02ene2012

Una idea para regalar a quienes disfrutan, padecen u observan la Administración Pública

 

Hoy toca autopromoción. De forma inminente promoveré, junto con un grupo entusiasta y apoyado en un generoso mecenazgo empresarial, un Concurso Internacional de Relatos Breves y Poemas de Humor sobre la Administración, para colmar una laguna en ese ámbito literario y hacer aflorar ese filón de situaciones cómicas y fuente de gracejo que se oculta bajo la seria carpa de la Administración.

Y de paso romper con la leyenda urbana de la burocracia fría y arisca, mostrando la creatividad de quienes sufren la tijera de la Administración, bien empleados públicos o bien ciudadanos. En esa idea, de la que se hará eco allá por Febrero, tanto el blog como la prensa en general, se me ocurrió reforzar los premios con los beneficios de la venta de mi recientísimo libro titulado “ Sonrisas ante el Poder Público” (Editorial Círculo Rojo).

Esta obra constituye una recopilación de los mejores post humorísticos publicados en mi blog en los últimos cuatro años, aunque añadiéndole otros novedosos de tono lúdico, todo ello bajo la máxima de la Real Academia de “limpiar, fijar y dar esplendor”. El resultado son 256 páginas distribuidas en cuatro Capítulos sobre cuatro vertientes del Poder Público sensibles al humor: los funcionarios y la Administración; los parlamentarios y las leyes; los jueces y la Justicia; y como no, los políticos. Con la que está cayendo, publicar cuestiones actuales y en clave hilarante sobre la cosa pública, es algo así como reírse del verdugo antes de que haga su trabajo.

Así que, permitidme que cortésmente os sugiera que podéis considerar la idea de regalar este libro a un funcionario, abogado o amigo con inquietudes sobre los asuntos públicos, o mejor aún, regalároslo a vosotros mismos pues a veces hay que darse una satisfacción propia.

Y de este modo las sonrisas están aseguradas al comienzo de un año tenebroso, y además seréis mecenas de a pie del futuro Premio. Todo por quince euros.

La vía para adquirirlo consiste:

- Acudir en persona a la Librería Cervantes de Oviedo (C/ Doctor Casal, 9, bajo) y adquirirlo.

- Entrar en la web de Librería Cervantes de Oviedo y adquirirlo on-line, fácil y rápido.

  Además en cuestión de días, podréis entrar en la web de la Editorial Círculo Rojo y efectuar el pedido o entrar en la web Promocional y adquirirla pagando por pay-pal.

No me gusta convertirme en Orden Mendicante pero si no aportamos imaginación al fomento de la cultura y de las convocatorias lúdicas pues poca esperanza nos queda.

Y si preferís ahorrar pues lo entiendo, y tan amigos. Y disculpar este intermedio de publicidad en un blog que jamás se ha mercantilizado, pues es una buena causa. ¡ Ah! En esta última web,  www.humorpublico.com  encontraréis mas detalles.

 

Entrada publicada en Humor y Administracion | 7 Comentarios
31dic2011

Como afecta realmente el Real Decreto-Ley 20/2011 al empleo público

El regalo envenenado de fin de año viene en el BOE de 31 de Diciembre de 2011. Se ha publicado el Real Decreto-ley 20/2011, de 30 de diciembre, de medidas urgentes en materia presupuestaria, tributaria y financiera para la corrección del déficit público. Dicho Real Decreto-ley ha de ser leído como el bing-bang o el comienzo de la labor de esquilar a los empleados públicos. El mismo será seguido, según se ha confesado por el propio Gobierno, de próximas medidas legislativas a medio plazo. Por otra parte, dicho Real Decreto-ley tiene carácter básico y aplicable a todas las Administraciones en algunas de sus previsiones y en cambio en otras únicamente se aplica a la Administración del Estado, por lo que habrá que estar a lo que cada Comunidad Autónoma disponga respecto de sus sectores en algunos aspectos (en unos casos, como el juego de las siete y media, no llegará a tanto y en otros se pasará). Pues bien, veamos sintéticamente y en una primera impresión su alcance. Leer Más »

Entrada publicada en Empleados publicos | 16 Comentarios
31dic2011

Como ahorrar para compensar la congelación salarial

 

Tras tomarse la decisión gubernamental de congelar las retribuciones de los funcionarios así como el salario mínimo interprofesional, sin actualización para el año 2012,  y teniendo en cuenta que el Indice de Precios al Consumo rondará el 2,5%, de hecho se dispondrá de menos dinero para las mismas necesidades, y por tanto el mecanismo para equilibrarse solo puede ser disminuir los gastos.

