Sobre los empleados públicos

Abracadabra: De las plazas laborales escamoteadas a la promoción interna funcionarial

La recientísima Sentencia de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo de 20 de Enero de 2010 afronta una de las cuestiones mas espinosas del ecosistema burocrático español. Se trata del fenómeno de la creación de una plaza laboral a través de la Relación de Puestos de Trabajo y de la queja de funcionarios que esgrimen su derecho a la promoción interna. Veamos la teoría, la práctica y el criterio del Tribunal Supremo.

1. En teoría, la Administración en uso de su potestad de autoorganización crea plazas en régimen funcionarial (para labores burocráticas) o plazas en régimen laboral ( propias de oficios o conocimientos especializados) a través de las respectivas Relaciones de Puestos de Trabajo de personal funcionario y de personal laboral. Además el legislador, siguiendo la doctrina del Tribunal constitucional ha recordado que la regla general es el modelo funcionarial y que no caben “plazas siamesas” esto es, que puedan con un mismo contenido profesional o funcional ser atribuidas a su cobertura indistinta por personal funcionarial o laboral.

2. En la práctica, la Administración siempre ha preferido crear plazas de funcionarios mediante el artificio de crear el cuerpo, la escala o la subescala (ej.escala subalterna, conductores,etc), y de ese modo sustraer bloques de funciones al personal laboral, con el fin de aplicar su poder de dirección con mayor comodidad que si se tratase de personal laboral (donde la fuerza del Convenio Colectivo, el derecho laboral proteccionista y unos sindicatos activos resultan incómodos para las autoridades y directivos públicos). Así y todo, los cantos de sirena de la “funcionarización” han conseguido vencer en Administraciones y para grupos de plazas concretas, las resistencias sindicales a fuerza de ofrecer mejores retribuciones funcionariales que las salariales de origen, unido a la golosa condición de “funcionario de carrera” ( y como tal, sin posibilidad de despido por causas objetivas o despidos improcedentes).

3. Sin embargo, el sistema también ha dado lugar a perversiones. La mas típica es la que viene dada por la necesidad de la Administración ( o mas bien, por el capricho o ocurrencia de alguna autoridad) bien de evitar que algún molesto funcionario se promocione a un determinado puesto superior funcionarial ( bajo una concepción feudal del poder político), o bien para conseguir incorporar a la Administración por la puerta mas flexible del concurso de méritos según el Convenio colectivo, a una tercera persona (amigo, recomendado, afín ideológico,compañero de reputado trabajador del sector privado). Debe quedar claro que la mayor parte de las plazas laborales se someten a concurrencia y competitividad pero siempre resulta fácil para la autoridad negociar algunas plazas concretas, so pretexto de ser de categoría superior, para su provisión por concurso de méritos según el baremo fijado por la propia autoridad y acompañado de la prueba de defensa de una Memoria o una entrevista, auténtico paripé que permite consumar la felonía al gusto del comendador.

4. No sabemos, ni nos interesa, lo que podía haber detrás del caso concreto analizado por la sentencia del Tribunal Supremo comentada de 20 de Enero de 2010 que podéis ver integramente aqui, pero resaltaremos dos aspectos de gran interés.

  Como antecedentes señalaremos que se trata de una funcionaria del grupo B de una Universidad que impugna la Relación de Puestos de Trabajo de Personal Laboral por la creación de una plaza de Titulado Superior en régimen laboral denominada “Técnico en Planificación Estratégica”. La funcionaria cree que dicha plaza debía estar reservada a personal funcionario y por tanto podría promocionarse. Sin embargo, la Sala de lo Contencioso-Administrativo de Castilla y León despacha el tema con la inadmisibilidad del recurso pues considera sustancialmente que aunque la plaza se calificase como funcionarial ningún beneficio obtendría la recurrente pues la promoción interna es una mera expectativa y además hay otras plazas funcionariales a las que puede optar por tal promoción.

