechodebolonia/">aquí</a>.</p>

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		<title>El Estatuto del Estudiante Universitario: ¿Godot decepcionante o rompecabezas desternillante?</title>
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		<pubDate>Tue, 24 Feb 2009 06:45:47 +0000</pubDate>
		<dc:creator>sevach</dc:creator>
				<category><![CDATA[Sobre la Universidad]]></category>

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			<content:encoded><![CDATA[<fb:like href='http://contencioso.es/2009/02/24/el-estatuto-del-estudiante-universitario-%c2%bf-godot-decepcionante-o-rompecabezas-desternillante/' send='false' layout='standard' show_faces='true' width='450' height='65' action='recommend' colorscheme='light' font='lucida+grande'></fb:like><div class="rw-right"><div class="rw-ui-container rw-class-blog-post rw-urid-15100"></div></div><p><img src="http://www.contencioso.es/files/2009/02/trabalenguas.jpg" alt="trabalenguas" title="trabalenguas" width="114" height="116" class="alignleft size-full wp-image-1510" />De acuerdo con el mandato de la Ley 4/2007, de 13 de Abril de Universidades (mas conocida como LORU) el Gobierno disponía de un año para aprobar el Estatuto del estudiante. A finales de Enero de 2009 el Ministerio de Ciencia e Innovación salió del letargo e hizo público el Borrador del citado Estatuto. Pues bien, aunque se dice que las prisas son malas consejeras en este caso la lentitud ha sido nefasta a la vista del resultado.</p>
<p><span id="more-1509"></span>1. Aunque hemos de admitir que la cuestión estudiantil es materia quebradiza, lo que no puede escudarse en coartada alguna es la penosa técnica normativa y expresiva utilizada por este autocalificado de «<a href="http://www.um.es/actualidad/documentos/Estatuto_estudiante.pdf" target="_blank">borrador de reglamento</a>» que haciendo honor a su nombre merecería ser «borrado» y nunca alcanzar en tales condiciones un Boletín Oficial.</p>
<p>2. Veamos algunos aspectos llamativos en el pórtico mismo del Reglamento:</p>
<p>a) El art.2.2. Tras sentar la igualdad de todos los estudiantes dice que <em>«Dicha igualdad se ejercerá siempre bajo el principio general de la corresponsabilidad universitaria, que se define como la reciprocidad en el ejercicio de los derechos y libertades y el respeto de las personas y de la institución universitaria como bien común de todos cuantos la integran»</em>.</p>
<p>El sentido de esta frase tan vacía resulta inaccesible a los mortales ya que hubiera sido mejor que el legislador no lo definiese y quedaría clara la idea intuitiva de la corresponsabilidad (algo así como si todos los miembros de la comunidad de vecinos tienen los mismos derechos pero son corresponsables en el sentido de tener que apechugar cada uno con sus obligaciones). Sin embargo, se ve que el abuso de la palabra “corresponsabilidad” por el reglamento (al menos en once ocasiones) le ha llevado a esforzarse por aclarar las cosas y la diarrea expresiva le ha llevado a todo lo contrario.</p>
<p>b) El art.6 también esconde su perla: <em>&#8220;Las Universidades incorporarán a sus objetivos formativos su formación personal y en valores”</em>. La redacción es digna de un trabalenguas y sin duda su autor no había leído nada de las polémicas sobre la educación para la ciudadanía (¿valores constitucionales, valores legales, valores reglamentarios o valores de cada Universidad o valores sentidos por cada estudiante?).</p>
<p>3. En este punto Sevach, pasa su vista de pájaro sobre el resto del Borrador, de atragantón en atragantón, pensando que si se aventurase a glosar brevemente cada precepto, mas que un blog esto sería la Wikipedia del disparate jurídico-universitario.</p>
<p>De entrada hay que sugerir que dicho reglamento vaya acompañado de una guía explicativa (y que se reparta como «borrador» para enriquecer el debate), pues los ojos del lector se detendrán ante expresiones que dejan sumido en la perplejidad. Veamos algunas expresiones que, no lo duden, son las que literalmente emplea el borrador de reglamento (y que nos lleva a pensar que Chiquito de la Calzada ha sido fichado como amanuense del texto): la <em>«validación»</em> de experiencia laboral (ya saben, todos en fila y pasen bajo el arco de metal depositando sus certificaciones); la <em>«portabilidad»</em> de las becas (¡Como los móviles,tú!); las <em>«Agencias de Aseguramiento de la Calidad universitaria»</em> (¿pasa algo si se suprime el “aseguramiento”?, ¿no será mejor Línea Directa?); el derecho a la <em>«orientación, información y asesoramiento»</em> (tres eran tres las hijas de Elena, y ninguna era buena&#8230; ¡toma redundancia!), y además se matiza que tal «orientación» versará en especial sobre la «orientación psicológica y sexológica» (orientación al cuadrado, pues); la<em> «metodología docente activa y corresponsable»</em> (claro, no vaya a optarse por una metodología pasiva- estilo Ghandi, e irresponsable); el <em>«respeto proactivo a las personas y a la institución»</em> (se rechaza el respeto retro-activo); el <em>«Código de conducta de los empleadores de Investigadores científicos»</em> (¡Eso, que los empresarios no exploten a los investigadores&#8230; pero sólo a los investigadores “científicos” ya que los investigadores “tecnológicos” se las apañan por sí solos); el <em>«garantizar la unicidad de los Programas en las asignaturas»</em> (seguramente no servía la palabra “coherencia”, “unidad” o “homogeneidad” porque no eran suficientemente engoladas); atención con <em>«el cronograma de los procedimientos de evaluación»</em> (se olvidan de la importancia de las circunstancias “cronotópicas y holográficas antropológicas”); <em>«facilitar su empleabilidad futura»</em> (¿qué tiene de malo decir “empleo” mas allá de ser la palabra que figura en el Diccionario de la Real Academia?); <em>«la Universidad como proyecto colectivo»</em> (¿ecos de la vieja unidad de destino en lo universal?); <em>«los estudiantes deben contribuir con proactividad»</em> (claro, no basta la actividad; como se dice en la Sala/fuga de J.B: “no es lo mismo singularizar la actividad que activar la singularidad”, reflexionen ); <em>« mejor comprensión de los problemas que amenazan la consecución de un desarrollo humano y sostenible a escala local y universal»</em> (por favor, léase oyendo la música de la Guerra de las Galaxias).</p>
<p>4. Según el borrador, el estudiante tiene derecho a <em>« una atención y un diseño de las actividades académicas que faciliten compaginar los estudios con la actividad laboral»</em>, y por si no quedará ninguna duda este derecho en particular para los estudiantes de grado o Máster comprende el de <em>«elegir grupo de docencia de forma efectiva, de forma que se pueda conciliar la formación con otras actividades profesionales, extra-académicas o familiares»</em> (bien hecho, si un alumno trabaja de noche en un pub, o de día se dedica a la entomología, o tiene pensado recoger la pera en Lérida, o su novia debe verle a intervalos de dos horas, pues que toda la enseñanza se le organice a la carta&#8230; ¡Ah!, ¿cómo?, ¿ que lo de la corresponsabilidad lo impide?&#8230; ¡Vaya pena!).</p>
<p>No se crean, los estudiantes también tienen obligaciones: <em>« Deben asumir el compromiso de tener una presencia activa y corresponsable en la Universidad, deben conocer su Universidad, respetar sus Estatutos y demás normas de funcionamiento»</em>. ¡Eso, ya está bien de aprobar sin conocer el nombre del profesor, el lugar de las aulas ni la asignatura y sin comprar el caro libro que recomienda! Y de acuerdo con el principio de “reciprocidad de la corresponsabilidad” el profesorado también asumirá el compromiso de la presencia activa y corresponsable y de conocer la Universidad (¡hala, todos a examinarse de lugares y teléfonos, como los taxistas y guías turísticos para que les den el permiso!).</p>
<p>Ah, los representantes estudiantiles también tienen del deber de <em>«Guardar secreto de las deliberaciones de los órganos colegiados en que sea representante»</em>. ¡Claro, no vaya a ser que le cuente a sus representados lo que allí sucede!. Por eso, aquél mandato resulta coherente con la obligación del artículo siguiente de «informar a sus representados de las actividades y resoluciones de los órganos colegiados». Eso sin olvidar que este secreto no afecta a los miembros de esos mismos órganos colegiados que no tengan la condición de estudiante ¡ Muy bien: dos personas en el mismo órgano, uno discreto y otro chismoso!.</p>
<p>Otras veces el reglamento afina el lapicero pero no la memoria, como en el caso de que sus actividades deportivas podrán orientarse<em> «hacia aquéllas organizadas en competiciones internas, autonómicas, nacionales o internacionales»</em>(¡ Vaya, que no puedan los estudiantes participar en competiciones interplanetarias lo entiendo porque las dietas cuestan mucho, pero que no puedan participar en las “competiciones locales” es difícil de asumir!.). También es oportuna la aclaración de que la actividad deportiva ha de ajustarse al <em>«espíritu de sana competición y juego limpio»</em> pero por si no queda claro se insiste en el debido «respeto del reglamento o normas del juego y de quienes las apliquen» (¡ No sabía que los universitarios fueran tan fulleros”).</p>
<p>Y todo ello, guarda armonía con esa declaración deque la Universidad proyectará valores<em> «contemplando con ojos críticos su propia historia»</em> (¡ojito con el autobombo, y que la Universidad de Salamanca pida perdón por lo que le hizo a Fray Luis&#8230;!).</p>
<p>Pero ya cuando rompo a reírme sobre el teclado es cuando leo que <em>« Los estudiantes son agentes con sentido de justicia, conocedores de la legalidad y prestos a dirimir racionalmente, con objetividad e imparcialidad, las diferencia con los otros implicados»</em> (¡la Universidad a un paso de la santidad!).</p>
<p>5. En fin, lo expuesto sin entrar a las razones que llevan al autor del borrador (o autores porque la “corresponsabilidad” está clara: sólo muchos cocineros explican que se haya arruinado el pastel), a utilizar la palabra «estudiante» en vez de la clásica de «alumno», o porque razón en algunos sitios se utiliza la expresión políticamente correcta «el o la estudiante» y en otros se da por entendido.</p>
<p> En fin, confiemos en que tras las alegaciones de todos los afectados, cualquier parecido entre el texto final y el borrador sea pura coincidencia.</p>
<p> Recuerda Sevach que hay infinidad de películas que figuran bajo la dirección de un tal <a href="http://www.quintadimension.com/article112.html" target="_blank">Allan Smithee</a>, que es el seudónimo utilizado por los directores de cine célebres cuando no reconocen el producto como propio. Pues bien, este borrador es digno de ser rubricado por im Allan Smithee jurídico.</p>