No se trata de resucitar las viejas clases de economía política ni aplicar austeridad espartana, sino guiarse por la intuición y el sentido común, así como por los consejos de la experiencia de quienes apreciamos. Así que, pese a que este blog se refiere al mundo del derecho público, me tomaré la licencia de tratarse del último día del año y recordar aquel viejo dicho inglés de que “ las leyes que no llenan el estómago de los súbditos no son leyes sino literatura”.

Por eso, permitidme que comparta con vosotros veinte medidas que en este año que se agota me han permitido un ahorro mas que sustancial. Alguno podrá considerarlas discutibles o no compartirlas radicalmente, e incluso si alguien tiene algo mejor que hacer, puede detenerse aquí porque posiblemente solo aguardan obviedades. Así y todo, comentaré lo que me gustaría que otros me hubieran dicho a tiempo por si a alguien sirve de provecho. Y por supuesto no pretendo dar publicidad a ninguna empresa ni llevo comisión ni nada por el estilo. Sencillamente comparto algo que puede ser de utilidad. Leer Más »

Entrada publicada en 1 | 14 Comentarios
29dic2011

El sutil criterio del Tribunal Supremo sobre el cobro por las personaciones de los letrados

La curiosa actividad de “personación” en los procesos consiste sencillamente en un escrito del letrado de la parte interesada por el que pone en conocimiento del Tribunal que a partir de ese momento se cuente con él y se le notifique lo actuado para poder alegar, probar y/o recurrir. O sea, si alguien tiene interés y no se “persona” el pleito continua a sus espaldas y si la sentencia es desfavorable no puede escudarse en sorpresa o indefensión. Quien se persona y luego no alega ni actúa es una especie de “fantasma procesal” que está pero que no se nota.

Así, esa “personación” consiste formalmente es un escrito sencillito que no cubre medio folio y que se cumplimenta como un formulario, puesto que no requiere por sí una actividad argumental, dialéctica o de incorporación de fundamentos de derecho. Por tanto, dado que corren tiempos en que las condenas en costas “reverdecerán” por la Ley de Agilización Procesal, tiene interés saber si el condenado en costas tiene que pagar por esa actividad de personación del letrado en los casos en que no va acompañada de ninguna otra actividad posterior. Por ejemplo, se persona el letrado pero no hace ningún escrito mas. Ello puede deberse a indicaciones de su cliente, bien porque considera innecesario argumentar más o bien porque solo le interesa que se le notifiquen las actuaciones, o incluso porque el cliente se niega a pagarle por otros escritos adicionales- que también cabe.

Veamos el criterio contradictorio reinante sobre el abono de la mera personación que impera en la Sala de lo Social y en la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo. Leer Más »

Entrada publicada en Laberintos procesales | 8 Comentarios
28dic2011

Visperas del Decretolazo: funcionarios en vela

Hoy es el día de los Inocentes y se impone una aclaración sobre si el Proyecto de Decreto-Ley que incluí en el post anterior era o no una inocentada. Se lo debo a los mas de 15.000 visitantes. Pues bien, si hoy Día de los inocentes afirmo que era una inocentada, al igual que la paradoja del mentiroso griego, podría concluirse que entonces aquéllo era verdad, Así que, fuera rodeos y hablemos claro de mi impresión de lo que se avecina. Leer Más »

Entrada publicada en Crónicas administrativistas, Empleados publicos | 19 Comentarios
25dic2011

Revelado el secreto mejor guardado del nuevo Gobierno: el Proyecto del temido Decreto-Ley

 

  Siempre hay un garganta profunda dentro de los Ministerios que filtra informaciones, borradores y anteproyectos de normas. Pese al silencio y omertá que reina en los Ministerios sobre los términos del inminente Decretazo, que aprobará el próximo Consejo de Ministros y que incluirá las medidas urgentes de recorte de efectivos, retribuciones y personal de todas las Administraciones Públicas, lo cierto es que Sevach ha conseguido acceder al borrador de dicha norma. Parece que el hachazo a la calidad de vida del funcionario está servido bajo el signo negativo: menos retribuciones, menos vacaciones, menos plazas, menos gastos de personal, menos gastos de representación…Aquí lo ofrezco en rigurosa exclusiva para los lectores del blog. Proyecto de Decreto-Ley : Decretoleylazo

 

Entrada publicada en 1, Humor y Administracion | 58 Comentarios
23dic2011

Algo huele mal en el Tribunal de Justicia europeo

La reciente Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de 15 de Diciembre de 2011 demuestra que no se le caen los anillos a los magistrados para resolver la interesante cuestión prejudicial (C-585/10) planteada por un Tribunal danés de “si la expresión «emplazamientos para cerdas», que figura en el punto 6.6, letra c), del anexo I de la Directiva 96/61, debe interpretarse en el sentido de que engloba los emplazamientos para cerdas jóvenes”, teniendo en cuenta el importante dato de que para el empresario recurrente en el litigio principal “deben distinguirse los emplazamientos para cerdas jóvenes de los emplazamientos para cerdas de cría. Estima que el término «cerda» sólo contempla las hembras adultas de la especie porcina que han parido, mientras que el término «cerda joven» designa a las hembras adultas de la especie porcina que han sido cubiertas una vez, pero que no han parido aún”.