5. Pues bien, el Tribunal Supremo, siguiendo el argot taurino, entra al tema con una embestida de gran ímpetu pero luego bajo las banderillas de la potestad de autoorganización, pierde fuerza y vuelve a los corrales.
Así, por un lado, considera que un funcionario está legitimado para impugnar la Relación de Puestos de Trabajo de Personal Laboral si hay una expectativa de promoción interna, pero en cambio considera que es razonable que tal plaza de “ Técnico de Planificación Estratégica” se etiquetase como reservada a personal laboral,

“ y se incluyera entre las propias del personal laboral, por cuanto que acreditaba que encajaba de lleno en las previsiones excepcionales del art. 15.c) de la Ley de Reforma de la Función 30/1984 , como plaza para ser desempeñada por personal con conocimientos técnicos especializados (en este caso en informática), cuando no existan Cuerpos o escalas de funcionarios cuyos miembros tengan la preparación específica necesaria para su desempeño, tal como se infiere del contraste que según el informe cabe apreciar entre las funciones y conocimientos que poseían los miembros funcionariales de los grupos A y B, que son los mas próximos a la plaza cuestionada, y el objeto del temario que les sirvió de base para la provisión de las plazas que ocupaban, con las que son propias del nuevo puesto de trabajo de Técnico de Planificación sobre el que gira el pleito.

6. El razonamiento del Alto Tribunal da que pensar, ya que se ha puesto en bandeja la receta para que las Administraciones eludan la calificación de plazas como funcionariales. Veamosla, al estilo Arguiñano.

Basta con poner a la nueva plaza una denominación difusa, postmoderna o ingeniosa añadida a la categoría de Técnico ( “Planificación Estratégica”, “Sinergias institucionales”, “ Globalización”, “ Calidad”, “Relaciones interadministrativas”, “Negociación colectiva”, “ Asuntos Forenses”, “ Observador Etico”… etc). Después se acompaña de un informe – que no se sonroje como Pinocho- al detallar las funciones o labores de tal plaza, debidamente sazonadas con un conocimiento exótico ( informática, idiomas, relaciones públicas, etc). Finalmente, se somete al baño María de una negociación sindical, todo ello dentro del puchero de la Relación de Puestos de Trabajo, donde se mezcla esa plaza junto con otros compangos clásicos. Y ya se puede servir en la mesa para ser consumida por un paciente comensal, mediante un concurso de méritos aligerado de pruebas.

7. Ahora bien, siguiendo el símil culinario, a veces tiene lugar una indigestión. Es el caso de quien ocupa esa plaza laboral “ a la carta” y tras un período de tiempo, o bien cae en desgracia frente a la autoridad que le apadrinó, o bien tienen lugar elecciones con renovación de gobiernos, y nos encontramos con alguien ocupando una plaza exótica de personal laboral, con el hándicap de no poder moverle o utilizarle en otros cometidos.

Y ya la perversión del sistema a la décima potencia. Casualmente la plaza de personal laboral defendida a capa y espada por la propia Administración, transcurrido un plazo razonable, es sometida a funcionarización. ¡ Voilá!. Ni Tamariz lo habría hecho mejor. Ya tenemos como flamante funcionario por la puerta falsa a alguien que jamás se ha examinado con pruebas y temario similares a los exigidos a quienes en su día superaron una oposición. La pena es que no podemos decir como Antony  Blake que “todo es fruto de nuestra imaginación”.

0 comments on “Abracadabra: De las plazas laborales escamoteadas a la promoción interna funcionarial

  1. policia local

    Curiosamente hay algún sindicato que no sólo calla ante tamaño despropósito sino que luego hace de la funcionarización su estandarte; si sumas el «dedo» de cuando entran de interinos con su beneplácito con el «dedo» de la funcionarización, a lo mejor se entiende tanto algún resultado electoral como su connivencia con su partido afín.

  2. ¿algún día saldrá el sol?