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		<title>El Tribunal Superior de Justicia de Valencia impone al profesorado universitario la obligación de fichar para control horario</title>
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		<pubDate>Tue, 10 Feb 2009 06:50:34 +0000</pubDate>
		<dc:creator>sevach</dc:creator>
				<category><![CDATA[Sobre la Universidad]]></category>

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		<description><![CDATA[El Tribunal Superior de Justicia de Valencia ha confirmado una sentencia del Juzgado Contencioso-Administrativo por la que se condena a la Universidad de Valencia a la aplicación del control horario al profesorado universitario. Parece ser que el sindicato recurrente planteó la cuestión de la discriminación en el sistema de control, que para el personal de [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<fb:like href='http://contencioso.es/2009/02/10/el-tribunal-superior-de-justicia-de-valencia-que-impone-al-profesorado-universitario-la-obligacion-de-fichar-para-control-horario/' send='false' layout='standard' show_faces='true' width='450' height='65' action='recommend' colorscheme='light' font='lucida+grande'></fb:like><div class="rw-right"><div class="rw-ui-container rw-class-blog-post rw-urid-14560"></div></div><p><img src="http://www.contencioso.es/files/2009/02/keaton.jpg" alt="keaton" title="keaton" width="135" height="100" class="alignleft size-full wp-image-1456" /> El Tribunal Superior de Justicia de Valencia ha confirmado una sentencia del Juzgado Contencioso-Administrativo por la que se condena a la Universidad de Valencia a la aplicación del control horario al profesorado universitario. Parece ser que el sindicato recurrente planteó la cuestión de la discriminación en el sistema de control, que para el personal de administración y servicios requería firmas o fichajes y  en cambio para el profesorado universitario era inexistente.  Ahora el control deberá ser mas democrático: o todos o ninguno.</p>
<p>1. Sevach quiere ir mas allá de los consabidos tópicos sobre cuestión tan delicada, que requiere la prudencia de un desactivador de explosivos, y es que la <a href="http://www.elpais.com/articulo/Comunidad/Valenciana/busca/sistema/hacer/fichar/profesor/elpepiespval/20090206elpval_20/Tes">noticia</a> de la sentencia no debe analizarse bajo un cómodo reduccionismo sino que merece reflexión bajo diversas perspectivas:</p>
<p>- <strong>Una vertiente constitucional</strong>. El principio de igualdad desarrolla su vigor respecto de todos los trabajadores, con bata y sin bata, con cátedra y sin ella. Si tan trabajador es el ordenanza de la Universidad como el Catedrático y los dos reciben su nómina por una prestación temporal, justo es que a ambos sean controlados.  Podrá decirse que el principio de igualdad significa aplicar el mismo criterio a situaciones iguales y  distinto a distintas,  por lo que habrá que tener presente que una cosa es el personal de administración y servicios (PAS) y otra el personal docente e investigador (PDI); ahora bien, este razonamiento tropieza con que ese trato desigual a categorías desiguales ha de ser razonable y no fruto de la inercia histórica,  la comodidad o el capricho.  Además el principio de igualdad incide en otro derecho fundamental, el de la huelga, ya que si alguien no ficha y no se le  controla, difícilmente se sabrá quién hace huelga y a quién descontarle.</p>
<p>-<strong> Una vertiente psicológica</strong>. En el fondo, la comunidad académica se resiste al control de la asistencia de igual modo que se resiste el colectivo de jueces al fichaje. Son muchas décadas cabalgando sin bridas y el caballo viejo mal se doma. A ello se suma, la sabia afirmación de Torres Villarroel de que  <em>“bajo la capa de la dignidad se oculta mucha soberbia”</em>.</p>
<p>-<strong> Una vertiente sociológica</strong>. Hay que admitir que el profesorado universitario tiene un estatuto muy singular ya que su tiempo de trabajo es discontinuo y fuera de jornada, pues tiene que corregir exámenes o investigar o impartir conferencias, y ello determina indudablemente gran dificultad para someterse a la rigidez de una firma.<br />
    Y es cierto que hay muchos investigadores a tiempo “supracompleto” (día, tarde, noche de días tanto laborales como festivos) y docentes que dedican a preparar en su casa o despacho las clases mas horas de las que dedican en las aulas. Innegable, y gracias a ellos la Universidad pública goza de la buena reputación que le adorna. Ahora bien, no todos son tan vocacionales “de hecho” a la docencia y a la investigación, y si hubiese una máquina de la verdad Sevach apostaría a que habría grandes sorpresas y las pomposas Memorias Universitarias se pondrían coloradas. Como decía Miguel de Unamuno en su discurso de ingreso en la Real Academia de Jurisprudencia en 1917: <em>“ Hay profesores universitarios que tras dar la clase, dicen: ¡hala, ya es domingo todo el día!”</em>.</p>
<p>-<strong>Una vertiente estatutaria</strong>. Al amparo del reciente Estatuto Básico de los Empleados Públicos, los profesores universitarios han comenzado a reivindicar la percepción del complemento retributivo vinculado a la “carrera profesional”. Pues bien, si se reclama un complemento de rendimiento éste habrá de ir conectado como mínimo y  de forma inexorable al control de la efectiva presencia en la Universidad. Malamente se entiende valorar un rendimiento sin comprobar la dedicación.</p>
<p>       Aquí no puede olvidarse que el profesorado universitario a tiempo completo en su inmensa mayoría “cree” que con sus horas lectivas y de tutorías ya despachó sus obligaciones, y que el resto de su labor Departamental, de estudio o investigación lo hace “gratis et amore”. Pues no, desde el punto de vista jurídico, todos los funcionarios de cuerpos docentes están obligados a idéntica jornada que los funcionarios de la Administración del Estado ( o de la Comunidad Autónoma si la legislación específica de universidades lo dispone) y dentro de ese horario hay una dedicación obligada a docencia y tutorías, que no excede de la docena de horas semanales. Cuesta creerlo pero mas cuesta aplicarlo. Parece que si los hechos no se ajustan a la norma en las Universidades aquéllos priman sobre ésta, en vez de modificar ésta para ajustarse a la realidad de los hechos.</p>
<p>     El problema adquirirá tintes curiosos con la implantación del calendario derivado de Bolonia que determinará una alteración de los hábitos y cultura universitaria, momento en que el profesorado por su condición estatutaria debería adaptarse a las exigencias horarias y temporales derivadas del mismo, y sin embargo, todo parece indicar que el colectivo buscará alguna compensación negociada para que no sea “gratis” tal adaptación.</p>
<p>2.   En fin, que esa sentencia como cualquier otra que se dicte en esa dirección muy posiblemente será hábilmente desactivada por un doble camino. En primer lugar, porque los órganos de gobierno universitario en uso de su autonomía y potestad de autoorganización pueden establecer el sistema de control que les venga en gana  y dispensar de facto a todo el profesorado. En segundo lugar, porque esos órganos de gobierno cuentan con mayoría de personal académico que es quien rige los destinos de la Universidad.</p>
<p>3.  Por eso, nada cambia y quizá sea deseable que nada cambie al respecto, porque en el fondo Sevach piensa que <strong>si se implantan controles de horario al profesorado universitario resultará que el caradura fichará pero no dará palo al agua, y en cambio paradójicamente el investigador despistado y el docente vocacional posiblemente se olvidarán de fichar y se verán envueltos en papeleo burocrático</strong> para justificar sus desajustes horarios.</p>
<p>   Así y todo, tampoco habría mayor problema si se implanta ese control de fichaje, ya que la potestad disciplinaria aplicada al profesorado por incumplimiento de jornada derivada de no fichar (pese a contar con tipificación legal y reglamentaria) constituye una pieza de diseño jurídico tan insólita como el censo enfitéutico en Melilla.</p>

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		<title>La sombra de Bolonia acecha a los calendarios académicos universitarios</title>
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		<pubDate>Wed, 21 Jan 2009 08:00:51 +0000</pubDate>
		<dc:creator>sevach</dc:creator>
				<category><![CDATA[Sobre la Universidad]]></category>

