En tiempo de crisis económica aumenta el número de Administraciones locales que aporrean las puertas de las Administraciones autonómicas y éstas las de la Administración estatal reclamando subvenciones, compensación de deudas históricas o financiación complementaria que les permita pagar las nóminas, ultimar proyectos o equilibrar sus presupuestos.
Se trata de conseguir fondos y cuando la negociación política se convierte en un diálogo de sordos, algunas Administraciones formalizan la solicitud por escrito y tras pasar el plazo de tres meses sin recibir respuesta expresa, se aferran al instituto del silencio positivo, como un ciudadano cualquiera, para poder exigir judicialmente la ejecución del acto presunto.
Esta ingeniosa estratagema ha sido truncada por la reciente Sentencia de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo de 11 de Octubre de 2011 (rec.4317/20008) que parece inspirarse en la vieja máxima de “Dad al césar lo que es del césar y a Dios lo que es Dios”, en el sentido de “Dad el silencio positivo al ciudadano y dar las negociaciones políticas a las Administraciones”. Leer Más














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