    ¿Las Administraciónes Públicas? ¿Qué son las Administraciones Públicas? Esos entes que hacen y deshacen a su antojo, que están por encima del bien y del mal, que no están sometidas al imperio de la ley; ni a ningún otro, al contrario, que las leyes están sometidas a su antojo, que no pueden desconocer lo que dice un reglamento que han modificado a su conveniencia, pero que pueden obviar cualquier otra norma de rango superior que le contradiga, llámese Cosntitución o llámese como se quiera.

    Es miserable como por el mero hecho de solicitar lo que consideras un derecho, en tanto la justicia actua, te aplastan como a una cucaracha, y, finalmente, cuando la justicia actua, una vez que lo han echado a cara o cruz, generalmente con una moneda con doble cara, te quedas ahí, no te has arrodillado ante ellos, pero han conseguido machacarte, a ti, y a toda tu familia, de paso.

    Es increible como la Administración de cierta Comunidad Autónoma ha destrozado la vida de un muchacho que se atrevió a solicitar un derecho, que por cierto, aún esta por resolver en vía judicial si le correspondía, o no, y cómo entretanto le abrieron un expediente disciplinario, sancionándolo con el máximo castigo de separación del servicio. Es así, solo solicitó un derecho, que al ser denegado en vía administrativa, recurrió en vía judicial. En la actualidad existen tres procesos abiertos, dos contenciosos (uno contra la denegación del derecho y otro contra la sanción disciplinaria) y otro por lo penal (indicio de delito contra su persona).

    En qué acabará todo estó, ni se sabe, pero de momento le han destrozado la vida, la juventud, la salud, y todo lo que se le puede destrozar a un joven que preparó las oposiciones hasta conseguir un puesto en lo que realmente le gustaba.
    La cuestión no es el interés general, ni siquiera el suyo propio (esos seres que habitan en las AAPP), la cuestión es demostrar quien tiene el poder y quien manda.

    La impotencia, la soledad, la cantidad de abogados de «aquellos» (por decirlo de algún modo fino), la incomprensión de los que te rodean, en fin…

    Gracias por tu blog.

    Un saludo

  3. sed Lex

    Dos cuestiones se ponen de manifiesto:

    1.- Lo de la Sala de lo Contencioso del TSJ de Castilla y León es para nota; así también agilizo yo asuntos y reduzco las listas de espera; pero la tutela judicial efectiva queda bastante en entredicho; y es que es habitual en esta Sala que “cogiéndosela con papel de fumar” en vez de aplicar en caso de duda el criterio más proclive a la tutela judicial efectiva, como mand la jurisprudencia del TC, hagan todo lo contrario con tal de achicar balones fuera. Hombre, ya sé que tienen bastante litigiosidad, pero eso también se debe a que lo de la Junta de Castilla y León tampoco tiene nombre… y eso es porque se les permite…

    2.- En cuanto al tema concreto, efectivamente las administraciones abusan de contratos laborales [en fraude de Ley] para funciones que debieran ser de funcionarios; y después se equiparan los méritos motivándolo en que las funciones son equivalentes, cuando entonces se está reconociendo implícitamente el fraude de Ley y se consolidan los puestos por la puerta de atrás. Y es que estas actuaciones en vía de hecho son bastante más frecuentes de lo que creéis, sobre todo en ciertos lugares, y no quiero señalar a nadie, que ya lo he hecho antes…

    Por cierto, Sevach, la receta a lo Arguiñano muy buena y elaborada, pero el resultado es intragable; aunque nos lo hagan tragar a paladas…

  4. Alvaro

    Dada la legión de funcionarios cuya dehesa de origen es un concurso de méritos a la carta…¿quién soluciona el problema de la función pública?,¿ De qué calidad y profesionalidad hablamos?.

    • Hace poco salía en prensa que en un procedimiento de consolidación relativo al grupo A1, se había pactado con los sindicatos como nota mínima o de corte para superar la fase de selección, ( examen tipo test) la necesidad de responder una única pregunta correctamente. Es decir de 60 o 70 preguntas que podría tener el test (no se daba ese dato) bastaba con contestar 1 pregunta y dejar en blanco el resto. En realidad la noticia no era esta (que no es poco), sino que un candidato suspendió, ya que tres respuestas negativas restaban un acierto, y el número de respuestas negativas en ese caso fue elevadísimo. Pues bien un ejemplo más de mérito u capacidad, a mayores estas nuevas incorporaciones seguramente coparán las próximas jefaturas y sino al tiempo.