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		<description><![CDATA[En estas fechas se baraja por los Rectores el cambio del calendario académico universitario. Tradicionalmente el curso académico o período lectivo se iniciaba allá por el 6 de Octubre y finalizaba el 31 de Mayo, contando con las convocatorias de Junio, Septiembre y Febrero. Ahora se plantea asimilar el calendario académico al laboral e iniciar [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<fb:like href='http://contencioso.es/2009/01/21/la-sombra-de-bolonia-acecha-a-los-calendarios-academicos-universitarios/' send='false' layout='standard' show_faces='true' width='450' height='65' action='recommend' colorscheme='light' font='lucida+grande'></fb:like><div class="rw-right"><div class="rw-ui-container rw-class-blog-post rw-urid-13150"></div></div><p><img src="http://www.contencioso.es/files/2009/01/espaguettis.jpg" alt="espaguettis" title="espaguettis" width="124" height="93" class="alignleft size-full wp-image-1315" /></p>
<p>         En estas fechas se baraja por los Rectores el cambio del calendario académico universitario. Tradicionalmente el curso académico o período lectivo se iniciaba allá por el 6 de Octubre y finalizaba el 31 de Mayo, contando con las convocatorias de Junio, Septiembre y Febrero. Ahora se plantea asimilar el calendario académico al laboral e iniciar el curso a primeros de Septiembre y con dos únicas convocatorias de examen antes de Junio.</p>
<p>                Sin embargo, tal <a href="http://www.mastermania.com/noticias_masters/bolonia_acabara_con_los_examenes_de_septiembre-org-1017.html">cambio</a> no será pacífico ni gratuito. Algunas Universidades han dado un paso adelante y han avanzado positivamente en esa dirección. Otras son remolonas y no quieren oir hablar ni del Calendario Zaragozano.  Las Comunidades Autónomas siguen la politica del avestruz y el Estado parece un casco azul de la ONU en una guerra ajena. Veamos el panorama.</p>
<p>1.   El posible cambio viene inspirado por la acomodación al <a href="http://www.consumer.es/web/es/educacion/universidad/2007/11/01/171303.php">proceso de Bolonia</a> (Espacio Europeo de Educación Superior) en el sentido de acompasar la duración de las enseñanzas. Es lógico que si se pretende equiparar un resultado académico o titulaciones, habrá que equiparar la duración del calendario “laboral” universitario dentro de Europa. Además responde al imperativo lógico de optimizar recursos humanos, tanto del profesorado como de los alumnos, incompatible con esos amplios “períodos de reflexión” vacacional y post-vacacional.</p>
<p>    Y por ende, la homogeneidad de duración de los estudios universitarios y la coincidencia de períodos lectivos y no lectivos con sus equivalentes de las Universidades europeas facilitará la movilidad estudiantil y compensación de módulos recíprocos. Además si no se acompasa el paso del curso académico en las mismas Universidades españolas las dificultades de movilidad dentro de España serán notables.</p>
<p>2. Ahora bien, los efectos de tal medida son variados.</p>
<p>    En primer lugar, se impone un <strong>cambio de cultura en el alumno</strong>. Tradicionalmente el alumno universitario ha vivido instalado en un sistema que le permitía disponer de un cómodo sistema de exámenes. Básicamente el alumno aplicado se esforzaba en Junio y tenía asegurada la holganza veraniega (afición o formación voluntaria, según los casos)  durante tres meses completos. Y el alumno haragán sabía que podía administrar el esfuerzo en tres etapas ( Junio, Septiembre y Febrero). Las liebres aprobaban en Junio y las tortugas en otras convocatorias. Los topos hacían agujeros según les cuadrase. Ahora el sistema premiará la uniformidad y la evaluación continua. Se recuperara el espíritu bíblico del Eclesiastés (3.1-8): <em>“Hay un tiempo para todo y un tiempo para cada cosa bajo el sol: Un tiempo par hacer y un tiempo para morir, un tiempo para plantar y un tiempo para arrancar lo plantado”.</em></p>
<p>     En segundo lugar, se impone un <strong>cambio de cultura del profesorado universitario</strong>. Aunque es cierto que para los investigadores vocacionales no hay horario ni calendario, para el  restante profesorado será difícil el tránsito de un calmoso mes de Septiembre a la espesa rutina del inicio del curso académico.</p>
<p>      En tercer lugar, se producirán <strong>efectos reflejos</strong>, por el reto de adaptación a las nuevas coordenadas, tales como los siguientes: las subvenciones autonómicas a la Universidad deberán abonarse con otra dosificación; los contratos administrativos de concesión de cafeterías y  servicios complementarios de los Campus habrá que modificarlos; las ciudades con población sensiblemente universitarias (Santiago, Salamanca, Valladolid, etc)  verán como la hostelería tendrá que adaptarse a unos meses estivales despoblados en términos estudiantiles, las bibliotecas universitarias tendrán que reorganizar horarios y personal, etc.</p>
<p>    Y en cuarto lugar, podrán darse <strong>efectos perversos</strong>. Para la Asamblea General de la CRUE celebrada en el pasado Octubre, el curso quedaría estructurado en dos semestres, cada uno con quince semanas lectivas más tres de exámenes (o una de descanso y dos de exámenes). La adaptación de fechas actuales haría necesario adelantar el inicio del curso académico al principio de la segunda semana de septiembre, con unos primeros exámenes en Navidades, mientras que el final del curso se adelantaría a finales de mayo, con los segundos exámenes, y la convocatoria extraordinaria de septiembre se realizaría entre junio y julio; la actual convocatoria extraordinaria de diciembre desaparecería.</p>
<p>     Este planteamiento para una  Universidad nueva en un Estado nuevo estaría bien, pero en la práctica el alumno desinformado clamará por la supervivencia de los actuales “exámenes de Febrero” que o bien desaparecen o se adelantan hacia otro mes, que lógicamente si así fuera sería anterior a los de Mayo y  Junio. Otro problema será la lucha contra la “costumbre universitaria” (¡costumbre en derecho administrativo! ) de la inmensa mayoría de las Universidades públicas de  conceder de forma tácita, unilateral o pactada, una “vacatio” ( o período sin carga docente) para el estudio, justo antes de cada período de exámenes.  Ello puede comportar el riesgo de convertir el curso académico en una especie de “Guadiana académico”, con periodos lectivos y períodos vacacionales alternando.</p>
<p>3.  Por eso, el problema de adaptación será la humana resistencia al cambio y la inercia de los hábitos. Ni el oso pardo puede dejar de hibernar en invierno ni el oso blanco dejar de hibernar en verano. Y así no será extraño que alguna Universidad enarbole la autonomía universitaria para imponer de hecho el mantenimiento de un calendario académico como el actual o incluso porqué no, alguna Universidad quizás se aventure a diseñar un calendario propio al estilo del <a href="http://es.wikipedia.org/wiki/Calendario_republicano_franc%C3%A9s">calendario revolucionario</a> tras la Revolución francesa.</p>
<p>4. Por eso Sevach considera conveniente recordar dos datos importantísimos.</p>
<p>  En primer lugar, que ya el Tribunal Constitucional en su <a href="http://www.boe.es/aeboe/consultas/bases_datos/doc.php?coleccion=tc&amp;id=SENTENCIA-1991-0235">Sentencia 235/1991</a>, de 12 de Diciembre declaró que el entonces vigente Reglamento estatal sobre Régimen de Profesorado (R.D.898/1985) invadía la competencia de la Comunidad Autónoma para especificar el contenido del calendario académico, excluyendo al Estado de tal competencia y dejándola en manos de Universidades y Comunidades Autónomas, condenadas a entenderse.</p>
<p>    En segundo lugar, y sentado lo anterior, no puede dejarse la fijación del calendario académico al albur del peso político de cada rector en su pulso con la comunidad académica y estudiantil (bajo la sombra de las elecciones universitarias). Por eso, bien estaría que despertasen de su letargo los flamantes órganos creados por la  <a href="http://www.boe.es/boe/dias/2007/04/13/pdfs/A16241-16260.pdf">Ley Orgánica 4/2007</a>, de 12 de abril, que  modificó la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, y particularmente la solemne “Conferencia General de Política Universitaria” llamada legalmente a llevar a cabo la coordinación universitaria de las Comunidades Autónomas, y el “Consejo de Universidades”, responsable de la coordinación de la política general universitaria.</p>
<p>  Lo triste es que contando con tales órganos, dotados de autoridad y competencia para pilotar ( o liderar, como se dice ahora por los tecnócratas) el camino hacia el calendario académico de Bolonia ( y recordando además que las competencias administrativas son “irrenunciables”, como recuerda el art. 12 de la Ley 30/92, de Administraciones Públicas), en cambio quien está ahora mismo llevando todo el peso de la iniciativa es la Conferencia de Rectores (<a href="http://www.crue.org/">CRUE)</a> cuya labor es altamente meritoria pero que lamentablemente es una asociación privada desprovista de funciones y poderes públicos.</p>
<p>5. Por ello sería deseable que a propuesta de la CRUE o por iniciativa propia la cacareada Conferencia General de Política Universitaria se adoptase de forma clara y urgente un criterio único sobre el calendario académico para todas las Universidades públicas, al estilo de las directivas europeas,  con flexibilidad para cada Universidad pero sustancialmente uniforme. Y si hay que cambiar el biorritmo de las “pruebas de selectividad” pues cámbiese, que lo accesorio sigue a lo principal según un viejo y sabio principio jurídico.</p>
<p>    Lo que es absurdo e insostenible (por no decir ridículo) es que se hable de un Sistema Universitario español, y de la Universidad pública española como si fuese una unidad corpórea y cada Universidad tome esta decisión a su antojo, mientras su Comunidad Autónoma toma igualmente el camino que le parece (unas rígidas, otras flexibles). Al final, quien paga esta desarmonía es el estudiante, el profesor y las titulaciones oficiales españolas.</p>
<p>    Si no hay criterio general y legitimado jurídicamente, la inseguridad jurídica entre alumnos y profesores irá creciendo, y el zumbido de la colmena universitaria aumentara. Y ya se sabe que cuando zumba la colmena, poca miel hay que esperar.</p>
<p>     En fin, ya se cuenta con el precedente del llamado <em>Calendario Juliano</em>, en memoria del Ministro de Educación Julio Rodríguez que para el año 1974 acomodó el curso académico al año natural y que fue un estrepitoso fracaso. Esperemos que no sea tan difícil implantar el <em>Calendario “ a la boloñesa”</em>.<br />
P.D.1.: Los conflictos para negociar el nuevo calendario con el personal de administración han comenzado según <a href="http://www.usal.es/ipre/foto.jsp?foto=2009/02/05/67639">noticia</a>.</p>
<p>P.D. Nada mas apropiado ante tanto tostón, que oir esta festiva y deliciosa canción sobre el Calendario: <a href="http://www.youtube.com/watch?v=AeWSSiW_Z3o">aquí</a></p>

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		<title>Las protestas universitarias ante el Plan Bolonia: mas ruido que nueces</title>
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		<pubDate>Wed, 17 Dec 2008 08:30:22 +0000</pubDate>
		<dc:creator>sevach</dc:creator>
				<category><![CDATA[Sobre la Universidad]]></category>