La claridad de la argumentación del alto tribunal en la sentencia no tiene desperdicio ( nunca mejor dicho, del cerdo “todo se aprovecha”) ya que literalmente establece: Leer Más »

Entrada publicada en Relámpagos Jurisprudenciales | 4 Comentarios
21dic2011

Una sentencia voló sobre un nido muy cuco

El pájaro cuco pone sus huevos en el nido de otro para que se los críen, y hay muchos cucos o avispados que se dedican a quedarse los huevos criados por otros como el abogado Nido y otros desaprensivos condenados por la reciente Sentencia de 16 de Diciembre de 2011 de la Audiencia Provincial de Málaga, del Caso Minutas por el saqueo de las arcas públicas del Ayuntamiento de Marbella.

Esta sentencia encierra un brillante tratado de Derecho Penal, que debería ser el caso práctico de cabecera de la asignatura del Grado de Derecho, y además debería ser de lectura obligada por todos los concejales de España antes de tomar posesión, esto es, tras jurar acatar y prometer la Constitución, ahí tienen para abrir boca, la sentencia de 480 folios donde podrán averiguar lo que es la apropiación indebida, el tráfico de influencias, la prevaricación, la malversación de caudales públicos y el fraude, así como cosas tan elementales como que los contratos públicos se celebran porque son necesarios y por precio justo, y que su adjudicación en concurrencia es beneficiosa, y que los acuerdos de las sociedades públicas municipales importan no solo para cobrar dietas por asistir.

Pero lo mas interesante para ellos sería aprender que en ocasiones, al igual que predican los telefilmes “ el criminal no gana” y que las alegrías con fondos públicos pueden dar lugar a delitos de apropiación indebida, de deslealtad profesional, de tráfico de influencias, de falsedad documental o fraude, entre otros.

De la sentencia pueden destacarse varios mensajes. Leer Más »

Entrada publicada en Crónicas administrativistas | 10 Comentarios
18dic2011

Discrecionalidad técnica en las oposiciones: un virus resistente frente a las vacunas

 

Decía el profesor García de Enterría que la discrecionalidad era el caballo de Troya del Derecho Administrativo y por mi parte, añadiría que la “discrecionalidad técnica” es “el lado oscuro” del control de las oposiciones y concursos, escurridizo a las redes del control jurídico. La primera década tras la Constitución, por inercia histórica, consideraba que la “discrecionalidad técnica” tenía categoría de dogma, de manera que las sentencias judiciales consideraban que los Tribunales Calificadores gozaban de una especie de infalibilidad papal al calificar ejercicios y que no admitía discusión ni supervisión judicial.  La segunda década, vino de la mano del Tribunal Constitucional que al estilo del aperturista Concilio Vaticano II, dictaminó que se podía controlar la valoración de los Tribunales calificadores en caso de “errores manifiestos”, o cuando tratándose de exámenes tipo test, la discrecionalidad resultaba “cero”. La tercera década y un poco mas allá, etapa en que estamos inmersos, ha dado un paso adelante en el control jurisdiccional, bajo una especie de Teología de la Liberación por parte de algunos tribunales contencioso-administrativos, que comienzan incluso a admitir pruebas periciales para demostrar el error de la calificación, la bondad de la formulación de la pregunta o la idoneidad de la respuesta,  o que incluso cuando la pregunta del ejercicio en entredicho versa sobre aspectos jurídicos, el mismísimo Tribunal contencioso – experto en derecho- examina la validez del criterio del Tribunal administrativo calificador y lo anula o sustituye.

Pues bien en este contexto que como la canción, parece ser de “dos pasitos adelante, y uno atrás”, cobra interés la reciente Sentencia de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo de 28 de Noviembre de 2011 (rec.2487/2010), cuyo ponente es Vicente Conde Martín de Hijas, tras su fecundo paso como magistrado por el Tribunal Constitucional. Dicha sentencia, que comentaré brevemente introduce un importante Fundamento de Derecho que reproduciré. Leer Más »

Entrada publicada en Empleados publicos | 8 Comentarios
-
-