  5. peterlove

    Algo vergonzoso, por supuesto, Sevach. Los que trabajamos en la función pública somos conscientes de lo que aquí queda dicho, porque conocemos en nuestro entorno casos con nombre y apellidos.

    Supongo que los del TS esperan poder colocar también a alguien con ese chanchullo.

  6. Enrique

    En el principio de los tiempos más o menos seguros (jurídicamente, claro) la inmensa mayoría de los empleados públicos eran funcionarios, la normativa era escasa y la arbitrariedad afloraba de vez en cuando sin mayores consecuencias.

    Con los años, la lógica evolución nacida de la confrontación social, lucha de clases o como prefieran Vdes. llamarla, propició que se fueran atando cabos y más cabos legales haciendo perder un considerable terreno a esa arbitrariedad en el acceso al empleo público en régimen funcionarial.

    Pero un día, un avezado alto cargo de la Administración pensó que ya eran demasiadas las normas a vulnerar para meter a su sobrino a comer de la «Olla Grande». Naturalmente, legislar el derecho de plaza funcionarial para sobrino de preboste en funciones «cantaba mucho» y se le ocurrió la brillante idea de introducir en la función pública el régimen jurídico-laboral para campar a sus anchas ante el vacío normativo.

    Y debió de hacerlo de modo muy calculado y sistemático para meter su gol al entramado administrativo y al desinformado ciudadano medio de aquel entonces; no hay mas que ver lo rápido que se fue poblando el Universo del Personal Laboral.

    Entonces volvió a ocurrir que, con los años, esa misma lucha de clases, ahora incluso más enmarañada con la participación sindical, gradualmente volvió a poner cada vez más trabas a la contratación a dedo. Y así fue; hasta el punto de que hoy en día es poca la diferencia entre meter al sobrino como laboral o como funcionario.

    Y yo me pregunto:

    ¿Que estarán tramando en la actualidad los descendientes de aquel alto cargo? La verdad es que ahora hay muchos más sobrinos a los que sentar a la mesa de comer gratis y el contribuyente medio ya no es tan ignorante.

    Para volver a «dárnosla con queso», ¿acaso nos traerá este siglo nuevos regímenes jurídicos de trabajadores públicos?

    No lo puedo saber con seguridad pero así ¡a bote pronto! pueden vislumbrarse «convenientes»
    deformaciones de figuras ya existentes, auténticos engendros creados de la nada, etc. (la vía de hecho da mucho más de sí de lo que parece).

    Imaginen Vdes. puestos de trabajo idénticos que hoy son desempeñados indistintamente por funcionarios y laborales.¡Es fácil, ¿verdad?! Pues yo ni me rasgaría las vestiduras si mañana en esos mismos puestos públicos coexistieran becarios indefinidos, autónomos de «contrato estable», socios de trabajo… Y vuelta a empezar de cero para los «nuevos colectivos» en su lucha por hacerse un lugar en la legalidad.

    ¡En fin!; lo qué sí que sé es que ocurrirá lo que tenga que ser y sea necesario con tal de perpetuar la arbitrariedad y, por supuesto, no auguro que haya paz social nunca. Ya sabemos todos aquello de que «a rio revuelto…»

    Un saludo.

    • sed Lex

      La figura ya se la han inventado; la llaman “externalización” —que es un modo fino de llamar a la privatización de los servicios—, y debe ser muy golosa, porque se usa en todas las administraciones, sean del signo político que sean, si bien en algunos sitios como la Comunidad de Madrid, canta más. No sé si media la comisión ilegal, el pago de favores, o la colocación posterior en la empresa del amiguete al que se beneficia con la cuestión… Y ahí sí que hay autoorganización y falta de control jurisdiccional…

      Y es que lo privado [según nos venden] funciona mejor que lo público; eso sí, los contratos se precarizan, los sueldos mucho más y hay un animo de lucro por el medio que ya tiene un tufillo desagradable… Por no hablar de que se hipoteca a la administración en cuestión con contratos a largo plazo que van mucho más allá de la legislatura para la que fue elegido el político de turno que la aprueba [lo que ya debería ser un motivo de nulidad].