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		<description><![CDATA[Muy sorprendente es el cacao armado ante la reforma de los estudios derivada del llamado Plan Bolonia. Es admisible tanto la posición de defensa como la expuesta por Juan Vázquez, exRector y expresidente de la CRUE, en el Diario La Nueva España de ayer, con el estilo didáctico y elegante que le caracteriza, como la [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<fb:like href='http://contencioso.es/2008/12/17/la-actitud-universitaria-hacia-bolonia-silencio-de-corderos-o-balidos-de-borregos/' send='false' layout='standard' show_faces='true' width='450' height='65' action='recommend' colorscheme='light' font='lucida+grande'></fb:like><div class="rw-right"><div class="rw-ui-container rw-class-blog-post rw-urid-11660"></div></div><p><img src="http://www.contencioso.es/files/2008/12/bolonia.jpg" alt="bolonia" title="bolonia" width="118" height="140" class="alignleft size-full wp-image-1166" /></p>
<p>    Muy sorprendente es el cacao armado ante la reforma de los estudios derivada del llamado Plan Bolonia. Es admisible tanto la <a href="http://www.lne.es/secciones/noticia.jsp?pRef=2008121600_52_707422__Opinion-Miedo-Bolonia">posición de defensa</a> como la expuesta por Juan Vázquez, exRector y expresidente de la CRUE, en el Diario La Nueva España de ayer, con el estilo didáctico y elegante que le caracteriza, como la <a href="http://garciamado.blogspot.com/2008/12/bolonia-y-los-estudios-de-derecho-por.html">posición crítica</a> vertida por Francisco Sosa Wagner, Catedrático de Derecho Administrativo, en el Diario El Mundo y focalizada en los estudios de Derecho, con el estilo agudo y brillante que le es propio. </p>
<p>1. Ahora bien, frente a este legítimo debate de ideas, lo que sorprende a Sevach es la actitud de una muchachada formada por alumnos matriculados ( si son o no estudiantes en sentido literal es otra cosa) los cuales desde las Universidades de mayor dimensión han promovido algaradas de oposición a la reforma que evidencian:</p>
<p>-	Un deseo de identificarse con el Mayo francés de los años 60, pasando por los estudiantes de Tianamenn que sufrieron la represión del gobierno chino en 1989.</p>
<p>-	Una actitud a caballo entre guerrilla de Sierra Madre  y un comando Ultrasur.</p>
<p>-	Unos fundamentos enganchados en mantras que funcionan seductoramente entre visionarios y resentidos de todo pelaje: ¡ Contra la privatización! ¡ Contra el mercado!.</p>
<p>-	Una organización desorganizada como ejemplo práctico de la Teoría del Caos.</p>
<p>2.	Si bien Sevach es partidario de escuchar las voces de los alumnos y de cualquier miembro de la comunidad universitaria ( sin libertad de expresión y crítica, no hay espacio para la verdad), cuando oye esa lapidaria muletilla &#8220;contra la privatización&#8221; no puede menos de sentir lástima piadosa. Y la <a href="http://www.diariodecadiz.es/article/cadiz/303954/una/treintena/alumnos/se/encierra/para/protestar/contra/bolonia.html">soflama</a> de uno de sus líderes no tiene desperdicio:<em> &#8220;&#8221;Entendemos que el Plan Bolonia no es una reforma de la educación a nivel europeo a secas, sino que se enmarca dentro de un plan estratégico para conseguir una Europa neoliberal que ataca al Estado del bienestar</em>&#8220;. Toma ya. Espero que el pequeño Viriato haya tomado aire para respirar. Parodiando a Groucho Marx, un líder de este movimiento contra Bolonia podría afirmar:<em> &#8221; Desde que conocí el Plan Bolonia, no he parado de quejarme; algún día espero leerlo</em>&#8220;. Y es que bien estaría una lectura reposada y constructiva de la Declaración de <a href="http://es.wikipedia.org/wiki/Declaración_de_Bolonia">Bolonia </a>y de lo que significa el Espacio Europeo de Educación Superior.</p>
<p>- ¿ De qué privatización hablan?. Ni la declaración de Bolonia ni la normativa de la Unión Europea hablan para nada de titularidades pública o privada de la educación universitaria.</p>
<p>- ¿ Cómo pueden alzarse en defensores de &#8220;lo público&#8221;,   varios centenares de estudiantes en una Universidad española de varios cientos de miles de alumnos, y cuestionar por cauces hostiles medidas avaladas jurídicamente por la Unión Europea y por todas las instituciones democráticas españolas, universitarias y no universitarias?.</p>
<p>- ¿ Es &#8220;privatizar&#8221; el intento de romper las fronteras de los paises de Europa para que los titulados universitarios puedan formarse, hallar trabajo y reconocimiento en cualquiera de los restantes países sin que le pongan pegas por haberse formado en un sistema localista? No hay medida mas pública que homogeneizar títulos, enseñanzas y salidas profesionales para evitar que un Licenciado en Derecho en Grecia o un Master de Budapest por una Universidad privada que venda los títulos, hinchen el pecho con el mismo orgullo que un Licenciado por Berlín o Edimburgo por una Universidad con control público de calidad. Y es que,  muchas &#8220;medallas&#8221; de idéntica denominación pero conseguidas por distintas vías y distinto mérito contribuyen a devaluar tanto la &#8220;medalla&#8221; o título como a quien lo exhibe.</p>
<p>-¿ Acaso conciben como una amenaza que el mercado imponga sus reglas en cuanto a precios públicos, enseñanzas que se ofertan o procedencia del profesorado? Pues que los &#8220;jóvenes airados&#8221; estén tranquilos que la capacidad de reforma estructural universitaria se agotó en la Ley de Reforma Universitaria de 1983 y en la Ley 6/2001 (LORU) con los retoques de la Ley 4/2007 (LOU).  Los precios públicos académicos seguirán siendo eso: precios fijados por cada Comunidad Autónoma ( o por el Consejo de Ministros en caso de la UNED). Las enseñanzas seguirán reflejando el sistema de gobierno universitario, asentado en Escuelas, grupos de presión, mandarinatos departamentales y decanales, con lo que los planes de estudios serán una foto retocada de lo que hay. Y los profesores seguirán con el modelo funcionarial, que garantiza molicie y apoltronamiento en la minoría académica que no tiene interés en la docencia y la investigación.</p>
<p>3.	Nada de eso sucederá, aunque si fuere así, posiblemente algo cambiaría para bien.</p>
<p>   Si los precios de matrícula fueren mas realistas los alumnos universitarios no seguirían pagando tan solo un 20% del coste real de la enseñanza ( lo que les privilegia respecto de otros usuarios de servicios públicos no universitarios); es sabido que lo que es gratis ( o casi gratis) no motiva ( así se explica el generoso número de asignaturas de que se matricula gran número de alumnos y el elevadísimo nivel de absentismo así como de suspensos).</p>
<p>  Si las enseñanzas se orientasen mas hacia fines de utilidad pública o social, o incluso económica, se evitaría su mantenimiento por cómoda inercia de bolsas de profesores que intentan mantener su feudo intacto, se evitarían enseñanzas costosas en que un nutrido grupo de profesores tienen por reto formar a un ínfimo grupo de alumnos, para facilitar la propia egolatría del docente o el tránsito del alumno hacia un desempleo con título.</p>
<p>  Y finalmente, si los profesores que llevan el peso del gobierno académico (Catedráticos y Titulares) fueren sometidos a criterios competitivos de mercado ( contratación en régimen laboral, sin la perpetuidad funcionarial,  penalización de la falta de rendimiento, reorientación de quienes viven &#8220;de&#8221; la Universidad para que vivan &#8220;para&#8221; la Universidad, etc) posiblemente se evitarían actitudes acomodaticias  y afloraría el fecundo estilo de las Universidades sajonas ( profesores que captan recursos externos así como contratos para la Universidad como condición de mantenimiento de su estatus y profesores que en vez de &#8220;publicar o morir&#8221; hacen su divisa de &#8220;enseñar o irse&#8221;).</p>
<p> 4. Sin embargo, nada de eso se verá afectado por Bolonia. Y si algo va a cambiar para que nada cambie, pues España correrá el riesgo de seguir figurando en el pelotón de la cola del <a href="http://www.webometrics.info/index_es.html">ranking </a>de las Universidades del mundo.<br />
   Ahora eso sí, el tejer y destejer de planes de estudio, el cortar y barajar asignaturas, los experimentos de clases a grupos pequeños (donde el profesor impartirá lo que le da la gana a alumnos sin interés, bajo el tácito acuerdo de no perjudicarse en su respectivo estatus), y sobre todo, la década que nos espera en España de modificar leyes universitarias, Estatutos Universitarios, permitirá <strong>tener entretenida a toda la comunidad universitaria.<br />
</strong><br />
         Por eso, a Sevach le resulta tan llamativo el silencio de la mayor parte de los profesores universitarios que asisten como espectadores al Plan Bolonia como el griterío de una minoría ruidosa de alumnos quejosos por una privatización invisible.</p>

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		<title>La impotencia de la Administración frente a titulaciones universitarias falsas y fraudulentas</title>
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		<pubDate>Thu, 30 Oct 2008 07:00:52 +0000</pubDate>
		<dc:creator>sevach</dc:creator>
				<category><![CDATA[Sobre la Universidad]]></category>
		<category><![CDATA[Alma Mater]]></category>

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		<description><![CDATA[Suele decirse que el mejor abogado es el que no ha estudiado Derecho (quizás por eso el legendario juez Marshall tiene su nombre escrito con letras de oro en la historia del Derecho, ya que no estudió Leyes). Curiosamente, hoy día pululan por oficinas y cargos públicos y privados, infinidad de personas que hinchan el [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<fb:like href='http://contencioso.es/2008/10/30/la-impotencia-de-la-administracion-frente-a-titulaciones-universitarias-falsas-y-fraudulentas/' send='false' layout='standard' show_faces='true' width='450' height='65' action='recommend' colorscheme='light' font='lucida+grande'></fb:like><div class="rw-right"><div class="rw-ui-container rw-class-blog-post rw-urid-9980"></div></div><p><img src="http://www.contencioso.es/files/2008/10/graduado.jpg" alt="" width="200" height="283" class="alignleft size-full wp-image-1004" /> Suele decirse que el mejor abogado es el que no ha estudiado Derecho (quizás por eso el legendario juez Marshall tiene su nombre escrito con letras de oro en la historia del Derecho, ya que no estudió Leyes). Curiosamente, hoy día pululan por oficinas y cargos públicos y  privados, infinidad de personas que hinchan el pecho como poseedores de una titulación universitaria, que como tan flamante como engañosa. Viene al caso por la <a href="http://www.fiscalizacion.es/?p=1792">noticia</a> que brotó la semana pasada sobre un fraude de titulaciones de forma masiva y mediante precio. <span id="more-997"></span></p>
<p>1. El problema de tales situaciones radica, por un lado, en que la exhibición de una hábil representación de un diploma de la Universidad de ToKameroque, con sellos y firmas a tutiplem y alguna que otra críptica expresión solemne, basta para que el interlocutor acepte tan solemne falsificación como prueba de la condición de médico, abogado o arquitecto. Y por otro lado, en que una vez que se ha exhibido por el impostor la primera vez, resulta que en el futuro, nadie volverá a cuestionar su existencia. Si a ello unimos, la osada publicidad de la situación por el afectado (caso de <a href="http://gatopardo.blogia.com/2008/040201-imposturas.php">impostores</a> públicos) ya tenemos el fraude consumado.</p>
<p>2 . No hay estadísticas al respecto, pero desde el año 1983 en que la Ley de Reforma Universitaria reconvirtió el mercado de titulaciones oficiales hasta ahora, se  abrieron numerosas brechas para que desaprensivos pudieran en unos casos, falsificar las titulaciones oficiales, y en otros promover títulos auténticos aunque sin carácter oficial.</p>
<p>       Así , una cosa son los <strong>títulos falsos</strong>, o sea reproducciones literales que con tecnología informática son capaces de crear un clon de título oficial con la sola manipulación del nombre de su titular. Si alguien ha visto la película <a href="http://es.wikipedia.org/wiki/La_gran_evasi%C3%B3n">La Gran Evasión</a> (1963) ya sabe que con pocos medios se puede falsificar un pasaporte o sea que con los avanzados medios tecnológicos actuales resulta difícil distinguir el original y el duplicado. Recuérdese la ironía de que el propio Charlie Chaplin asistió a un concurso de parecidos con Charlot y quedó&#8230;¡el tercero!. En fin, los títulos falsificados acarrean condena penal del autor, pero para eso se requiere que alguien lo sospeche y lo denuncie, hipótesis estadísticamente mínima ( y tan mínima que las condenas penales por este motivo y caso brillan por su ausencia). Es el caso, del que fuere Director General de la Policía, Luis Roldán, quien parece ser que lucía en su despacho un título manipulado de Licenciado en empresariales, sin el menor pudor.</p>
<p>   Otra cosa, son los <strong>títulos fraudulentos</strong>, o sea, aquéllos títulos que no pretenden suplantar títulos oficiales sino que son expedidos por Universidades o centros educativos sin responder a una formación real, o sin que tales centros educativos tengan mas infraestructura que la impresora de los títulos y la página web para publicitar tal servicio.</p>
<p> Así, Sevach conoció flamantes titulados por la Universidad Internacional de Asturias ( con foto togada incluida), Licenciados en Farmacia por la Universidad de Delaware, Ingenieros por la Instituto de Altas Tecnologías de Santa Fe, Doctores por la Universidad de las Niágara, Bachilleres laureados por el Dalai Lama, etc. Y dado que los conocimientos de geografía de los incautos, van a la par con los conocimientos de los sistemas jurídicos, y en particular sobre la validez y eficacia de los títulos, el resultado es un jugoso tráfico de titulaciones ilegal pero fluido, a golpe de spam, anuncios mediáticos o del boca a boca.</p>
<p>3. La situación es vergonzosa. Quien exhibe un título que no responde a una formación real y reglada está engañando a terceros de buena fe. Quien se ampara en una titulación médica, veterinaria o jurídica inexistente (por ejemplo) está generando una situación objetiva  de riesgo al ejercer un oficio para el que carece del soporte formativo mínimo. Quien se escuda en titulaciones por Universidades peregrinas pero con apariencia de solemnidad está despreciando el esfuerzo de los estudiantes que con coste personal y económico han conseguido obtener la titulación.</p>
<p>4. El problema en la lucha contra este tráfico de titulaciones es grave. Aunque en el plano material, está formalmente prohibido que tales titulaciones utilicen la denominación propia de las titulaciones oficiales, resulta difícil perseguir a estos falsificadores de birretes y pergaminos, ya que suelen ampararse en Convenios con Universidades extranjeras de poca monta ( o mas bien, concertados con algún despistado profesor de aquéllas) o en la perversión de la sagrada libertad académica (que permitiría que todo quisque pueda formar a cualesquiera sobre lo divino y lo humano). Por eso hasta ahora, las únicas vías para combatirlo han sido la de la lucha contra el <strong>intrusismo profesional</strong> (que requiere una labor de inspección y prueba) y la de <strong>defensa del consumidor </strong>(por ofrecer productos- títulos, que no responden a las expectativas). Esta última ha sido la vía más práctica seguida por las Comunidades Autónomas ante casos sangrantes, pero tan eficaz como luchar con una plaga de langostas con un matamoscas.</p>
<p>5. Hoy día el tráfico de títulos campa a sus anchas por varias razones:</p>
<p>a.- Porque la difusión de tales actividades tiene lugar por Internet, con sede física remota o indetectable, lo que dificulta la identificación y aprehensión de los desaprensivos.</p>
<p>b.- Porque en España, ninguna de las tres leyes estatales sobre Universidades de la democracia se preocupó por establecer como infracción administrativa sancionable la venta o tráfico de títulos con apariencia oficial o que induzcan ostensiblemente a confusión con titulaciones oficiales, o la exhibición a efectos académicos, profesionales o laborales de los mismos. En consecuencia, son actividades &#8220;alegales&#8221; y como tales campan a sus anchas en el mercado.</p>
<p>c.- Porque las leyes autonómicas han acometido tibiamente el problema, y en todo caso, tienen el problema de su aplicación extraterritorial, cuando se plantea la frecuente situación de venta de titulaciones a distancia o por parte de entidades situadas en otras Comunidades Autónomas o en el extranjero.</p>
<p>6.  Por eso, sería útil, en primer lugar, la aprobación urgente de una Ley que establezca expresas prohibiciones y sanciones para tales casos, pues está en juego la credibilidad del sistema educativo y del mercado, unido a una labor de Inspección y control por muestreo, o frente a la publicidad engañosa.<br />
  Y en segundo lugar, la apertura o accesibilidad al público del Registro Nacional de Titulaciones Universitarias que lleva el Ministerio de Educación, que pese a su detallada <a href="http://www.boe.es/g/es/bases_datos/doc.php?coleccion=iberlex&amp;id=1988/17542">regulación</a> no puede impedir la proliferación de títulos falsos o fraudulentos.  No se entiende que el censo electoral sea público, y cualquiera pueda figurar como titulado superior con su sola palabra (cierto o no), y que en cambio, el Registro de Títulaciones Oficiales se sustrae al acceso de terceros interesados. ¿Acaso no debería de oficio un Hospital, un centro docente, o la Administración en general comprobar o cruzar sus datos de formación titulada de su personal con los del Registro de Titulaciones, por si aflorase alguna sorpresa?. Téngase en cuenta que para obtener ciertas plazas en el ámbito público hay que acreditar la titulación oficial, pero ésta en la práctica suele justificarse con una fotocopia compulsada quien sabe dónde y cómo, y además por previsión reglamentaria, el simple recibo de los derechos del título equivale al mismo. Además si alguien cambia de Administración (concurso de traslado, u oposición) si ya acreditó inicialmente su titulación no tiene que volverla a justificar.</p>
<p>7. En fin, que hace una década se hizo público un estudio clinico catalán que demostraba mediante pruebas de ADEN que dos de cada diez personas no eran hijos de quien figuraba en el Registro Civil como su padre. Ello generó gran perplejidad y la convicción íntima de que afectaría a otras personas (pero no al interesado), pero la Administración no hizo nada en buena lógica porque no debe adentrarse en algo tan íntimo y personal. Sin embargo, cuando es pública una situación generalizada de masiva invasión de titulaciones que son falsas la Administración no puede mirar a otro lado. Está en juego el sistema educativo, la cualificación profesional y la buena fe.   Y es que hemos pasado del Licenciado Vidriera de Cervantes a licenciados&#8230;.de vidrio.</p>

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		<title>Como decíamos ayer&#8230;dijo el profesor universitario tras las vacaciones</title>
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		<pubDate>Tue, 16 Sep 2008 06:30:31 +0000</pubDate>
		<dc:creator>sevach</dc:creator>
				<category><![CDATA[Sobre la Universidad]]></category>
		<category><![CDATA[Alma Mater]]></category>

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		<description><![CDATA[Si Fray Luis de León tras los cuatro años de encierro por la Inquisición regresó a sus aulas y continuó hablando de la perfecta casada, el profesor actual en España bosteza en su retorno a las aulas. Y es que de los profesores universitarios y las vacaciones, cabría decir lo de la parábola de los [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<fb:like href='http://contencioso.es/2008/09/16/como-deciamos-ayerdijo-el-profesor-universitario-tras-las-vacaciones/' send='false' layout='standard' show_faces='true' width='450' height='65' action='recommend' colorscheme='light' font='lucida+grande'></fb:like><div class="rw-right"><div class="rw-ui-container rw-class-blog-post rw-urid-8590"></div></div><p><img src='http://www.contencioso.es/files/2008/09/vacaciones.jpg' alt='Como decíamos ayer...dijo el profesor universitario tras las vacaciones' /></p>
<p>   Si Fray Luis de León tras los cuatro años de encierro por la Inquisición regresó a sus aulas y continuó hablando de la perfecta casada, el profesor actual en España bosteza en su retorno a las aulas. Y es que de los profesores universitarios y las vacaciones, cabría decir lo de la <a href="http://es.catholic.net/aprendeaorar/103/117/articulo.php?id=4665">parábola de los talentos</a>. Hay quien emplea los tres meses largos no lectivos para investigar y formarse (los menos), hay quien los emplea para formar su patrimonio (cursos de verano a tutiplén, los privilegiados) y hay quien ni investiga ni se forma  para no romper hábitos.  Lo curioso es que esa misma clasificación y para las mismas personas es aplicable al período lectivo. Quizás esa situación se debe a que los derroteros jurídicos de la autonomía universitaria han llevado a reconocer que los profesores son libres de enseñar e investigar lo que quieran, y como no, libres también de no enseñar ni investigar.  <span id="more-858"></span></p>
<p>1.   Basta darse una vuelta por cualquier Campus universitario los meses no lectivos y es lo más próximo a un camposanto ( Campusanto, mas bien), con algún que otro zombi despistado ( normalmente un becario o ayudante, haciendo méritos para algún día conseguir en las vacaciones el divino escaqueo). Claro que Sevach no ignora que las reflexiones de Newton sobre la ley de la gravedad tuvieron lugar fuera de período lectivo en la campiña británica y que los mejores investigadores de la Universidad española se han forjado renunciando a vacaciones y familia, encerrados en laboratorios y bibliotecas, &#8220;sin horario ni fecha en el calendario&#8221;. Sin embargo, para la masa inmensa y ondulante de profesorado, las vacaciones o período no lectivo es mas bien período no intelectivo. No les culpo por ello.</p>
<p>2.    Pero lo que tienen en común esos casi 100.000 profesores de la Universidad  a su vuelta a las aulas, es el &#8220;decíamos ayer&#8221; ya que el zumbido que en la colmena universitaria  española resuena para el inminente curso 2008/2009  es debido a que el profesor universitario sigue y seguirá debatiendo  &#8220;como ayer&#8221;  los cuatro temas favoritos del personal académico,  que fluyen por las venas de Departamentos, Centros y despachos universitarios.</p>
<p>     En primer lugar,<strong> las menguadas retribuciones</strong>. Siempre habrá otra Universidad con otro concepto, u otra Comunidad Autónoma, u otro país, u otro planeta donde los profesores cobran más. El deporte universitario por excelencia es la comparación de nómina con otros profesores o colectivos.  Eso sí, ha de compararse el salario pero no la jornada ni la productividad, ni la adaptación a las nuevas tecnologías y tiempos.</p>
<p>      En segundo lugar,  La <strong>adaptación a Bolonia</strong> y al Espacio Europeo de Educación Superior. Otro juguete. Muy posiblemente tal adaptación es necesaria, y el camino nada fácil, pues las resistencias de cuerpos docentes, Rectores clientelares, grupos de presión e inercias, darán lugar a un mapa universitario asimétrico. O sea, parafraseando al personaje de Lampedussa, &#8220;cambiar algo, para que todo siga lo mas igual posible&#8221;.</p>
<p>    En tercer lugar, <strong>la prejubilación del profesorado.</strong> Eso sí, sin mengua de derechos ni prerrogativas y procurando que cada prejubilado se convierta en un cheque-becario que permita renovar la plantilla. O sea, achicando agua y abriendo grifos simultáneamente.</p>
<p>  Y  como siempre, el tema estrella. El que lleva al profesorado a consumir mayores energías. Se trata de <strong>la crítica al colega</strong>, al otro investigador, al otro profesor, al Director del Departamento, al Decano, al Rector. Y si la crítica es transversal e implicando a terceros mejor. Y no digamos si hay elecciones a Rector, Decano o Director de Departamento.</p>
<p>      Curiosamente, ninguna de esas cuatro cuestiones estaba en la mente de Fray Luis de León y quizás por eso él siempre será recordado.</p>