      ¿Y como hacen para colarnos a todos los ciudadanos esa milonga?; pues muy fácil; otra vez receta a lo Arguiñano: se gestiona mal el servicio, se quema a personal, se le quita trabajo o se les de uno inútil para hacerles parecer unos vagos,… se vende la imagen de que lo son,… se deja guisar todo ello un tiempo… y se “externaliza” el servicio…

      Algo así como en materia de urbanismo la receta del “Pollo a la concejalía”: se coge a un pollo, se le mete en un despacho, se le rodea de chorizos y el solito se va haciendo rico, rico, rico,….

      …Y es que tenemos cada político metido a cocinero, que ni Ferrán Adriá.

  7. nicolás

    La pregunta del millón, y que nadie consigue darme respuesta clara: si un funcionario pide excedencia voluntaria, y se marcha (sin reserva de puesto, lógicamente), LA PLAZA QUEDA VACANTE (en la plantilla) A EFECTOS DE PODER SACARLA EN LA OFERTA DE EMPLEO PÚBLICO del año correspondiente??

    Se supone que la plaza es subjetiva (a diferencia del puesto), y acompaña «hasta la muerte o que te jubilas», luego considerarla vacante supone realmente extinguir una plaza, cuando los supuestos de extinción de la condición de funcionario son los que dice el EBEP. ¿Qué opináis?

    • CreoQueSí

      Entiendo que sí. Es decir, el puesto que has dejado vacante es susceptible de salir a oferta, concurso o amortizarse. A lo que tienes derecho en excedencia es a una plaza en el territorio de tu administración y, en tanto en cuanto exista un puesto al que te puedas reincorporar con las condiciones a las que tienes derecho, con el puesto que dejaste pueden hacer lo que quieran.

      Ahora bien, si hablas de que el puesto que ocupaste se cubra por otros medios y no quedase plaza vacante cuando solicites el reigreso, deberían crear una ‘ad hoc’. En caso contrario estarían pisoteando el derecho a desempeñar tu trabajo.

  8. Hace poco que tuve entre mis manos una Oferta de Empleo Público de una Administración Local en la que se ofertaban, entre otras, un número determinados de plazas de Administrativo de Administración General como laborales. Casi nada. Me quedé perpleja. Únicamente espero que cuando se publique la convocatoria el sistema sea el de concurso-oposición y no un simple baremos de méritos o memoria como en el caso de este artículo. Veremos.

  9. los intrusos

    Yo lo que he visto en mis 8 añitos dentro de la Administración es que el tema del personal tiene bastante de fraude de ley y de oscurantismo, todo vestido con una apariencia formal de legalidad. Tanto en el acceso de determinada gente a los puestos como en la promoción profesional,con los famosos concursos específicos.Todo ello diréctamente proporcional a las retribuciones del puesto.