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		<title>Universidad de excelencia o Universidad del funcionariado: ¿verdad revelada o prejuicio tópico?</title>
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		<pubDate>Wed, 18 Jun 2008 05:59:37 +0000</pubDate>
		<dc:creator>sevach</dc:creator>
				<category><![CDATA[Sobre la Universidad]]></category>

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		<description><![CDATA[El profesor Santiago Grisolía, desde su incuestionable prestigio, ha reivindicado públicamente &#8220;la Universidad de la excelencia frente a la del funcionariado&#8221;. Esta afirmación no puede digerirse sin un mínimo análisis porque una lectura rápida lleva a pensar que la burocracia es enemiga de la excelencia, o incluso a pensar que la condición de funcionario público [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<fb:like href='http://contencioso.es/2008/06/18/universidad-de-excelencia-o-universidad-del-funcionariado-verdad-revelada-o-prejuicio-topico/' send='false' layout='standard' show_faces='true' width='450' height='65' action='recommend' colorscheme='light' font='lucida+grande'></fb:like><div class="rw-right"><div class="rw-ui-container rw-class-blog-post rw-urid-7720"></div></div><p><img hspace="5" align="left" src="http://www.contencioso.es/files/2008/06/inventor.jpg" alt="Universidad de excelencia o Universidad de funcionariado: ¿verdad revelada o prejuicio tópico?" />
<p>El profesor Santiago Grisolía, desde su incuestionable prestigio, ha reivindicado públicamente &#8220;la Universidad de la excelencia frente a la del funcionariado&#8221;. Esta <a href="http://www.lne.es/secciones/noticia.jsp?pRef=2008061400_35_646519__Gijon-Grisolia-aboga-Universidad-excelencia-frente-funcionariado" title="afirmacion" target="_blank">afirmación</a> no puede digerirse sin un mínimo análisis porque una lectura rápida lleva a pensar que la burocracia es enemiga de la excelencia, o incluso a pensar que la condición de funcionario público lastra la productividad de nuestros investigadores.</p>
<p><span id="more-771"></span>
<ol>
<p><b>1.</b> Así, leyendo atentamente el discurso del profesor Grisolía, en consonancia con otras declaraciones suyas, el leiv motiv recurrente es algo compartido por la mayoría de los grandes investigadores de este país: que la fijeza profesional que otorga la condición de funcionario docente de la Universidad española (Catedrático o Titular) propicia investigadores acomodaticios (aquello de &#8220;cría la fama y échate a dormir&#8221;).</p>
<p><b>2.</b> Sin embargo, Sevach considera que la condición de &#8220;funcionario público&#8221; en relación al profesorado universitario nada tiene que ver con las condiciones de los restantes &#8220;funcionarios públicos&#8221;. Desde un punto de vista sociológico, el profesor universitario suele considerar una &#8220;afrenta&#8221; que le califiquen de &#8220;funcionario&#8221; cuando es, quiéralo o no, funcionario de cuerpo docente, para lo bueno y para lo malo. Eso sí, se trata de un funcionario atípico, puesto que comparte con el común de los funcionarios la condición vitalicia, pero tiene algunas prerrogativas inexistentes en el orbe funcionarial.</p>
<ol>
<p><b>a)</b> En primer lugar, el<b> control de fichaje horario</b> de los profesores de Universidad es inexistente. Alguien dirá que se ficha al firmar los partes de asistencia a clase, pero tal alegato se desmonta si se tiene en cuenta que el horario legalmente exigible a un profesor universitario no son el promedio de seis horas semanales de clase (la insoportable levedad de la &#8220;carga docente&#8221; ) sino exactamente la misma jornada de trabajo que el funcionario de la Administración del Estado, en torno a las 37 horas semanales. De ahí, que no existiendo control de asistencia, fácilmente se comprenden tres aspectos conexos de cómodo disfrute: en primer lugar, que cuando hacen huelga, resulta virtualmente imposible determinar qué profesor asiste al trabajo u opta por ejercer el derecho de huelga; en segundo lugar, que resulta facilísima la sustitución pactada o impuesta en sentido jerárquicamente descendente en las clases asignadas (del Catedrático hacia el escudero o becario pasando por los escalones intermedios).Y en tercer lugar, que las ausencias injustificadas (salvo abandonos de servicio flagrantes) jamás reciben sanción disciplinaria alguna.</p>
<p><b>b)</b> En segundo lugar, el colectivo del profesorado universitario ha recibido un regalo de la legislación de universidades que no posee ninguna categoría funcionarial. Es el único colectivo que <b>sortea el régimen de incompatibilidades</b> general, ya que puede optar por un régimen de dedicación a tiempo parcial (manteniendo esa dedicación parcial vitalicia) y mientras tanto permitirse dedicar su sabiduría e investigación para el sector privado, con los consiguientes emolumentos profesionales o empresariales. O sea, la gatera para las rígida Ley de Incompatibilidades. Y si el profesor está a tiempo completo, siempre disfrutará de un porcentaje o participación en los beneficios de los contratos de servicios académicos o investigadores que preste por cuenta ajena, y con los medios universitarios (publicaciones, laboratorios, etc).</p>
<p><b>c)</b> En tercer lugar, y aquí radica a juicio de Sevach el mayor privilegio de la comunidad académica, la autonomía universitaria constitucionalmente garantizada permite que el profesorado gobierne su propio destino, con lo que garantiza que el Rector de turno, si desea hacer gobernable su Universidad, o ser reelegido, debe tratar a sus votantes con la delicadeza que se cuida a los bueyes de Kobe. Así, el profesor universitario, al administrar su propia libertad de cátedra y de investigación, y participar en designar sus propios mandarines o jerarcas, obtiene el sueño de todo funcionario: <b>ser su propio jefe</b>.</ol>
<p><b>3.</b> Esas tres especialidades funcionariales antedichas son tan innegables como justificadas: el fichaje puede ser incompatible con tutorías, asistencia a Comisiones, congresos, laboratorios, tesis doctorales y otros fenómenos académicos; la dedicación parcial permite que los profesores presten servicios a la sociedad y la dedicación a tiempo completo con participación en contratos externos es un incentivo para la productividad investigadora; finalmente el autogobierno garantiza la ausencia de inherencias políticas o externas a la institución que conviertan la libertad de investigación en &#8220;investigación de Estado&#8221; o la libertad de cátedra en &#8220;dirigismo ideológico&#8221;.</p>
<p><b>4.</b> En consecuencia, queda claro que ni el régimen funcionarial, ni su adaptación a las especialidades universitarias es nocivo para la investigación. Al contrario, son garantía de una investigación libre de rigideces. O en palabras de muchos investigadores universitarios de prestigio: &#8220;el que no investiga en la Universidad es porque no quiere&#8221;. Entonces, la cuestión radica en determinar la causa de que si bien las Universidades son la mayor fuerza investigadora del país, lo cierto es que su productividad &#8220;per cápita&#8221; es ridícula (esto es, la división de todas las publicaciones prestigiosas, patentes y hallazgos de las 71 Universidades, entre los casi 100.000 profesores, arroja una cifra ridícula que ninguna Administración se atreve a ofrecer).</p>
<p><b>5.</b> Por eso, para centrar el problema en una visión constructiva, considera Sevach que el único barómetro fiable de la productividad investigadora del profesorado universitario son los famosos &#8220;tramos de investigación&#8221;. Se trata de la valoración positiva del fruto del rendimiento investigador de seis años si así lo estima una Comisión de expertos &#8220;iguales&#8221; (peer review) a partir de la información que los propios investigadores evaluados suministran acerca de su productividad, concretada en una selección de las cinco aportaciones más destacables durante el período sometido a evaluación. Tal evaluación objetiva y externa es el auténtico &#8220;investigadómetro&#8221; que permite, como la parábola bíblica, saber que uso ha hecho cada profesor de sus &#8220;talentos&#8221; (si los rentabilizó o los enterró). Y por eso, es la referencia utilizada en los círculos investigadores para identificarse como investigador &#8220;pata negra&#8221; o como jamón cocido, sirviendo de pauta para obtener fondos de investigación públicos y privados, además de servir de criterio serio para obtener plazas de máxima categoría académica.</p>
<p> Y es que esos &#8220;tramos de investigación&#8221; o sexenios son la auténtica vara de medir de quién investiga y quien se dedica al &#8220;pasilleo&#8221; universitario. Quien se decida a investigar y quien a estorbar. Quien opta por la silenciosa investigación y quien opta por la política barata universitaria. Quien cobra por estar en la Universidad en su jornada laboral aunque no investigue y quien cobra por investigar sacrificando horas de fuera de la jornada.</p>
<p> Así, si los &#8220;sexenios&#8221; son evaluados positivamente, el investigador recibe una exigua compensación retributiva, pero el problema viene dado porque si no obtienen tal evaluación positiva o si el profesor opta por no investigar, no cuenta con ningún tipo de penalización. Ahí radica la raíz de la molicie de buena parte de los profesores de Universidad, en que investiguen o no investiguen, la nómina llega puntual. Y por eso la sencilla propuesta de Sevach radica en que quienes no obtengan evaluación positiva de sus tramos de investigación (esto es, quienes cobran por supuesta dedicación del 75% de su jornada a investigar, pero no hacen nada de nada), no sean penalizados (al fin y al cabo, hay quien &#8220;debía&#8221; investigar, pero como dice el dicho salmantino, <i>&#8220;lo que natura non da, Salamanca non presta&#8221;</i>), sino que les sea incrementada la carga docente, con la consiguiente y correlativa liberación de carga docente a quienes sí investigan. De este modo, se tendería a alcanzar mayor justicia del sistema. Lo contrario, tolerar que muchos cobren por una investigación que no hacen, o imponer una carga docente a quien desarrolla investigación de excelencia, es un absurdo, un despilfarro de cerebros, o mas bien una cómoda hipocresía del sistema universitario.</p>
<p><b>6.</b> En definitiva, las palabras de D. Miguel de Unamuno en su valiente discurso de ingreso en la Real Academia de Jurisprudencia en 1917 (pero de rabiosa actualidad), resuenan en la Universidad de Salamanca: <i>&#8220;Hay Catedráticos que dan su hora de clase por la mañana y dicen:¡hala, ya es domingo todo el día!</i>&#8220;.</ol>