    El personal laboral ni oficios ni trabajos especializados ni nada.Eso son los puestos laborales de toda la vida,ahora las cosas han cambiado.Muchas veces el trabajo es de funcionario totalmente.Yo he visto trabajos que los hacía un funcionario, no se cubre el puesto y viene un laboral y hace el trabajo que hacía el funcionario.
    Bueno,pero de qué nos sorprendemos si tenemos supuestos expertos por la Ley de Contratos en la mesa de al lado y luego resulta que les enseñas tú a trabajar y les haces medio informe.El trabajo de un administrativo externalizado y a precio de experto.
    Y por favor,acabemos con las funcionarizaciones y consolidaciones,concursos-oposición,interinidades perpetuas y demás paripés,que en la Administración,paripés sobran.
    Lo que no puede ser que haya cuatro que entren por la vía de toda la vida,funcionario de carrera de toda la vida que se examina y aprueba.
    Y luego haya otros que les hacen una llamada,un test y una entrevista y son laborales y con suerte,luego los consolidan forever con un examen de chicha y nabo y un tribunal de nabo y chicha.
    Y si no,pues protestan y los tribunales los hacen indefinidos.Toma ya.
    Y tampoco puede ser que a un interino que lleva 6 años cobrando del erario público le den 40 puntos sobre 100 en un malicioso concurso oposición, con un examen tirao,para que con sus puntos,entre tranquilamente pa dentro.Cuando apruebe con el nivel de una oposición libre y entre dentro del limitadísimo número de plazas,entonces podría puntuarse su experiencia para subir en el escalafón.
    Podríamos seguir con las empresas públicas,fundaciones públicas,consorcios y agencias,donde en aras de agilidad y flexibilidad no hay control alguno.Pregunten en las Autonomías y EELL.
    Todo lo que no sea la oposición libre con tribunal igual para todos y mismas pruebas es susceptible de maliciosa manipulación en manos de los políticos de turno,con el apoyo de los sindicatos de turno,cuyos afiliados,casualmente son personas que intentan consolidarse o funcionarizarse.

    • Pues también te puedes encontrar con el caso contrario. Yo soy laboral desde el 2000. Resulta que como Coordinadora de una Concejalía he hecho ya tres oposiciones libres. Sí 3 sin concurso de por medio ni nada de eso. Oposición equiparada en temario a todos los efectos con la un funcionario. Trabajo en un pueblo distinto al mío en el que no conocía a nadie antes de empezar a opositar y 10 años después todavía me están «puteando» que te funcionarizo que no y encima no te quejes más de la cuenta porque como no eres funcionaria, a ver si te vas a la calle, con la indemnización que te pertenezca y luego ya si quieres recurre. En fin, que de todo hay en la viña del señor.

  10. Pingback: Personal laboral vs promoció interna funcionarial - CORH

  11. estrella

    Lo de los laborales es de nota: El 90% entraron por tener familia en y puedo poner nombres, todos nos conocemos.
    Después a funcionarizarlos y encima a quitar puestos. Ver las listas de últimos aprobados de promoción y los niveles son más altos que el de los que llevamos 30 años en la administración. No pueden perder dinero.

  12. tonet13

    Lo de los laborales es una vergüenza, han entrado mayoritariamente con concursos apañados, después los funcionarizan con pruebas de risa, pasan a ocupar puestos de mayor complemento de destino y específico que los funcionarios de oposición, y después en la PI y los traslados se quedan con las mejores plazas (+ antigüedad, + nivel, + grado). Ejem: Che, Inem, M. Defensa, DGA, Dpz, etc….

  13. los intrusos

    Bueno, es que he llegado a tener de jefes,SG,a varios laborales funcionarizados,lo que son las cosas.Lo que no entiendo es cómo se permite esto por parte de los teóricamente cuerpos directivos.Me parece una intrusión total.
    En esto sigo pensando que la Administración son 5 o 6 cuerpos,que hacen respetar lo suyo (AE,CD,J y F,IH,IE) y luego está el resto,donde todo es posible.

    Comparemos:
    oposición libre: porcentajes de aprobados sobre presentados rondando el 5-10 %.Tribunal desconocido totalmente e inclemente,te examinas en otra ciudad normalmente,te gastas un dineral en academias y temarios,no trabajas para poder estudiar más, con el coste de oportunidad llamado rentas que ello supone.
    Si apruebas,tu destino puede estar a cientos de kilómetros de tu casa.Tu carrera profesional va poco a poco,empezando ganando una miseria hasta que con el tiempo consigues mejores puestos.

    Funcionarizaciones o pruebas similares para personal laboral:plazas ya reservadas de antemano,temario reducido o exámenes que no tienen nada que ver con lo exigido para la plaza que van a ocupar si fuera por turno libre,porcentaje de aprobados enorme,tribunal formado por gente con la que te tomas el café algunos días o que te conocen porque están en el despacho de al lado,ayudas económicas para las clases y para los temarios.Si apruebas,consigues tu puesto tan ricamente,en tu ciudad.Encima,tienes unos derechos de antigüedad que te hacen subir como un cohete en todos los concursos,llegando a SG en algunos casos,con una carrera administrativa como funcionario de 0 años.
    Todos conocemos gente que sin pertenecer a ningún cuerpo y por su cara bonita,están años ahí,de laborales,cobrando de acuerdo con su titulación de licenciado. De repente,aprueban una consolidación o examen tuneado y se convierten en jefes.
    Y en las Administraciones Territoriales es raro ver ya plazas que se saquen por libre,lo normal es el concurso oposición,sea para auxiliares,administrativos,da igual,el que mete cabeza el primero,tiene las de ganar.
    Con los interinos,pues igual,se les da los puntos máximos que permite el Constitucional,que no es poco.
    En fin,creo que el Ministerio de Administraciones Públicas debería cumplir con su función de garantizar el acceso en condiciones de igual a los puestos públicos y cortar las alas a los políticos,que al fin y al cabo,lo que quieren son curritos y si pueden ser dóciles,mejor.Les da igual que sean funcionarios,laborales,becarios o consultores.

  14. carmela

    ¿Y que me decís de los laborales temporales que por virtud de una Sentencia acaban obteniendo el reconocimiento de indefinidos? ¿O de laborales contratados por contratistas que por entender los Tribunales que concurre una cesión ilegal se convierten en laborales indefinidos de la Administración? Estos no han hecho ni siquiera un mínimo y apañadito examen; no han tenido ni que presentar méritos.
    Bueno, pues de estos algunos alcanzan incluso puestos de trabajo de Jefes de Sección o Servicio. OLE!!!!!
    Ni que decir tiene que las Juntas de Personal a verlas venir indefinidamente, porque los sindicaleros que las integran se deben a su sindicato y es el mismo que defiende los intereses de los laborales en el Comité de Empresa

  15. Anaximandro

    Todo lo que comentais… es rigurosamente cierto y además (la mayor parte de veces) «comprobable», este es un mal que nos aqueja desde la ya famosa «Ley 30/84», donde se empezó a sentar las bases que sirvieron de paso a TODOS los procesos que contais.
    Ya en 1992 salió un pequeño libro bajo el nombre -La «Otra» reforma de la Administración «la Deslegalización» – donde se daban pelos y señales de como se fraguaban estos procesos….sobre todo a raíz del cambio legislativo antes apuntado
    Saludos y Suerte

  16. Carmen F

    Los sindicatos tragan y tragan en la función pública a cambio de dinero en efectivo, dinero en cursos malos hasta decir basta y repetidos año tras año sin cambiar una diapositiva. En el SPEE (antes INEM) que está «bastante desbordado» ultimamente pese a la acertada política del Sr. Zapatero, el Sr. Corbacho y Dña Maravillas, han decidido que la productividad de los funcionarios dependa entre otros, de dos factores increíbles: que los trabajadores visiten la web del «Portal del empleado» y dentro de ella, las «Noticias de tu provincia» y que los usuarios visiten redtrabaja.es y hagan las consultas o las solicitudes allí. Es decir, el genio extremeño ha decidido pagar a los empleados por trabajar menos, porque si el usuario consulta la web, resultará innecesario que acuda a las oficinas de empleo y el trabajador público podrá perder el tiempo entrando y saliendo de el «Portal del empleado» mirando siempre cuatro noticias atrasadas para aumentar el nº de entradas y la productividad de su provincia. estonoloarreglazapatero.org

  17. carmelo

    Tengo varias dudas en cuanto a los procesos de la Administracion y los apaños con los sindicatos…¿Es legal por parte de la Administración sacar a promoción interna plazas de temporales laborales haciendo un corte en la antiguedad de las plazas a sacar a promoción? ¿es bueno que un recurso en el contencioso administrativo sobre este asunto declarandose el juez competente, se desvie a lo laboral?. gracias.

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