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		<title>Huelga de Profesores Universitarios: Diez problemas del Rector y una medida desesperada</title>
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		<pubDate>Wed, 10 Oct 2007 05:22:23 +0000</pubDate>
		<dc:creator>sevach</dc:creator>
				<category><![CDATA[Sobre la Universidad]]></category>
		<category><![CDATA[Alma Mater]]></category>

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		<description><![CDATA[Recientemente se ha planteado en la prensa la problemática de la Universidad del País Vasco en relación con la huelga del profesorado universitario y la dificultad de su Rector para identificar a los participantes con el fin de aplicar el descuento en nómina. A Sevach le resulta chocante que la huelga tiene su origen en [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<fb:like href='http://contencioso.es/2007/10/10/huelga-de-profesores-universitarios-diez-problemas-del-rector-ante-una-medida-desesperada/' send='false' layout='standard' show_faces='true' width='450' height='65' action='recommend' colorscheme='light' font='lucida+grande'></fb:like><div class="rw-right"><div class="rw-ui-container rw-class-blog-post rw-urid-3190"></div></div><p><img src='http://www.contencioso.es/files/2007/10/manifestacion_berni1.jpg' alt='Huelga de Profesores Universitarios: Diez problemas del Rector y una medida desesperada.' /></p>
<p>Recientemente se ha planteado en la <a href="http://www.elcorreodigital.com/vizcaya/20071001/pvasco-espana/desconoce-docentes-hicieron-huelga-20071001.html" title="Ver noticia" target="_blank">prensa</a> la problemática de la Universidad del País Vasco en relación con la huelga del profesorado universitario y la dificultad de su Rector para identificar a los participantes con el fin de aplicar el descuento en nómina.</p>
<p><span id="more-318"></span></p>
<p>A Sevach le resulta chocante que la huelga tiene su origen en la defensa del trabajador frente al abuso de la patronal y que hoy día se utilice por el profesorado de la Universidad, para efectuar reivindicaciones en un ámbito, donde según palabras de cierto Rector: &#8220;El Rector es un general que cree mandar sobre otros generales&#8221;.
</p>
<p> Así, la huelga de los alumnos no inquieta a los Rectores, que saben bien como cortocircuitar sus reivindicaciones, máxime cuando el Tribunal Supremo anuló un precepto de los Estatutos de la Universidad Autónoma de Madrid por incluir el derecho de huelga de los estudiantes, considerando que era un instituto reservado a trabajadores pero no a los alumnos (lo que demuestra el pragmatismo del Tribunal, ya que la simple inasistencia de los alumnos es la clásica fórmula de resistencia al estilo Ghandi frente a las clases sin atractivo).</p>
<p>Por el contrario, una huelga de Catedráticos es una pesadilla para Rectores y Gerentes, de significado similar al Motín del Bounty y con efectos de auténtico Tsunami: sucede de tarde en tarde pero con eficacia devastadora.</p>
<p>Los diez problemas o reflexiones que se atragantan al Rector o Gerente de Universidad pública cuando se ve expuesta a una huelga del profesorado son los siguientes:</p>
<ol>
<p> <b><em>1º La huelga del profesorado es una medida terminal y como tal es síntoma alarmante.</em></b><em><br />
</em>Lo habitual en el profesorado universitario no es la algarada, ni la protesta abierta, sino mas bien la confabulación, intriga o connivencia en clave electoral, y si el Departamento o el Centro no solucionan el problema, se va elaborando una lista de agravios para someterlos al compromiso de solución a cargo de los futuros candidatos a Rectores. Por eso, el profesor universitario vive en su nicho docente o investigador y únicamente asoma la zarpa reivindicativa en situaciones terminales o insostenibles, o cuando es espoleado por los sindicatos de turno.</p>
<p>De ahí, que las huelgas con mayor huella universitaria son las orientadas para protestar frente a medidas de la Comunidad Autónoma o del Estado, esto es, frente a las medidas que bien por acción (recortan las prerrogativas académicas) o por omisión (no efectúan la dotación presupuestaria o inversiones precisas) hacen peligrar la estabilidad de su condición.</p>
<p> <b><em>2º El modelo esquizofrénico de gobierno universitario.</em></b><em><br />
</em>El talón de Aquiles de un planteamiento de huelga del profesorado radica en el modelo universitario de autogestión. El profesorado es el sector de la comunidad universitaria titular de la autonomía universitaria, cuya proyección es el autogobierno a través de representantes en procedimientos electorales libres y públicos. De ahí, que si un sector académico promueve una huelga frente a una decisión adoptada por el Rector de turno, no resulta equiparable a la movilización del trabajador frente a la distante patronal, sino mas bien a la huelga de un trabajador frente a su propia Cooperativa. Y es que justamente el profesorado que formula por el cauce de la huelga las reivindicaciones salariales, asistenciales o de otra índole, es quien al final tiene la llave para su solución.</p>
<p><em> <b>3º No hay huelga universal ya que el profesorado está fragmentado.</b><br />
</em>El problema en la Universidad radica en la dificultad de articular pretensiones homogéneas y que se extiendan a todos los colectivos, ya que la Universidad está desvertebrada, pues existen profesores funcionarios y laborales, a tiempo completo y parcial, de distintos Centros, con diferente adscripción Departamental, unos ocupando cargos académicos y otros cargos burocráticos, unos con mucha carga docente y otros puramente decorativa, unos en el ámbito de humanidades y otros en el ámbito técnico, unos próximos a jubilarse y otros con su incipiente carrera docente, etc. Si el éxito de una huelga está en su número, fácilmente se comprende la dificultad de hallar una justa causa que movilice a la generalidad del profesorado.</p>
<p> <em><b>4º El control de los huelguistas resulta escurridizo.</b><br />
</em>Cuando existe una huelga en la Administración pública, la normativa laboral y el reciente Estatuto del Empleado Público impone la deducción de las retribuciones correspondientes al día que no se labora. En un mundo feliz y congruente, el trabajador responsable que ejerce su derecho a la huelga soporta apretando los dientes pero con gallardía el correspondiente recorte salarial. Sin embargo, si el trabajador ve que la autoridad o el jefe titubea o es reacio a aplicar el recorte, pues se alegrará y no le animará a ello.</p>
<p> Y no estamos ante supuestos hipotéticos, pues a título de ejemplo sangrante, Sevach recuerda que recientemente una sentencia de un Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Oviedo desestimó la reclamación de un médico de reintegro de los haberes descontados por el Servicio Público de Salud con ocasión de una huelga, ya que aunque aquél insistía en que no ejercitó su derecho de huelga, reconocía que era el secretario general del sindicato convocante y miembro del Comité de Huelga. ¡Vivir para ver!. Y aunque la anécdota rigurosamente cierta se refiera a personal médico no olvidemos el viejo dicho: &#8220;Catedráticos y matasanos, primos hermanos&#8221;.</p>
<p> Cuando las Universidades intentan identificar a los huelguistas para acometer el descuento en nómina, varias posibilidades se le abren:</p>
</ol>
<ol>
<p><b>a) </b>O se responsabiliza a Decanos o Directores de Departamento de controlar quien asiste al centro educativo y quien hace la huelga;<br />
      <b>b)</b> O se confía en la declaración responsable de los afectados &#8220;huelguistas&#8221; (que lo comuniquen quienes desean ejercer su derecho a la huelga), lo que despierta naturales quejas ya que supone imponer una carga que no está contemplada en la norma para ejercitar el derecho, máxime cuando pueden adoptar la decisión de hacer huelga in extremis;<br />
      <b>c)</b> O se confía en la declaración de los afectados &#8220;no huelguistas&#8221;, para que comuniquen quién ha venido a trabajar, lo que despierta mayores quejas puesto que encima de apostar por la normalidad se ven obligados a quedar en evidencia ante sus compañeros.</p>
</ol>
<p><em><b>5º Los servicios mínimos son una bomba de relojería.</b><br />
  </em>De acuerdo con el Tribunal Constitucional y el Tribunal Supremo, los servicios mínimos de la Universidad los fija el gobierno autonómico, con lo que los problemas de &#8220;diálogo&#8221; entre Rector y Comunidad Autónoma para identificar los servicios mínimos están servidos. Además la negociación de tales servicios mínimos está sometida a las tensiones entre la posición de mínimos postulada por los sindicatos y las de máximos apoyadas por Gerencia y Rectorado. La resultante es impronosticable, aunque no sería el primer caso del Animalario de Universidad pública que experimenta bajas en sus inquilinos por una huelga ajena a su plácida vida animal.</p>
<p><em><b>6º ¿Huelga a tiempo parcial?.</b><br />
    </em>La Universidad pública es una Administración con la singularidad de contar con profesorado a tiempo parcial, lo que plantea el problema tanto de controlar tanto sobre si el profesor está realizando la huelga en ese momento, como si es justo aplicarle el descuento por día completo o proporcional.<br />
    Junto a ello, aletea la problemática de que el profesor universitario confunde sus horas lectivas y de tutorías con la jornada laboral obligatoria, olvidando que la jornada horaria en cómputo semanal es la misma que cualquier otro funcionario de la Administración no universitaria, con lo que su deber de estar en el centro o despacho (investigando o no, conspirando o no) resulta inexcusable en torno a las 36 horas si la dedicación es a tiempo completo.</p>
<p><b><em>7º ¿Hacen huelga los cargos académicos?</em>.</b><br />
    En la Universidad pública hay infinidad de cargos académicos (Vicerrectores, Decanos y Directores de Centro, Directores de Departamento, Directores de Instituto, Directores de Area,etc). El problema brota a la hora de aplicar el descuento retributivo en caso de huelga:¿ha de afectar a la parte proporcional del jugoso complemento por cargo académico?.</p>
<p><em><b>8º ¿ Y quien está de licencia o comisión de servicio?.</b><br />
    </em>La Universidad pública, como retrató el escritor David Lodge en su novela &#8220;Changing Places&#8221; es un trasiego de profesores que van de una a otra Universidad para una conferencia, una tesis doctoral, un congreso o cualquier otro intercambio. La cuestión nada baladí es determinar quién no está en su puesto de trabajo por razones de huelga o por estar en comisión de servicios, o &#8220;in itinere&#8221;.</p>
<p><em><b>9º La Huelga-dominó.</b><br />
    </em>Las Universidades en sus últimos tiempos han crecido en organismos descentralizados (la clásica huida del Derecho Administrativo) hasta el punto de que proliferan sociedades de capital público, Fundaciones, consorcios, incubadoras de empresas y otros artilugios personificados y con personal, los cuales incluso tienen su sede en dependencias universitarias.<br />
    De ahí que la huelga del profesorado de la Universidad plantea el problema de su contagio expansivo a todo el personal, incluso de otras entidades, que pululan dentro de la carpa universitaria.</p>
<p><em><b>10º Todos iguales pero unos menos iguales que otros.</b><br />
  </em>Otro quebradero de cabeza para los Gerentes y Rectores radica en que si se aplica el descuento por ejercer el derecho a huelga por el personal funcionario o laboral de administración y servicios (PAS) no puede incurrirse en el agravio comparativo de exonerar de tal recorte al personal académico e investigador (PDI). En la práctica, existen precedentes de aplicación rigurosa aquéllos y aplicación laxa a éstos, pero tras la protesta de turno, se zanja con la salomónica decisión de no descontar a nadie su salario. </p>
<p> Son muchos problemas, y para ninguno hay una varita mágica. Aunque Sevach considera que debe tenerse en cuenta es:</p>
<ol>
<p>  <b>1º</b> Que la deducción retributiva a quien hace huelga es obligada a tenor del Estatuto Básico de los Empleados Públicos;<br />
    <b>2º</b> Que si no se aplica tal descuento, no solo procederá la censura del Tribunal de Cuentas u Organo Autonómico de Control Externo, sino que pudiera plantearse un problema de responsabilidad penal de la autoridad (alcance, malversación,etc);<br />
    <b>3º</b> Que la autoridades no pueden pretextar oscuridad o complejidad para aplicar la Ley.</p>
</ol>
<p>Y si no se hace así, si no toma la medida legalmente procedente del descuento efectivo en nómina a los huelguistas, pues la palabra &#8220;huelga&#8221; recobrará su original etimología, pues aunque su parentesco con juerga (&#8220;holgorio&#8221;) es evidente, lo cierto es que huelga viene del verbo holgar, o folgar, que a su vez desciende del verbo latino follicare, procedente del sustantivo follis (fuelle), que daría lugar a dos verbos en castellano: folgar u holgar y follar.</p>

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		<title>Injurias por correo electrónico en la Universidad</title>
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		<pubDate>Sat, 11 Aug 2007 22:49:48 +0000</pubDate>
		<dc:creator>sevach</dc:creator>
				<category><![CDATA[Informatica y Derecho]]></category>
		<category><![CDATA[Sobre la Universidad]]></category>
		<category><![CDATA[Alma Mater]]></category>

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		<description><![CDATA[Considera Sevach que las &#8220;cyberinjurias&#8221; o expresiones proferidas en descrédito de otra persona por correo electrónico son una infracción penal en alza. En primer lugar, porque los correos electrónicos carecen de rostro (e incluso hábilmente pueden borrarse las huellas informáticas de su autoría) lo que facilita el ultraje sin dar la cara o su impunidad. [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<fb:like href='http://contencioso.es/2007/08/11/injurias-por-correo-electronico-en-la-universidad/' send='false' layout='standard' show_faces='true' width='450' height='65' action='recommend' colorscheme='light' font='lucida+grande'></fb:like><div class="rw-right"><div class="rw-ui-container rw-class-blog-post rw-urid-2260"></div></div><p><img src='http://www.contencioso.es/files/2007/08/correoelectronico.gif' alt='Correo electrónico. Injurias por correo electrónico en la Universidad.' hspace="5" align="left" />Considera Sevach que las &#8220;cyberinjurias&#8221; o expresiones proferidas en descrédito de otra persona por correo electrónico son una infracción penal en alza. </p>
<p>En primer lugar, porque los correos electrónicos carecen de rostro (e incluso hábilmente pueden borrarse las huellas informáticas de su autoría) lo que facilita el ultraje sin dar la cara o su impunidad.</p>
<p><span id="more-225"></span>En segundo lugar, porque la utilización de los correos electrónicos se caracteriza por su espontaneidad e inmediatez (el viejo tintero, el papel de carta, el ceremonial del sobre y buzoneo servían de cámara de enfriamiento de los enfados y resentimientos). </p>
<p>En tercer lugar porque los correos electrónicos están accesibles en el domicilio y en el lugar del trabajo (viniendo al caso aquello de que quien tiene ocasión mal resiste a la tentación).</p>
<p>En cuarto lugar porque tienen una eficacia que salva cualquier distancia y llegan a infinidad de destinatarios, y a veces con un mismo texto, con la consiguiente economía de costes y tiempo (un modesto ordenador posee mayor eficacia que el rumoreo de mil comadres a tiempo completo).</p>
<p>Y por último, porque corren tiempos en que se ha debilitado la coraza del respeto y el correo electrónico es un arma (o &#8220;puñal trapero&#8221;) que no respeta familia, profesión, honor e imagen. </p>
<p>Sevach no quiere adentrarse en purismos jurídicos sobre contrapesos de libertad de expresión y derecho al honor, ni deslindar los matices entre honor e imagen, o los dogmatismos que separan la calumnia, la injuria y la difamación. </p>
<p>Tampoco quiere referirse a los estragos de injurias vertidas por deslenguados en foros, blogs y chats, los cuales están empezando a generar procedimientos penales en los juzgados saldados con la condena del autor directo si es conocido o en su defecto, del &#8220;editor&#8221;, entendido como el autor o promotor del blog o página web que soporta los testimonios de terceros sin asegurarse de controlar el acceso de tales testimonios o la identidad de su autor.</p>
<p>Sevach prefiere referirse por ahora al ámbito universitario, donde existe una &#8220;comunidad universitaria&#8221; de compleja composición, ya que coexisten profesores, alumnos, personal de administración, becarios y contratados administrativos. Y todo ello en un contexto donde abunda la &#8220;guerra fría&#8221; entre distintos grupos o estamentos, muy particularmente entre Escuelas o grupos académicos, y donde la tensión se multiplica con ocasión de disputarse plazas vacantes, becas, subvenciones o despachos. Si a ello sumamos que la Universidad vive inmersa en infinidad de procedimientos electorales (Rector, Director de Departamento, Decano, Presidente de Comisión, Defensor Universitario, vocales varios, etc) y que la propia institución asegura la disponibilidad de ordenador y cuenta de correo gratuita y eficaz (así como &#8220;tiempo cotemplativo&#8221;), pues el trasiego de comentarios, críticas e &#8220;intoxicaciones&#8221; está servido.</p>
<p>Ciertamente, la inmensa mayoría de los miembros de la comunidad académica son corteses y moderados, viven o sobreviven en paz y sin promover conflictos (incluso soportando malévolas críticas, bajo la máxima ciceroniana: &#8220;Mejor cosa es sufrir el insulto o la injuria que hacerla&#8221;). Ahora bien, no falta la minoría de avispas académicas que viven instaladas en la insidia o malquerencia, ni tampoco quien pierde los papeles y acude al ultraje verbal o maltrato del rival académico (Salieri y Mozart, tienen sus reflejos en la Universidad), alejándose del juego limpio y honorabilidad que debe predicarse de quien debe honrar a la Universidad que le ampara (Alma Mater). Tales académicos consideran, de forma tan reprochable como inconsistente, según palabras de Unamuno, que &#8220;sus fines justifican sus propios medios y que los fines de los adversarios no justifican los medios de éstos&#8221;.</p>
<p>Sevach recuerda la ejemplar Sentencia de la Audiencia Provincial de Granada 144/2006, de 7 de Abril, que confirma la condena civil a un profesor universitario por verter juicios de valor mas allá de la crítica de los trabajos de investigación de otra profesora en el contexto de un procedimiento de provisión de una Cátedra, por entender los jueces que la crítica no autoriza a verter opiniones y expresiones &#8220;incursas en el insulto, imputación de delitos y descrédito profesional y divulgadas a muchos miembros de la comunidad académica con el único fin de hacerles partícipes de tal valoración ocasionando un menoscabo en la fama y consideración ajenas&#8221;, reprochando en particular &#8220;la imputación de plagio, al margen de su veracidad o no, entraña un juicio de valor negativo respecto de la conducta profesional de una persona, y su difusión en el círculo restringido de los compañeros de profesión constituye un ataque ilegítimo del prestigio y reputación profesional de la misma&#8221;. En consecuencia se declara el menoscabo del derecho fundamental al honor y, además de condenar al injuriante a remitir por correo electrónico el contenido de la sentencia a las mismas personas ante las que desacreditó a la profesora, le condena al pago de indemnización por daño moral cifrada en 600 euros.</p>
<p>Aquí Sevach se hace varias preguntas: ¿Si se ataja la injuria electrónica, acaso no se optará por tácticas mas osadas como el ostracismo académico en la variante universitaria del fenómeno del &#8220;mobbing&#8221;?, ¿Cómo puede combatirse la calumnia o injuria académica cuando no se formaliza en correos electrónicos o documentos y se ampara en el boca a boca en los pasilllos universitarios, en los despachos o mediante vitriólicos comentarios agazapados en artículos de investigación?, ¿Surte equitativo efecto disuasorio para el injuriante o efecto reparador para el injuriado, una condena a 600 euros de indemnización tras dos años de travesía de desierto en vía administrativa y judicial civil con apelación incluida?, ¿Por qué los expedientes disciplinarios por faltas de consideración hacia superiores y compañeros son prácticamente inéditos en el ámbito de la Universidad pública, y si abren, pronto se cierran sin &#8220;ruido ni nueces&#8221;?. ¿Acaso el flamante Código de Conducta implantado por el reciente Estatuto Básico del Empleado Público aprobado por Ley 7/2007, de 12 de Abril, no impone la obligación de &#8220;Tratar con atención y respeto a los ciudadanos, a sus superiores y los restantes empleados públicos&#8221;?.</p>
<p>Ante tal panorama, no será mejor reflexionar sobre la sugerencia de Sócrates: ¿Cuando un asno da una coz, debemos enfrentarnos con él a patadas?.</p>

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